PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 08 de abril de 2013
202º y 154º
ASUNTO: PP01-V-2012-000459


PARTE DEMANDANTE: MARÍA XIOMARA DURÁN CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.723.944.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: JULIO FIGUEREDO Y YALIDA MARITZA SILVA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 14.977 y 134.063.

PARTE DEMANDADA: CARLOS EDUARDO ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.400.659.

MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO

ACTA DE TERMINACIÓN DEL PROCESO POR INASISTENCIA DE LAS PARTES A LA AUDIENCIA DE SUSTANCIACIÓN

En el día de hoy, ocho (08) de abril del dos mil trece (2013), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para celebrar el inicio de la Audiencia Preliminar en fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se anunció el acto a las puertas del Tribunal, se constituye el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, dirigido y presidido por la Jueza Segunda de Mediación, Sustanciación y Ejecución Abogada Francileny Alexandra Blanco Barrios, la Secretaria, Abogada Hirbeth Alexandra Figuera de henríquez, y el Alguacil Ángel Navarro; así mismo se deja constancia de la presencia del técnico audiovisual asignado a este Circuito Judicial ciudadano José Gregorio Márquez, con una cámara marca: Sony, tipo: Handycam, Serial: 5311. Se le da INICIO a la audiencia. La ciudadana Secretaria, certifica la incomparecencia de la parte demandante ciudadana: MARÍA XIOMARA DURÁN CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.723.944. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada, ciudadano: CARLOS EDUARDO ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.400.659; quienes no comparecieron por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado, certificada como ha sido la incomparecencia de las partes al inicio de la presente audiencia preliminar en fase de sustanciación y como quiera que no existen en autos suficientes elementos de convicción para proseguir el juicio, este Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en atención a lo establecido en el artículo 477 ejusdem, DECLARA TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia se acuerda el cierre del expediente y del cuaderno de medidas y su remisión al archivo judicial, una vez vencido el lapso para que las partes ejerzan los recursos correspondientes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las diez y cinco de la mañana (10:05 a.m.).
La Jueza,

Abg. Francileny Alexandra Blanco Barrios

El Técnico Audiovisual El Alguacil,
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La Secretaria,

Abg. Hirbeth Alexandra Figuera de Henríquez.
FABB/fabb.