PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 29 de Abril de 2013
203º y 154º


ASUNTO : PP01-V-2013-000027


DEMANDANTE: YULIMAR ROMERO ROMERO.
PROCEDENCIA: FISCALÍA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
DEMANDADO: CARLOS JOSÉ MORENO RODRÍGUEZ.
MOTIVO: FIJACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (DESISTIMIENTO).

En el día de hoy, lunes 29 de abril de 2.013 siendo la oportunidad fijada por este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, para la celebración de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar de conformidad con lo establecido en el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y llegada la hora de la misma, procedió el Alguacil adscrito a este Circuito, a realizar el llamamiento de las partes interesadas en la presente demanda con motivo de FIJACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, y visto que la parte demandante, ciudadana YULIMAR ROMERO ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-13.035.840 no compareció a la celebración de dicha audiencia, dejándose constar asimismo la incomparecencia de la parte demandada, ciudadano CARLOS JOSÉ MORENO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-8.052.082.
Al respecto, se recibe en esta fecha diligencia suscrita por la Abogado Patricia Zarzalejo León, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público Especializada para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Civil, e Instituciones Familiares del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante el cual solicita se fije nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia en virtud que previa comunicación vía telefónica la ciudadana YULIMAR ROMERO ROMERO tuvo que viajar a la ciudad de Caracas a buscar prótesis que requiere con urgencia, sin embargo considera esta juzgadora que la parte actora no demostró lo alegado en su solicitud, no pudiendo así acordar lo requerido.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, a tenor de lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece que:
“Si la parte demandante no comparece personalmente o mediante apoderado o apoderada sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar se considera desistido el procedimiento, terminando el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta y debe publicarse en el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia, pero la parte demandante no podrá volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes.”

En tal sentido, se ordena el desglose de los documentos originales insertos en el expediente y en su defecto dejar copias simples de los mismos, así mismo se acuerda el cierre de la presente causa y su remisión al Archivo Judicial, por cuanto no existen más actuaciones procesales que practicar.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Años: 203° de la Independencia y 153º de la Federación.


Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, a la fecha de su publicación.

Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución


Abg. PASTORA PEÑA GARCÍAS

La Secretaria,

Abg. Elsy Moraima Jurado Verde
PPG/emjv/Ma Alej.-