REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCION
Guanare, 24 de abril de 2013
Años 202° y 153°
Nº ______
Causa 1E-1076-10
JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 1 Abg. Narvy Abreu Moncada
PENADO Zhen Weilang y Wu Xiao Hong
DEFENSOR PUBLICO Abg. Elsy Cadenas
FISCAL Sexto del Ministerio Público para el Régimen de Cumplimiento de Penas
DELITO Uso de documento falso
SECRETARIA: Abg. Nina González
MOTIVO: Extinción por cumplimiento de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena
Revisada como ha sido la presente causa seguida contra ZHEN WEILANG y WU XIAO HONG, se evidencia que fueron recibidos informes de culminación de fecha 10 de abril de 2013, suscrita por la Abg. Dulce Zambrano González, en su carácter de Coordinadora de la Unidad Técnica de Supervisión Orientada, de Guanare estado Portuguesa en la que hace constar que dichos penados, finalizaron el Régimen de Prueba en cumplimiento de la suspensión condicional de la pena; en consecuencia este Tribunal para decidir observa previamente lo siguiente:
En fecha 23 de octubre del año 2008, el Tribunal de Control Nº 3 de este Circuito Judicial Penal, condenó a los referidos ciudadanos, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del Estado Venezolano.
Consta en autos, que este Tribunal, después de obtener los recaudos legales, otorgó al ciudadano Godoy Torres Olindo la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, el 11 de Octubre del año 2011 por un tiempo de ONCE (11) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS.
Ahora bien, vencido el lapso establecido en la decisión dictada y vista la constancia de culminación recibida emanada de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del Estado Portuguesa, en el que se evidencia el cumplimiento de las condiciones que les fueron establecidas en el régimen de prueba impuesto a los ciudadanos ZHEN WEILANG y WU XIAO HONG, en consecuencia se DECLARA cumplida la pena y como consecuencia de ello queda extinguida la responsabilidad criminal, acordándosele la libertad plena, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal. Así se decide.
DECISION
En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución No. 1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA cumplida la pena y como consecuencia de ello queda extinguida la responsabilidad penal de los ciudadanos ZHEN WEILANG, natural de la Republica china, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 09-09-1989, soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cedula de identidad Nª E-84.363.322, y residenciado en la Avenida Unda al lado del Supermercado Mega Center, Guanare estado Portuguesa; y WU XIAO HONG, natural de la Republica china, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 03-03-1988, soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cedula de identidad Nª E-84.363.321, y residenciado en la Avenida Unda al lado del Supermercado Mega Center, Guanare estado Portuguesa, por cumplimiento de las condiciones de la suspensión condicional de la pena de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal.
Remítase Copia Certificada de la presente Resolución a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso, Departamento de Vigilancia y Ejecución de Penas, con sede en Caracas, al Consejo Nacional Electoral y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Portuguesa. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, a los penados y a su defensor. Regístrese, déjese copia y líbrese lo conducente.
La Juez de Ejecución Nº 1
Abg. Narvy Abreu Moncada.
La Secretaria
Nina González