Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos Diovany Carolina Totuas Rodríguez y Héctor José Azuaje Carmona, titulares de las cédulas de identidad Nros.15.905.284 y 18.891.265, respectivamente. Seguidamente el ciudadano Héctor José Azuaje Carmona, ofreció pasarle a su hijo xx, la cantidad de cuatrocientos bolívares (Bs.400,00), en el mes de diciembre la madre comprara el vestuario del 24 y el padre los del 31, los medicamentos los comprara el padre,