PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, diecisiete de abril de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO: PP01-L-2012-000091

PARTE DEMANDANTE: Jesús Antonio García Zambrano, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.594.232, de este domicilio.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: Elizabeth Lucena, José Adrian Vásquez Riera y Julio Pérez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los números 134.483, 46.050 y 165.512.
PARTE DEMANDADA: SERVICIO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN EL CANELO, SERSEPROCAN C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 06 de octubre del año 2003, bajo el Nº 51, Tomo 41-A; y ALEIDA ANTONIA PÉREZ CANELÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.959.353, de este domicilio.
REPRESENTADA LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: Reinaldo Pérez Canelones, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.961.842, con domicilio en Villa de Cura.
APODERADOS JUDICIALES DE LA CODEMANDADA SERVICIO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN EL CANELO, SERSEPROCAN C.A: Carlos Augusto Luís González, Giovanni Pirillo y Nelson Oscar Falcón, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los números 88.053, 101.082 y 38.136.
APODERADO JUDICIAL DE LA CODEMANDADA ALEIDA ANTONIA PÉREZ CANELÓN: Miguel Argenis Sánchez Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 134.038.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.


Hoy, 17 de abril de 2013, siendo las 9:30 a.m., día y hora fijado para la celebración del Inicio de la audiencia preliminar, en la presente causa, llevada por esta sede judicial, el Alguacil anunció el acto en la Sala de espera de este Circuito Judicial del Trabajo, constatando la presencia de los abogados Nelson Oscar Falcón, en su condición de apoderado judicial de la codemandada SERVICIO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN EL CANELO, SERSEPROCAN C.A; y Miguel Argenis Sánchez Pérez, apoderado judicial de la codemandada ALEIDA ANTONIA PÉREZ CANELÓN, todos identificados en el encabezamiento de esta acta; y la incomparecencia de la parte demandante, ciudadano Jesús Antonio García Zambrano, quien no se hace presente en este acto ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, vista la incomparecencia de la parte demandante al inicio de la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Déjese transcurrir el lapso de ley para el ejercicio de los recursos correspondientes, y vencido el mismo sin que se hayan ejercido, archívese el presente expediente. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
Los apoderados judiciales de la parte demandada solicitan dos (02) copias certificadas de la presente acta, las cuales se acuerdan realizar por Secretaría, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y entregar a los solicitantes.
La Juez,


Abg. Carmen Luisa Iglesias Aguiar

LOS COMPARECIENTES:


Apoderados Judiciales de la Codemandada, SERSEPROCAN C.A.,


Abg. Nelson Oscar Falcón


Apoderados Judiciales de la Codemandada, ALEIDA ANTONIA PÉREZ CANELÓN,


Abg. Miguel Argenis Sánchez Pérez


La Secretaria,


Abg. Josefa Carmona