REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE CONTROL

Guanare, 11 de Abril de 2013
Años: 202° y 154°

Nº ______
1C-6175-11

JUEZ DE CONTROL Nº 1: Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
IMPUTADO: Rafael José Carmona Artigas
DEFENSA: Abg. Lidya Rivero
ACUSADOR: Fiscal Segundo del Ministerio Público.
VICTIMA: José del Cristo Manzanillo y Augusto Ramiro Arroyo
DELITO: Homicidio Culposo y Lesiones Culposas Graves
SECRETARIA: Abg. Omly Soto
MOTIVO: Apertura a Juicio.

El Abogado José Miguel Jiménez, Fiscal Segundo del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, presento acusación penal en la investigación seguida contra RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.377.996, a quien el Ministerio Publico le imputa la comisión de los delitos Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal, en perjuicio de José del Cristo Barazarte y Lesiones Culposas Graves, previsto y sancionado en el articulo 422 ordinal 2 del Código Penal,, en prejuicio de José del Cristo Manzanillo y Augusto Ramiro Arroyo, celebrada la audiencia legal con la presencia de las partes, se emite pronunciamiento en los términos siguientes:

PRIMERO
HECHOS ATRIBUIDOS

Consideró el representante del Ministerio Público que del resultado de la investigación, surgieron serios fundamentos para el enjuiciamiento de RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS, narrando el hecho imputado en los términos siguientes: “En fecha 24/04/2011 según se desprende de Acta de Investigación Penal, suscrita por el funcionario Agente YÉPEZ TORRES LUIS ENRIQUE adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, quien estando en labores de servicio recibió llamada telefónica de parte del Funcionario Distinguido (PEP) José Gómez, Adscrito al Hospital Dr. Miguel Oraá de esta ciudad, informando sobre el ingreso de una persona de sexo masculino quien ingresó sin signos vitales a dicho centro asistencia! y otra persona herida, desconociendo mas detalles al respecto motivos por el cual se traslado al mencionado nosocomio, en compañía de los Detectives LUIS HURTADO y JUAN JUSTO, en la unidad P-26k, a fin de constatar la información aportada por el funcionando antes mencionado, una vez presentes en el referido centro de salud, fueron abordados por la ciudadana, BELKIS BARAZARTE MANZANILLA, hermana del occiso aportando los siguientes: JOSÉ DEL CRISTO BARAZARTE MANZANILLA, Venezolano, natural de Biscucuy, estado Portuguesa, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 09-11-72, soltero, Obrero, residía en el Caserío Santo Cristo 2, calle principal, casa S/N, Municipio Sucre estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-12.240.372, posteriormente la comisión policial identifico plenamente al imputado RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS, Venezolano, natural de Boconó estado Trujillo, de 43 años de edad, fecha de nacimiento 23-03-69, soltero, Comerciante, residenciado en el barrio el Centro, calle Cedeño, casa S/N, Biscucuy, estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-9.377.996 , quien expuso que para el momento de ocurrir el hecho se encontraban en compañía del hoy occiso y del ciudadano: AUGUSTO ARROYO, en actividades de casería cuando van caminando en búsqueda de algún animal, quien portaba una escopeta, accidentalmente se le dispara la referida arma, resultando herido en la pierna izquierda, falleciendo posteriormente en el traslado al Centro Asistencial, resultando también herido en el codo del brazo derecho el ciudadano mencionado como: AUGUSTO ARROYO, por lo que deciden trasladar al hoy occiso y al herido hacia el Hospital central de esta ciudad”.

FUNDAMENTOS DE LA ACUSACION

El Fiscal del Ministerio Público que suscribió el escrito de Acusación, consideró como elementos de convicción de los hechos narrados, los siguientes:

1.- Con el folio 01 cursa, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24-04-2011, suscrita por el Funcionario Agente YÉPEZ TORRES LUIS ENRIQUE adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, quien deja la constancia de la siguiente diligencia policial "Encontrándome en mis labores de servicio, en la Sede de este Despacho, se recibió llamada telefónica de parte del Funcionario Distinguido (PEP) José Gómez, Adscrito al Hospital Dr. Miguel Oraá de esta ciudad, informando sobre el ingreso de una persona de sexo masculino quien ingresó sin signos vitales a dicho centro asistencial y otra persona herida, desconociendo mas detalles al respecto. Motivos por el cual me trasladé al mencionado nosocomio, en compañía de los Detectives LUIS HURTADO y JUAN JUSTO, en la unidad P-26k, a fin de constatar la información aportada por el funcionando antes mencionado. Una vez presentes en el referido centro de salud, fuimos abordados por una ciudadana, quien nos manifestó ser la hermana del hoy occiso expresándonos ser y llamarse: BELKIS BARAZARTE MANZANILLA, Venezolana, natural de Biscucuy, estado Portuguesa, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 19- 04-81, soltera, oficios del hogar, residenciada en el Caserío Santo Cristo 2, calle principal, casa SIN, Municipio Sucre estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-15.941.685, teléfono 0426-6060287, manifestándonos no tener conocimiento del hecho, por lo que le solicitamos los datos filiatorios de su hermano interfecto aportándonos los siguientes: JOSÉ DEL CRISTO BARAZARTE MANZANILLA, Venezolano, natural de Biscucuy, estado Portuguesa, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 09-11-72, solterol Obrero, residía en el Caserío Santo Cristo 2, calle principal, casa S/N, Municipio Sucre estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-12.240.372, posteriormente fuimos abordados por un ciudadano quien nos expresó ser testigo presencial del hecho identificándose como RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS, Venezolano, natural de Boconó estado Trujillo, de 43 años de edad, fecha de nacimiento 23-03-69, soltero, Comerciante, residenciado en el barrio el Centro, calle Cedeño, casa S/N, Biscucuy, estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-9.377.996, quien expuso que para el momento de ocurrir el hecho se encontraban en compañía del hoy occiso y del ciudadano: AUGUSTO ARROYO, en actividades de casería cuando van caminando en búsqueda de algún animal, el ciudadano hoy occiso quien portaba una escopeta, accidentalmente se le dispara la referida arma, resultando herido en la pierna izquierda, falleciendo posteriormente en el traslado al Centro Asistencia!, resultando también herido en el codo del brazo derecho el ciudadano mencionado como: AUGUSTO ARROYO, por lo que deciden trasladar al hoy occiso y al herido hacia el Hospital central de esta ciudad. Seguidamente nos trasladamos hacia el área del morgue del referido centro asistencia!, en donde una vez presentes en el mencionado deposito de cadáveres, observamos en una camilla metálica el cadáver de una persona de sexo masculino, donde el funcionario técnico procedió a realizarle reconocimiento técnico presentando los siguientes rasgos fisonómicos: 1,70 metros de estatura, de contextura regular, de piel blanca, cabello crespo, cortó y Castaño claro, ojos pardos claro, siendo las 11:00 horas de la mañana del día de hoy Domingo 24-04-11, dicho interfecto presenta Cinco (05) heridas en la cara interna del muslo izquierdo, Dos (02) Heridas en el dedo índice de la mano izquierda, Dos (02) Heridas en el dedo medio de la mano izquierda, Dos (02) heridas en la región de la rodilla izquierda, Una (01) Herida en la cara anterior del muslo izquierdo y Tres (03) en la cara posterior del muslo izquierdo, todas similares a las producidas por el paso de proyectil disparado por arma de fuego (Escopeta), quedando el mismo en calidad depósito en la mencionada sala. Subsiguientemente nos trasladamos hacía la sala de Emergencias del mencionado hospital, con la finalidad de entrevistamos con el ciudadano herido en el hecho, en donde indagamos con el Dr. JONATHAN BELTRÁN, medico de Guardia en la mencionada Sala, a quien luego de identificárnosle como funcionarios activos de este Cuerpo de investigación y asimismo manifestarle el motivo de nuestra presencia, el mismo nos indicó donde se encontraba el ciudadano requerido por nuestra comisión, trasladándonos hacia la camilla del aérea de emergencia signada con el numero 20, donde se encontraba el lesionado a quien le manifestamos el motivo de nuestra presencia no sin antes identificamos como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, al prenombrado ciudadano le solicitamos sus datos filiatorios aportando los siguientes: AUGUSTO RAMIRO ARROYO. Venezolano, natural de Desembocadero, Municipio Guanare estado Portuguesa, de 42 años de edad, fecha de nacimiento 01-09-69. Soltero, obrero, residenciado en el Caserío las Panelas calle principal, cerca del embalse la Coromoto, Boconoito, estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-10.056.989, el mismo presentó Una (01) Herida en el codo Derecho, igualmente producida por arma de fuego (Escopeta). Exponiendo este que se encontraba cazando en compañía del hoy occiso y del ciudadano Rafael Carmona, cuando el ciudadano JOSÉ DEL CRISTO (occiso) de manera accidental accionó la escopeta con la cual se encontraban cazando, logrando herirse en la pierna izquierda e hiriéndolo a él también en el codo derecho, siendo trasladado ambos por el ciudadano Rafael Carmona, hacia el hospital de esta ciudad. Al supra mencionado ciudadano le hicimos entrega de boleta de citación, ya que quedó recluido en la sala de observación de emergencia del prenombrado nosocomio, con el objeto de que comparezca por ante este Despacho para ser entrevistado en relación al hecho que se investiga, manifestando el mismo no tener impedimento alguno en comparecer. Anexo talón superior de boleta emitida. Subsiguientemente nos trasladamos a la sede de este Despacho, con la ciudadana prenombrada en primer plano y del ciudadano mencionado como testigo presencial, ambos para ser entrevistados, informando a la superioridad el resultado de la comisión. Anexo a la presente inspección técnica. Es todo".
02.- Con el folio 03 cursa, INSPECCIÓN TÉCNICA N° 732 de fecha 24-04-2011, suscrita por los funcionarios: DETECTIVES JUAN JUSTO Y LUIS HURTADO, AGENTES RITO ALVARADO Y LUIS YEPEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, practicada en: La MORGUE DEL HOSPITAL DOCTOR MIGUEL ORAA DE GUANARE. MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA lugar en el cual se acuerda realizar inspección y reconocimiento de cadáver, de conformidad con lo establecido en los artículos 202 y 214 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procede dejando constancia de lo siguiente: "El lugar objeto de la presente inspección resulta ser en la Morgue del Hospital Miguel Oraá, de temperatura ambiente fresca e iluminación artificial clara de buena intensidad, donde yace en posición dorsal sobre una camilla metálica tipo rodante, el cadáver de una persona adulta del sexo masculino en posición de decúbito dorsal, con las extremidades inferiores y superiores extendidas, a quién se le realiza Reconocimiento y Revisión físico Externa, dejando constancia de lo siguiente: CARACTERÍSTICAS FISONÓMICAS DEL CADÁVER De piel blanca, contextura regular, de un metro setenta centímetros (1 .70m) de estatura aproximadamente, cabello negro corto, liso, rostro delgado, frente amplia, cejas escasas, ojo grandes de color pardo oscuro, nariz pequeña perfilada, boca pequeña, labios delgados, mentón agudo, orejas adosadas. - VESTIMENTA QUE PRESENTA EL CADÁVER: Dicho cadáver, presenta la siguiente vestimenta: una franela marca BROTHER, sin talla aparente, de color gris impregnada de una sustancia de color pardo rojizo y un pantalón tipo jeans, talla 32, color negro impregnada de una sustancia de color pardo rojizo EXAMEN FÍSICO EXTERNO PRACTICADO AL CADÁVER: Al ser revisado se constata que presenta las siguientes heridas: Tres (03) heridas de forma circular en la cara posterior del muslo izquierdo; Cinco (05) heridas de forma circular en la cara interna del muslo izquierdo; una (01) herida de forma circular en la cara posterior del muslo izquierdo; dos (02) heridas de forma irregular en el dedo índice de la mano izquierda; dos heridas de forma circular en el dedo medio de la mano izquierda. IDENTIDAD DEL CADÁVER: Este queda identificado según libro de control del referido nosocomio como: JOSÉ DEL CRISTO BRAZARTE MANZANILLO, titular de la cédula de identidad V-12.240.372 de 39 años de edad, no obstante se le realiza la correspondiente necrodactília, a objeto de que sea identificado plenamente; dicho cuerpo es dejado en ésta morgue para que le que efectúen su correspondiente Necropsia de ley. Se le practico macerado en ambas manos, para la prueba de orientación del análisis de traza de disparo (ATD). COMO ELEMENTO DE INTERÉS CRIMINALISTICO: Se colecta las siguientes evidencias: A.- una muestra de sustancia hemática de color pardo rojizo, impregnada en un segmento de gasa; B) Una franela marca BROTHER. sin tulia aparente, color gris impregnada de sustancia color pardo rojizo: C) Un pantalón tipo JEANS, talla 32, color negro impregnada de sustancia color pardo rojizo; D) Cuatro Hisopos con muestras de macerado para la orientación del análisis de traza de disparo (ATD); dichas evidencia será remitida al departamento correspondiente para su respectiva experticia de ley; Es todo.
3.- Con el folio 05 cursa, ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-04-2011, rendida por el ciudadano CARMONA ARTIGAS RAFAEL JOSÉ, de nacionalidad Venezolana, natural de Bocono Estado Trujillo, de 42 años de edad, fecha de nacimiento 23-03-69, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en la calle Cedeño, casa sin número, adyacente a la panadería tachirense, Biscucuy Municipio Sucre Estado Portuguesa, teléfono 0416-6570312, titular de la cédula de identidad V-9.377.996. Impuesto del hecho que se investiga y de las generales de ley que sobre testigos reza el Código Orgánico Procesal Penal, manifestó no tener impedimento en rendir entrevista y en consecuencia expone: "Yo me fui hoy en la mañana con mi cuñado José Del Cristo Barazarte y un vecino de mi parcela de nombre Ramiro a cazar, para el embalse la coromoto, pasamos en canoa para una isla, ellos dos se fueron adelante, José cargaba una escopeta y tres perros cazadores, en esa parte había mucho monte, yo voy detrás de ellos como a la 20 metros, allí hoy un disparo me fui para donde estaban mis compañeros y veo a José del Cristo, herido en la pierna y a Ramiro herido en el brazo, le pregunte a Ramiro que había pasado y este me dijo se le fue un tiro al José del Cristo, allí nos montamos en la canoa, después llegamos hasta el caserío la Panelas, montamos a los dos heridos en un camión de mi hermano José Luis Carmona y cuando llegamos al Hospital de Guanare, José Del Cristo ya no tenía signos vitales y a Ramiro lo hospitalizaron. Es todo.
4.- Con el folio 06 cursa, ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-04-2011, rendida por la ciudadana BARAZARTE MANZANILLA BELKIS, de nacionalidad Venezolano, natural de Biscucuy estado Portuguesa, de 29 años de edad, fecha de nacimiento (19/04/1.981), estado civil soltero, de profesión u oficio del Hogar, residenciada en el caserío Santo Cristo II, calle principal, Finca La Esperanza, Biscucuy Municipio Sucre del Estado Portuguesa, teléfono 0426-6060286, titular de la cédula V-15.941.685, a fin de rendir entrevista en relación a la causa que se instruye por ante este Despacho por uno de los Delitos Contra las Personas (Homicidio), por lo que se procedió a escuchar su versión de los hechos y en consecuencia expone: "Resulta ser que el día de hoy, yo estaba en la finca de mi esposo José Rafael Carmona, ubicada en el caserío Las Paneleas, Municipio Guanare, y él junto a mi hermano José Barazarte y el señor Ramiro, se fueron de casería como a las 06:30 horas de la mañana para la montaña, y como a las 08:30 a 09:00 horas, alguien llamo por teléfono a la casa diciendo habían tenido un accidente y como a los veinte minutos llegaron todos ellos a la casa y mi hermano José tenia herida una de las piernas y el señor Ramiro tenia una herida en uno de los brazos, entonces nos vinimos todos para el hospital de esta ciudad, pero cuando veníamos en la vía mi hermano José murió. Es todo.
5.- Con el folio 12 cursa, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24-04-2011, suscrita por el funcionario Detective LUIS HURTADO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, quien deja constancia de la siguiente diligencia policial "Encontrándome en mis labores de servicio, los Funcionarios Sub Comisario Manuel Bastidas, Detective Juan Justo y el suscrito, nos entrevistamos con los ciudadanos Arroyo Augusto Ramiro y Carmona Artiga Rafael José, quienes se encontraban presentes al momento de suscitarse el hecho investigado, y por cuanto las misma se contradicen en lo que a la realidad de los hechos se refieren, adicional a esto, las primeras pesquisas realizadas, infieren que las heridas que presenta el interfecto no fue realizada a próximo contacto, ya que no presenta tatuaje, ni quemadura, por lo que se dificulta que el interfecto se halla causado la lesión aunado a lo que conocemos como el cono de dispersión de los guáimaros que componen la capsula con la cual se causo la herida que no es lógico técnica ni criminalisticamente, debiendo ser una sola herida con un solo orificio y no varios, como tampoco en la herida se encuentra el taco que compone la capsula, lo cual, al ser próximo contacto debiera encontrarse presente, igualmente al ser un solo disparo con una escopeta es inexplicable como resulta herido el otro ciudadano y aun mas, las áreas comprometidas (la pierna y el occiso presenta también heridas en las manos) que nos hace inferir que las personas que andaban con el hoy occiso están mintiendo y pudieran ser los autores de la muerte del mismo, en vista de lo antes expuesto y cumpliéndose lo establecido en el lapso de flagrancia, se procedió en la Sede de este Despacho a imponer de sus Derechos y Garantías Constitucionales según lo establecido en el articulo 49 ordinal 05 de nuestra carta Magna y 125 del Código orgánico Procesal Penal al ciudadano RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS, Venezolano, natural de Boconó estado Trujillo, de 43 años de edad, fecha de nacimiento 23-03-69, soltero, Comerciante, residenciado en el barrio el Centro, calle Cedeño, casa S/N, Biscucuy, estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-9.377.996, de la misma manera procedimos a colectar la vestimenta que portaba el referido ciudadano para el momento de ocurrir los hechos, siendo este Un (01) pantalón tipo casual de color azul marino, marca OffShore Khakis, talla 38, Un par de zapatos deportivos, tipo botines, color azul y blanco, marca Adidas, Una gorra de color Blanco, Marca Yankees New York, con bordados donde se lee Yankees New York y Un suéter tipo maga larga, colores vino tinto y verde, talla XL, marca Jay Jays; Seguidamente se constituyo comisión de este Despacho integrada por los funcionarios; Detectives JUAN JUSTO, Agentes EDWARD SOSA, RITO ALVARADO y LUIS YEPEZ, trasladándonos en la unidad A26B3K, hasta el Hospital central de esta ciudad, a fin de imponer de sus Derechos y Garantías al ciudadano AUGUSTO ARROYO, este Despacho, ya estando en referido nosocomio, nos dirigimos al área de emergencia específicamente cama 20, lugar donde se encuentra el ciudadano: AUGUSTO RAMIRO ARROYO, Venezolano, natural de Desembocadero, Municipio Guanare estado Portuguesa, de 42 años de edad, fecha de nacimiento 01-09-69, soltero, obrero, residenciado en el Caserío las Panelas, calle principal, cerca del embalse la Coromoto, Boconoito, estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-10.056.989 a quien luego de identificárnosle como funcionarios de este Cuerpo de Investigaciones y el motivo de nuestra presencia procedimos a imponerlo de sus Derechos y Garantías Constitucionales, según lo establecido en nuestro Ordenamiento Jurídico, seguidamente se procedió a colectar la vestimenta que portaba el referido ciudadano para el momento de ocurrir los hechos, siendo estas: Un (01) pantalón tipo Jeans de color azul, marca Star Lee, talla 32 y Una franela de color azul claro, con estampados en sus partes frontal y posterior donde se lee Nike. (Asimismo se deja constancia que quedo en resguardo policial con el detenido el Agente Edward Sosa) Seguidamente le solicitamos a este ultimo detenido la ubicación del arma involucrada en la presente averiguación, expresándonos éste que la misma se encontraba en una canoa que estaba aparcada en un muelle a orillas del Embalse la Coromoto, específicamente en la Finca "El Milagro", Municipio Guanare Estado Portuguesa, subsiguientemente nos trasladamos hasta esta ultima dirección a fin de ubicar el arma incriminada, ya presentes en esta dirección nos entrevistamos con el adolescente Arroyo Hidalgo RAIMIR AUGUSTO, de nacionalidad Venezolana, natural de Guanare estado Portuguesa, de 16 años de edad, nacido el 25-07-94, soletero, estudiante, residenciado en la dirección visitada, titular de la cédula de identidad V 26.188.877, a quien luego de identificamos como funcionarios de este Cuerpo de Investigación y explicarle el motivo de nuestra presencia, manifestó ser hijo del ciudadano ARROYO AUGUSTO RAMIRO, quien figura como uno de los investigados en la presente causa, a su vez indicándonos donde se encontraba el arma incriminada, siendo una canoa, metálica, pintada de color rojo, donde se procedió a colectar mediante Inspección Técnica suscrita por el Agente Rito Alvarado, un arma de fuego, tipo Escopeta, marca Covavenca, calibre I2mm, cacha de material sintético de color negro, cañón elaborado en metal, color cromado, serial 28.568; Acto seguido retornamos a este Despacho e informamos a la superioridad sobre las diligencias efectuadas, procediendo a su vez a realizarle llamada telefónica a la Fiscal Segunda del Ministerio Publica Abogada Ismelda Figueroa, Fiscal de Guardia del Ministerio publico del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa . Es todo".
6.- Con el folio 16 cursa, INSPECCIÓN TÉCNICA N°: 733 de fecha 24-04-2011, suscrita por los funcionarios: AGENTES DERWITH PÉREZ Y RITO ALVARADO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, practicada en: CASERÍO LAS PANELAS, FINCA EL MILAGRO ADYACENTE AL EMBALSE LA COROMOTO, ESTADO PORTUGUESA lugar en el cual se acuerda realizar inspección, de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto, se procede dejándose constancia de lo siguiente: "El lugar objeto de la presente inspección, resulta ser un sitio de suceso abierto, en la dirección arriba mencionada, donde se percibe una temperatura ambiental fresca e iluminación natural de buena intensidad; en dicho sitio se visualiza una vivienda sin numero de asignación visible, frente a la misma se observan las aguas que se desplazan por el embalse la "Coromoto" el cual es tomado como punto de referencia, estando provisto en sus lados de maleza de mediano, bajo y alto nivel, así como también de árboles de diferentes especies y tamaños; donde se avista en las orillas del mismo un área para desembarcar, en dicha área se logra ver un vehículo acuático tipo canoa fabricada en metal, pintada de color rojo, con su respectivo motor, contentiva en su interior de una arma de fuego, tipo escopeta, una vez movida dicha escopeta de su sitio original, se puede constatar que la misma es de calibre 12, marca CONCAVENCA, hecha en Venezuela, serial 28569; la cual es colectada y embalada a fin de que se le practique experticia de ley correspondiente. Como elemento de interés criminalístico se colecta: Una arma de fuego, tipo escopeta, calibre 12, marca CONCAVENCA, serial 28569, dicha evidencia será remite al departamento correspondiente para su respectiva experticia Es todo".
7.- Con el folio 21 cursa, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.875, de fecha 25-04-2011, funcionario que colecta y resguarda la evidencia AGENTE RITO ALVARADO, CREDENCIAL N° 34.221, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Evidencias Colectadas: UN ARMA DE FUEGO TIPO ESCOPETA CALIBRE 12 MARCA CONCAVENCA HECHA EN VENEZUELA, SERIAL 28569. PRECEPTO JURÍDICO.
8.- Con el folio 22 cursa, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.876, de fecha 25-04-2011, funcionario que colecta y resguarda la evidencia AGENTE RITO ALVARADO, CREDENCIAL N° 34.221, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Evidencias Colectadas: A.-) UNA MUESTRA HEMÁTICA IMPREGNADA EN UN SEGMENTO DE GASA. B.-) UNA FRANELA MARCA BROTHER, SIN TALLA APARENTE, COLOR GRIS IMPREGNADO DE SUSTANCIA COLOR PARDO ROJIZO. C-) UN PANTALÓN TIPO JEANS, TALLA 32, COLOR NEGRO IMPREGNADA DE SUSTANCIA COLOR PARDO ROJIZO. D.-) CUATRO HISOPOS, DE MACERADO PRACTICADO EN AMBAS MANOS, AL HOY OCCISO QUIEN RESPONDÍA AL NOMBRE DE JOSÉ DEL CRISTO BPAZABTE MANZANILLO.
9.- Con el folio 23 cursa, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA S/N, de fecha 25-04-2011, funcionario que colecta y resguarda la evidencia AGENTE RITO ALVARADO, CREDENCIAL N" 34.221, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Evidencias Colectadas: CUATRO HISOPOS.
10.- Con el folio 26 cursa, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.879, de fecha 24-04-2011, funcionario que colecta y resguarda la evidencia AGENTE (PEP) YEPEZ LUIS, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.100.516, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Evidencias Colectadas: UN (01) PANTALÓN TIPO CASUAL DE COLOR AZUL MARINO, MARCA OFF SHORE KHAKIS, TALLA 38, UN PAR DE ZAPATOS DEPORTIVOS, TIPO BOTINES, COLOR AZUL Y BLANCO, MARCA ADIDAS, UNA GORRA DE COLOR BLANCO, MARCA YANKEES NEW YORK, CON BORDADOS DONDE SE LEE YANKEES NEW YORK Y UN SUÉTER TIPO MAGA LARGA, COLORES VINO TINTO Y VERDE, TALLA XL, MARCA JAY JAYS
11.- Con el folio 27 cursa, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.880, de fecha 24-04-2011, funcionario que colecta y resguarda la evidencia AGENTE (PEP) YEPEZ LUIS, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.100.516, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Evidencias Colectadas: 01.- UN (1) PANTALÓN TIPO CASUAL DE COLOR AZUL MARINO, MARCA OFF SHORE HAKIS, LAILA 38, EL CUAL, ROTULADO CON LA LETRA "A". 02.- UN PAR DE ZAPATOS DEPORTIVOS, CIPO BOTINES, COLOR AZUL Y BLANCO, MARCA ADIDAS, ROTULAR DO CON LA LETRA "B". EL CUAL PORTABA EL CIUDADANO: RAFAEL JOSÉ CARNONA ARTIGAS, PARA EL MOMENTO DE OCURRIR EL HECHO INVESTIGADO.
12.- Con el folio 31 cursa, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 25-04-2011, suscrita por el funcionario Agente II PÉREZ PÉREZ DERWITH, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, quien deja constancia de la siguiente diligencia policial "Prosiguiendo con las diligencias relacionadas con la causa Nro. K-11-0254-00394, por uno de los Delitos Contra las Personas (Homicidio), encontrándome en la sede de este Despacho recibí llamada telefónica de parte del Agente EDWAR GONZÁLEZ, quien se encuentra en el hospital Dr. Miguel Oraá de esta ciudad, realizando Custodia Policial al ciudadano AUGUSTO RAMIRO ARROYO, titular de la cédula de identidad V-1O.056.989, plenamente identificado en autos anteriores por figurar como investigado en fa presente causa, indicando que el mismo fue visto por el Traumatólogo de dicho nosocomio y fue dado de alta; en vista de lo informado por el pre mencionado funcionario me traslade en compañía del Detective LUIS HURTADO, en vehículo particular, hacia el hospital Dr. Miguel Oraa, a los fines de trasladar al ciudadano AUGUSTO RAMIRO ARROYO, a esta Sede, una vez allí luego de una breve espera en la sala de emergencia del hospital de esta ciudad, procedimos a trasladar al ciudadano antes mencionado, hacia esta Sub Delegación, luego que fue firmada la alta del mismo, quien quedara a la orden de la Fiscalía Segunda el Ministerio Publico de esta ciudad, seguidamente informamos a la superioridad el resultado de dicha comisión. Es todo.
13.- Con el folio 32 cursa, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 25-04-2011, suscrita por el funcionario Agente I EDWARD GONZÁLEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, quien deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada: Compareció por antes este Despacho, de manera espontánea el ciudadano: JOSÉ LUIS CARMONA ARTIGAS, de nacionalidad Venezolana, de 41 años de edad, fecha de nacimiento el 19-03-1970, soltero, de profesión u oficio Electricista, teléfono 0426-558.62.17, residenciado en el sector el centro, calle Cedeño con Negro Primero y Arismendi, casa SIN, Biscucuy, Municipio Sucre, Estado Portuguesa, cédula de identidad V-9.377.997, a fin de tomar ampliación de entrevista en relación a la causa K-11-0254-00394, instruida por uno de los Delitos Contra las Personas, dicho ciudadano manifestó no tener impedimento alguno en rendir entrevista y en consecuencia Expone: "Resulta ser que en e! día de ayer Domingo 24-04-2011, como a las 09:00 horas de la mañana, llega a la finca la cual es de nuestra propiedad de nombre el Milagro, ubicada en el sector las panelas, mi hermano de nombre: Rafael José Carmona Artigas a pedirme auxilio ya que el mismo me manifiesta que accidentalmente se habían pegado un disparo con una escopeta mientras cazaban los compañeros que andaban junto a el de nombres; Ramiro Arroyo y José Brazarte (OCCISO), ellos se encontraban cazando en el embalse la coromoto y de una vez los auxilie, los monté junto a mi hermano Rafael en mi vehículo clase camión, marca Ford, color Azul, y nos trasladamos hasta el hospital central de esta ciudad para que fuesen atendidos, cuando llegamos a dicho hospital mí hermano me manifiesta que el señor José Barazarte (OCCISO) no respiraba, de una vez lo ingresaron por emergencia pero lamentablemente el señor José Brazarte (OCCISO) ya había fallecido. Luego decidí dirigirme hasta acá para rendir declaración respecto al caso Es todo.
14.- Con el folio 33 cursa, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 25-04-2011, suscrita por el funcionario LICENCIADO SUB INSPECTOR CESAR MONTILLA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, quien deja constancia de la siguiente diligencia policial "prosiguiendo con las diligencias relacionadas con la investigación signada con el numero K-11-0254-00394, que se instruye por ante este despacho por uno de los delitos contra las personas (HOMICIDIO Y LESIONES) me traslade en la unidad P-OON, en compañía del detective LUIS JUSTO JUAN hacia el caserío las panelas con la finalidad de realizar inspección técnica y pesquisas relacionadas con la presente causa de igual manera a ubicar a los adolescentes RAMIRO y RAYMIR ARROYO, y las posibles evidencias que pudiesen estar presentes en el sitio del hecho, una vez presentes en el mencionado caserío sostuvimos entrevista con un adolescente no sin antes identificarnos como funcionarios activos de este cuerpo de investigaciones, a quien le impusimos del motivo de nuestra presencia revelando ser el adolescente RAMIRO ARROYO aportándonos sus datos filiatorios quedando identificado de la siguiente manera ARROYO HIDALGO RAMIRO venezolano natural de Guanare de 15 años de edad fecha de nacimiento 18-08-1996, soltero obrero reside en el Caserío Las panelas Sector las Cruces Municipio Guanare Estado Portuguesa, indocumentado manifestando tener conocimiento del hecho así mismo se le solicito que nos condujera hacia el sitio del hecho, por lo que sin oponer objeción nos traslado hasta el mismo, siendo este el embalse la coromoto sector los higuerones, municipio Guanare Estado Portuguesa donde procedió el funcionario técnico a fijar inspección técnica, a las 02:30 horas de la tarde, donde luego de una minuciosa búsqueda en las malezas se logro el hallazgo de un segmento de material sintético y un arma blanca denominada machete colectada por el técnico para sus respectiva experticia, seguidamente se libraron boletas de citaciones a nombre de los adolescentes RAMIRO y RAIMYR ARROYO, para que en hora y fecha indicada comparezcan por ante este despacho, las cuales anexo talones superiores de las mismas una ves culminada nuestra diligencia retornamos a este despacho con la finalidad de dejar plasmado, en actas dichas diligencia e informarle a la superioridad es todo.
15.- Con el folio 34 cursa, INSPECCIÓN TÉCNICA N° 735 de fecha 25-04-2011, suscrita por los funcionarios: SUB INSPECTOR CESAR MONTILLA y DETECTIVE JUAN JUSTO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, practicada en: EMBALSE LA COROMOTO ESPECÍFICAMENTE EN EL SECTOR LOS HIGUERONES, MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO ESTADO PORTUGUESA, lugar donde se acordó practicar inspección de conformidad con el Artículo 202 y 284 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 19 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a tal efecto se deja constancia de lo siguiente "El lugar objeto de la presente inspección, resulta ser sitio de suceso abierto, correspondiente aun tramo del Sector Los Higerones donde se puede constatar que la iluminación es natural, temperatura ambiental calidad, suelo natural, donde se avista un terreno de forma inclinado presentando vegetación herbácea y arboleda, donde se observa un camino que al discurrimos por el mismo; en sentido Oeste, nos permite el acceso hacia una parte del sector los ligerones, donde se localiza a una distancia de doscientos metros (200m) aproximadamente donde se localiza en camino antes citado, un espacio con vegetación herbácea, donde se procedió a realizar una pequeña búsqueda en la periferia del lugar con la finalidad de localizar alguna evidencia de interés criminalístico, localizando en sentido Noroeste sobre la superficie del suelo entre la vegetación un arma blanca tipo machete presentando evidentes signos de suciedad, seguidamente nos trasladamos en sentido Suroeste donde se localiza sobre la superficie del suelo a una distancia de tres metros (3m) donde se localizo el arma blanca antes mencionado, un segmento elaborado en material sintético de color traslucido de forma circular. Continuando con la presente inspección, nos trasladamos en sentido Oeste, donde se observa un árbol que presenta en una de sus ramas un orificio producido por el paso de un cuerpo de mayor e igual cohesión localizándose este a una distancia de un metro en relación al suelo como elemento de interés criminalístico se colecta A) UN ARMA BLANCA TIPO MACHETE SIN MARCA APARENTE; B) UN SEGMENTO ELABORADO EN MATERIAL SINTÉTICO DE COLOR TRANSLÚCIDO DE FORMA CIRCULAR, dichas evidencias serán remitidas al departamento correspondiente para su respectiva experticia de ley, Es todo.
16.- Con el folio 35 cursa, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.882, de fecha 25-04-2011, funcionario que colecta y resguarda la evidencia AGENTE JUSTO JUAN, CREDENCIAL N° 28.373, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Evidencias Colectadas: A) UN ARMA BLANCA TIPO MACHETE SIN MARCA APARENTE; B) UN SEGMENTO ELABORADO EN MATERIAL SINTÉTICO DE COLOR TRANSLÚCIDO DE FORMA CIRCULAR.
17.- Con el folio 37 cursa, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-254-152, de fecha 25-04-2011, suscrita por el funcionario: Detective Ledo. JUSTO JUAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experto designado para realizar Experticia a lo solicitado en el memorándum N° 9700-254-047, de fecha 25/04/2011, emanado de la unidad de inspecciones técnicas, relacionado con la causa número K-11-0254-00394, que instruye la Sub Delegación Guanare, por unos de los Delitos Contra Las Personas de conformidad con lo establecido en el articulo 239 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 26 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, rindo a usted el presente informe a los fines legales consiguientes: MOTIVO: Realizar experticia de Reconocimiento Técnico. EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en: 01.- Un arma blanca tipo machete, de los comúnmente utilizados en labores agrícolas, constituido por una hoja metálica de corte de 520 milímetros de longitud por 58 milímetros de ancho en sus partes prominentes, con extremidad distar terminada en punta semi-aguda, borde inferior y superior amolado en doble bisel. Su mango constituido por dos piezas de madera de color marrón de 150 milímetros de longitud y 37 milímetros de ancho en sus partes más prominentes, sin inscripción identificativa, unidas entre si mediante dos remaches metálicos y varios segmentos de nailon de color rojo. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación y exhibe en diversas áreas de su superficie signos físicos de suciedad y signos físicos de haber sido expuesto al sol (oxido). - 02.- Un segmento elaborado en material sintético de color traslucido de forma circular, de lo comúnmente conocido como oblea. CONCLUSIONES: Con base a las observaciones y análisis practicados al material suministrado, puedo establecer lo siguiente: 01.-La pieza objeto de la presente experticia, mencionada en el numeral 01, consiste en un arma blanca, tipo machete, que puede ser utilizado en labores agrícolas; quedando a criterio del poseedor o cualquier otro uso que le desee destinar, pero al ser utilizada contra la humanidad de una persona puede causar lesiones de mayor o menor gravedad en incluso hasta la muerte dependiendo de la región comprometida. 02.- La pieza objeto de la presente experticia, mencionada numeral 02, forma parte de los cartuchos disparados por un arma de fuego tipo escopeta. 03.- Las piezas objetos de ésta Experticia, se encuentran en el Departamento de Resguardo y Custodia de evidencia de ésta Sub Delegación, según planilla de registro signada con el número P-11882 es todo.
18.- Con el folio 38 cursa, RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL N° 9700-160-557, de fecha 25-04-2011 suscrito por el Médico Forense Dr. EDGAR ORLANDO CROSCE, de la Medicatura Forense Guanare, practicado en la persona de: AUGUSTO RAMIRO ARROYO de 42, Años de edad de C.I. V- 10.056.989, a quien le apreció: herida con arma de fuego (Proyectiles Múltiples) con orificio de entrada sin salida en la parte posterior del codo derecho La radiografía muestra 2 proyectiles que causaran fractura de tercio superior de radio del mismo lado, Estado General: Malas condiciones. Tiempo de curación: 01 Mes Carácter: Grave.
19.- Con el folio 40 cursa, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-154 de fecha 26-04-2011, suscrita por el funcionario: LUIS JOSÉ CARRILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experto designado para realizar experticia solicitada según memorando número 9700-254-S/N de fecha 24-04-11, relacionada con las actas procesales K-11-0254-00394. De conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 26 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Rindo a usted, el presente informe pericial a los fines legales consiguientes: MOTIVO: Realizar experticia Química (determinación de Ion Nitrato) EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en: Evidencia física relacionada con las actas procesales K-11-0254-00394, que se instruye por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio) (S.I.M); discriminada para su identificación y estudio de la siguiente manera: Muestras de macerados realizadas al ciudadano: CARMONA ARTIGAS RAFAEL JOSÉ, CIV-9.377.996; en ambas manos, colectadas por la Detective Horysmar y alera PERITACIÓN: El material suministrado, fue sometido al siguiente análisis: ANÁLISIS QUÍMICO: MÉTODO DE ORIENTACIÓN PARA LA DETERMINACIÓN DE ION NITRATO: ESPÉCIMEN DE CONTROL NEGATIVO ESTÁNDAR DE COMPARACIÓN POSITIVO MACERADOS MANO DERECHA POSITIVO MACERADOS MANO IZQUIERDA POSITIVO CONCLUSIÓN: Con base a las observaciones y análisis realizados al material suministrado que motivó mi actuación, puedo determinar: Que el macerado realizado al ciudadano CARMONA ARTIGAS RAFAEL JOSÉ Cl. V-9.377.996, SE OBSERVARON los gránulos de color azul intenso indicativos de dicha positividad de dicha reacción en la deflagración de la pólvora específicamente en la mano derecha, es todo.
20.- Con el folio 43 cursa, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-141 de fecha 26-04-2011, suscrita por el funcionario: LUIS JOSÉ CARRILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experto designado para realizar experticia solicitada según memorando número 9700-254-S/N de fecha 24-04-11, relacionada con las actas procesales K-11-0254-00394. De conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 26 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Rindo a usted, el presente informe pericial a los fines legales consiguientes: MOTIVO: Realizar experticia Química (determinación de Ion Nitrato) EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en: Evidencia física relacionada con ¡as actas procesales K-11-0254-00394, que se instruye por uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio) donde figura como víctima el ciudadano: JOSÉ DEL CRISTO BARAZARTE MANZANILLO (occiso), colectada por el Agente Rito Alvarado según acta procesal número K-ll-0254-00394, de fecha 24-04-11 (S.I.M) ; discriminada para su identificación y estudio de la siguiente manera:.- Muestras de macerados realizadas al ciudadano: AUGUSTO RAMIRO ARROYO; en ambas manos, colectadas en la sala de emergencias del hospital Dr. Miguel Oraa, Municipio Guanare (S.I.M) PERITACIÓN: El material suministrado, fue sometido al siguiente análisis: ANÁLISIS QUÍMICO: MÉTODO DE ORIENTACIÓN PARA LA DETERMINACIÓN DE ION NITRATO: ESPÉCIMEN DE CONTROL NEGATIVO ESTÁNDAR DE COMPARACIÓN POSITIVO MACERADOS MANO DERECHA NEGATIVO MACERADOS MANO INSQUIERDA NEGATIVO CONCLUSIÓN: Con base a las observaciones y análisis realizados al material suministrado que motivó mi actuación, puedo determinar: Que el macerado realizado al ciudadano AUGUSTO RAMIRO ARROYO, NO SE OBSERVARON los gránulos de color azul intenso indicativos de dicha positividad de dicha reacción en la deflagración de la pólvora específicamente en la mano derecha, es todo.
21.- Con el folio 45 cursa, ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26-04-2011, rendida por el Adolescente RAMIRO AUGUSTO ARROYO , venezolano Natural de Guanare Estado Portuguesa de 15 años de edad fecha de nacimiento 15-09-1995, soltero profesión u oficio obrero, teléfono no posee, residenciado en el Caserío las panelas calle principal casa s/n Guanare Estado Portuguesa Titular de la Cédula de Identidad N° 27.536.098, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, quien expone lo siguiente "Resulta que mi papa de nombre Ramiro, mi hermano Raimir, el negro Carmona, Cristo y mi persona nos fuimos a cazar como a las 07:00 horas de la mañana y nos llevamos una escopeta y unos perros cazadores y nos fuimos en una canoa con un motor color rojo propiedad de mi papa a los Higuerones, soltamos los perros y solamente mi papa, cristo y Raimir se bajaron de la canoa y se fueron para la parte de arriba detrás de los perros y me quede con la canoa con el negro Carmona, esperando que algún animal se viniera para la orilla de la represa para matarlo en eso una lapa cayo al agua cerca de donde nosotros estábamos en la canoa, cuando la lapa cae a la represa yo le digo al Negro Carmona que en el agua iba una burbuja entonces el negro Carmona se fue para la punta de la canoa para dispararle a la lapa y se acomoda para dispararle y ahí fue que se le fue el tiro y oímos que mi papa le dijo al negro, cono negro le diste al chamo, pero mi papa no se veía en donde estaba porque el monte estaba muy alto, en eso dimos la vuelta con la canoa el negro y mi persona y llegamos donde estaba cristo y mi papa, y vimos a Cristo Tirado en el Suelo y a mi papa herido en el brazo derecho luego el negro y Raimir montaron a Cristo en la Canoa y todos nos fuimos para la casa del negro donde tenían unos camiones tritones y montaron a cristo y a mi papa en el camión de José Luis, el negro Carmona y mi Hermano Raymir también se vinieron con ellos para traerlo para el hospital, y yo me quede en la casa con el negro. Es todo.
22.- Con el folio 47 cursa, ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26-04-2011, rendida por el Adolescente RAIMIR AUGUSTO ARROYO, venezolano Natural de Guanare Estado Portuguesa de 16 años de edad fecha de nacimiento 25-07-1994, soltero profesión u oficio obrero, teléfono 0416-1128519, residenciado en el Caserío las panelas calle principal casa s/n Guanare Estado Portuguesa Titular de la Cédula de Identidad N° 26.188.877, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, quien expone lo siguiente "Resulta el día Domingo como a las 07:00 horas de la mañana me fui a cazar con mi papa de nombre Ramiro, mi hermano Ramiro, el negro Carmona y José Del Cristo y mi persona nos fuimos a cazar el día Domingo como a las 07:00 horas de la mañana nos llevamos una escopeta y unos perros cazadores y nos fuimos en una canoa de mi papa al sector los Higuerones, cuando llegamos a los Higuerones soltamos los perros y solamente mi papa, cristo y yo nos bajamos de la canoa nos metimos para la parte de arriba detrás de los perros cuando logramos localizar a una lapa en una cueva y nos pusimos a excavar, la lapa salió y se quedo quieta pero los perros lograron verla y salieron detrás de la lapa, cayendo esta a la represa, por donde estaban el negro Carmona y mi hermano Ramiro, en la canoa pendiente, cuando la lapa estaba saliendo a flote el negro se estaba acomodando para dispararle a la lapa fue entonces cuando se le fue un tiro, y dice el negro se me fue un tiro pero mi papa le dice "que hiciste", es entonces que mi papa se percata que el tiro lo había herido en el brazo y ve a cristo herido sobre el suelo, luego de ver esto todos salimos a auxiliar a mi papa y a cristo, nos montamos en una canoa y nos fuimos rápidamente a la casa del negro donde nos montamos en un camión y nos fuimos para el hospital de Guanare donde al ser ingresado ya venia muerto, es todo.
23.- Con el folio 48 cursa, FORMULARIO DE REGISTRO DE MUERTE N° 106-2011, de fecha 24-04-2011 suscrito por el Dr. RAFAEL BRUZUAL, ANATOMOPATÓLOGO FORENSE adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, IDENTIFICACIÓN DEL CADÁVER BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO EDAD 38 AÑOS SEXO MASCULINO CONCLUSIONES SE TRATA DE CADÁVER MASCULINO DE 38 AÑOS DE EDAD, CON HERIDA POR ARMA DE FUEGO DE PROYECTILES MÚLTIPLES EN MUSLOS IZQUIERDO LESIÓN DE ARTERIA FEMORAL IZQUIERDA Y FRACTURA DE FÉMUR IZQUIERDO SHOCK HIPOVOLEMICO CAUSAS DE LA MUERTE SHOCK HIPOVOLEMICO LESIÓN DE ARTERIA FEMORAL Y FÉMUR IZQUIERDO POR HERIDA DE ARMA DE FUEGO EN MUSLO IZQUIERDO.
24.- Con el folio ( ) cursa, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-140 de fecha 05-05-2011, suscrita por la funcionaría: DETECTIVE II, VALERA D. HORYSMAR. T.S.U. EN CRIMINALÍSTICA adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experta designada para realizar análisis a lo solicitado en el memorándum número 9700-254-043, de. Fecha 24-04-2011, relacionado con las Actas Procesales número: K-11-0254-00393. De conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Ley de Investigaciones Científicas. Penales i Criminalísticas. Rindo a usted a los fines consiguientes este informe. MOTIVO: Realizar Experticia Hematológica. Física (determinar origen de solución de continuidad) y Química (Determinación de Ion Nitrato). EXPOSICIÓN: 1.- El material suministrado consiste en: SUSTANCIA HEMATICA, colectada por la técnica de macerado mediante un segmento de gasa al cadáver, rotulada con la letra 'SA" (S.I.M). 2.- Una franela, talla mediana, confeccionada en fibras naturales de color gris, con etiqueta identificativa donde se lee: BROTHER", posee un estampado en la zona anterior alusivo a tres leones de color negro. La pieza se halla en mal estado de uso y conservación y exhibe en diversas áreas de su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color pardo rojiza, colectada al cadáver, rotulada con la letra (S.I.M). 3.- Un jeans, talla 32, elaborado en fibras naturales y sintéticas de color negro, con etiqueta identificativa donde se lee: PETROL": con mecanismo de cierre constituido por una cremallera y un botón con su respectivo ojal, posee múltiples soluciones de continuidad (orificios) ubicados a nivel del área de la proyección anatómica de la Región Anterior del Muslo izquierdo y una en la región Pudenda. La pieza se halla en mal estado de uso y conservación y exhibe en diversas áreas de su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color pardo rojiza, colectada al cadáver, rotulada con la letra C" (S,I,M). 4.- Hisopos con muestras colectadas a través de técnica de maceración practicada sobre la región Palmar y Dorsal de ambas manos del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de JOSÉ DEL CRISTO MANZANILLO, rotulados con la letra "D" (S.I.M). 5.- Las características del arma de fuego suministrada son: TIPO ESCOPETA. CALIBRE I2mm. MARCA COVAVENCA. LUGAR DE FABRICACIÓN VENEZOLANA, ACABADO SUPERFICIAL NIQUELADA CON SIGNOS FÍSICOS DE OXIDO, PARTES CAÑÓN DE ANIMA LISA, GUARDAMANO, CAJA DE LOS MECANISMOS Y EMPUÑADURA ELABORADA EN MADERA DE COLOR NEGRO, LONGITUD DEL CAÑÓN 510 mm, DIÁMETRO) DEL CAÑÓN 1 Smrn POR LA BOCA, GUARDAMANO ELABORADO EN MADERA DE COLOR NEGRO EMPUÑADURA ELABORADA EN MADERA DE COLOR NEGRO PROVISTA DE CANTONERA. SISTEMA DE CARGA MEDIANTE L ACCIONAMIENTO MANUAL DE UN PESTILLO METÁLICO EN SU PARTE SUPERIOR QUE AL SER MOVIDO HACIA LOS LADOS LIBERA EL ABISAGRADO DEL CAÑÓN DEJANDO UBRE SU RECAMARA PARA SU CARGA Y DESCARGA, SISTEMA DE PERCUSIÓN MARTILLO, AGUJA PERCUTORA Y DISPARADOR SERIAL DE ORDEN 28569. PERITACIÓN: El material suministrado, fue sometido al siguiente análisis: ANÁLISIS FÍSICO: OBSERVACIÓN ESTEREOSCÓPICA: Las soluciones de continuidad presentes en la superficie de la pieza mencionada en el numeral 3 jeans). Fueron sometidas a una minuciosa observación a través de la Lupa Estereoscópica, constatándose que los bordes libres de las fibras que los constituyen son de forma: irregulares, con estiramiento y con pérdida del material que compromete su trama y urdimbre.- ANÁLISIS QUÍMICO: REACTIVOS EMPLEADOS: Ácido Sulfúrico y Difenilamina. MÉTODO DE ORIENTACIÓN PARA LA DETERMINACIÓN DE ION NITRATO: REACTIVO DE LUNGE: ESPÉCIMEN DE CONTROL + REACTIVO DE LUNGER NEGATIVO, ESTÁNDAR DE COMPARACIÓN + REACTIVO DE LUNGE POSITIVO, MACERADOS + REACTIVO DE LUNGE NEGATIVO. ESOPETA+ REACTIVO DE LUNGE. POSITIVO, ANÁLISIS BIOLÓGICO: ACTIVOS EMPLEADOS: Agua destilada, solución salina normal, peróxido de hidrógeno, ácido acético glacial, ortotolidina, bromuro de potasio, yoduro de potasio, cloruro de potasio. Obti test, suero anti A y B. sangre humana ARR y BRH. Muestras en soportes conocidos de sangre A y B. MÉTODO DE ORIENTACIÓN Y CERTEZA PARA LA DETERMINACIÓN DE NATURALEZA HEMATICA: REACCIÓN DE ORTOTOLIDINA: GASA CADÁVER POSITIVO, FRANELA POSITIVO, JEANS POSITIVO. MÉTODO DE TEICHMANN GASA CADÁVER POSITIVO. FRANELA POSITIVO. JEANS POSITIVO, DETERMINACIÓN DE ESPECIE: Obti Test POSITIVO HUMANO, DETERMINACIÓN DE GRUPO SANGUÍNEO: INVESTIGACIÓN DE AGLUTINÓGENOS: Aglutinógenos "A y B" NEGATIVO, CONCLUSIONES: Con base al reconocimiento, observaciones y análisis realizados al material suministrado, que motivó mi actuación pericial, puedo determinar: 1.- Que las manchas de color pardo rojizo estudiadas (gasa cadáver-franela-jeans). Son de naturaleza hemátíca, de la especie humana y corresponden al grupo sanguíneo. 2.- Que los macerados colectados al cadáver de quien en vida respondiera al nombre de JOSÉ DEL CRISTO BRAZARTE MANZANILLO. No se detectó la presencia de Iones Nitrato. 3.- Que en los macerados realizados al arma de fuego antes mencionada. SE determino la presencia de Iones Nitrato. 4.- Que las soluciones de continuidad presentes en la pieza signada con el número 5.- (Jeans) fueron originadas por el paso de proyectiles disparados por un arma de fuego. 6.- Que el arma de fuego en estudio se encuentra en buen estado de uso y funcionamiento, en su estado y uso original, pueden causar lesiones de menor o mayor gravedad e incluso la muerte, debido a los impactos rasantes y perforantes producidos por los proyectiles disparados por las mismas dependiendo básicamente de la región anatómica comprometida y usada atípicamente como arma u objeto contuso Es todo. Consigno el original del presente informe pericial constante de cuatro (04) folios útiles. Las muestras signadas con el número 1 y 4 (gasa cadáver macerados) se consumieron en su totalidad en los análisis respectivos y las piezas signadas con los números 2, 3 y 5 (franela-jeans-escopeta) fueron enviadas a la Sala de Resguardo y Custodia Evidencias Físicas de esta Sub-Delegación, según planilla N° 11.875 y 11.876.
25.- Con el folio ( ) cursa, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-142 de fecha 05-05-2011, suscrita por la funcionaría: DETECTIVE II, VALERA D. HORYSMAR. T.S.U. EN CRIMINALÍSTICA adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experta designada para realizar análisis a lo solicitado en el memorándum número 9700-254-S/N, de. Fecha 24-04-2011, relacionado con las Actas Procesales número: K-11-0254-00394. De conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Ley de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Rindo a usted a los fines consiguientes este informe. MOTIVO: Realizar Experticia Hematológica y Química (determinación de Ion Nitrato). EXPOSICIÓN': El material suministrado consiste en: 1.- Un jeans, talla 32", confeccionado en fibras naturales de color azul, con etiqueta identificativa donde se lee “STAR LEE” y mecanismo de cierre constituido por una cremallera y un botón con su respectivo ojal. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación y exhibe en su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color pardo rojizo. Colectado al ciudadano RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS. Rotulado con la letra "A" (S.1.M).- 2.- Una franela, talla mediana, confeccionada en fibras naturales y sintéticas de color azul, sin etiqueta identif¡cativa: posee un estampado en su zona anterior alusivo a un circulo con inscripción identificativa donde se lee NIKE AIR". La pieza se halla en regular estado de uso y conservación y exhibe en su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color pardo rojizo, Colectada al ciudadano RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS, rotulado con la letra "B" (SIM). PERITACIÓN: El material suministrado fue sometido al siguiente análisis: ANÁLISIS BIOLÓGICO: REACTIVOS EMPLEADOS: Agua destilada, solución salina normal, ácido acético glacial, peróxido de hidrógeno, ortotolidina, bromuro de potasio, yoduro de potasio, cloruro de potasio, hidróxido de sodio, glucosa, piridina, Obti test, suero anti A y B. sangre humana ARR y BRH. muestras en soportes conocidos de sangre A y B. MÉTODO DE ORIENTACIÓN Y CERTEZA PARA LA DETERMINACIÓN DE NATURALEZA HEMÁTICA: REACCIÓN DE ORTOTOLIDINA: JEANS POSITIVO FRANELA POSITIVO INVESTIGACIÓN DE HEMOGLOBINA: MÉTODO DE TEICHMANN: JEANS POSITIVO FRANELA POSITIVO DETERMINACIÓN DE ESPECIE: Obti test POSITIVO HUMANO, DETERMINACIÓN DE GRUPO SANGUÍNEO: INVESTIGACIÓN DE AGLUTINÓGENOS: Aglutinógenos A y B NEGATIVO ANÁLISIS QUÍMICO: REACTIVOS EMPLEADOS: Ácido Sulfúrico y Difenilamina. MÉTODO DE ORIENTACIÓN PARA LA DETERMINACIÓN DE ION NITRATO: REACTIVO DE LUNGE: ESPÉCIMEN DE CONTROL REACTIVO DE LUNGER NEGATIVO, ESFANDAR DE COMPARACIÓN - REACTIVO DL LEMA POSITIVO, JEANS + REACTIVO DE LUNGE NEGATIVO, FRANELA REACTIVO DE LUGE POSITIVO, CONCLUSIONES: Con base al reconocimiento, observaciones y análisis realizados al material suministrado, que motivó mi actuación pericial, puedo determinar: 1.- Que las manchas de color pardo rojizo, presentes en la superficie de las piezas signadas con el número 1 y 2 (Jeans-franela), son de naturaleza hemática de la especie humana y corresponden al grupo sanguíneo 2.- Que los macerados realizados en las superficies de las evidencias en estudio no se determino la presencia de Ion Nitrato. Es todo. Consigno el original al presente informe pericial constante de dos (02) folios útiles y las piezas mencionar (Jeans-franela) fueron devueltas a la Sala de Resguardo y Custodia de Evidencias Físicas de esta Sub-Delegación, según planilla de registro: 11.979.
26.- Con el folio ( ) cursa, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-146 de fecha 05-05-2011, suscrita por la funcionaría: DETECTIVE II, VALERA D. HORYSMAR T.S.U. EN CRIMINALÍSTICA adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experta designada para realizar análisis a lo suministrado en el Memorándum número 9700-254-S/N, de fecha 26-04-2011, relacionado con las actas procesales K-11-0254-00394. De conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Ley de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Rindo a usted el presente informe pericial a los fines legales consiguientes, MOTIVO: Realizar Experticia de Reconocimiento y Hematológica. EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en: - Un fragmento metálico de color gris, de forma irregular, posee deformaciones y perdida del material que los constituyen producto del violento impacto que sufrió al chocar contra otra superficie de igual o mayor cohesión molecular, el mismo carece de características individualizantes y exhiben en su superficie, pequeñas costras de una sustancia de color pardo rojizo, extraído del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO según autopsia 106-11 (S.I.M). PERITACIÓN: El material suministrado fue sometido al siguiente análisis: ANÁLISIS BIOLÓGICO: REACTIVOS EMPLEADOS: Agua destilada, solución salina normal, peróxido de hidrógeno, hidróxido de sodio, glucosa, piridina, ortotolidina, Obti-test, suero anti A y B, sangre humana ARR y BRH, muestras en soportes conocidos de sangre A y B. MÉTODO DE ORIENTACIÓN Y CERTEZA PARA EL RECONOCIMIENTO DE MATERIAL DE NATURALEZA HEMÁTICA: REACCIÓN DE ORTOTOLIDINA. POSITIVO INVESTIGACIÓN DE HEMOGLOBINA: MÉTODO DE TAKAYAMA: POSITIVO, DETERMINACIÓN DE ESPECIE: Obti Test . HUMANO POSITIVO CONCLUSIONES: Con base al reconocimiento, observaciones y análisis realizados al material suministrado, que motivó mi actuación pericial, pude determinar: Que las costras de color pardo rojizas, presentes en la superficie de las piezas en referencia (fragmento metálico), extraído del cadáver de quien, en vida respondiera al nombre de BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO, son de naturaleza hemática, de la Especie Humana, NO siendo posible determinación del grupo sanguíneo por lo exiguo diluido de las muestras. Es todo. Consigno el presente informe pericial que consta de dos (02) folios útiles. Las muestras de naturaleza hemática se consumieron en los análisis y el material suministrado queda depositado en la Sala de Resguardo y Custodia de Evidencias Físicas de esta Sub-Delegación, según planilla N°: 10.883.

MEDIOS DE PRUEBAS OFRECIDOS

Consideró el Representante del Ministerio Público que los medios de prueba ofrecidos como pertinentes y necesarios para demostrar la comisión del delito y responsabilidad del acusado, que se presentaran en el juicio oral y público son los que a continuación se señalan:

EXPERTOS

1.- Detective Ledo. JUSTO JUAN, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Estado Portuguesa, donde puede ser citado a los fines de que declare en cuanto a EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-254-152, de fecha 25-04-2011, Cursante al folio 37 de la causa, practicada en el siguiente material: UN ARMA BLANCA TIPO MACHETE, DE LOS COMÚNMENTE UTILIZADOS EN LABORES AGRÍCOLAS y UN SEGMENTO ELABORADO EN MATERIAL SINTÉTICO DE COLOR TRASLUCIDO DE FORMA CIRCULAR, DE LO COMÚNMENTE CONOCIDO COMO OBLEA. Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual Juicio Oral y Publico, por cuanto dicho experto dejara constancia legal de la EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO a la evidencia descrita con anterioridad, utilizada por los funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, al momento de realizar la INSPECCIÓN TÉCNICA N°: 735. Asimismo, el contenido de dicha experticia en un eventual Juicio Oral y Publico, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de guien la suscribe a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Dr. EDGAR ORLANDO CROCER, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Estado Portuguesa, donde puede ser citado los fines de que declare en cuanto a RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL N° 9700-160-557, Cursante al folio 38 de la causa, PRACTICADO EN LA PERSONA DE: AUGUSTO RAMIRO ARROYO DE 42, AÑOS DE EDAD DE Cl. V- 10.056.989; Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual Juicio Oral y Publico, por cuanto dicho experto dejara CONSTANCIA LEGAL DE RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL N° 9700-160-557 Cursante al folio 38, dejando constancia de la herida con arma de fuego (Proyectiles Múltiples) con orificio de entrada sin salida en la parte posterior del codo derecho La radiografía muestra 2 proyectiles que causaran fractura de tercio superior de radio del mismo lado. Estado General: Malas condiciones. Tiempo de curación: 01 Mes Carácter: Grave; Asimismo, el contenido de dicha experticia en un eventual Juicio Oral y Publico, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de quien la suscribe a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- LUIS JOSÉ CARRILLO, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Estado Portuguesa, donde puede ser citado a los fines de que declare en cuanto a EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-154 de fecha 26-04-2011, Cursante al folio 40 de la causa, y EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-141 de fecha 26-04-2011, Cursante al folio 43 de la causa practicada en el siguiente material: MACERADOS EN LAS MANOS DEL IMPUTADO CARMONA ARTIGAS RAFAEL JOSÉ C.l. V-9.377.996 y MACERADOS EN LAS MANOS DEL IMPUTADO AUGUSTO RAMIRO ARROYO, EVIDENCIA FÍSICA RELACIONADA CON LAS ACTAS PROCESALES K-11-0254-00394; Este testimonio es útil, pertinente v necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual Juicio Oral y Publico, por cuanto dicho experto dejara CONSTANCIA LEGAL DE LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-154 de fecha 26-04-2011 Cursante al folio 40, dejando constancia del macerado realizado al ciudadano CARMONA ARTIGAS RAFAEL JOSÉ C.l. V-9.377.996, OBSERVÁNDOSE los granulos de color azul intenso indicativos de dicha positividad de dicha reacción en la deflagración de la pólvora específicamente en la mano derecha y la CONSTANCIA LEGAL DE LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-141 de fecha 26-04-2011 Cursante al folio 43 dejando constancia del macerado realizado al ciudadano AUGUSTO RAMIRO ARROYO, NO OBSERVÁNDOSE los granulos de color azul intenso indicativos de dicha positividad; Asimismo, el contenido de dicha experticia en un eventual Juicio Oral y Publico, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de guien la suscribe a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
4.- Dr. RAFAEL BRUZUAL, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Estado Portuguesa, donde puede ser citado a los fines de que declare en cuanto a FORMULARIO DE REGISTRO DE MUERTE N° 106-2011, de fecha 24-04-2011 Cursante al folio 48 de la causa, IDENTIFICACIÓN DEL CADÁVER BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO EDAD 38 AÑOS SEXO MASCULINO; Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual Juicio Oral y Publico, por cuanto dicho experto dejara constancia legal del FORMULARIO DE MUERTE Nº 106-2011, de fecha 24-04-2011 realizado al CADÁVER BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO. Asimismo, el contenido de dicho Formulario De Registro De Muerte en un eventual Juicio Oral y Publico, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de quien la suscribe a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
5.- DETECTIVE II, VALERA D. HORYSMAR. T.S.U. EN CRIMINALÍSTICA, funcionaría adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Estado Portuguesa, donde puede ser citada a los fines de que declare en cuanto a EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-140 de fecha 05-05-2011, Cursante al folio ( ) de la causa, practicada en el siguiente material: SUSTANCIA HEMÁTICA, COLECTADA POR LA TÉCNICA DE MACERADO MEDIANTE UN SEGMENTO DE GASA AL CADÁVER, ROTULADA CON LA LETRA "A" (S.I.M), UNA FRANELA, TALLA MEDIANA, CONFECCIONADA EN FIBRAS NATURALES DE COLOR GRIS. CON ETIQUETA IDENTIFICATIVA DONDE SE LEE: BROTHER", UN JEANS, TALLA 32, ELABORADO EN FIBRAS NATURALES Y SINTÉTICAS DE COLOR NEGRO. CON ETIQUETA IDENTIFICATIVA DONDE SE LEE: 'PETROL", HISOPOS CON MUESTRAS COLECTADAS A TRAVÉS DE TÉCNICA DE MACERACIÓN PRACTICADA SOBRE LA REGIÓN PALMAR Y DORSAL DE AMBAS MANOS DEL CADÁVER DE QUIEN EN VIDA RESPONDIERA AL NOMBRE DE JOSÉ DEL CRISTO MANZANILLO, UN ARMA DE FUEGO TIPO ESCOPETA. CALIBRE L2MM. MARCA COVAVENCA. LUGAR DE FABRICACIÓN VENEZOLANA; Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual Juicio Oral y Publico, por cuanto dicho experto dejara CONSTANCIA LEGAL DE LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-140, de fecha 05-05-2011. Asimismo, el contenido de dicha experticia en un eventual Juicio Oral y Publico, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de guien la suscribe a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
6.- DETECTIVE II, VALERA D. HORYSMAR. T.S.U. EN CRIMINALÍSTICA, funcionaría adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Estado Portuguesa, donde puede ser citada a los fines de que declare en cuanto a EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-142 de fecha 05-05-2011, Cursante al folio ( ) de la causa, practicada en el siguiente material: UN JEANS. TALLA 32", CONFECCIONADO EN FIBRAS NATURALES DE COLOR AZUL, CON ETIQUETA IDENTIFICATIVA DONDE SE LEE 'STAR LEE", y UNA FRANELA, TALLA MEDIANA CONFECCIONADA EN FIBRAS NATURALES Y SINTÉTICAS DE COLOR AZUL, SIN ETIQUETA IDENTIFICATIVA DONDE SE VISUALIZAN MANCHAS DE UNA SUSTANCIA DE COLOR PARDO ROJIZO. COLECTADO AL CIUDADANO RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS; Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual Juicio Oral y Publico, por cuanto dicho experto dejara CONSTANCIA LEGAL DE LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-142 de fecha 05-05-2011 Cursante al folio ( ). Asimismo, el contenido de dicha experticia en un eventual Juicio Oral y Público, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de quien la suscribe a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
7.- DETECTIVE II, VALERA D. HORYSMAR. T.S.U. EN CRIMINALÍSTICA, funcionaría adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Estado Portuguesa, donde puede ser citada a los fines de que declare en cuanto a EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-146 de fecha 05-05-2011, Cursante al folio ( ) de la causa, practicada en el siguiente material: UN FRAGMENTO METÁLICO DE COLOR GRIS. DE FORMA IRREGULAR EXTRAÍDO DEL CADÁVER DE QUIEN EN VIDA RESPONDIERA AL NOMBRE DE BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO. SEGÚN AUTOPSIA 106-11 (S.I.M): Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual Juicio Oral y Publico, por cuanto dicho experto dejara CONSTANCIA LEGAL DE LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-146 de fecha 05-05-2011 Cursante al folio ( ), Asimismo, el contenido de dicha experticia en un eventual Juicio Oral y Publico, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de quien la suscribe a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
8.- Experto JUAN RODRÍGUEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Acarigua, donde puede ser citado a los fines de que rinda informe pericial en relación TRAYECTORIA INTRAORGANICA N° 1042, de fecha 09/06/2011, realizada el cadáver de BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO, según PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 106-2011. EXPEDIENTE: K-11-0254-00394. FECHA: 24-04-2011. IDENTIDAD DEL CADÁVER: BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO. Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo demostraremos en un eventual juicio oral y publico, y el mismo dejara constancia y comprobara la trayectoria intraorganica realizada mediante la cual se verifico: 1- Seis (06) orificios de entrada en muslo izquierdo por arma de fuego de proyectiles múltiples, cuatro (04) orificios de entrada en región anterior, uno (01) en cara interna y otra entrada en cara externa. Trayecto: antero posterior, horizontal. Cinco (05) orificios de salida en región posterior, lesión de arteria femoral. Fractura de fémur izquierdo tercio medio. VISTA ANTERIOR y VISTA POSTERIOR.
9.- Experto EDGAR COLMENARES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Acarigua , donde puede ser citado a los fines de que rinda informe pericial en relación LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO, practicado EMBALSE LA COROMOTO, SECTOR HIGUERONES, MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO ESTADO PORTUGUESA, según INSPECCIÓN TÉCNICA N° 735, de fecha 25-04-2011. Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo demostraremos en un eventual juicio oral y publico, y el mismo dejara constancia del levantamiento planimetrito y la representación gráfica del sitio del suceso, donde se describa la siguiente leyenda: Embalse la Coromoto Específicamente en el Sector los Higuerones Municipio San Genaro de Boconoito, donde fue recolectado 1.- Arma blanca tipo machete, 2.- Segmento de material sintético traslucido de forma circular. 3.- Orificio producido por el paso de un cuerpo de igual o mayor cohesión molecular.
10.- Experto JUAN RODRÍGUEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Acarigua , donde puede ser citado a los fines de que rinda informe pericial en relación TRAYECTORIA BALÍSTICA N° 9700-058-ARH-1043. de fecha 06-06-2011, practicado en el: EMBALSE LA COROMOTO, SECTOR HIGUERONES, MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO ESTADO PORTUGUESA, lugar en el cual se procedió a realizar un análisis profundo de los elementos Físicos de Juicio para poder establecer una relación Físico Trigonométrica entre victima y victimario. Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo demostraremos en un eventual juicio oral y publico, y el mismo dejara constancia y comprobara los ELEMENTOS DE CARÁCTER CRIMINALISTICO: SITIO DEL SUCESO, UBICACIÓN DE LOS IMPACTO PERFORANTES OTROS 1-HALLAZGOS DE INTERÉS CRIMINALISTICOS: A) SEGÚN INSPECCIÓN TÉCNICA Nro 735: de fecha 25/04/2011, B) EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Nro 152 de fecha 25/04/2011: VER PLANIMETRÍA: ELEMENTOS DE CARÁCTER MEDICO LEGAL: PROTOCOLO DE AUTOPSIA. PROTOCOLO DE AUTOPSIA.

FUNCIONARIOS ACTUANTES

1.- Funcionario Agente YÉPEZ TORRES LUIS ENRIQUE adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas subdelegación Guanare Edo Portuguesa, donde puede ser citado a los fines que rindan informe pericial en relación a: ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24-04-2011 cursa al folio 01, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.879, de fecha 24-04-2011 cursa al folio 26 y REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.880, de fecha 24-04-2011 cursa al folio 27, donde se deja constancia sobre EL INGRESO DEL CIUDADANO AUGUSTO ARROYO (HERIDO, EL INGRESO Y RECONOCIMIENTO TÉCNICO DEL CIUDADANO JOSÉ DEL CRISTO BARAZARTE MANZANILLA (OCCISO) Y LA COLECCIÓN DE EVIDENCIAS FÍSICAS, Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual juicio oral y público, y de cuales fueron las diligencias de investigación con el objeto de la búsqueda de la verdad y de establecer la participación en los hechos por cuanto este funcionario comprobará que el día en fecha 24-04-2011 recibió llamada telefónica de parte del Funcionario Distinguido (PEP) José Gómez, Adscrito al Hospital Dr. Miguel Oraá de esta ciudad, informando sobre el ingreso de la victima JOSÉ DEL CRISTO BRAZARTE MANZANILLO quien ingresó sin signos vitales a dicho centro asistencial y otra persona herida, desconociendo mas detalles al respecto. Asimismo, el contenido de dicha ACTA cursante a los folios 01, folio 26 y folio 27 en un eventual juicio oral y público será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de quienes la suscriben a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Detective LUIS HURTADO y AGENTE RITO ALVARADO adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas subdelegación Guanare Edo Portuguesa, donde puede ser citado a los fines que rindan informe pericial en relación a: ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24-04-2011 cursa al folio 12, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.875, de fecha 25-04-2011, cursa al folio 21, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.876, de fecha 25-04-2011, cursa al folio 22, y REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA S/N, de fecha 25-04-2011 cursa al folio 23 donde se deja constancia sobre LA ENTREVISTA REALIZADAS A LOS CIUDADANOS ARROYO AUGUSTO RAMIRO Y CARMONA ARTIGA RAFAEL JOSÉ, QUIENES SE ENCONTRABAN PRESENTES AL MOMENTO DE SUSCITARSE EL HECHO INVESTIGADO POR CUANTO LAS MISMA SE CONTRADICEN EN LO QUE A LA REALIDAD DE LOS HECHOS SE REFIEREN, Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual juicio oral y público, y de cuales fueron las diligencias de investigación con el objeto de la búsqueda de la verdad y de establecer la participación en los hechos por cuanto estos funcionarios comprobará los hechos ocurridos y narrados mediante el procedimiento del día en fecha 24-04-2011 y de la detención del ciudadano RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS. Asimismo, el contenido de dicha ACTA cursante a los folios 12, folio 21, folio 22 y folio 23 en un eventual juicio oral y público, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de quienes la suscriben a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- Funcionario Agente II PÉREZ PÉREZ DERWITH adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas subdelegación Guanare Edo Portuguesa, donde puede ser citado a los fines que rindan informe pericial en relación a: ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 25-04-2011 cursa al folio 31, donde se deja constancia donde RECIBE LLAMADA TELEFÓNICA DE PARTE DEL AGENTE EDWAR GONZÁLEZ, QUIEN SE ENCUENTRA EN EL HOSPITAL DR. MIGUEL ORAÁ DE ESTA CIUDAD, REALIZANDO CUSTODIA POLICIAL AL CIUDADANO AUGUSTO RAMIRO ARROYO INDICANDO QUE EL MISMO FUE VISTO POR EL TRAUMATÓLOGO DE DICHO NOSOCOMIO Y FUE DADO DE ALTA, Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual juicio oral y público, y de cuales fueron las diligencias de investigación con el objeto de la búsqueda de la verdad y de establecer la participación en los hechos por cuanto este funcionario comprobará que el día en fecha 25-04-2011 quien recibe llamada telefónica de parte del Agente EDWAR GONZÁLEZ, quien se encuentra en el hospital Dr. Miguel Oraá de esta ciudad, realizando Custodia Policial al ciudadano AUGUSTO RAMIRO ARROYO, titular de la cédula de identidad V-1O.056.989, plenamente identificado en autos anteriores por figurar como investigado en fa presente causa. Asimismo, el contenido de dicha ACTA cursante a los folios 31 en un eventual juicio oral y público, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de quienes la suscriben a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
4.- Funcionario Agente IEDWARD GONZÁLEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas subdelegación Guanare Edo Portuguesa, donde puede ser citado a los fines que rindan informe pericial en relación a: ACTA DE ENTREVISTA de fecha 25-04-2011 cursa al folio 32, donde se deja constancia DONDE COMPARECIÓ POR ANTE EL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS SUB DELEGACIÓN GUANARE, DE MANERA ESPONTÁNEA EL CIUDADANO: JOSÉ LUIS CARMONA ARTIGAS, A FIN DE TOMAR AMPLIACIÓN DE ENTREVISTA EN RELACIÓN A LA CAUSA K-11-0254-00394, INSTRUIDA POR UNO DE LOS DELITOS CONTRA LAS PERSONAS, Este testimonio es útil, pertinente v necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual juicio oral y público, y de cuales fueron las diligencias de investigación con el objeto de la búsqueda de la verdad y de establecer la participación en los hechos por cuanto este funcionario comprobará que el día en fecha 25-04-2011 dejando constancia de la siguiente diligencia policial efectuada: Compareció por antes este Despacho, de manera espontánea el ciudadano: JOSÉ LUIS CARMONA ARTIGAS, a fin de tomar ampliación de entrevista en relación a la causa K-11-0254-00394, instruida por uno de los Delitos Contra las Personas, Asimismo, el contenido de dicha ACTA cursante al folio 32 en un eventual juicio oral y público, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de quienes la suscriben a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
5.- Funcionario LICENCIADO SUB INSPECTOR CESAR MONTILLA y AGENTE JUSTO JUAN adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas subdelegación Guanare Edo Portuguesa, donde puede ser citado a los fines que rindan informe pericial en relación a: ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 25-04-2011, cursa al folio 33, y REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.882, de fecha 25-04-2011 cursa al folio 35 donde se deja constancia donde REALIZAN INSPECCIÓN TÉCNICA Y PESQUISAS RELACIONADAS CON LA PRESENTE CAUSA DE IGUAL MANERA A UBICAR A LOS ADOLESCENTES RAMIRO Y RAYMIR ARROYO, Y LAS POSIBLES EVIDENCIAS QUE PUDIESEN ESTAR PRESENTES EN EL SITIO DEL HECHO, Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual juicio oral y público, y de cuales fueron las diligencias de investigación con el objeto de la búsqueda de la verdad y de establecer la participación en los hechos por cuanto este funcionario comprobará que el día en fecha 25-04-2011, procedió el funcionario técnico a fijar inspección técnica, a las 02:30 horas de la tarde. Asimismo, el contenido de dicha ACTA cursante a los folios 33 y en un eventual juicio oral y público, será presentada ante las demás partes al momento de la declaración de quienes la suscriben a los fines de su exhibición, conforme a lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.

TESTIMONIALES:
DECLARACIÓN DE TESTIGOS:

1.- AUGUSTO RAMIRO ARROYO. Venezolano, natural de Desembocadero, Municipio Guanare estado Portuguesa, de 42 años de edad, fecha de nacimiento 01-09-69. Soltero, obrero, residenciado en el Caserío las Panelas calle principal, cerca del embalse la Coromoto. Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual juicio oral y público, dicho ciudadano es VICTIMA y presenta las siguiente herida con arma de fuego (Proyectiles Múltiples) con orificio de entrada sin salida en la parte posterior del codo derecho La radiografía muestra 2 proyectiles que causaran fractura de tercio superior de radio del mismo lado. Estado General: Malas condiciones. Tiempo de curación: 01 Mes Carácter: Grave.
2.- RAMIRO AUGUSTO ARROYO , venezolano Natural de Guanare Estado Portuguesa de 15 años de edad fecha de nacimiento 15-09-1995, soltero profesión u oficio obrero, teléfono no posee, residenciado en el Caserío las panelas calle principal casa s/n Guanare Estado Portuguesa Titular de la Cédula de Identidad N° 27.536.098, Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual juicio oral y público, dicha ciudadana es TESTIGO presencial de los hechos. 3.- RAIMIR AUGUSTO ARROYO, venezolano Natural de Guanare Estado Portuguesa de 16 años de edad fecha de nacimiento 25-07-1994, soltero profesión u oficio obrero, teléfono 0416-1128519, residenciado en el Caserío las panelas calle principal casa s/n Guanare Estado Portuguesa Titular de la Cédula de Identidad N° 26.188.877, Este testimonio es útil, pertinente y necesario, pues con el mismo estableceremos durante la celebración de un eventual juicio oral y público, dicha ciudadana es TESTIGO presencial de los hechos.

PRUEBAS DOCUMENTALES

1.- INSPECCIÓN TÉCNICA N° 732 de fecha 24-04-2011 cursa al folio 03 suscrita por los funcionarios: DETECTIVES JUAN JUSTO Y LUIS HURTADO, AGENTES RITO ALVARADO Y LUIS YEPEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, practicada en: La MORGUE DEL HOSPITAL DOCTOR MIGUEL ORAA DE GUANARE. MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA dejando constancia de lo siguiente: CARACTERÍSTICAS FISONÓMICAS DEL CADÁVER De piel blanca, contextura regular, de un metro setenta centímetros (1 .70m) de estatura aproximadamente, cabello negro corto, liso, rostro delgado, frente amplia, cejas escasas, ojo grandes de color pardo oscuro, nariz pequeña perfilada, boca pequeña, labios delgados, mentón agudo, orejas adosadas.
2.- INSPECCIÓN TÉCNICA Nº 733 de fecha 24-04-2011, cursa al folio 16 suscrita por los funcionarios: AGENTES DERWITH PÉREZ Y RITO ALVARADO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, practicada en: CASERÍO LAS PANELAS, FINCA EL MILAGRO ADYACENTE AL EMBALSE LA COROMOTO, ESTADO PORTUGUESA
REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.875, de fecha 25-04-2011, cursa al folio 21, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.876, de fecha 25-04-2011 cursa al folio 22, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA S/N, de fecha 25-04-2011 cursa al folio 23, funcionario que colecta y resguarda las evidencias AGENTE RITO ALVARADO, CREDENCIAL N° 34.221, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Evidencias Colectadas: UN ARMA DE FUEGO TIPO ESCOPETA CALIBRE 12 MARCA CONCAVENCA HECHA EN VENEZUELA, SERIAL 28569. PRECEPTO JURÍDICO (folio 21), A.-) UNA MUESTRA HEMÁTICA IMPREGNADA EN UN SEGMENTO DE GASA. B.-) UNA FRANELA MARCA BROTHER, SIN TALLA APARENTE, COLOR GRIS IMPREGNADO DE SUSTANCIA COLOR PARDO ROJIZO. C-) UN PANTALÓN TIPO JEANS, TALLA 32, COLOR NEGRO IMPREGNADA DE SUSTANCIA COLOR PARDO ROJIZO. D.-) CUATRO HISOPOS, DE MACERADO PRACTICADO EN AMBAS MANOS, AL HOY OCCISO QUIEN RESPONDÍA AL NOMBRE DE JOSÉ DEL CRISTO BPAZABTE MANZANILLO (folio 22), CUATRO HISOPOS (folio 23).
REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.879, de fecha 24-04-2011 cursa al folio 26, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.880, de fecha 24-04-2011, cursa al folio 27, funcionario que colecta y resguarda las evidencias AGENTE (PEP) YEPEZ LUIS, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.100.516, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Evidencias Colectadas: UN (01) PANTALÓN TIPO CASUAL DE COLOR AZUL MARINO, MARCA OFF SHORE KHAKIS, TALLA 38, UN PAR DE ZAPATOS DEPORTIVOS, TIPO BOTINES, COLOR AZUL Y BLANCO, MARCA ADIDAS, UNA GORRA DE COLOR BLANCO, MARCA YANKEES NEW YORK, CON BORDADOS DONDE SE LEE YANKEES NEW YORK Y UN SUÉTER TIPO MAGA LARGA, COLORES VINO TINTO Y VERDE, TALLA XL, MARCA JAY JAYS (folio 26) UN (1) PANTALÓN TIPO CASUAL DE COLOR AZUL MARINO, MARCA OFF SHORE HAKIS, LAILA 38, EL CUAL, ROTULADO CON LA LETRA "A". 02- UN PAR DE ZAPATOS DEPORTIVOS, CIPO BOTINES, COLOR AZUL Y BLANCO, MARCA ADIDAS, ROTULAR DO CON LA LETRA "B". EL CUAL PORTABA EL CIUDADANO: RAFAEL JOSÉ CARNONA ARTIGAS, PARA EL MOMENTO DE OCURRIR EL HECHO INVESTIGADO (folio 27).
3.- INSPECCIÓN TÉCNICA N° 735 de fecha 25-04-2011, cursa al folio 35, suscrita por los funcionarios: SUB INSPECTOR CESAR MONTILLA y DETECTIVE JUAN JUSTO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, practicada en: EMBALSE LA COROMOTO ESPECÍFICAMENTE EN EL SECTOR LOS HIGUERONES, MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO ESTADO PORTUGUESA.
4.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nro P-11.882, de fecha 25-04-2011, cursa al folio 35, funcionario que colecta y resguarda la evidencia AGENTE JUSTO JUAN, CREDENCIAL N° 28.373, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare Evidencias Colectadas: A) UN ARMA BLANCA TIPO MACHETE SIN MARCA APARENTE; B) UN SEGMENTO ELABORADO EN MATERIAL SINTÉTICO DE COLOR TRANSLUCIDO DE FORMA CIRCULAR.
5.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 106-2011, de fecha 24-04-2011, cursa al folio 48, suscrito por el Dr. RAFAEL BRUZUAL, ANATOMOPATÓLOGO FORENSE adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, IDENTIFICACIÓN DEL CADÁVER BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO EDAD 38 AÑOS SEXO MASCULINO CONCLUSIONES SE TRATA DE CADÁVER MASCULINO DE 38 AÑOS DE EDAD, CON HERIDA POR ARMA DE FUEGO DE PROYECTILES MÚLTIPLES EN MUSLOS IZQUIERDO LESIÓN DE ARTERIA FEMORAL IZQUIERDA Y FRACTURA DE FÉMUR IZQUIERDO SHOCK HIPOVOLEMICO CAUSAS DE LA MUERTE SHOCK HIPOVOLEMICO LESIÓN DE ARTERIA FEMORAL Y FÉMUR IZQUIERDO POR HERIDA DE ARMA DE FUEGO EN MUSLO IZQUIERDO.
6.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-254-152, de fecha 25-04-2011, cursa al folio 37, suscrita por el funcionario: Detective Ledo. JUSTO JUAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experto designado para realizar Experticia a lo solicitado en el memorándum N° 9700-254-047, de fecha 25/04/2011, emanado de la unidad de inspecciones técnicas, relacionado con la causa número K-11-0254-00394, que instruye la Sub Delegación Guanare, practicada a 01.- Un arma blanca tipo machete, de los comúnmente utilizados en labores agrícolas, constituido por una hoja metálica de corte de 520 milímetros de longitud por 58 milímetros de ancho en sus partes prominentes, con extremidad distar terminada en punta semi-aguda, borde inferior y superior amolado en doble bisel. Su mango constituido por dos piezas de madera de color marrón de 150 milímetros de longitud y 37 milímetros de ancho en sus partes más prominentes, sin inscripción identificativa, unidas entre si mediante dos remaches metálicos y varios segmentos de nailon de color rojo . La pieza se halla en regular estado de uso y conservación y exhibe en diversas áreas de su superficie signos físicos de suciedad y signos físicos de haber sido expuesto al sol (oxido). - 02.- Un segmento elaborado en material sintético de color traslucido de forma circular, de lo comúnmente conocido como oblea.
7.- RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL N° 9700-160-557, de fecha 25-04-2011, cursa al folio 38, suscrito por el Médico Forense Dr. EDGAR ORLANDO CROCER, de la Medicatura Forense Guanare, practicado en la persona de: AUGUSTO RAMIRO ARROYO de 42, Años de edad de Cl. V- 10.056.989, a quien le apreció: herida con arma de fuego (Proyectiles Múltiples) con orificio de entrada sin salida en la parte posterior del codo derecho La radiografía muestra 2 proyectiles que causaran fractura de tercio superior de radio del mismo lado, Estado General: Malas condiciones. Tiempo de curación: 01 Mes Carácter: Grave.
8.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-154 de fecha 26-04-2011, cursa al folio 40, suscrita por el funcionario: LUIS JOSÉ CARRILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experto designado para realizar experticia solicitada según memorando número 9700-254-S/N de fecha 24-04-11, relacionada con las actas procesales K-11-0254-00394 practicada a muestras de macerados realizadas al ciudadano: CARMONA ARTIGAS RAFAEL JOSÉ, CIV-9.377.996; en ambas manos, colectadas por la Detective Horysmar Valera .
9.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-141 de fecha 26-04-2011, cursa al folio 43, suscrita por el funcionario: LUIS JOSÉ CARRILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experto designado para realizar experticia solicitada según memorando número 9700-254-S/N de fecha 24-04-11, relacionada con las actas procesales K-ll-0254-00394. practicada a Muestras de macerados realizadas al ciudadano: AUGUSTO RAMIRO ARROYO; en ambas manos, colectadas en la sala de emergencias del hospital Dr. Miguel Oraa, Municipio Guanare (S.I.M) EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-140 de fecha 05-05-2011, cursa al folio ( ), suscrita por la funcionaría: DETECTIVE II, VALERA D. HORYSMAR. T.S.U. EN CRIMINALÍSTICA adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experta designada para realizar análisis a lo solicitado en el memorándum número 9700-254-043, de. Fecha 24-04-2011, practicado a 1.- El material suministrado consiste en: SUSTANCIA HEMÁTICA, colectada por la técnica de macerado mediante un segmento de gasa al cadáver, rotulada con la letra 'SA" (S.I.M). 2.- Una franela, talla mediana, confeccionada en fibras naturales de color gris, con etiqueta identificativa donde se lee: BROTHER", posee un estampado en la zona anterior alusivo a tres leones de color negro. La pieza se halla en mal estado de uso y conservación y exhibe en diversas áreas de su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color pardo rojiza, colectada al cadáver, rotulada con la letra (S.I.M). 3.- Un jeans, talla 32, elaborado en fibras naturales y sintéticas de color negro, con etiqueta identificativa donde se lee: 'PETROL": con mecanismo de cierre constituido por una cremallera y un botón con su respectivo ojal, posee múltiples soluciones de continuidad (orificios) ubicados a nivel del área de la proyección anatómica de la Región Anterior del Muslo izquierdo y una en la región Pudenda. La pieza se halla en mal estado de uso y conser ación y exhibe en diversas áreas de su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color pardo rojiza, colectada al cadáver, rotulada con la letra C" (S,I,M). 4.- Hisopos con muestras colectadas a través de técnica de maceración practicada sobre la región Palmar y Dorsal de ambas manos del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de JOSÉ DEL CRISTO MANZANILLO, rotulados con la letra "D" (S.I.M). 5.- Las características del arma de fuego suministrada son: TIPO ESCOPETA. CALIBRE I2mm. MARCA COVAVENCA. LUGAR DE FABRICACIÓN VENEZOLANA, ACABADO SUPERFICIAL NIQUELADA CON SIGNOS FÍSICOS DE OXIDO, PARTES CAÑÓN DE ANIMA LISA, GUARDAMANO, CAJA DE LOS MECANISMOS Y EMPUÑADURA ELABORADA EN MADERA DE COLOR NEGRO, LONGITUD DEL CAÑÓN 510 mm, DIÁMETRO) DEL CAÑÓN 1 Smrn POR LA BOCA, GUARDAMANO ELABORADO EN MADERA DE COLOR NEGRO EMPUÑADURA ELABORADA EN MADERA DE COLOR NEGRO PROVISTA DE CANTONERA. SISTEMA DE CARGA MEDIANTE L ACCIONAMIENTO MANUAL DE UN PESTILLO METÁLICO EN SU PARTE SUPERIOR QUE AL SER MOVIDO HACIA LOS LADOS LIBERA EL ABISAGRADO DEL CAÑÓN DEJANDO LIBRE SU RECAMARA PARA SU CARGA Y DESCARGA, SISTEMA DE PERCUSIÓN MARTILLO, AGUJA PERCUTORA Y DISPARADOR SERIAL DE ORDEN 28569.
10.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-142 de fecha 05-05-2011, cursa al folio ( ), suscrita por la funcionaría: DETECTIVE II, VALERA D. HORYSMAR. T.S.U. EN CRIMINALÍSTICA adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experta designada para realizar análisis a lo solicitado en el memorándum número 9700-254-S/N, de. Fecha 24-04-2011, relacionado con las Actas Procesales número: K-11-0254-00394. practicadoa a 1.- Un jeans, talla 32", confeccionado en fibras naturales de color azul, con etiqueta identificativa donde se lee 'STAR LEE" y mecanismo de cierre constituido por una cremallera y un botón con su respectivo ojal. La pieza se halla en regular estado de uso y conservación y exhibe en su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color pardo rojizo. Colectado al ciudadano RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS. Rotulado con la letra "A" (S.1.M).- 2.- Una franela, talla mediana, confeccionada en fibras naturales y sintéticas de color azul, sin etiqueta identificativa: posee un estampado en su zona anterior alusivo a un circulo con inscripción identificativa donde se lee NIKE AIR". La pieza se halla en regular estado de uso y conservación y exhibe en su superficie signos físicos de suciedad y manchas de una sustancia de color pardo rojizo, Colectada al ciudadano RAFAEL JOSÉ CARMONA ARTIGAS, rotulado con la letra "B" (SIM).
11.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-LBFQB-146 de fecha 05-05-2011, cursa al folio ( ), suscrita por la funcionaría: DETECTIVE II, VALERA D. HORYSMAR T.S.U. EN CRIMINALÍSTICA adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare, Experta designada para realizar análisis a lo suministrado en el Memorándum número 9700-254-S/N, de fecha 26-04-2011, relacionado con las actas procesales K-11-0254-00394. practicado a Un fragmento metálico de color gris, de forma irregular, posee deformaciones y perdida del material que los constituyen producto del violento impacto que sufrió al chocar contra otra superficie de igual o mayor cohesión molecular, el mismo carece de características individualizantes y exhiben en su superficie, pequeñas costras de una sustancia de color pardo rojizo, extraído del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO, según autopsia 106-11 (S.I,M).
12.- TRAYECTORIA INTRAORGANICA N° 1042. de fecha 09/06/2011, suscrita por el funcionario agente JUAN RODRÍGUEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Guanare, realizada el cadáver de BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO, según PROTOCOLO DE AUTOPSIA # 106-2011. EXPEDIENTE: K-11-0254-00394. FECHA: 24-04-2011. IDENTIDAD DEL CADÁVER: BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO. Donde se deja constancia de 1- Seis (06) orificios de entrada en muslo izquierdo por arma de fuego de proyectiles múltiples, cuatro (04) orificios de entrada en región anterior, uno (01) en cara interna y otra entrada en cara externa. Trayecto: antero posterior, horizontal. Cinco (05) orificios de salida en región posterior, lesión de arteria femoral. Fractura de fémur izquierdo tercio medio. VISTA ANTERIOR y VISTA POSTERIOR.
13.- LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO, realizado en EMBALSE LA COROMOTO, SECTOR HIGUERONES, MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO ESTADO PORTUGUESA, según INSPECCIÓN TÉCNICA N° 735, de fecha 25-04-2011, practicado por el funcionario EDGAR COLMENARES, adscrito a la Unidad de Análisis y reconstrucción de hechos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Acarigua, Caso BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO, Sitio Del Suceso: Embalse la Coromoto Específicamente en el Sector los Higuerones Municipio San Genaro de Boconoito, 1'.- Arma blanca tipo machete, 2.- Segmento de material sintético traslucido de forma circular, 3.- Orificio producido por el paso de un cuerpo de igual o mayor cohesión molecular.
14.- TRAYECTORIA BALÍSTICA N° 9700-058-ARH-1043. de fecha 06-06-2011, suscrita por el funcionario agente JUAN RODRÍGUEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Acarigua , experto designado para realizar trayectoria Balística, relacionada con la causa Penal K-11-0254-00394, practicado en el: EMBALSE LA COROMOTO, SECTOR HIGUERONES, MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO ESTADO PORTUGUESA, lugar en el cual se procedió a realizar un análisis profundo de los elementos Físicos de Juicio para poder establecer una relación Físico Trigonométrica entre victima y victimario. ELEMENTOS DE CARÁCTER CRIMINALISTICO: SITIO DEL SUCESO: El lugar a inspeccionar lo constituye un sitio abierto, correspondiente a la represa, ubicada en la dirección antes mencionada, topografía accidentada, contentivo de aguas que se desplazan, en sus orillas se observan maleza arbustiva de mediano bajo tamaño, así como también árboles de alto y mediana altura. Para efectos de elaborar la presente trayectoria se localizan impactos y orificios. UBICACIÓN DE LOS IMPACTO PERFOTANTES: 01.-se localiza un (01) orificio en a rama de la vegetación arbustiva ubicada en la orilla del embalse, con las siguientes características: -Altura nivel cero del agua 100cm -Bisel de proyección levemente ascendente -Diámetro 08x07 mm -Orientación Sureste – Noroeste; OTROS 1.- HALLAZGOS DE INTERÉS CRIMINALISTICOS: A) SEGÚN INSPECCIÓN TÉCNICA Nro 735: de fecha 25/04/2011: en el sentido Suroeste se localiza sobre la superficie del suelo un segmento elaborado en material sintético traslucido de forma circular. B) EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Nro 152 de fecha 25/04/2011; en la referida experticia mencionan: un segmento elaborado en material sintético traslucido de forma circular de lo comúnmente conocido como oblea. En las conclusiones señalan que la pieza del presente estudio forma parte de los cartuchos disparados por un arma de fuego tipo escopeta. VER PLANIMETRÍA: ELEMENTOS DE CARÁCTER MEDICO LEGAL: PROTOCOLO DE AUTOPSIA: Según el citado protocolo de autopsia, la víctima presentó: "heridas producida por proyectiles múltiples por disparo de arma de fuego, con la siguiente características: PROTOCOLO DE AUTOPSIA # 106-2011 de fecha 24-04-2011 Cadáver de BARAZARTE MANZANILLA JOSÉ DEL CRISTO, Lesión 01, ENTRADA Seis (06) orificios de entrada en muslo izquierdo por arma de fuego de proyectiles múltiples, SALIDA cuatro (04) orificios de entrada en región anterior, uno (01) en cara interna y otra entrada en cara externa. Trayecto: antero posterior, horizontal. Cinco (05) orificios de salida en región posterior TATUAJE lesión de arteria femoral. Fractura de fémur izquierdo tercio medio, TRAYECTO Antero-posterior Horizontal. CONCLUSIONES: Con base a los elementos antes citados aunados a las apreciaciones de carácter balística, puedo establecer: 01. El orificio, ubicado en rama de la vegetación arbustiva, exhiben características que me permiten encuádralo dentro de lo producido por un proyectil disparado por arma de fuego 02.- Con relación al orificio ubicado en rama de la vegetación arbustiva, el tirador se encontraba, a nivel del agua en el cuadrante SURESTE efectuado disparo hacia el NOROESTE 01.- POSICIÓN VICTIMA - TIRADOR: La victima que motivo esta actuación al momento de recibir las heridas, se encontraba de pie, mientras que el tirador se encontraba de pie, frente de la victima a nivel de la superficie del agua en el cuadrante SURESTE efectuado disparo desde allí.

Finalmente la Fiscal del Ministerio Público, quien narro brevemente los hechos que se le imputan al ciudadano Carmona Artigas Rafael José, calificando Jurídicamente por el delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal, en perjuicio de José del Cristo Barazarte y Lesiones Culposas Graves, previsto y sancionado en el articulo 422 ordinal 2 del Código Penal, en perjuicio de Arroyo Augusto Ramiro, invocó como Medios de prueba las nominadas en el escrito de acusación; solicitó el enjuiciamiento del acusado, la admisión de los medios de pruebas, por su pertinencia y necesidad, se informe sobre las alternativas de formas de prosecución del proceso.

SEGUNDO

Impuesta al ciudadano Rafael José Carmona Artigas, de los hechos y de la calificación jurídica atribuida por el Fiscal del Ministerio Público así como de la Garantía Constitucional prevista en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de la advertencia contenida en el artículo 131 del Texto Adjetivo Penal, quien manifestó: “No querer Declarar”.

Acto seguido se le cede el derecho de palabra a la victima ciudadano Augusto Ramiro Arroyo, quien manifestó: “No tener nada que manifestar”.

Acto seguido se le cede el derecho de palabra a la victima ciudadana Barazarte Manzanilla Belkis, quien manifestó: “No tener nada que manifestar”.

Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la victima ciudadana Manzanilla de Barazarte Delia Rosa, quien manifestó: “No tener nada que manifestar”.

Seguidamente se le dio el derecho de palabra a la Defensa Pública Abg. Lidya Rivero, quien manifestó “Mi representado me manifestó que quiere admitir los hechos, y solicitar la suspensión condicional del proceso, solicito se le informe y se le de el derecho de palabra a mi defendido y a las victimas, es todo”.

TERCERO
En tal sentido oída la intervención de las partes y revisado el escrito presentado por el Representante del Ministerio Público, quien decide considera que están llenos los requisitos formales de la acusación conforme al artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal y que existe fundamento serio para el enjuiciamiento público del imputado en consecuencia, realizado el control formal y material de la acusación, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, En Nombre De La República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:

1) Admite la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra del acusado ciudadano Carmona Artigas Rafael José, calificando Jurídicamente por el delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal, en perjuicio de José del Cristo Barazarte Manzanilla y Lesiones Culposas Graves, previsto y sancionado en el articulo 422 ordinal 2 del Código Penal, en perjuicio de Arroyo Augusto Ramiro.

2) Admite las pruebas presentadas por el Ministerio Público, de conformidad con el artículo 181,182 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal.

Acto seguido el Tribunal una vez hecho el pronunciamiento de lev, la Juez de Control N° 1, informó al acusado las Formulas Alternativas de Prosecución del Proceso, de conformidad con el articulo 368 del Código Orgánico Procesal Penal específicamente la Suspensión Condicional del Proceso prevista en el articulo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de la Suspensión Condicional del Proceso y el procedimiento por admisión de los hechos previsto en el articulo 375 ejusdem, e interrogándole si deseaba acogerse ha la Formula Alternativa de Prosecución del Proceso el acusado manifestó en forma libre, espontánea y en pleno conocimiento de su derecho: “ADMITO LOS HECHOS, A LOS FINES DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO”.

Acto seguido se le cede el derecho de palabra a las victimas manifestando los ciudadanos Augusto Ramiro Arroyo, Barazarte Manzanilla Belkis, estar de acuerdo con la suspensión condicional del proceso.

Seguidamente manifestó la ciudadana Manzanilla De Barazarte Delia Rosa, no estar de acuerdo con la suspensión condicional del proceso. Seguidamente la Juez de Control N° 1 le cedió el derecho de palabra al Fiscal Segundo del Ministerio Publico, quién manifestó: “Oído lo manifestado por la ciudadana Manzanilla De Barazarte Delia Rosa, en su carácter de victima, solcito se ordene la apertura a juicio Oral, es todo”.

EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY dicta los siguientes pronunciamientos: Oído lo manifestado, se ordena la apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO. Se emplazó a las partes para que concurran ante el Juez de Juicio en un plazo común de cinco (5) días.

Regístrese, Diarícese y certifíquese.

Jueza de Control Nº 1,

Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli

La Secretaria,

Abg. Omly Soto.