REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Laboral del estado Portuguesa, sede Acarigua
Acarigua, tres de abril de dos mil trece
202º y 154º

ACTA DE DESISTIMIENTO DE LA ACCION

En el día hábil de hoy, 03 de abril de 2013, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia de juicio en la causa signada con el número PP21-L-2010-000189, contentiva de demanda incoada por los ciudadanos RAFAEL ORTIZ, REINALDO CARRASCO, JOSE ABRAHAN COLMENAREZ, CESAR MARTINEZ, DAVID PEREZ, NEREO FLORES, MIGUEL CUMARE, JOSE AURELIANO COLMENAREZ, YONNY SILVA, JOSE LEOPOLDO COLMENAREZ, CARLOS RODRIGUEZ, SAUL SANCHEZ, HUGO JOSE AGUILAR, JORGE MENDOZA, CARLOS PEREZ, ANTONIO PEREZ, JOSE RICARDO GONZALEZ, ARDENAGO PERDOMO, ZOILO MARTINEZ y YOLIBER LINAREZ en contra de las sociedades mercantiles DESARROLLO DONATELLO, C.A, CARTON DE VENEZUELA, S.A y AGRO VALCE, C.A; por motivo de cobro de prestaciones sociales. El acto fue anunciado por el alguacil, a la puerta de la sala de audiencia. Seguidamente se declaró constituido el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, con la presencia de la ciudadana Jueza abogada GISELA GRUBER MARTINEZ, con la asistencia de la Secretaria abogada YRBERT ALVARADO y del Alguacil JOSE GREGORIO PEREZ, por lo cual se dio inicio a la audiencia. Se dejó constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevaría a cabo por el Técnico Audiovisual JEAN FRANCO ESPINOZA. La Secretaria certifico la incomparecencia de los ciudadanos RAFAEL ORTIZ, REINALDO CARRASCO, JOSE ABRAHAN COLMENAREZ, CESAR MARTINEZ, DAVID PEREZ, NEREO FLORES, MIGUEL CUMARE, JOSE AURELIANO COLMENAREZ, YONNY SILVA, JOSE LEOPOLDO COLMENAREZ, CARLOS RODRIGUEZ, SAUL SANCHEZ, HUGO JOSE AGUILAR, JORGE MENDOZA, CARLOS PEREZ, ANTONIO PEREZ, JOSE RICARDO GONZALEZ, ARDENAGO PERDOMO, ZOILO MARTINEZ y YOLIBER LINAREZ, quienes no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Por otro lado, se dejó constancia de la comparecencia de la empresa DESARROLLO DONATELLO C.A: por medio de su apoderada judicial abogada CAROLINA RIVERO identificada con matricula de Inpreabogado Nº 130.293; por la codemandada CARTON DE VENEZUELA, S.A: abogada MARISA ROMERO, identificada con matricula de Inpreabogado 42.369; por la codemandada AGROVALCE C.A: Abogado LUIS JOSE LEON LOPEZ identificado con matricula de Inpreabogado Nº 135.383 en su orden. Acto seguido, vista la incomparecencia de la parte accionante, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA CON SEDE EN ACARIGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley procede aplicar las consecuencias contenidas en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declarando DESISTIDA LA ACCIÓN en ocasión a la incomparecencia de la parte actora a la presente audiencia de juicio. Es todo, concluye el acto y conforme firman los presentes.
La Jueza

Abg. Gisela Gruber Martinez La Secretaria,

Abg. Yrbert Alvarado


Apoderados judiciales de las co-demandadas,


El Técnico Audiovisual,


Alguacil