REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 18 de Abril de 2013
AÑOS: 202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-D-2011-000488
ASUNTO : PP11-D-2011-000488

JUEZ: ABG. BELKIS COROMOTO MARTORELLI

SECRETARIA. ABG. NORAIMA RAMOS

FISCAL. ABG. CARLOS JOSE COLINA
DEFENSOR: ABG. PATRICIA FIDHEL
SANCIONADO SE OMITE POR RAZONES DE LEY,

VICTIMA: ELIO ANDRES QUERALES VALDERRAMA

DELITO: DETENTACIÓN DE CARTUCHO PARA APROVISIONAR ARMAS DE FUEGO DEL TIPO ESCOPETA, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN

DECISION: CESE DE LA SANCION
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, conforme lo establecido en los artículos 646 y 647, literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, con el objeto de verificar la procedencia del cese de la medida impuesta al Adolescente sancionado: SE OMITE POR RAZONES DE LEY, por la presunta comisión del delito de DETENTACIÓN DE CARTUCHO PARA APROVISIONAR ARMAS DE FUEGO DEL TIPO ESCOPETA, establecido en el artículo 277 en relación con el artículo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos y su Reglamento y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el artículo 458, en relación con el artículo 80, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de ELIO ANDRES QUERALES VALDERRAMA; este Tribunal de Ejecución, observa:

Corre inserta en la presente causa signada con el N° PP11-D-2011-000488 decisión dictada en fecha 30-01-2012, por el Tribunal de Control N°02 de este Sistema Penal, mediante la cual, previa admisión de los hechos, condena al adolescente: SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, condena a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de OCHO (08) MESES.

Corre inserta en la presente causa signada con el N° PP11-D-2011-000488 Auto Ejecutorio de la sentencia dictada en fecha 30-01-2012, por el Tribunal de Control N°02 de este Sistema Penal, mediante la cual, previa admisión de los hechos, condena al adolescente: SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, condena a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de OCHO (08) MESES.

Corre inserta en la presente causa signada con el N° PP11-D-2011-000488 Acta de la Imposicion de la sentencia dictada en fecha 30-01-2012, por el Tribunal de Control N°02 de este Sistema Penal, mediante la cual, previa admisión de los hechos, condena al adolescente: SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, condena a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de OCHO (08) MESES.


Consta a los folios 40 al 41, de la Segunda pieza, oficio Nº 649 de fecha 11-07-2012, suscrito por el Lic en psicología (MSC) Guillermo Laurentin, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, mediante el cual remite informe de seguimiento e informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, se ha presentado por ante el equipo Multidisciplinario a solicitar cita en fecha 09-07-2012 para iniciar el apoyo psicoterapéutico ordenado para él, otorgandele nueva cita para la fecha 11-09-2012

Consta a los folios 42 al 43, de la Segunda pieza, oficio Nº 863 de fecha 17-09-2012, suscrito por el Lic en psicología (MSC) Guillermo Laurentin, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, mediante el cual remite informe de seguimiento e informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY, se ha presentado por ante el equipo Multidisciplinario a solicitar cita en fecha 11-09-2012para iniciar el apoyo psicoterapéutico ordenado para él, otorgandele nueva cita para la fecha 06-12-2012

Consta a los folios 44 al 45, de la Segunda pieza, oficio Nº 1095 de fecha 07-12-2012, suscrito por el Lic en psicología (MSC) Guillermo Laurentin, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, mediante el cual remite informe de seguimiento e informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, se ha presentado por ante el equipo Multidisciplinario a solicitar cita en fecha 06-12-2012para iniciar el apoyo psicoterapéutico ordenado para él, otorgandele nueva cita para la fecha 25-02-2013

Consta a los folios 54 al 55, de la Segunda pieza, oficio Nº 173 de fecha 01-03-2013, suscrito por el Lic en psicología (MSC) Guillermo Laurentin, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, mediante el cual remite informe de seguimiento e informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, se ha presentado por ante el equipo Multidisciplinario a solicitar cita en fecha 25-02-2013 para iniciar el apoyo psicoterapéutico ordenado para él, otorgandele nueva cita para la fecha 11-03-2013

Consta a los folios 56al 59 de la Tercera pieza, oficio Nº 206-207 de fecha 13-03-2013, suscrito por el Lic en psicología (MSC) Guillermo Laurentin, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, mediante el cual remite informe de seguimiento e informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, se ha presentado por ante el equipo Multidisciplinario a la cita en fecha 13-03-2013 , para el apoyo psicoterapéutico ordenado para él, para su evaluación psicológico para dar cumplimiento al seguimiento psicosocial. El adolescente cumplió con el lapso de la sanción impuesta.otorgandole en esta fecha el acta clinica en virtud que el mismo cumplio por el lapso OCHO (08) MESES con la medida impuesta

Ahora bien, este Tribunal de Ejecución al constatar de todo lo antes señalado, que el adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, ha cumplido en el término establecido como lapso para el cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida, determina que dicho adolescente ha sido dotado de herramientas necesarias para su formación integral, para su desempeño como ciudadano que ha concientizado el valor hacia el respeto, por los derechos de las demás personas y los suyos propios, así como el valor de convivir en armonía tanto con su familia como con la sociedad, por lo que en consecuencia se DECLARA CUMPLIDA la medida de Libertad Asistida, por el lapso de: OCHO (08) MESES, por parte del Adolescente: SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, y así se decide.


DISPOSITIVA


Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CUMPLIDA LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por parte del adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY,, por la presunta comisión del delito de DETENTACIÓN DE CARTUCHO PARA APROVISIONAR ARMAS DE FUEGO DEL TIPO ESCOPETA, establecido en el artículo 277 en relación con el artículo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos y su Reglamento y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el artículo 458, en relación con el artículo 80, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de ELIO ANDRES QUERALES VALDERRAMA, antes identificado, y en consecuencia decreta el CESE de dicha medida y la Libertad Plena del mencionado adolescente. . Asimismo, se ordena notificar a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, la Defensa Publica, a las Victimas y por último se ordena la remisión al Archivo Regional de la presente causa una vez conste las resultas de la referida notificación. Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.

Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, a los Dieciocho (18) dias del mes de Abril del año 2013


LA JUEZ DE EJECUCION

ABG. BELKIS COROMOTO MARTORELLI

LA SECRETARIA

ABG. NORAIMA RAMOS
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en auto. Conste
Scret.