REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y
TRÁNSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA-GUANARE.

Guanare, 05 de Abril de 2013.
Años: 202° y 154°

Vista la Sentencia emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, de fecha 26 de Febrero del 2013, inserta en los folios Doscientos treinta y tres (233) al folio Doscientos cincuenta y nueve (259) de la segunda pieza del presente expediente, que declaró:

1.- NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el Abogado Nelson Antonio Marin Pérez, actuando como apoderado judicial del ciudadano NG WING SHING, contra sentencia dictada por el Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, el 6 de Abril del 2010.

2.- REVISA DE OFICIO la decisión objeto de la presente revisión, la cual se ANULA.

3.- SE REPONE la causa al estado de practicar nueva citación a la Procuradora General de la Republica, con la consecuente nulidad de todas las actuaciones practicadas en primera instancia.

En este sentido, este Tribunal para proveer resuelve:

1.- Reponer la causa al estado de notificación, en consecuencia se ordena:

2.- Librar Boleta Notificación junto con copia del libelo de demanda y auto de admisión al ciudadano Oskel José Camacho Vásquez, en su carácter de Supervisor de la Oficina Regional Centro Occidental de la Procuraduría General de la República, según Resolución Nº 005/2013 de fecha 30-01-13, publicada en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 40.102 de fecha 31 de enero 2013, para que de contestación a la demanda incoada contra la Oficina de Registro Público de los Municipios Guanare, Papelón y San Genaro de Boconoíto del estado Portuguesa. Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena comisionar amplia y suficientemente al Juzgado (Distribuidor) del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara.

3.- Librar Boleta de Notificación junto con copia del libelo de demanda y auto de admisión a la Oficina de Registro Público de los Municipios Guanare, Papelón y San Genaro de Boconoíto del estado Portuguesa.

4.- Librar Boleta de Notificación al ciudadano Carlos Alberto Campos Reina, en su carácter de parte demandante en el presente juicio.

5.- Libra Boleta de Notificación al Ciudadano Abogado Nelson Antonio Marin Pérez, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Ng Wing Shing, tercero interesado en el presente juicio.


El Juez Provisorio,

Abg. Rogian Alexander Pérez.

El Secretario,

Abg. Wilfredo Espinoza López.



Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
Conste.