REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIÓN DE CONTROL Nº 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE CONTROL

Guanare, 29 de Agosto de 2013
Años 203° y 154°

Nº:____-13
1CS-9025-13

JUEZ DE CONTROL N° 1 Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
IMPUTADOS Griselda de la Coromoto Piña Valero, José Miguel Piña, Dilgris Carolina Piña Guédez, y Yadiali Karimar Arroyo Riego
DEFENSA Abg. Francisco Alvarado, Milagro Gallardo y Iván Medina
SOLICITANTE Fiscal Segunda del Ministerio Público con Competencia en Materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales
DELITOS Peculado Doloso Propio Continuado, Peculado Doloso Impropio Continuado en Grado de Facilitador y Asociación para Delinquir
SECRETARIA Abg. Omly Soto

Celebrada como ha sido la audiencia oral con motivo de la inhibición planteada por la Jueza del Tribunal de Control Nº 2 de este Circuito Judicial Penal del procedimiento presentado por el Representante del Ministerio Público Abogada Karla Guerrero, Fiscal Segunda del Ministerio Público con Competencia en Materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, mediante el cual formula como petitorio que se mantenga la Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad de conformidad con lo previsto en el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal y se continué con el procedimiento ordinario, conforme al articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de Griselda de la Coromoto Piña Valero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.058.156, de profesión u oficio Analista de Personal, de estado civil soltera, natural de Guanare estado Portuguesa, en fecha 02-11-1961, de 51 años de edad, con domicilio en la Avenida Juan Fernández de León, Nº 24 – 30, Guanare estado Portuguesa. Teléfono: 0257-2534042; José Miguel Piña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.003.213, de profesión u oficio Licenciado en Contaduría Pública, de estado civil soltero, natural de Guanare estado Portuguesa, en fecha 11-01-1986, de 27 años de edad, con domicilio en la Avenida Juan Fernández de León, Nº 24 – 30, Guanare estado Portuguesa. Teléfono: 0257-2534042; Dilgris Carolina Piña Guédez venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.399.490, de profesión u oficio Asistente Administrativo, de estado civil soltera, natural de Guanare estado Portuguesa, en fecha 10-11-1982, de 30 años de edad, con domicilio en la Avenida Juan Fernández de León, Nº 24 – 30, Guanare estado Portuguesa. Teléfono: 0257-2534042 y Yadiali Karimar Arroyo Riego venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.004.113, de profesión u oficio del hogar, de estado civil soltera, natural de Guanare estado Portuguesa, en fecha 23-05-1985, de 28 años de edad, con domicilio en la Avenida Juan Fernández de León, Nº 24 – 30, Guanare estado Portuguesa. Teléfono: 0257-2534042, a quien el Ministerio Público le imputa la comisión de los delitos para los Ciudadanos Griselda Coromoto Piña y Dilgris Carolina Piña Guedez el delito de Peculado Doloso Propio continuado previsto y sancionado en el primer supuesto de articulo 52 y articulo 99 del Código Penal y para los ciudadanos José Miguel Piña y Yadialis karimar Arroyo el delito Peculado Doloso Impropio continuado en grado de Facilitador previsto y sancionado primer supuesto en el artículo 52 en relación con el artículo 84 numeral 3º del código Penal y para todos los imputado el delito de Asociación para Delinquir previsto y sancionado en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada de conformidad con lo establecido en el articulo 16 numeral 6, en perjuicio de la Dirección Regional de Salud, esta Instancia a continuación observa:

PRIMERO
DE LOS HECHOS OBJETO DEL PROCESO

De los hechos que fundamentan la presente orden de aprehensión contra los mismos, son los siguientes:

“...En fecha 21 de Agosto de 2012, funcionarios adscritos a la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se trasladaron a la sede del Ministerio del Poder Popular para la Salud, ubicado en la Plaza Caracas, Avenida Baralt, Parroquia Santa Teresa, Municipio Libertador, Distrito Capital, lugar donde sostuvieron conversación con los ciudadanos ALI ANTONIO MANRIQUE CONTRERAS, y ANTONIO JOSE BRITO BASTARDO, en su condición de Director Nacional de Recursos Humanos de ese ente ministerial y Director de la Oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa, respectivamente, donde informan que del resultado de una minuciosa revisión de las nominas de pago de la oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa, detectaron irregularidades en la ejecución de pagos de nomina realizada a través de archivos TXT, programa informático que consiste en el resumen encriptado del número de cédula de identidad del trabajador y el monto a cobrar, para que el banco pueda ejecutar el pago de nomina, observando que desde el mes de Enero de 2012 hasta el mes de agosto del año 2012, el monto ejecutado supera el máximo permitido para el salario que describe el clasificador o tabulador de cargo, visualizándose la existencia de erogaciones que superan el valor a cancelarse por el concepto nominal del cargo, donde se destaca veintitrés(23) personas con irregularidades en relación a sus sueldos y salarios, los cuales no concordaban con la remuneración que debían recibir por las funciones que desempañan, de las cuales dieciocho personas (18) son funcionarios activos y egresados de la Dirección Regional de Salud, que identificaremos mas adelante y los otro cinco (05) no aparecen hasta presente fecha como funcionarios adscritos a esa Dirección, como es el caso de los ciudadanos: MARIA VIRGINIA MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.259.788, JOSÉ MIGUEL PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.003.213, YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.004.113, YASMINE MARIA TERESA DIEZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-18.297.775, y ESCOLASTICO MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.076.236, todos plenamente identificados en el Capitulo precedente.

Es menester indicar que la fecha en que se cancelan los salarios son los días 15, 30 y/o 31 de cada mes, y los pagos que presentan irregularidades son acreditados los días 03,11 17 y/o 18 de cada mes del año 2012.

Del análisis de las actuaciones, se observa la participación coordinada de funcionarios adscritos a la Dirección Regional de Salud del estado Portuguesa, encargadas o participes en los procedimientos de la elaboración de nomina, ordenación y ejecución de pago de las fechas en referencia, actividad que generó beneficio directo a funcionarios públicos y también a terceras personas, constituido ese beneficio en la apropiación de Patrimonio Público, materializado con los abonos realizados en sus cuentas bancarias las que especificaremos posteriormente de lo que se desprende que ese gasto no fue correctamente imputado a la partida a que estaba destinado, acción que fue ejecutada valiéndose del conocimiento que tenían con ocasión a sus cargos de la disponibilidad presupuestaria.

Vale destacar, que en su condición de funcionarios fraguaron esa organización con particulares permitiendo que se realizaran depósito no justificados, en aras de verse conjuntamente beneficiados económicamente, lo que fue ejecutado mediante la alteración del archivo TXT (palabra texto abreviado, que consiste en el resumen encriptado de la cédula de identidad con el monto a cancelar a cada empleado, para que el banco pueda ejecutar el pago de nómina), donde se observa que existen personas cobrando montos excesivos con respecto a la contraprestación de servicio e incluso en ausencia de prestación de servicio y montos pares en la nómina, lo cual no es usual en esa Institución, esta actividad estaba a cargo de las ciudadanas GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, quien ocupa el cargo de analista de personal III, y se ha determinado hacía entrega de notas manuscritas con los números de cuentas y números de cédula correspondientes a su hijo JOSÉ MIGUEL PIÑA, su nuera YADIALI KARIMAR ARROYO, su sobrina DILGRIS CAROLINA PIÑA GUEDEZ, y del ciudadano ESCOLÁSTICO MONTILLA, quien es padre del Licenciado ARNALDO MONTILLA, ex Jefe de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa, de igual manera la ciudadana MILANGEL COROMOTO LÓPEZ, quien es Analista de Personal VI, le dio los datos de la cuenta y número de cédula de su hermana ROSALÍA LÓPEZ, y la ciudadana MARÍA ERNESTINA RODRIGUEZ CACERES, quien se desempeña como analista de personal, le dio los números de cuenta y números de cédula correspondientes a su esposo PEDRO MONTILLA y su hija MARÍA MONTILLA, para que el ciudadano RAFAEL MARIA CASTELLANOS BASTIDAS, en su carácter de Supervisor de Servicios Especiales de la Oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa, valiéndose que tenía acceso al archivo TXT de los empleados fijos, contratados, suplentes y agentes comunitarios, lo alterara incluyendo a terceras personas y montos a ser abonados que no estaban autorizados, donde incluyó además a su concubina YASMINE MARÍA TERESA DIEZ RAMÍREZ convirtiendo de esta manera el mencionado sistema informático como el medio idóneo para alterar los montos que fueron abonados de manera injustificada en las cuentas tanto de funcionarios públicos como de terceros, generando así un incremento los listados de Abonos de Nomina del TXT, que era enviado mediante su correo electrónico personal rafaelcastellanosbastidas@gmail.com o el correo de la Dirección Regional de Salud que es personalportuguesa@cantv.net, a un correo electrónico del Banco Bicentenario, el cual es nominasbancobicentenariobu.ve, o al de las analista de procesamiento de archivos TXT, del Banco Bicentenario keitirivasbicentenariobu.ve, y lauracalvisbicentenariobu.ve, quienes posteriormente procesan el pago de nominas a nivel del Banco.

Adicionalmente de los ciudadanos mencionados, recibieron abonos injustificados los funcionarios: YEIDY YAQUELIN TORRES FRIAS, ROSA MARGARITA GORDILLO MONTES, JAIME JOSE RODRIGUEZ BARRIENTO, MARISOL BASTIDAS BETANCOURT, JOSE RAFAEL MARQUEZ DUEÑO, NACARI DEL VALLE GARCIA AGUIN, ZULLY COROMOTO CASTELLANOS MONTILLA, MARIA REMIGIA BASTIDAS, NATALY KARINA OCHOA PEREZ, ARNALDO IVAN MONTILLA PEREZ, y CARMEN CAÑIZALES, quienes son empleados de la oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa, y proporcionaron sus datos personales para que le abonara a sus cuentas.

En respuesta a oficios 7048, de fecha 23-08-2012, oficio 8159, de fecha 27-09-2012 y oficio 8525, de fecha 10-10-2012, enviado al Banco Bicentenario, relacionado con los Movimientos Bancarios e Identificación de Clientes, de las personas incursas en la Investigación, se observan los montos elevados abonados en sus cuentas nominas, ya que al cotejar con respuesta a oficio 8323, de fecha 26-09-2012, enviado a la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa, donde se requirieron los vouchers de pago de cada trabajador, anexo enviaron constancias de trabajo de dieciocho (18) trabajadores, por lo que se verifico en actas de investigación, que el ciudadano PEDRO JOSE MONTILLA PORRAS, cédula de identidad Nº V-4.302.401, primeramente no aparecía en los archivos del Ministerio del Poder Popular para la Salud, pero luego de una búsqueda exhaustiva en sus registros de personal el mismo si trabaja, como Chofer Obrero Estadal Fijo, con fecha de ingreso 01-07-1982; en otro orden de ideas en análisis de los vouchers de pago, se refleja que en cada mes ocurren dos pagos de quincenas por montos correspondientes para el cargo que desempeñan, pero al verificar los movimientos bancarios ocurren pagos por montos diferentes y abonos extras al pago de sus quincenas, en los movimientos bancarios de los ciudadanos MARIA VIRGINIA MONTILLA, JOSÉ MIGUEL PIÑA, YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, YASMINE MARIA TERESA DIEZ RAMIREZ, ESCOLASTICO MONTILLA, quienes no laboran en esa oficina Regional, se observaron los montos abonados en sus cuentas con la descripción “NOTA CREDITO NOMINAS AHORROS”, evidenciándose así la manipulación fraudulenta de las nominas de pago, por parte de los funcionarios mencionados previamente adscritos a la oficina Regional del Poder Popular para la Salud, en componenda también con particulares, ocasionándole un daño patrimonial que alcanza la cantidad de ochocientos cuarenta y cuatro mil doscientos setenta y seis bolívares con setenta y cuatro céntimos (844.276,74 Bs.) al Ministerio del Poder Popular para la Salud y por ende al Estado Venezolano, el cual se especifica de seguidas, individualizando los montos que fueron abonados en las cuentas de cada de los mencionados ciudadanos, durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio, tal como se describe a continuación:



N° APELLIDO Y NOMBRE
MONTO A SER
DEPOSITADO SEGÚN
COMPROBANTE DE PAGO MONTO DEPOSITADO
SEGÚN ESTADOS DE
CUENTA


DIFERENCIA
EN
DEPOSITOS

NÚMERO DE CUENTA BANCARIA

1 Castellanos Bastidas Rafael M. V- 16.210.016, 17.792,46 76.222,48

58.430,02
0175-0014-78-0010114984

2 Rodríguez C. María.E- V-5.634.445 19.389,58 45.039,99 25 650,34
0175-0014-71-00101103120

3 PiñaV. Griselda de la C. V-8.058.156
23.804,90 72.143,68 48.338,78
0175-0014-74-0010103132

4 López Milangel- V-10.051.400 27.994,89 94.878,58 66.883,69 0175-0014-71-0010104310

5 Torres Yeidi V-14.467.569, 18.501,92 36.589,10 18.087,18 0175-0107-11-0071315936

6 Gordillo Monte Rosa M. V-5.131.284 22.154,11

47.842,66
25.688,55
0175-0014-72-0010103116

7 Rodríguez Jaime V-8.065.906.
10.141,80 31.604,64 24.462,84 0175-0107-16-0010000273

8 Bastidas Marisol V-8.068.649.


22.299,53

50.541,64
28,242,11 0175-0014-75-0010103137

9 Marques José Rafael V-8.069.816.
18.191,69 27.346,80 9.155,11
0175-0014-78-001010103144

10 García Nacari del V. V-12.238.574. 14.517,45 83.348,67 68.831,22
0175-0014-77-0070642231

11 Castellano Zully Coromoto V-10.054.742. 14.092,41 56.200,31 42.107,90
0175-0014-78-0010103161

12 Bastidas Maria Remigia V-8.068.649. 16.808,39
35.560,70 18.752,31
0175-0014-70-0010103143

13 Ochoa Pérez Nataly Karina
V-14.332.139.
19.780,39 39.777,99 19.997,60 0175-0014-71-0010103179

14 Montilla Arnaldo V-6.267.825.
17.506,61 24.702,46 7.195,85 0175-0107-71-20010000261



15 Piña Dilgris Carolina
V-15.399.490.
12.020,11

31.132,57
19,1112,46

0175-0107-18-0010008873

16 Cañizales Márquez Carmen V-9.158.868. 19.851,79 46.70839 26.856,60 0175-0014-78-001010340

17 López Rosalía V-8.057.276 12.032,77 13.329,49 1.296,72 0175-0014-79-0010118847


18 Montilla Pedro Jose V-4.302.401.

13.808,27
67. 066, 83
53.258,41

0175-0014-75-0060468897

Total exceso en depósitos…………………Bs. 559.347,69

Y en relación a personas que nunca han mantenido relación laboral con esa oficina regional y resultaron beneficiadas con los siguientes montos:



N° Apellido y Nombre Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio julio total
CUENTA BANCARIA DEL BANCO BICENTENARIO

1 Montilla R. María V-4.676.864 3.974,87 15.168,28 3.456,24 3.455,32 3.456,24 3.456,24 16.829,12 49.796,31 0175-0107-14-0010002722

2 Pina Jose 9.978,00 35.791,67 25.751,00 9.120,84 1.668,34 ----- 13.549,40 95.859,25 0175-0155-18-0070175440

3 Arroyo Riego Yadiali 6 000,00 - - 7.487,50 ----- 13.487,50 0175-0014-72-0060394522

4 Díez Rodríguez Yasmine 19.993,66 29.716,77 21 1.327,60 11.975,00 16.975,00 ------ 10.549,40 113.537,43 0175-0014-78-0070267917


5 Montilla Ecolastico 6.000,00 6.000,00 15.000,00 - - - - 27.000,00 0175-0106-24-0060190322

Total de depósitos…………………………… Bs.299.680, 49

Ahora bien, analizado el monto de los depósitos indicados, resulta obvia, la desproporción de las cantidades en referencia, con respecto a una posible remuneración por prestación de servicio entre los investigados y el ente público, más aun cuando del contenido de la presente investigación, se desprende que la misma se inicia por denuncia interpuesta por el ente en referencia por desconocer la licitud de esas operaciones bancarias, lo que se encuentra acreditado en la presente investigación…”.

Por todos estos razonamientos antes expuestos y por cuanto esta representación Fiscal observa que efectivamente se logra determinar que los ciudadanos GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, JOSÉ MIGUEL PIÑA, DILGRIS CAROLINA PIÑA GUÉDEZ, Y YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, es el autor de los delitos PECULADO DOLOSO PROPIO CONTINUADO, PECULADO DOLOSO IMPROPIO CONTINUADO EN GRADO DE FACILITADOR Y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, tal como se evidencia en las actas procesales.

Acto seguido se le cede la palabra a la Fiscal Segunda del Ministerio Publico con Competencia en Materia de Banco, Seguros y Mercado de Capitales, quien pone a la orden del Tribunal a los ciudadanos Griselda Coromoto Piña Valero Digris Carolina Piña Guèdez, Yadialis Karimar Arrollo y José Miguel Piña, en la presente audiencia, narro los hechos calificando provisionalmente el hecho para los Ciudadanos Griselda Coromoto Piña y Dilgris Carolina Piña Guèdez el delito de Peculado Doloso Propio continuado previsto y sancionado en el primer supuesto de articulo 52 y articulo 99 del Código Penal y para los ciudadanos José Miguel Piña y Yadialis karimar Arroyo el delito Peculado Doloso Impropio continuado en grado de Facilitador previsto y sancionado primer supuesto en el artículo 52 en relación con el artículo 84 numeral 3º del código Penal y para todos los imputado el delito de Asociación para Delinquir previsto y sancionado en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada de conformidad con lo establecido en el articulo 16 numeral 6 solicito sea ratificada medida privativa de Libertad dictada por el Juzgado de control Nº 2 de conformidad con lo establecido en el articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal y así mismo solicito se mantengan la medida de Inmovilización y Bloqueo de las cuentas bancarias y medida Privativa de Enajenar y Gravar los bienes Muebles e inmuebles de los referidos imputados.

SEGUNDO
DE LOS DERECHOS DE LOS IMPUTADOS Y DE LOS ALEGATOS DE LA PARTE DEFENSORA

Impuestos por separado los ciudadanos GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, JOSÉ MIGUEL PIÑA, DILGRIS CAROLINA PIÑA GUÉDEZ, Y YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, del Precepto consagrado en el Artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la advertencia preliminar contemplada en el artículo 133 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestando los imputados individualmente GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, JOSÉ MIGUEL PIÑA, DILGRIS CAROLINA PIÑA GUÉDEZ, Y YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, “No querer Declarar”.

Acto seguido, se le cede el derecho de palabra a la Defensora Privada Abg. Milagro Gallardo, quien manifestó: “Aun cuando esta defensa tiene claro del papel a ejercer, estamos de acuerdo los codefensores, que la investigación esta orientada en recabar elementos que es lo que hace el Ministerio Publico, en aras de precisamente la economía procesal que se evite erogaciones y a los fines de la voluntad de someterse a la prosecución o investigación, esta defensa no tiene alegatos de fondo solo solicito que en concordancia en lo que la Constitución, siendo que se dice que solo procede en este caso la Medida Judicial Privativa de Libertad, de no ser sustituida por otra media, teniendo en consideración que fueron ellos lo que se presentaron a la autoridad, igualmente una de mi defendida Yadiali Karimar Arroyo Riego tiene una niña, consigno partida de nacimiento a los fines de demostrar lo que estoy alegando, solicito se desestime la solicitud de privativa de libertad de mi defendida y le sea impuesta una medida cautelar, consistente en el arresto domiciliario, con apoyo policial a los fines de que el Fiscal, no la considere que va a quedar ilusoria, solicito el traslado Dilgris Carolina Piña Guèdez, al endocrinólogo al Dr. Cesar Somoza, quien tiene consultorio en al Clínica Santa Sofía Diagonal a la Clínica Portuguesa, y por cuanto atiende en la tarde solicito el traslado para mañana en horas de la tarde así mismo que se oficie al profesional de salud a los fines de que remita la valoración que arroje el mismo, solicito se le informe al Tribunal el numero de la cuenta que se esta utilizando para hacer los depósitos, solicito copia simple del acta, es todo”.

En este estado se coloco a disposición de la Fiscal del Ministerio Publico la partida de nacimiento consignada por la defensa.

Acto seguido, se le cede el derecho de palabra al Defensor Privado Abg. Francisco Alvarado, quien manifestó: “Oído lo manifestado por la colega toco elemento que esta defensa va a profundizar, ante este Tribunal y esta Fiscalía han sido Juzgados personas por este mismo delito, el delito de Peculado y Delincuencia Organizada, considera esta defensa que este proceso es ya conocido, ya se conocen los hechos, en animo de tomar en consideración la economía procesal, el principio del derecho procesal penal, considero que sin menoscabo de los derechos de mis defendidos, los hechos están reconocidos por nuestros defendidos, al punto que de manera voluntaria se presentaron ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, esa volunta de ellos de someterse al administración de justicia y estar a disposición del tribunal y de Ministerio Publico a los fines de ser juzgados, no hay peligro de fuga, quedando evidenciado al folio 1, por cuanto nosotros nos trasladamos con los imputados al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y lo presentamos; y con relación a los hechos, están arrepentidos de esta situación y están reconociendo su responsabilidad, estamos ante una admisión de los hechos adelantada, existe la voluntad de restituir al Estado los daños ocasionados, con la voluntad moral de resarcir los daños con trabajo comunitario, estamos ante una investigación adelantados, hechos admitidos, en virtud de principio de la economía procesal seguro pronto tendremos la acusación, después de la admisión de los hechos y por cuanto la pena no excede de tres años y por cuanto no se trata de personas violentas, tomando en consideración lo que establece el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal (lee textualmente) el legislador coloco la medida contenida en el numeral 1, en el caso de Griselda Piña esta siendo tratada con el medico Cardiólogo, mas adelante solicitare el traslado, el articulo 229 del Código Orgánico Procesal Penal (lee textualmente) el articulo 13 del Código Orgánico Procesal Penal estable la finalidad del proceso (lee textualmente) si tomamos en consideración que estamos ante una caso ya conocido que peligro de fuga puede haber, por todo lo antes expuesto solicito una medida cautelar para los cuatro imputados, en caso de que el tribunal no lo considero solicito en su defecto la detención domiciliaria, en el supuesto negado solicito permanezca en la Comandancia de Policía, finalmente tomando en consideración la sugerencia del Medico Forense, solicito sea trasladada el día de mañana con el Dr. Rafael Parra en horas de la tarde, Unidad Cardiológica Rafael Parra de la Paz a lado de la Clínica del Este, ratifico los pedimentos y solicito se tome en consideración, solicito copia simple del acta es todo”.

De seguido, se le cede el derecho de palabra a la Fiscal Segunda del Ministerio Público Abg. Karla Guerrero, a los fines de que manifieste su opinión en relación a la solicitud de la defensa del numero de cuenta y en relación a la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en arresto domiciliario, para la imputada Yadiali Karimar Arroyo Riego, quien manifestó: “ En relación a la cuenta solicito se oficie a la Dirección Regional de Salud, a los fines de que informe donde se puede hacer los depósitos para la restitución, en relación a la medida cautelar sustitutiva de libertad observa esta Representación Fiscal, que la partida de nacimiento es expedida en el año 2012, y no esta dentro de las limitaciones que establece el articulo 231 del Código Orgánico Procesal Penal ratifico la solicito por cuanto no esta dentro de las limitaciones que establece el Código Orgánico Procesal Penal, solicito copia simple del acta, es todo”.

TERCERO
DE LOS PRONUNCIAMIENTOS DEL TRIBUNAL

Escuchados los argumentos expuestos por las partes, este Juzgado: estima pertinente hacer las siguientes consideraciones: existen dos maneras para que ciudadano alguno sea detenido por los funcionarios de la Fuerza Pública, ellos son cuando el delito sea cometido bajo las circunstancias establecidas en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal que establece la flagrancia y la otra previa orden judicial, emitida por un Juez Competente, en el presente caso, la Fiscalía Segunda del Ministerio Público con Competencia en Materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales de esta Circunscripción Judicial, Abogado Karla Lorena Guerrero Onofre, solicitó de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, JOSÉ MIGUEL PIÑA, DILGRIS CAROLINA PIÑA GUÉDEZ, y YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, por encontrarse llenos los extremos de la mencionada norma, y en consecuencia requirió se librara la correspondiente orden de aprehensión, petitorio éste que fue acordado por este Juzgado de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 08 de enero del presente año, al dejar establecido que los elementos de convicción presentados por la Representación Fiscal eran suficientes, en efecto está demostrada la comisión de los delitos bajo las calificaciones jurídicas de PECULADO DOLOSO PROPIO CONTINUADO, PECULADO DOLOSO IMPROPIO CONTINUADO EN GRADO DE FACILITADOR Y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, en perjuicio de DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD, así como elementos de convicción suficientes para estimar que GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, JOSÉ MIGUEL PIÑA, DILGRIS CAROLINA PIÑA GUÉDEZ, y YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, son los autores de esos delitos, tal y como se constata en las actuaciones que acompañó la Representación Fiscal para el momento de la celebración de la presente audiencia consistentes en:

Los elementos de convicción que el Ministerio Público ofrece a los fines de solicitar la privación judicial preventiva de libertad a los ciudadanos GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, JOSÉ MIGUEL PIÑA, DILGRIS CAROLINA PIÑA GUÉDEZ, Y YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, son los siguientes:

1.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 21 de Agosto de 2012, debidamente suscrita por el Inspector EDER GARCIA, funcionario adscrito a la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, donde deja constancia de la siguiente diligencia policial: “Encontrándome en la sede de este Despacho, me traslade en compañía del Comisario José Romero, Jefe de este Despacho, Subcomisario Roberto Zarate, Supervisor del área de Investigaciones de esta oficina y el Subinspector Ramón Duque, a bordo de la unidad P-443, hacia la avenida Baralt, Plaza Caracas, específicamente al edificio sede del Ministerio del Poder Popular para la Salud, piso 8, por cuanto el Jefe de esta oficina, recibió llamada telefónica de parte de la ciudadana Ministra Dra. Eugenia Sader Castellanos, quien requirió una investigación en ese despacho, ya que se presume que funcionarios adscritos a ese Ministerio cometen hechos delictivos dentro de esa Institución, una vez en el lugar plenamente identificados con distintivos que nos acreditan como funcionarios activos de este cuerpo Detectivesco, sostuvimos un breve coloquio con el ciudadano: OSCAR JEREZ, cédula de identidad V-9.995.269, quien indico ser el supervisor de seguridad del despacho de la Ministra, manifestándole el motivo de nuestra presencia, trasladándonos a la oficina del asesor de la ciudadana Ministra, donde fuimos atendidos por los ciudadanos ALI ANTONIO MANRIQUE CONTRERAS, de 51 años de edad, cédula de identidad V-8.426.165, quien indico ser el Director Nacional de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Salud y ANTONIO JOSE BRITO BASTARDO, de 29 años de edad, cédula de identidad V-15.976.570, quien indico ser el Director de la oficina Regional de Salud del estado Portuguesa, quienes manifestaron que luego de una revisión en las nóminas de pago de la oficina Regional de Salud del estado Portuguesa, detectaron irregulares en relación a los pagos, por esta razón realizaron junto a un grupo de trabajo una revisión de manera aleatoria, tomando como muestra cincuenta y seis (56) individuos (Trabajadores y supuestos trabajadores), percatándose la ejecución de pagos de nomina vía TXT, (significa la palabra texto abreviado, que consiste en el resumen encriptado de la cédula con el monto para que el banco pueda ejecutar el pago de nómina, solo aparece el número de cédula de identidad del trabajador y el monto a cancelar), desde el mes de Enero del presente año a la fecha, en las cuales el monto ejecutado supera el máximo permitido para el salario que describe el clasificador o tabulador del cargo, pudiendo evidenciarse que habían erogaciones que superan el valor que debe cancelarse por el concepto nominal del cargo por el que se efectúa el pago, de este grupo detectaron veintiún (21) personas con irregularidades, en cuanto a sus sueldos y salarios no concordando con el cargo que desempeñan, además catorce (14) de estas veintiún (21) personas, no poseen expedientes dentro de la dirección regional de salud que certifiquen su ingreso de forma regular, existiendo la seria sospecha de que no se correspondan con trabajadores de la dirección la cual dirigen, los otros siete (7) según revisión de la nomina son trabajadores activos de la dirección de salud, laborando en recursos humanos y contabilidad Nacional Regional de Salud, el pago de nómina que se maneja en la dirección estadal de salud del estado Portuguesa es de seis mil doscientos (6.200,oo) personas aproximadamente, de los cuales dos mil doscientos (2.200,oo) son fijos, los demás son presuntamente contratados y suplentes eventuales, en esa revisión que realizaron a nivel de la sede central ubicada en esta ciudad, específicamente en la oficina de Recursos Humanos, se evidencio que los pagos normales se hacen los días 15 y 30 o 31 de cada mes, pero en los trabajadores con pagos de nóminas irregulares se le acredita en sus cuentas los días 03, 11, 17 o 18, fuera de los días de pagos normales, hechos que evidencian la creación de nominas paralelas e ingresos irregular de personas a la nomina de la administración Pública perteneciente al Ministerio del Poder Popular para la Salud, además en estas entrevistas manifestaron que los ciudadanos: RAFAEL MARIA CASTELLANOS BASTIDAS, cédula de identidad V-16.210.016, es quien controla y manipula el sistema TXT, y el ciudadano ARNALDO IVAN MONTILLA VALERO, cédula de identidad V-6.267.825, es el Jefe de Recursos Humanos de esa oficina Regional, luego de esta entrevista, nos trasladamos a la sede de este despacho, extendiéndole boletas de citación a los supramencionados para que comparezcan en hora y fecha indicada, una vez en el despacho el comisario Msc. José Romero, ordeno el inicio de las actas procesales signadas bajo la nomenclatura K-12-0043-00658, por la presunta comisión de Uno de los Delitos Contra la Propiedad. Es todo.”

Acta de Investigación Penal que estima este Tribunal, por cuanto da origen a la presente investigación, señalándose las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurren los hechos que son denunciados por funcionarios policiales, ante la sede del Ministerio del Poder Popular para la Salud.

2.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 21 de Agosto de 2012, del ciudadano ANTONIO JOSE BRITO BASTARDO, Director de la Oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa, tomada en la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, la cual es del tenor siguiente: “En día 06 de diciembre del año 2010, yo asumí el cargo de director regional de salud del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, a través de mi gestión, detecte irregularidades en relación a los pagos de nóminas, por esta razón efectué junto a mi grupo de trabajo una revisión de manera aleatoria, tomando como muestra cincuenta y seis (56) individuos, percatándonos la ejecución de pagos (vía TXT) cargados al Banco Bicentenario, de nóminas desde el mes de Enero a la fecha, en las cuales el monto ejecutado supera el máximo permitido para el salario que describe el clasificador del cargo, pudiendo evidenciarse que habían erogaciones que superan el valor que debe cancelarse por el concepto nominal del cargo por el que se efectúa el pago, de este grupo detectamos veintiuno (21) con irregularidades, en cuanto a sus sueldos no concordaban con el cargo que desempeñan, además catorce (14) de estos veintiuno (21), no poseen expedientes dentro de la dirección regional de salud, existiendo la seria sospecha de que no se correspondan con trabajadores de la dirección a mí cargo, los otros siete (7) son trabajadores de la dirección de salud, laboran en recursos humanos y contabilidad Nacional, solo tomamos cincuenta y seis trabajadores, pero la nómina que se maneja en la dirección estadal de salud del estado Portuguesa es de seis mil doscientos (6.200,oo) aproximadamente, de los cuales dos mil doscientos (2.200,oo) son fijos, los demás son contratados y suplentes eventuales, en esa revisión que se hizo a nivel de la sede central ubicada en esta ciudad, específicamente en la oficina de Recursos Humanos, se evidencio que los pagos normales se hacen los días 15 y 30 o 31 de cada mes, pero en los trabajadores con pagos de nóminas irregulares hacen se le acredita en sus cuentas los días 03, 11, 17 o 18, fuera de los días de pagos normales. es todo. Es todo” EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGAR DE LA SIGUIENTE MANERA AL ENTREVISTADO: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, quien o quienes solicitan los pagos de las nóminas de la Dirección Estadal de Salud del estado Portuguesa? CONTESTO: “El procedimiento es el siguiente, la oficina regional de Recursos Humanos del estado Portuguesa, solicita la ejecución presupuestaria con el visto bueno del director regional de salud, cargo que yo desempeño, por ante la Coordinación de control de gatos del nivel central ubicado en la ciudad de Caracas, esta coordinación remite a la oficina de recursos Humanos del Ministerio de Salud y este lo aprueba, acto seguido se libera financieramente el recurso y la oficina regional ejecuta el pago de nómina enviando un TXT, al banco Bicentenario con oficio de autorización, ahora bien se ha presentado la situación de ejecuciones presupuestarias sin la firma del director regional de salud, y al momento de consignar la nómina la relación de trabajadores excede la capacidad de revisión del despacho del director regional de salud, los pagos quincenales son por el orden de más de seis mil trabajadores.” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, han sincerado la nómina de pago de la oficina regional de salud para los momentos? CONTESTO: “Estamos en eso.” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, posee algún tipo de documento donde se evidencia lo manifestado en su exposición? CONTESTO: “Después de esas revisiones realizamos una memoria descriptiva la cual deseo consignar, allí aparecen nombres y estados de cuenta de los veintiún (21) trabajadores con irregularidades (El despacho deja constancia de haber recibido de manos del entrevistado lo antes expuesto).” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, que es el TXT.? CONTESTO: “Significa la palabra texto abreviado, que consiste en el resumen encriptado de la cédula con el momento para que el banco pueda ejecutar el pago de nómina, solo aparece el número de cédula de identidad del trabajador y el monto a cancelar.” QUINTA PREGUNTA: Diga usted, menciono que cada trabajador posee un expediente y que algunos de los trabajadores con irregularidades no aparecen qué significa esa situación? CONTESTO: “Si tiene no expediente no son trabajadores de la dirección, pero de manera irregular están cobrando un sueldo por la dirección regional de salud.” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, de las catorce personas que no son trabajadores de la dirección regional de salud, posee los datos de identificación de los mismos? CONTESTO: “Si, están reflejados en la memoria descriptiva.” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, el o los números de cuenta en los cuales cargan el dinero para el pago de la nómina de la oficina regional de salud del Estado Portuguesa.? CONTESTO: Banco Bicentenario, número de cuenta corriente 0175-0014-7900-7124-6605, a nombre de fondo de avances 2012, de allí transfieren el dinero a cada trabajador, mediante un oficio que yo firmo autorizando el dedito de la cuenta./ OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, quien o quienes ingresan el personal a la nómina de la oficina regional de salud del estado Portuguesa? CONTESTO: “ A la nómina de la región lo ingreso yo, de manera regular el postulado sea evaluado por la unidad de ingresos que a su vez está subordinada a la coordinación de apoyo técnico de la dirección regional de salud, y esta emite la postulación en caso de ser procedente a la oficina de recursos humanos, esta oficina chequea la disponibilidad financiera y presupuestaria y vía oficio lo proponen al despacho del director, este es el autorizado para aceptar o denegar el ingreso, ahora bien estas personas no poseen expediente ni cumplieron ningún procedimiento de ingreso lo que hace suponer que el paso de la confección del TXT han sido incluidos, violentando todos los procesos de control interno./ NOVENA PREGUNTA: Diga usted, quien o quienes los que manejan el llamado TXT.? CONTESTO: Un analista, que además está en la memoria descriptiva de nombre RAFAEL MARIA CASTELLANOS BASTIDAS, cédula de identidad V-16.210.016, quien tiene unos movimientos irregulares en el cobro de la nómina./ DECIMA PREGUNTA: Diga usted, nombre y donde puede ser ubicado el director de la oficina de recursos humanos de la oficina regional de salud del estado Portuguesa? CONTESTO: ARNALDO IVAN MONTILLA VALERO, cédula de identidad V-6.267.825, no se la dirección de residencia, labora en la dirección regional de salud, ubicada en la carrera 3, barrio Curacao, antiguo hospital Guanare, estado Portuguesa./ DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, los 21 trabajadores que tomaron de manera aleatoria con irregularidades en sus cobros de nóminas, indique nombre y donde pueden ser ubicados? CONTESTO: En la memoria descriptiva aparecen todos los datos que pude reunir./ DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, desde que tiempo está pasando esta irregularidad.? CONTESTO: Lo detectamos desde que asumí el cargo, sin embargo la evidencia la pudimos recabar a la fecha de hoy./ DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, sospechan de alguna persona en particular de estos desvíos de dinero o estas supuestas nominas paralelas.? CONTESTO: Del personal de Recursos Humanos, porque ellos son los que manejan nóminas y los TXT./ DECIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, la cantidad de personal adscrito a la oficina de recursos humanos de su despacho.? CONTESTO: Son treinta y un trabajadores./ DECIMA QUINTA PREGUNTA: Diga usted, quien o quienes firman los oficios de esa oficina, el cual envían a la ciudad de Caracas para el pago de la nómina de su personal? CONTESTO: Jefe de Recursos Humanos licenciado Arnaldo Montilla, el coordinador de apoyo administrativo licenciado Leobardo Sánchez, directora de gestión interna Malluri Acosta y mi persona, quienes pueden ser ubicados en la oficina regional de salud estado Portuguesa./ DECIMA SEXTA PREGUNTA: Diga usted, donde reposan los expedientes de los trabajadores de la oficina regional de salud del estado Portuguesa.? CONTESTO: En la oficina de Recursos Humanos./ DECIMA SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, El personal fijo y contratado tiene expedientes en la oficina de recursos humanos? CONTESTO: Si, están en la oficina de recursos humanos./ DECIMA OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, donde reposan las nóminas de pago de la oficina regional de salud del estado Portuguesa? CONTESTO: En el archivo de contabilidad Nacional, ubicado en Guanare, estado Portuguesa./ DECIMA NOVENA PREGUNTA: Diga usted, como se hace el pago a los trabajadores de la oficina regional de salud del estado Portuguesa? CONTESTO: Por medio de abonos a una cuenta corriente de nómina a cada trabajador o desembolso masivo en el caso de no tener cuenta nómina./ VIGESIMA PREGUNTA: Diga usted, que quiere decir con desembolso masivo? CONTESTO: Consiste en que un trabajador que no tiene cuenta nomina va al banco lleva su cedula de identidad laminada y una copia de esta, la entrega al cajero y este le cancela el dinero./ VIGESIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, cual es el estándar de pago de nómina de un trabajador en la sede a la cual dirige? CONTESTO: Depende del cargo que ocupe, el salario base es dos mil cuatrocientos noventa bolívares (2.490,oo) y dos y el máximo es de diez mil bolívares (10.000,oo) mensuales./ VIGESIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, el analista del TXT, puede manipular ese sistema? CONTESTO: Si./ VIGESIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, terminado el analista de realizar el TXT, alguna otra persona lo puede modificar? CONTESTO: No./ VIGESIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento el monto que asciende los pagos irregulares de nóminas a trabajadores que no pertenecen a la oficina regional de salud de la cual es el Director.? CONTESTO: En los actuales momentos sería irresponsable señalar el monto, ya que estamos trabajando en ello./ VIGESIMA QUINTA PREGUNTA: Diga usted, en la oficina a la cual dirige, labora algún contador público.? CONTESTO: Si, se llama Licenciado Jesús Montilla, es el coordinador de Administración y esta coordinación tiene subordinada la oficina de Contabilidad Nacional./ VIGESIMA SEXTA PREGUNTA: Diga usted, en algún momento la coordinación de administración alerto de estas nominas irregulares? CONTESTO: No, solo me alerto del incremento del gasto en la partida 401, que es la partida de gastos de personal./ VIGESIMA SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, que tiempo tienen laborando los ciudadanos Arnaldo Iván montilla Jefe de recursos humanos y el Rafael Castellanos, analista de la oficina a su cargo? CONTESTO: El primero más de diez años, y el segundo alrededor de cuatro años./ VIGESIMA OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, que tiempo tienen desempeñando el cargo de director de la oficina de recursos humanos? CONTESTO: Aproximadamente tres años y seis meses./ VIGESIMA NOVENA PREGUNTA: Diga usted, en la unidad que dirige existe tabulador de salarios? CONTESTO. Sí, pero en estos momentos no, posteriormente lo consignare. TRIGESIMA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: No./ Es Todo.

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal, por cuanto la entrevista es emanada del Director de la Oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa, quien indica la irregularidad presentada con los pagos de nóminas de ciertos trabajadores de la referida Dirección Regional de Salud, y de otros sujetos que no poseían expediente dentro de dicho organismo; razón por la cual se desprende la comisión de un presunto hecho ilícito.

3.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 21 de Agosto de 2012, del ciudadano MANRIQUE CONTRERAS ALI ANTONIO, Director General de la oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Salud, tomada en la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, la cual es del tenor siguiente: “Estoy en este despacho en razón de mi cargo como Director General de la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Salud, por cuando una de mis funciones como director es revisar las nominas de las direcciones regionales de salud, por cuanto se tiene una sospecha de que presentan inconsistencias en cuanto a sus nóminas, donde se solicita que todas las dependencias estadales envíen las diferentes nominas, para verificar cuantos contratados tiene, empleados fijos, ubicación, tipos de cargos, sueldos, para poder hacer las operaciones presupuestaria relacionada con el personal de cada estado, en virtud de eso, se solicitaron esas nominas se pasan por diferentes filtros, por ejemplo se verificar que el número de personas que envían las cuales corresponda con el pago del personal que se hace y en el caso particular del Estado Portuguesa, se notó el retraso para la entrega de la información solicitada, ya que el Coordinador de Recursos Humanos de la Región Portuguesa, de nombre: Arnaldo Ivan MONTILLA VALERO, titular de la cédula de identidad número V-6.267.825, en las oportunidades que se le solicitó dichas nóminas de varias fechas las cuales no las entregaba a tiempo, donde se detecta que difieren en cuanto a montos, por ejemplo; el incremento cada vez más alto del personal y cuando se realiza el cruce con la base de datos de esta oficina se encuentra que actualmente hay personas cobrando sueldos que tienen tiempo que fueron despedidas, personas jubiladas, cobrando como activos y personas que no pertenecen a la nómina del ministerio y el día de ayer recibí llamada telefónica del Director Regional de Salud, doctor Antonio BRITO, quien me informó que de una investigación realizada a la nómina de la Región a su cargo, detectó una serie de irregularidades, tales como; personas que no poseen expediente y que no son personal de la nómina legalmente ingresadas con el proceso de captación y selección, siendo ingresadas al sistema TXT de manera fraudulenta de igual manera se detectó sueldos muy por encima del monto que legalmente se devenga como empleado, es todo. Es todo" EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGAR DE LA SIGUIENTE MANERA AL ENTREVISTADO: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento desde cuando está pasando esta irregularidad? CONTESTO: "Desconozco, se tenía sospechas pero eso se determinara con los soportes que consignara el doctor Antonio BRITO." SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento cuanto tiempo tiene el ciudadano; Antonio BRITO, en el cargo de Director Regional del Estado Portuguesa? CONTESTO: "Un año y ocho meses." TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, como es el procedimiento para el pago de nómina al personal adscrito a la Dirección Regional de Salud? CONTESTO: "En Caracas, procesamos las solicitudes que envían las Direcciones Nacionales de Salud, en cuanto al pago de nomina las cuales vienen conformadas, por la Directiva de la Región, compuesta por Coordinador de Recursos Humanos, la Administración y el Director Regional." CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, para el pago de dicha nomina se maneja un estándar presupuestario o la nomina está sujeta a cambios que puedan alterarla en el periodo que se envía? CONTESTO: "Si, se maneja un estándar con pequeñas fluctuaciones para personal que se va de vacaciones y un personal contratado que hace la suplencia. QUINTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento como se hace efectivo el pago al personal que ingresa fraudulentamente en el sistema TXT sin ser detectada por el Director Regional? CONTESTO: "Es difícil ser detectado por el Director Regional ya que las responsabilidades son delegadas en el Coordinador de Recursos Humanos de esa Región, la persona que lleva la contabilidad y el analista que carga la nomina en el programa TXT quien convierte la nómina elaborada en el programa Excel y la transforma en TXT, para la lectura final en el Banco, esta persona lo puede detectar ya que la Coordinación de Recursos Humanos de la referida región envía la lista en el programa Excel y en el proceso de transformación este personal puede modificar montos e ingresar nuevas cédula y montos." SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa, cuenta con personal contable que alerte lo nuevos ingresos o modificaciones de escala salarial? CONTESTO: "No en todas pero en la región del Estado Portuguesa, como dije anteriormente si." SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del motivo por el cual Contabilidad Nacional del referido estado, no alertó del ingreso de nuevo personal o el incremento de sueldo sin justificación alguna? CONTESTO: Desconozco. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento el nombre y ubicación de la persona que lleva la contabilidad en dicho estado? CONTESTO: "Se que se llama Jesús Montilla, y es nómina de la Dirección Regional de Salud, pero el ciudadano Antonio Brito puede suministrar más detalles./NOVENA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de cuales son los empleados adscritos a la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa, que están cobrand6 un sueldo elevado y el resto de las personas que cobran sin ser nomina de dicha región? CONTESTO: El Director de la Región posee la lista y la esta consignando en la denuncia y será quien suministrara el resto de la información. / DECIMA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de la entidad Bancaria que posee la cuenta nomina de la Región Portuguesa? CONTESTO: Banco Bicentenario" UNDECIMA: Diga usted, tiene conocimiento Del nombre y ubicación del analista encargado de cargar en el sistema TXT, la nomina de la Región Portuguesa? CONTESTO: "Rafael Castellanos, los demás datos se suministraran posteriormente. DUODECIMA: Diga usted, si el Banco Bicentenario ha pagado nomina con montos distintos al que refleja el oficio con relación al TXT.? CONTESTO: "Aun no se ha determinado eso" DECIMA TERCERA: Diga usted, esta Dirección General posee un personal que revise o audite las nominas de las regiones? CONTESTO: "Si, cada estado posee en Caracas un analista" DECIMA QUINTA: "Diga usted, tiene conocimiento del nombre y ubicación del personal encargado en Camas de personal encargado analizar las nóminas del estado asignado? CONTESTO: "Si, se llama JULIA GOMEZ OYOQUE, titular de la cédula de identidad V-7.953.341, su número telefónico es 0426-519.03.39 y labora en esta misma sede". DECIMA SEXTA:/Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: "No. Es Todo.”

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal, por cuanto la entrevista es rendida por el Director General de la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio Popular para la Salud, de cuya narración se desprende la presunta comisión de un ilícito penal.

4.- OFICIO Nº OCJ-3145//2012, con todos sus anexos, de fecha 27 de Agosto de 2012, suscrito por la ciudadana Abg. LINDA D. AGOSTO, en su condición de Consultora Jurídica del Banco Bicentenario, donde acusa recibo de comunicación Nº 9700-043--0007047, de fecha 23 de Agosto de 2012, donde informa que la cuenta Nº 0175-0014-79-0071246605, Fondo de Avance 2012, en tal sentido anexa a la presente comunicación datos filiatorios, movimientos bancarios de la referida cuenta los cuales se adjuntan en disco compacto (CD).

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal, por cuanto se indica el número de la cuenta bancaria perteneciente a la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa, así como los datos filiatorios y los movimientos bancarios realizados.

5.- OFICIO Nº DGRRHH-582, con todos sus anexos de fecha 04 de Septiembre de 2012, suscrito por el ciudadano ALI ANTONIO MANRIQUE CONTRERAS, en su condición de Director General de la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular Para la Salud, donde remiten CD contentivo de de la nomina consolidada del pago correspondiente al mes de julio de 2012, realizada por la Dirección Estadal de Salud del Estado Portuguesa, indicando además que en ese ente ministerial no se elaboran nominas de dicho Estado, solo se envían los recursos solicitados para el pago respectivo.

Elemento de convicción que estima este Tribunal, por cuanto se indica la nómina de pago correspondiente al mes de julio de 2012 realizada por la Dirección Estadal de Salud del Estado Portuguesa.

6- OFICIO Nº 3038-12, con todos sus anexos de fecha 28 de Agosto de 2012, emanado de la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, donde remiten registro fotográfico, copia alfabética y dactilar correspondiente a los ciudadanos: RAFAEL MARIA CASTELLANOS BASTIDAS, titular de la cédula de identidad Nº V-16.210.016, MARIA ERNESTINA RODRIGUEZ CACERES, titular de la cédula de identidad Nº V-5.634.445, GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.058.156, MILANGEL COROMOTO LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.051.400, YEIDY YAQUELIN TORRES FRIAS, titular de la cédula de identidad Nº V-14.467.569, ROSA MARGARITA GORDILLO MONTES, titular de la cédula de identidad Nº V-5.131.284, JAIME JOSE RODRIGUEZ BARRIENTO, titular de la cédula de identidad Nº V-9.848.180, MARISOL BASTIDAS BETANCOURT, titular de la cédula de identidad Nº V-8.065.906, JOSE RAFAEL MARQUEZ DUEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.069.816, NACARI DEL VALLE GARCIA AGUIN, titular de la cédula de identidad Nº V-12.238.574, ZULLY COROMOTO CASTELLANOS MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.054.742, MARIA REMIGIA BASTIDAS, titular de la cédula de identidad Nº V-8.068.649, NATALY KARINA OCHOA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.332.139, ARNALDO IVAN MONTILLA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.267.825, CARMEN MARIA CAÑIZALES MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-9.158.868, DILGRIS CAROLINA PIÑA GUEDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.399.490, ROSALIA LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-8.057.276, PEDRO JOSE MONTILLA PORRAS, titular de la cédula de identidad Nº V-4.302.401, MARIA VIRGINIA MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.259.788, JOSÉ MIGUEL PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.003.213, YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.004.113, YASMINE MARIA TERESA DIEZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-18.297.775, y ESCOLASTICO MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.076.236.

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal, ya que se indica la identificación de los sujetos investigados en el presente expediente.

7- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12 de Septiembre de 2012, del ciudadano ARGENIS RAMON RAMIREZ CONTRERAS, Analista de Personal V, adscrito al Ministerio del Poder Popular Para la Salud, tomada en la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, la cual es del tenor siguiente: “Ayer en horas de la mañana, me llamaron a la oficina de la Dirección de Recursos Humanos, allí estaba un funcionario del C.I.C.P.C., quien me hizo entrega de una citación para comparecer ante esta oficina, en relación a un desvió de dinero de la oficina regional de Salud del Estado Portuguesa. Es todo”. LA FUNCIONARIA RECEPTORA PASA A INTERROGAR DE LA SIGUIENTE MANERA AL ENTREVISTADO: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que tiempo tiene laborando en el Ministerio del Poder Popular para la Salud? CONTESTO: “Treinta y seis años.” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiempo que tiene laborando en la Coordinación de Control de Gastos? CONTESTO: “Diez años.” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que cargo ocupa en la coordinación de control de gastos y sueldo que devenga para la fecha? CONTESTO: “Analista de Personal V, con un sueldo básico de 4.270,oo bs mensuales.” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiempo que tiene laborando con la nomina del Estado Portuguesa? CONTESTO: Yo no laboro con ese estado, solo hice una suplencia de cargarle la solicitud de pago de la primera quincena del mes de agosto a la señora Julia Gómez, ya que estaba de vacaciones y es la analista responsable de ese estado./ QUINTA PREGUNTA: Diga usted, como es el procedimiento o que quiere decir con cargar la solicitud de pago.? CONTESTO: “Primero bajamos la información de la ordenación de presupuesto del estado y verificamos la disponibilidad presupuestaria de ese estado, verificando la disponibilidad y teniéndola, procedemos a cargar la información en el sistema OPEN SIAP, cargada esta información mandamos a imprimir, allí anexamos la orden de solicitud de pago de avance del estado, también la frecuencia de cargo, lo firmamos y los pasamos al Director Nacional Recursos Humanos, Ingeniero Ali Manrique./ SEXTA PREGUNTA: Diga usted, que significa OPEN SIPA, SOLICTUD DE PAGO DE AVANCE y FRECUENCIA PAGO.? CONTESTO: “Open Siap, es un programa electrónico de carga de nomina que fue contratado recientemente por la Ministra Eugenia Sader, consiste en que durante el año fiscal a ese estado se le asigna un presupuesto anual, según la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE) se llama asignación Ley, el cual va rebajando del sistema la disponibilidad en bolívares que ese estado va dejando; la Solicitud de Pago de Avance es lo que envía el estado en la solicitud de la partida presupuestaria en la 401, es una solicitud para pago de sueldos salarios, sueldos, compensaciones y cláusulas contractuales; y Frecuencia de Pago es el personal adscrito a la Dirección Regional de Salud del estado.” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, que significa 401, además especifique que quiere decir con sueldos, salarios, compensaciones y cláusulas contractuales? CONTESTO: “ 401 es la imputación presupuestaria con la cual se carga la solicitud de pago por avance que elabora la dirección regional de salud de ese estado y no es más que sueldos, salarios compensaciones y cláusulas contractuales; Salarios son los pagos al personal Obrero, sueldos son los pagos al personal empleado, compensaciones son pagos por evaluación por desempeño tanto para empleados como para obreros se hace semestralmente, y cláusulas contractuales es que de acuerdo a la normativa laboral, son algunos pagos extras permanentes que sería por prima por hijos, prima por antigüedad, prima por profesionalización, prima por matrimonio entre otras para el personal empleado y obrero, la prima más alta es la de profesionalización que es del 12 % del sueldo básico.” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, explique cómo se hace el pago del personal empleado, obrero y contratado del estado Portuguesa adscrito al Ministerio del Poder Popular para la salud? CONTESTO: La oficina Regional de Salud del estado Portuguesa, elaboran la nomina y envían por parte de la dirección de recursos humanos del estado mismo, la solicitud de avance de nomina de pago del personal adscrito a ese estado, la cual debe estar firmada por el director de Recursos Humanos, el administrador y el director Regional quien funge como cuenta dante, todos adscritos a la oficina regional del estado Portuguesa en este caso./ NOVENA PREGUNTA: Diga usted, quien realiza las nominas de pago del estado Portuguesa.? CONTESTO: En el estado la realiza el analista responsable de la nomina de pago, con el aval de su jefe./ DECIMA PREGUNTA: Diga usted, para la ciudad de Caracas envían el CD encriptado de los archivos TXT ( palabra texto abreviado, que consiste en el resumen encriptado de la cédula con el monto para que el banco pueda ejecutar el pago de nómina, solo aparece el número de cédula de identidad del trabajador y el monto a cancelar).? CONTESTO: No lo envían./ DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, quien elabora el CD encriptado de los archivos TXT.? CONTESTO: El analista encargado de la nomina del estado Portuguesa./ DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, quien es el analista de nomina de la oficina Regional de Salud del estado Portuguesa:? CONTESTO: No sé./ DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, los días de pago de los sueldos y salarios del Ministerio del Poder Popular para la Salud.? CONTESTO: Por quincena vencida, son los 15 de cada mes y el 30 o 31 dependiendo del mes, a veces se puede atrasar o adelantar un día./ DECIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, como aparece reflejado o como se llama las cuentas para la cancelación de la nomina una vez emitida al Banco receptor? CONTESTO: PAGO DE NOMINA./ DECIMA QUINTA PREGUNTA: Diga usted, el CD encriptado de los archivos TXT, una vez concluido puede ser manipulado? CONTESTO: Dependiendo los conocimientos del analista que lo elabora, si se puede manipular./ DECIMA SEXTA PREGUNTA: Diga usted, entre quincenas, es decir, los días preestablecidos fuera de los depósitos por concepto de sueldos y salarios puede existir que uno o varios obreros y empleados se les imputen a sus cuentas alguna cantidad de dinero por concepto de pago de nomina.? CONTESTO: Yo en mi caso no he recibido ninguna solicitud para pagos extras./ DECIMA SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, pueden existir pagos de nominas entre quincenas.? CONTESTO: Por parte del nivel central no se elaboran nominas extras./ DECIMA OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: No./ Es Todo.

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal, por cuanto la entrevista es rendida por el Analista de Personal V adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud, y señala cuál es el procedimiento para cargar las solicitudes de pago del Estado Portuguesa.

8.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12 de Septiembre de 2012, de la ciudadana JULIA DEL CARMEN GOMEZ DE SEGOVIA, Analista de Personal III, adscrita al Ministerio del Poder Popular Para la Salud, tomada en la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, la cual es del tenor siguiente: “El día de ayer en la mañana, estaba en mi lugar de trabajo, cuando me llamaron a la oficina de la Dirección de Recursos Humanos, allí estaba un funcionario del C.I.C.P.C., quien me hizo entrega de una citación para venir a esta oficina, en relación a un desvió de dinero de la oficina regional de Salud del Estado Portuguesa. es todo.” LA FUNCIONARIA RECEPTORA PASA A INTERROGAR DE LA SIGUIENTE MANERA AL ENTREVISTADO: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que tiempo tiene laborando en el Ministerio del Poder Popular para la Salud.? CONTESTO: “Veintitrés años.” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiempo que tiene laborando en la Coordinación de Control de Gastos? CONTESTO: “Diez años.” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que cargo ocupa en la coordinación de control de gastos y sueldo que devenga para la fecha? CONTESTO: “Analista de Personal III, con un sueldo básico de 4.600,oo bs mensuales aproximadamente.” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiempo que tiene laborando con la nomina del Estado Portuguesa? CONTESTO: Dos años./ QUINTA PREGUNTA: Diga usted, como es el procedimiento para el pago de nomina del estado Portuguesa? CONTESTO: “ Recibimos un cuadro consolidado donde muestra las cantidades de dinero en bolívares que necesitan para pagar la quincena de los empleados y obreros de esa oficina Regional, firmado y sellado por el director Regional, Jefe de Recursos Humanos y el Administrador, yo la proceso en el sistema de OPEN SIAP, en la cual le anexo el cuadro consolidado conjuntamente con la Frecuencia de Cargo, para posteriormente enviarla a la dirección de administración para la elaboración de la orden de pago, este a su vez va con memorándum del director General de Recursos Humanos del Ministerio, luego va administración quien elabora las órdenes de pago, finalmente Tesorería libera los fondos a la cuenta de la dirección Regional, siendo el responsable el Director Regional Dr. Antonio José Brito Bastardo./ SEXTA PREGUNTA: Diga usted, que significa OPEN SIAP, y FRECUENCIA DE CARGO.? CONTESTO: “Open Siap, es un sistema electrónico que fue contratado recientemente por la Ministra Eugenia Sader, consiste en tener todo el presupuesto en Ley, y a su vez mientras se va cargado el compromiso de pago, va disminuyendo el presupuesto del estado, es decir, que se le va restando al presupuesto anual del estado lo que va gastando cada quincena, y la Frecuencia de Cargo, es un cuadro donde se refleja la cantidad de trabajadores que tiene el estado Portuguesa, yo tengo en mi poder copias fotostáticas de este procedimiento el cual deseo consignar para la mayor comprensión del mismo (El despacho deja constancia de haber recibido de manos de la entrevistada lo antes expuesto).” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, explique cómo se hace el pago del personal empleado, obrero y contratado del estado Portuguesa adscrito al Ministerio del Poder Popular para la salud? CONTESTO: Esas nominas las hace el propio estado Portuguesa, yo solo recibo la solicitud del pago de nomina a través de un cuadro consolidado, y las proceso mediante el sistema OPEN SIAP; bajo los parámetros legales y normas preestablecidas por el Coordinador de la Oficina de Control de Gastos./ OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, quien realiza las nominas de pago del estado Portuguesa? CONTESTO: Las nominas no sé, el analista del estado Portuguesa me envía el cuadro consolidado./ NOVENA PREGUNTA: Diga usted, quien es el analista de nomina de la oficina Regional de Salud del estado Portuguesa:? CONTESTO: Son dos la señora Rosa Torres y Milangela no se su apellido./ DECIMA PREGUNTA: Diga usted, para la ciudad de Caracas envían el CD encriptado de los archivos TXT (Palabra texto abreviado, que consiste en el resumen encriptado de la cédula con el monto para que el banco pueda ejecutar el pago de nómina, solo aparece el número de cédula de identidad del trabajador y el monto a cancelar).? CONTESTO: No./ DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, quien elabora el CD encriptado de los archivos TXT de la oficina Regional de Salud del estado Portuguesa? CONTESTO: Un analista del estado Portuguesa, pero no sé quien exactamente./ DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, conoce de trato, vista y comunicación al ciudadano: RAFAEL MARIA CASTELLANOS BASTIDAS./ CONTESTO: No./ DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, los días de pago de los sueldos y salarios del Ministerio del Poder Popular para la Salud.? CONTESTO: la Primera quincena entre los días 13 al 15 y la segunda quincena entre los días 28, 29, 30 o 31 dependiendo del mes./ DECIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, como aparece reflejado o como se llama las cuentas para la cancelación de la nomina una vez emitida al Banco receptor.? CONTESTO: DEPOSITO DE NOMINA./ DECIMA QUINTA PREGUNTA: Diga usted, conoce el sistema de los CD encriptados de los archivos TXT? CONTESTO: No./ DECIMA SEXTA PTREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento si el sistema de los CD encriptados de los archivos TXT, puede ser manipulado? CONTESTO: Creo que no./ DECIMA SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, entre quincenas, es decir, los días preestablecidos para los depósitos por concepto de sueldos y salarios puede existir que uno o varios obreros y empleados se les imputen a sus cuentas alguna cantidad de dinero por concepto de pago de nomina.? CONTESTO: No se puede, solo algunos pagos ocasionales tales como deudas que no cancelaron en su debido momento, pero son muy raras./ DECIMA OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, pueden existir pagos de nominas entre quincenas? CONTESTO: No pueden existir./ DECIMA NOVENA PREGUNTA: Diga usted, pueden existir fluctuaciones entre las nominas de pago de la oficina Regional de Salud del estado Portuguesa? CONTESTO: No pueden existir./ VIGESIMA PREGUNTA: Diga usted, ha detectado alguna fluctuación en las nominas de la oficina Regional de Salud del estado Portuguesa? CONTESTO: si cuando hay ascensos y creaciones de cargos se aumenta, es normal que se evidencie./ VIGESIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, los empleados adscritos a la coordinación de control de gastos como les depositan sus sueldos? CONTESTO: A través de una cuenta nomina en el banco Banesco./ VIGESIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, conoce de trato, vista y comunicación a los empleados adscritos a las oficinas de recursos humanos y el departamento de contabilidad de la oficina Regional del Estado Portuguesa? CONTESTO: Conozco a la analista Milangela de trato, vista y comunicación ya que ella viene a Caracas a solventar problemáticas de su oficina y a la otra analista solo por teléfonos celulares y locales./ VIGESIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, quien o quienes reciben las comunicaciones para la cancelación de nominas de la oficina regional de salud del estado Portuguesa? CONTESTO: En la oficina de clasificación y remuneración, posteriormente la pasan a la secretaria de la Coordinación de Control de Gastos./ VIGESIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: No./ Es Todo.

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal, por cuanto la entrevista es rendida por la Analista de Personal III adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Salud, y señala cuál es el procedimiento para el pago de nóminas del Estado Portuguesa.

9.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24 de Septiembre de 2012, del ciudadano WILLIAM RICHARD LÓPEZ PABON, Asesor de tecnología de la información en la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa, tomada en la Sub Delegación Guanare del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, la cual es del tenor siguiente: “Me encuentro en este despacho, con la finalidad de rendir entrevista en relación a los hechos acaecidos en la oficina de recursos humanos de la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa, hechos de los que me percate luego de haber efectuado un levantamiento de información y recopilado de una serie de datos electrónicos, requeridos para el diseño de un sistema de nómina, notando que estaban cometiendo irregularidades en el proceso de pago de nómina, donde se pudo identificar empleados de esta Dirección Regional cobrando montos que no correspondían a sus cargos, así mismo personas sin ninguna relación laboral con esta institución, por lo que decidí elaborar un informe técnico el cual deseo consignar mediante la presente, donde detallo de forma más técnica como me percató de la menciona situación irregular, informe el cual eleve al Director Regional de Salud, para que el mediante los canales regulares procedieran a colocar la denuncia en los Cuerpo de Seguridad del estado, a fin que realicen las investigaciones pertinentes, para definir las responsabilidades, es todo” (EL FUNCIONARIO RECEPTOR DEJA CONSTANCIA DE HABER RECIBIDO DE MANOS DEL ENTREVISTADO EL DOCUMENTO ANTES DESCRITO) EL FUNCIONARIO RECEPTOR PASA A INTERROGAR DE LA SIGUIENTE MANERA AL ENTREVISTADO: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, ¿qué cargo desempeña dentro de la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa y hace cuanto tiempo? CONTESTO: “Me encuentro como asesor de tecnología de la información, con honorarios profesionales, y estoy desde el primero de junio del 2012”. SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, ¿específicamente como se percata de las mencionadas irregularidades con respecto al pago de las nóminas? CONTESTO: “Me percató de esa irregularidad al momento que le hago un análisis al sistema TXT, y los convierto a formato Excel para poderlo leer, es allí donde noto que existes personas cobrando montos excesivos y montos pares en la nómina, lo cual me creo suspicacia debido a que no es usual un sueldo con montos pares, o al menos en esta Institución”. TERCERA PREGUNTA: Diga usted, quien o quienes solicitan los pagos de las nóminas de la Dirección Estadal de Salud del estado Portuguesa? CONTESTO: “El pago lo solicita la unidad de nomina de la coordinación de apoyo administrativo de la dirección de recursos humanos, por medio de un fondo de avance” CUARTA PREGUNTA: Diga usted, ¿han sincerado la nómina de pago de la oficina regional de salud para los momentos? CONTESTO: “Está en proceso de restructuración y modificación” QUINTA PREGUNTA: Diga usted, ¿posee algún tipo de documento donde se evidencia lo manifestado en su exposición? CONTESTO: “Si, posee los TXT y estados de cuenta.” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, que es el TXT? CONTESTO: “Es un formato el cual se envía al Banco, para así correr la nómina del personal empleado, obrero y contratado”. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, ¿posee algún listado donde se aprecie el personal que menciona como acreedores de pagos nos correspondientes? CONTESTO: “Si, lo poseo y lo deseo consignar”. (EL FUNCIONARIO RECEPTOR RECIBE DE MANOS DEL ENTREVISTADO EL DOCUMENTO ANTES DESCRITO). OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, ¿tiene conocimiento si los empleados descritos en el listado se encuentran aun laborando para la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa? CONTESTO: “Cabe destacar que del listado de 23 ciudadanos, 17 poseen relación laborar con la institución, de ellos 9 se encuentran aun laborando, 8 presentaron su renuncia al cargo, y los otros 6 ciudadanos no tenían ningún tipo de relación laboral con la institución, pero con nexos de consanguinidad de primer y segundo grado con algunos de los 8 que presentaron su renuncia”. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, ¿quién es el Director de Recursos Humanos, de la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa? CONTESTO: “Actualmente es la Abg. Nieves Carolina Sánchez, quien sustituyo en el cargo al LIC. ARNALDO IVAN MONTILLA PÉREZ, titular de la cédula de identidad número V-6.267.825, quien renuncio al cargo en fecha 25/08/2012”. DÉCIMA PREGUNTA: Diga usted, ¿ el motivo de la renuncia del Lic. Arnaldo Iván Montilla Pérez y de donde puede ser ubicado? CONTESTO: “A partir del momento que se evidencio la situación irregular con el pago del personal empleado obrero y contratado, y puede ser ubicado en la carretera vía Bocono, caserío mesa del zorro, casa número 075, Biscucuy, Estado Portuguesa”. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, un primer listado consignado por el ciudadano: Antonio Brito, Director regional de Salud del Estado Portuguesa, menciona a veinte trabajadores involucrados en estas irregularidades, pero usted consigna una lista con veintitrés personas, informe la disparidad de estas listas.? CONTESTO: El primer listado se paso pero hubo unas fallas en la coordinación para realizarlo, ya se depuro y el segundo listado de veintitrés personas es el actualizado y en el cual se evidenciaron abonos en las nominas irregulares de estos trabajadores y las personas que no son trabajadoras pero tenían un sueldo nomina de esta Institución. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, ¿quién o quienes ingresan el personal a la nómina de la oficina regional de salud del estado Portuguesa? CONTESTO: “La unidad de nómina, previa autorización del Director de Recursos Humanos por medio de un oficio”. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, ¿quién o quienes manejan el llamado TXT? CONTESTO: “Un analista de personal, de nombre RAFAEL MARIA CASTELLANOS BASTIDAS, cédula de identidad V-16.210.016, quien posee movimientos irregulares en su cuenta al igual que su esposa de nombre YASMINE MARÍA TERESA DIEZ RAMÍREZ, cédula de identidad V-18.297.775”. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, ¿tiene conocimiento desde cuando están pasando esta serie de irregularidades? CONTESTO: “Lo que pude detectar, es desde el primer semestre del año 2012, pero presumo que pudo haber ocurrido entre los años 2010 y 2011”. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: Diga usted, ¿sospecha de alguna persona en particular de estos desvíos de dinero o estas supuestas nóminas paralelas? CONTESTO: “Si, sospecho de cada uno de los ciudadanos que aparecen en la lista que consigne anteriormente”. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: Diga usted, ¿ha detectado algún tipo de irregularidad con los sueldos depositados a los empleados que menciona en la lista? CONTESTO: “Si, lo detecté por cuanto un analista de personal el cual según el escalafón de sueldo gana mil quinientos bolívares aproximadamente quincenal, aparezca en los TXT de las nóminas cobrando siete mil bolívares, cuando no se ha decretado ninguna incidencia salariar, ni se han pagado bonos vacacionales.” DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: Diga usted, donde reposan los expedientes de los trabajadores de la oficina regional de salud del estado Portuguesa? CONTESTO: En la oficina de Recursos Humanos, Área de Archivo”. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, ¿posee el tabulador de sueldos y salarios? CONTESTO: Si los poseo, y es allí donde se puede definir claramente el sueldo y salario del personal empleado, obrero y contratado.” DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: Diga usted, ¿donde reposan las nóminas y los bauches de pago de la oficina regional de salud del estado Portuguesa? CONTESTO: “En la unidad de nómina de la Dirección de Recursos Humanos, tanto físico como electrónicamente” VIGÉSIMA PREGUNTA: Diga usted, ¿cómo se hace el pago a los trabajadores de la oficina regional de salud del estado Portuguesa? CONTESTO: “Por medio de un fondo de avance, y a través de una orden de pago emanada por la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Salud, posteriormente se realizan abonos a una cuenta corriente de nómina de cada trabajador” VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, el analista del TXT, puede manipular ese sistema? CONTESTO: “Si, es vulnerable y puede ser manipularlo una vez realizada la nómina”. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, ¿terminado el sistema TXT por parte del analista, alguna otra persona lo puede modificar? CONTESTO: “Si”. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, ¿tiene conocimiento el monto que asciende los pagos irregulares de nóminas a trabajadores que pertenecen y no pertenecen a la oficina regional de salud de la cual es el Director? CONTESTO: “ Si, es un aproximado de Ochocientos mil bolívares fuertes, y este monto solo corresponde al primer semestre del año 2012” VIGESIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, ¿tiene conocimiento si en algún momento la Coordinación de Administración alerto de estas nóminas irregulares? CONTESTO: “No tengo conocimiento”. VIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No.”. Es Todo

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal, por cuanto la entrevista es rendida por el Asesor de Tecnología de la Información de la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa, y señala las irregularidades en el proceso de pago de nómina de dicho organismo.

10.- OFICIO S/N, con todos sus anexos de fecha 26 de Septiembre de 2012, suscrito por el ciudadano ANTONIO JOSE BRITO BASTARDO, en su condición de Director Regional de Salud del Estado Portuguesa, General de la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular Para la Salud, donde remite una lista de personal de Empleados, Obreros y Contratados, con sus respectivos recibos de pago, correspondientes al primer trimestre de 2012, así como carpetas contentivas de fichas laborales y personales, los cuales se mencionan a continuación:
1.- RAFAEL MARIA CASTELLANOS BASTIDAS, titular de la cédula de identidad Nº V-16.210.016.
2.- MARIA ERNESTINA RODRIGUEZ CACERES, titular de la cédula de identidad Nº V-5.634.445.
3.- GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.058.156.
4.- MILANGEL COROMOTO LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.051.400.
5.- YEIDY YAQUELIN TORRES FRIAS, titular de la cédula de identidad Nº V-14.467.569.
6.- ROSA MARGARITA GORDILLO MONTES, titular de la cédula de identidad Nº V-5.131.284.
7.- JAIME JOSE RODRIGUEZ BARRIENTO, titular de la cédula de identidad Nº V-9.848.180.
8.- MARISOL BASTIDAS BETANCOURT, titular de la cédula de identidad Nº V-8.065.906.
9.- JOSE RAFAEL MARQUEZ DUEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.069.816.
10.- NACARI DEL VALLE GARCIA AGUIN, titular de la cédula de identidad Nº V-12.238.574.
11.- ZULLY COROMOTO CASTELLANOS MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.054.742.
12.- MARIA REMIGIA BASTIDAS, titular de la cédula de identidad Nº V-8.068.649.
13.- NATALY KARINA OCHOA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.332.139.
14.- ARNALDO IVAN MONTILLA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.267.825.
15.- CARMEN MARIA CAÑIZALES MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-9.158.868.
16.- DILGRIS CAROLINA PIÑA GUEDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.399.490.
17.- ROSALIA LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-8.057.276.

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal, ya se indica la identificación completa de los ciudadanos que están siendo investigados en el presente expediente.

11.- OFICIO Nº OCJ-3146//2012, con todos sus anexos, de fecha 27 de Agosto de 2012, suscrito por la ciudadana Abg. LINDA D. AGOSTO, en su condición de Consultora Jurídica del Banco Bicentenario, donde acusa recibo de comunicación Nº 9700-043--0007048, emanada de la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, de fecha 23 de Agosto de 2012, aportando información relacionada con las siguientes cuentas:
• En tal sentido se le informa que la cuenta N'0175-0155-18-0070175440, titular Jose Piña, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N' 0175-0014-78-0070267917, titular Diez Ramírez Yasmine, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N'0175-0014-75-0060468897, titular Pedro Jose, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N' 0007-0014-21-0010100431, cuenta no mantiene relación con la institución financiera.
• Cuenta Corriente N' 0007-0014-20-0603944522, cuenta no mantiene relación con la institución financiera.
• Cuenta Corriente N' 0175-0014-78-0010114984, titular Castellanos Bastidas Rafael Moría se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N' 0175-0065-15-0010006269, titular Ramirez Guzmán Meris Anton se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0107-12-0010000129, titular Fonseca Abano Giezi, se le anexa datos filiatorios, movimientos bancarios 2011,2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0014-77-0070642231, titular García Nacari, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0107-15-0010000301, titular Hammal Mendoza Nioris, se le anexan datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0106-24-0060190322, titular Montilla Escolastico, se le anexan Cuenta Corriente N° 0175-0014-78-0010103161, titular Castellanos Montilla Zully, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0014-740010104250, titular Reyes Ocando Roberto Daría, se le Cuenta Corriente N° 0175-0014-72-0060394522, titular Arroyo Riego Yadiali, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0014-70-0010104308, titular Vera Colina Elsa, se le anexan los Cuenta Corriente N° 0175-0014-70-0010103143, titular Bastidas Mario Remigia, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0014-75-0000031429, titular Aparicio Marquez William, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0014-71-0070998630, titular Vasquez Barroeta Elizabeth, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0014-74-0000031455, titular Díaz Mendoza Ingrid Coromoto, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuento Corriente No 0175-0014-78-0000031419, titular Burgos Luis, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Cuenta Corriente N° 0175-0014-71-0010103142, titular Sottile Solazar Francisca Yolanda, se le anexan los datos filiatorios, movimientos bancarios 2011, 2012.
• Asimismo se hace del conocimiento que los puntos (expediente del cliente, espécimen de firma de todas las cuentas antes mencionadas) están siendo tramitados por el correspondiente departamento del Banco Bicentenario Banco Universal. C.A, Sede Principal, Estado Miranda, una vez que sean obtenidos, le serán remitidos sin dilación.

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal por cuanto indica la información relacionada con el número de las cuentas, los datos filiatorios, y los movimientos bancarios 2011 y 2012 de las personas investigadas.

12.- COMUNICACIÓN SIGNADA CON EL N° OCJ-4.218/2012, de fecha 08 de octubre de 2012, emanada de Banco Bicentenario, Banco Universal, y suscrito por la ciudadana Abg. LINDA D. AGOSTO, en su condición de Consultora Jurídica de esa entidad bancaria, mediante el cual se remite información solicitada mediante oficio N° 9700-043-0008159 por parte la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, de fecha 27 de septiembre de 2012, indicando lo siguiente: “Tengo a bien dirigirme a usted, en la oportunidad de saludarle muy cordialmente y a su vez dar respuesta a su Oficio Nº 9700-043-0008159 de fecha 27 de septiembre de 2012, recibida por el Banco el 01 de octubre de 2012; en el que hace varios requerimientos a los cuales le suministramos la siguiente información:

Solicitud / Nombre o
Razón Social Cedula de Identidad/Rif. Status
María Ernestina Rodríguez V-5.634.445 Mantiene una cuentas de ahorros, una cuenta de ahorro
Cáceres Nomina, una cuenta corriente (Todas en status: ACTIVAS),
una tarjeta de crédito (status: CUENTA NUEVA)
Griselda de la Coromoto V-8.058.156 Mantiene una cuenta de ahorro Nomina, una cuenta
Piña Valero corriente jurídica, dos (2) cuentas corrientes (Todas en
status: ACTIVAS), una tarjeta de crédito (status: 01 ACTIVO)
Yeidy Yaquelin Torres Frías V-14.467.569 Mantiene una cuenta corriente (status: ACTIVA)
Rosa Margarita tordillo V-5.131.284 Mantiene una cuenta de ahorro Nomina, una cuenta
Montes corriente (todas en status: ACTIVAS), una tarjeta de crédito
(status: 01 ACTIVO)
Jaime José Rodríguez V-9.848.180 Mantiene una cuenta de ahorro Nomina (status: ACTIVA)
Barrientos
Marisol Bastidas V-8.065.906 Mantiene una cuenta de ahorro Nomina, una cuenta
Betancourt corriente (todas en status: ACTIVAS), una tarjeta de crédito
(status: 01 ACTIVO)
José Rafael Márquez V-8.069.816 Mantiene una cuenta de ahorro Nomina, una cuenta
corriente (todas en status: ACTIVAS)
Nataly Karina Ochoa Pérez V-14.332.139 Mantiene una cuenta de ahorro Nomina, dos cuenta
corrientes (todas en status: ACTIVAS).
Milangel Coromoto López V-10.051.400 Mantiene una cuenta de ahorro Nomina, una cuenta
corriente (todas en status ACTIVAS)
Arnaldo Iván Montilla
Pérez V-6.267.825 Mantiene una cuentas de ahorros, una cuenta de ahorro
Nomina, dos (2) cuentas corrientes (Todas en status:
ACTIVAS), un crédito, una tarjeta de crédito (status:
CUENTA NUEVA).
Carmen Cañizales V-9.158.868 Mantiene dos cuentas de ahorros (una es cuenta Nomina),
dos (2) cuentas corrientes (Todas en status: ACTIVAS).
Dilgris Carolina Piña
Guedez V-15.399.490 Mantiene una cuenta de ahorro Nomina (status: ACTIVA)
Maria Virginia montilla V-17.259.788 Mantiene una cuenta de ahorro Nomina (status: ACTIVA),
una tarjeta de crédito (status: CUENTA NUEVA).

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal por cuanto indica información relacionada con el status de las cuentas bancarias de las personas investigadas.

13.- COMUNICACIÓN SIGNADA CON EL N° DGAPD/DA-1802-2012, con todos sus anexos, de fecha 16 de octubre de 2012, emanada de Ministerio Popular para el Trabajo y Seguridad Social, Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, mediante el cual se remite información respecto de lo contenido en la base de datos de la Dirección de Afiliación y Prestaciones en Dinero, de las personas que se mencionan a continuación:

“Me dirijo a usted, en la oportunidad de proveer respuesta a su oficio Nº DGRHYAP-11 2 011015 de fecha 0510912012, mediante el cual solicita información sobre los particulares que se detallan en el mismo, en virtud de Memorandum recibido bajo el numero 9700-043-7041 de fecha 23 de Agosto de 2012, por la Averiguación, que cursa bajo el Nº K-12-043-00658, aperturada por la Presunta Comisión de los Delitos Contra la Propiedad Previo conocimiento de la Fiscalía Superior del Ministerio público del Área Metropolitana de Caracas.
Al respecto esta Dirección General de Afiliación y Prestaciones en Dinero cumple con informar, que en la base de datos del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales consta lo siguiente:

PRIMERO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano JOSÉ MIGUEL PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.003.213, se encuentra registrado como asegurado en la empresa "CARNICERIA Y CHARCUTERIA ÑA CARMEN PIÑA" y este a su vez se encuentra inscrito en nuestros registros bajo el número patronal 02-11-1555-4 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0110412011, siendo su primera fecha de afiliación 0110412011. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula SETENTA Y CUATRO (74) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

SEGUNDO: La ciudadana YASMINE MARÍA TERESA DIEZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad N° V.-18.297.775, no aparece registrada como asegurada ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, por lo que se presume que no ha existido relación laboral de dependencia de conformidad con el artículo 2 de la Ley del Seguro Social.

TERCERO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano PEDRO JOSÉ MONTILLA PORRAS, titular de la cédula de identidad N° V.-17.516.941, se encuentra registrado como asegurado por la Empresa " G E DIRECCIÓN S REGIONAL SALUD" y este a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5560-5 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0110711982, siendo su primera fecha de afiliación 0110711981. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula MIL SEISCIENTAS VEINTITRÉS (1623) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

CUARTO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano LOPEZ MILANGEL COROMOTO, titular de la cédula de identidad N° V.-10.051.400, se encuentra registrado como asegurado por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0310111998, siendo su primera fecha de afiliación 0310211992. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula UN MIL UNA (1001) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

QUINTO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con la Ciudadana ARROYO RIEGO YADIALI KARIMAR, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.004.113, se encuentra registrada como asegurada por la Empresa "CARNICERÍA Y CHARCUTERÍA ÑA CARMEN PIÑA." y este a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal 02-11-1555-4 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0110412011, siendo su primera fecha de afiliación 0110412011. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula SETENTA Y CUATRO (74) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

SEXTO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano CASTELLANOS BASTIDAS RAFAEL MARTA, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.210.016, se encuentra registrado como asegurado por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrito en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 1 611 1120 04, siendo su primera fecha de afiliación 0110612003. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO (474) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

SEPTIMO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con la Ciudadana RAMÍREZ MERIS ANTONIA, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.208.107, se encuentra registrada como asegurada por la Empresa "ME SUP REGIONAL ZONA 20" y esta a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal J1-98-3032-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0110312004, siendo su primera fecha de afiliación 2210211979. La mencionada ciudadana a la presente fecha acumula CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS (482) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

OCTAVO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano FONSECA ABANO GIEZI SAMUEL, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.949.398, se encuentra registrado como asegurado por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrito en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 1610412000, siendo su primera fecha de afiliación 1610412000. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula SEISCIENTAS CUARENTA Y SEIS (646) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

NOVENO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano GARCIA AGUIN NACARI DEL VALLE, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.238.574, se encuentra registrado como asegurado por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrito en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0110412010, siendo su primera fecha de afiliación 1611112008. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula CIENTO NOVENTA Y OCHO (198) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

DÉCIMO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con la Ciudadana HANMAL MENDOZA NIORIS ANTONIETA, titular de la cédula de identidad Nº V.-7.597.093, se encuentra registrada como asegurada por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 2010612001, siendo su primera fecha de afiliación 0110411981. El mencionado viuda no a la presente fecha acumula NOVECIENTAS ONCE (911) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos.

DÉCIMO PRIMERO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con la Ciudadana CASTELLANO NONTILLA ZULLY COROMOTO, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.054.742, se encuentra registrada como asegurada por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0310111998, siendo su primera fecha de afiliación 2110811989. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula UN MIL OCHENTA Y SIETE (1087) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

DÉCIMO SEGUNDO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con la Ciudadana BASTIDAS MARTA REMIGIA, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.054.742, se encuentra registrada como asegurada por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 1610411979, siendo su primera fecha de afiliación 1610411979. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula TRES MIL CIENTO TREINTA (3130) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

DÉCIMO TERCERO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano REYES OCANDO ROBERTO DARIO, titular de la cédula de identidad N° V.-3.451.256, se encuentra registrado como asegurado por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrito en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: CESANTE, con fecha de ingreso 0110811986, siendo su primera fecha de afiliación 01/04/1974 y su fecha de egreso: 31/12/2006 El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula UN MIL SETENCIENTAS NUEVE (1709) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

DÉCIMO CUARTO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con la Ciudadana VERA COLINA ELSA EMILIA, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.102.149, se encuentra registrada como asegurada por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 1610111998, siendo su primera fecha de afiliación 1610211990. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula UN MIL CIENTO OCHENTA Y UNA (1181) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

DÉCIMO QUINTO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano APARICIO MÁRQUEZ WILLIAM GERARDO, titular de la cédula de identidad N° V.-5.646.032, se encuentra registrado como asegurado por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrito en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0110111992, siendo su primera fecha de afiliación 1510411998. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE (1277) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

DÉCIMO SEXTO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con la Ciudadana VASQUEZ BARRUETA ELIZABETH, titular de la cédula de identidad N° V.-9.250.944, se encuentra registrada como asegurada por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0110412010, siendo su primera fecha de afiliación 0311011989. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula DOSCIENTAS CUARENTA Y UNA (241) semanas las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

DÉCIMO SEPTIMO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con la Ciudadana DIAZ MENDOZA INGRID COROMOTO, titular de la cédula de identidad N° V.-9.402.278., se encuentra registrada como asegurada por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrita en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0310111998, siendo su primera fecha de afiliación 0310111998. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula SETECIENTAS SETENTA SEMANAS COTIZADAS (770) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

DÉCIMO OCTAVO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano BURGOS LUIS ALFREDO, titular de la cédula de identidad N° V.-5.129.677, se encuentra registrado como asegurado por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrito en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 1610111998, siendo su primera fecha de afiliación 1410911974. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula UN MIL NOVECIENTAS SETENTA Y CINCO (1965) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

DÉCIMO NOVENO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con la Ciudadana SOTTILE SALAZAR FRANCISCA YOLANDA, titular de la cédula de identidad N° V.-8.0680.065, se encuentra registrada como asegurada por la Empresa "SASGE SERV COOP SAL PUB" y este a su vez se encuentra inscrito en nuestros registros bajo el numero patronal P1-98-5557-2 con estatus: ACTIVO, con fecha de ingreso 0411211984, siendo su primera fecha de afiliación 0411211984. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula UN MIL DOSCIENTAS VEINTIDOS (1222) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.

VIGÉSIMO: Conforme al petitorio de ese digno cuerpo de investigación, en información relacionada con el Ciudadano ESCOLÁSTICO MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° V.-3.076.236, se encuentra registrado como asegurado por la Empresa "C.A ERICCSON" y este a su vez se encuentra inscrito en nuestros registros bajo el numero patronal D1-40-0034-9 con estatus: CESANTE, con fecha de ingreso 2711111989, siendo su primera fecha de afiliación 01/09/1969 y su fecha de egreso 2210612001. El mencionado ciudadano a la presente fecha acumula UN MIL CUATROCIENTAS CINCUNTA (1450) semanas cotizadas, las cuales quedan sujetas a la presentación de documentos probatorios.”

Elemento de convicción que aprecia este Tribunal, por cuanto se indica la base de datos de la Dirección de Afiliación y Prestaciones en Dinero, registrado en el Ministerio Popular para el Trabajo y Seguridad Social (IVSS), respecto a las personas investigadas en el presente expediente.

14).- EXPERTICIA CONTABLE, de fecha 12 de Noviembre de 2012, y todos sus anexos suscrita por el SUB-INSPECTOR ELI AZUAJE y EXPERTO PROFESIONAL JUAN CARLOS GUGLIOTTA, Expertos Contables adscritos a la División de Experticias Contables Financieras del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, relacionado con la Experticia Contable practicada al Oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa, solicitada mediante oficio 9700-043-7950, de fecha 23/08/2012, emanado por la División Contra la Delincuencia Organizada previo conocimiento de Fiscalía Superior del Ministerio Publico del Área Metropolitana. Despacho al que le fue notificada nuestra designación para actuar en la causa mediante oficio número 9700-171-1736, emanado de esta División en fecha 26-08-2012, donde se deja constancia de lo siguiente:

EXPEDIENTE N° K-12-043-00658

“Para una mejor comprensión del presente informe, este ha sido estructurado en los capítulos siguientes:

I.- CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS.
II.- ANÁLISIS DE LOS RECAUDOS,
III.- DAÑO PATRIMONIAL.
IV.- CONCLUSIONES.

I.- CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS.
Una vez cubierto el requisito previo de aceptación de la experticia encomendada, dimos lectura al expediente en cuestión en fecha 18-10-12, el cual tiene origen en denuncia formulada por los ciudadanos Antonio José Brito, en su carácter de Director General la Oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa y Ali Antonio Márquez en su carácter de Director de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Salud, quienes señalan que luego de una revisión efectuada al cierre del primer semestres del año 2012, fueron: detectadas irregularidades en el pago de quincenas detectado exceso en el pago correspondiente a 17 trabajadores de la oficina regional de salud así como la cancelación de quincenas a un total de seis personas ajenas a dicha entidad.-
En fecha 23 de Octubre de 2012, esta comisión recibe en calidad de préstamo por parte de la División Contra la Delincuencia Organizada y mediante el oficio N2 9700-043-8911 (Ver Anexo A-02) los movimientos bancarios así como los voucher de pago, correspondientes a las personas investigadas en relación al expediente a ser trabajado.-

II.- ANÁLISIS DE LOS RECAUDOS.
De la documentación entregadas a esta comisión así como la que se encuentra Inserta en el expediente en a esta comisión, en copias debidamente certificada, a continuación esta comisión se analiza y expone lo siguiente:

II.1. Corresponde a las copias de la comunicación Nº 12.0748 de fecha 26 de octubre de 2.012, emanado por la Dirección Regional de Salud del estado Portuguesa en donde remiten constancias de trabajo correspondientes a Dieciocho (18) trabajadores adscritas a dicha Dirección así como la relación de pago de nomina correspondiente a Diecisiete (17) trabajadores de igual manera es anexada lista en la cual aparecen reflejados cinco (05) ciudadanos los cuales no poseen ninguna relación laboral con la dirección antes nombrada, a continuación se presenta cuadro detalle, (Ver Anexo B-01 al B-31).
APELLIDO Y NOMBRE CARGO UBICACIÓN ADMINISTRATIVA

Castellanos Rafael Maria Supervisor de Servicios Especiales Dirección de RRHH

Rodríguez C. María E. Asistente de Analista Dirección de RRHH
Piña V. Griselda de la C. Analista de Personal Dirección de RRHH
López Milangel Analista de Personal IV Dirección de RRHH

Torres Yeidy Asistente Administrativo Departamento de Caja
Gordillo Monte Rosa M intendente de Hospital

Departamento de Contabilidad
Rodríguez Jaime Mensajero
Centro de Investigaciones (CIVIHET)
Bastidas B. Marisol Asistente Administrativo Departamento de Kardex

Marquen D. Jose Rafael Contabilista Departamento de Proveeduría Regional

García de Duran Nacari del V. Asistente Administrativo
Departamento de Contabilidad
Castellano Zully Coromoto Analista de Personal

Departamento de Kardex

Bastidas Maria Remigia Contabilista I
Departamento de Contabilidad
Ochoa Pérez Nataly Karina Contabilista
Departamento de Contabilidad
Montilla Arnaldo
Director de Recursos Humanos Dirección de RRHH

Piña Dilgris Carolina Asistente Administrativo
Hospital Universitario Miguel Oraa
Cañizales López María Auxiliar de Servicios de Oficina Departamento de Contabilidad
López Rosalía Auxiliar de Servicios de Oficina Hospital Universitario Miguel Oraa
Montilla Porras Pedro José Chofer Aérea del Sindicato Obrero Estadal

Montilla Rodríguez María V No Labora en el Ministerio de Salud
Piña José No Labora en el Ministerio de Salud
Arroyo Riego Yadiali No Labora en el Ministerio de Salud
Díaz Ramírez Yasi—nine No Labora en el Ministerio de Salud
Montilla Ecolastico No Labora en el Ministerio de Salud

II.2. Corresponde a los originales de los comprobantes de pago emitidos, por el departamento de Personal de la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa, en donde se puede observar el detalle correspondiente al nombre del beneficiario, el cargo así como el periodo o quincena que se está cancelado de igual forma y en la parte inferior son detalladas las asignaciones y deducciones pertinentes al cálculo del pago a ser efectuado, así como la totalización del monto a ser pagado y depositado en la cuenta de dicho empleado, a continuación se presenta cuadro detalle de los montos cancelados correspondientes a las quincenas que conforman el primer semestres del año 2012:
Apellido y Nombre Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Total
Castellanos Rafael María 2 541,78 2.541,78 2.541 78 2,541,78 2.541,78 2.541,78 2.541,78 17.792,46
Rodríguez C. María.E 2769,94 2 769,94 2.769,94 2.769,94 2 769,94 2.769,94 2.769,94 19.389,58
Piña V. Griselda de la C. 3 403,70 3.400,70 3.100.70 3.400,70 3 400,70 3.400,70 3.400,70 23,8101,90
Lopez Milangel 3.999,27 3 999,27 3.999 17 3 999,27 3.999,27 3.999,27 3.999,27 27 994,89
Torres Yeidi 2.634.80 2.649.38 2.649 38 2.634,80 2 ;,49,38 3 649,38 2.634,80 18 501 92
Gordillo Monte Rosa M. 3.158,02 3174,61 1174,01 158,92 3158,02 3.174,01 3.158,02 22.154,11
Rodríguez Jaime 1.442,96 1 453,23 1,453 23 1.442,96 1.453,23 1,453,23 1.442,96 10.141,80
Bastidas Marisol 3, 178,28 3 195,47 3,195,47 3.17 8,28 3.178,28 3.195,47 3.178,28 22.299,53
Marquez José Rafael 2 593,58 2 605,79 2.605, !9 2.593,58 2 593,58 2.605,79 2.593,58 18 191,69
Gracia Nacari del V. .066,83 2.079,24
2.079,24
2, 2.066,81
2.066,83 2.079,24 2.079,24
2.079,24 2.066,83
, 14.517,45
Castellano Zully Coromoto 2.005,98 1022,83 2.022,83 2.005,98 2.005,98 2.022,83 2.005,98 14,092,41
Bastidas Mari Remigia 2.396,06 2.408,05 2.408,05 2.396,06 2.396,06 2.408,05 2.396,06 16.808,39
Ochoa Perez Nataly Karina 2 818,01 2.831,59 2 831,59 2.818,01 2 231,59 2.831,59 2.818,01 19.780,39
Montilla Arnaldo 2.476,99 2.518, 9 1 2.518;91 1,176,99 2.518,91 2.5 18,91 2.476,99 17.506,61
Piña Dilgris Carolina 1.711,29 1.721,56 1.721,56 1.711„29 1.721,56 1,721,56 1.711,29 12.020,11
Cañozales Lopez Maria 2824,73
2824,73 2,844.40 2824,73 2844,40 2.844,40 2.824,73 19.851,79
López Rosalia 1 713,03 1.723,42 1.723,42 1.713,03 1 723,42 1.723,42 1.713,03 12.032,77
Montilla Pedro Jose 1.972,61 1.972,61 1.972,61 1.972,61 1.972,61 1.972,61

Total…. 1.972,61 13,808,27

320.689,07

TOTALES……. 320.689,07

II.3 Corresponde a los estados de cuentas correspondientes al personal que labora en la Oficina regional de salud del Estado Portuguesa emitidos por el Banco Bicentenario en respuesta de la comunicación N° 9700-043-007048, de fecha 23 de Agosto de 2012 emanada por la División Contra la Delincuencia Organizada, en donde se pueden observar los diferentes cargos realizados a dichas cuentas por concepto de pago de nomina por parte del Ministerio de salud, a continuación se presenta cuadro resumen del total depositado Mensualmente durante el primer semestre del año 2012 a los empleados señalados por la Dirección de Salud:
Apellido y Nombre Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Total
Castellanos Rafael María 2.602,38 11.674,81 15.043,94 13.898,26 12.418,23 3.266,62 17.318,24 76.222,48
Rodríguez C. María.E 5.661,30 11.588,78 5.741,89 7.049,69 3.022,00 4.484,93 7.491,33 45.039,92
Piña V. Gruiselda de la C. 8.838,04 8.665,29 9.504,07 8.092,54 18.231,45 1.907,39 16.904,90 72.143,68
Lopez Milangel 9.230,037 16.255,23 15.330,62 14.819,35 10.549,70 5.250,84 23.442,81 94.878,58
Torres Yeidi 9.400,00 7.312,50 5.000,00 6.000,00 8.876,60 --- --- 36.589,10
Gordillo Monte Rosa M. 11.432,39 6.388,08 7.384,08 7.060,59 5.574,22 2.072,22 7.930,76 47.842,66
Rodríguez Jaime 3.565,22 7.681,13 4.118,63 3.871,97 2.384,56 686,76 9.296,37 31.604,64
Bastidas Marisol 5.322,01 11.312,04 5.439,06 7.117,37 5.639,18 7.916,90 7.795,08 50.541,64
Marquez José Rafael 4.329,86 4.82,72 4.378,99 3.387,46 4.763,77 1.396,90 4.707,10 27.346,80
Gracia Nacari del V. 9.066,83 17.345,90 17.079,24
2 17.498,96
2.066,83 11.012,27 1.203,53
10.141,94 83.348,67
Castellano Zully Coromoto 6.550,71 6.541,31 10.792,69 13.218,79 5.924,11 6.447,02 6.725,68 56.200,31
Bastidas Mari Remigia 4.201,67 4.218,03 4.176,03 10.731,62 4.602,88 1.374,65 6.255,82 35.560,70
Ochoa Perez Nataly Karina 5.863,80 7.639,36 3.453,33 6.640,55 7.193,90 1.514,94 7.472,11 39.777,99
Montilla Arnaldo 2.516,46 8.623,26 2.639,42 2.635,98 2.640,42 1.309,94 4.336,98 24.702,46
Piña Dilgris Carolina 4.488,08 4.497,01 4.497,01 5.488„08 5.729,54 4.721,56 1.711,29 31.312,57
Cañozales Lopez Maria 10.516,76 5.051,52 7.129,58 6.647,08 6.729,38 3.132,22 7.501,85 46.708,39
López Rosalia 1 731,04 1.741,43 1.723,42 1.713,03 2.563,89 882,49 2.974,19 13.329,49
Montilla Pedro Jose 6.000,00 6.000,00 18.766,67 7.000,00 16.666,67 -----

Total…. 12.633,34 67.066,68

320.689,07
II.4 Corresponde a los estados cuentas correspondientes a los ciudadanos que no laboran ni han laborado en la Oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa, emitidos por el Banco Bicentenario en respuesta de la comunicación N2 9700-043-007048, de fecha 23 de Agosto de 2012 emanada por la División Contra la Delincuencia Organizada, en donde se pueden observar que dichas cuentas fueron aperturadas como cuentas de nomina pertenecientes a empleados del ministerio de Salud, en donde fueron realizadas los cargos correspondientes al pago de nominas durante el primer semestres del año 2012 a continuación se presenta detalle de dichos movimientos:
Apellido y Nombre Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio julio total
Montilla R. María V 3.974,87 15.168,28 3.456,24 3.455,32 3.456,24 3.456,24 16.829,12 49.796,31
Pina Jose 9.978,00 35.791,67 25.751,00 9.120,84 1.668,34 ----- 13.549,40 95.859,25
Arroyo Riego Yadiali 6 000,00 - - 7.487,50 ----- 13.487,50
Díez Rodríguez Yasmine 19.993,66 29.716,77 21 1.327,60 11.975,00 16.975,00 ------ 10.549,40 113.537,43
Montilla Ecolastico 6.000,00 6.000,00 15.000,00 - - - - 27.000,00

TOTAL CARGOS DE NOMINA A NO TRABAJADORES Bs. 299.680,49

III.- DAÑO PATRIMONIAL

En base a lo expuesto en los capitulo precedentes, esta comisión determino, que el Ministerio del Poder Popular para la Salud se vio afectado en su patrimonio por la cantidad de Ochocientos Cincuenta y Nueve Mil Veintiocho Bolívares con Dieciocho Céntimos (Bs. 859, 028,18), monto originado por el pago de nomina en exceso a los empleados adscritos a la dirección regional de salud así como a personas que no guardan ninguna relación laboral con el ente regional, a continuación se presenta los detalles que conforman el monto señalado:
APELLIDO Y NOMBRE
MONTO A SER
DEPOSITADO SEGÚN
COMPROBANTE DE PAGO MONTO DEPOSITADO
SEGÚN ESTADOS DE
CUENTA


DIFERENCIA
EN
DEPOSITO
Castellanos Rafael María 17.792,46 76.222,48

58.430,02
Rodríguez C. María.E 19.389,58 45.039,99 25 650,34
Piña V. Gruiselda de la C 23.804,90 72.143,68 48.338,78
López Milangel 27.994,89 94.878,58 66.883,69
Torres Yeidi 18.501,92 36.589,10 18.087,18
Gordillo Monte Rosa M. 22.154,11

47.842,66
25.688,55

Rodríguez Jaime 10.141,80 31.604,64 24.462,84
Bastidas Marisol

22.299,53

50.541,64
28,242,11
Marques José Rafael 18.191,69 27.346,80 9.155,11
García Nacari del V. 14.517,45 83.348,67 68.831,22
Castellano Zully Coromoto 14.092,41 56.200,31 42.107,90
Bastidas Mari Remigia 16.808,39
35.560,70 18.752,31
Ochoa Pérez Nataly Karina 19.780,39 39.777,99 19.997,60
Montilla Arnaldo 17.506,61 24.702,46 7.195,85
Piña Dilgris Carolina 12.020,11

31.132,57
19,1112,46

Cañizales López Maria 19.851,79 46.70839 26.856,60
López Rosalía 12.032,77 13.329,49 1.296,72
Montilla Pedro Jose
13.808,27
67. 066, 83
53.258,41

Total exceso en depósitos…………………. 559.347,69

CONCEPTO BS.

Depósitos a personal no relacionadas con el Ministerio,
ni con la Dirección Regional de Salud del Estado Portuguesa.
299.680,49

Deposito en exceso a empleados de la Dirección
Regional de Salud del Estado Portuguesa
559.347,69
TOTAL DAÑO PATRIMONIAL 859.028,18

IV.- CONCLUSIONES

Por todo lo expuesto en los capítulos precedentes, esta comisión concluye el presente informe en los términos siguientes:

- Que el Ministerio del Poder Popular para la Salud fue afectado en su patrimonio por la cantidad de Ochocientos Cincuenta y Nueve Mil Veintiocho Bolívares con Dieciocho Céntimos (Bs., 859.028,18).-
- Que dicho daño patrimonial se origino por el exceso en el pago de la de nomina de exceso en el pago ce la nomina de un total de dieciocho (18) de dicha Dirección totalizando la cantidad de Quinientos Cincuenta y Nueve Mil Trescientos Cuarenta y Siete Bolívares con Sesenta y Nueve Céntimos (Bs. 559,347,69), mas el pago efectuado a Cinco (05) ciudadanos ajenos a dicha entidad por la cantidad de Doscientos Noventa y Nueve Mil Seiscientos Ochenta Bolívares con Cuarenta y Nueve Céntimos (Bs. 299.680,49).-”

Elemento de convicción que estima este Tribunal, por cuanto de dicha Experticia Contable practicada a la Oficina Regional de Salud del Estado Portuguesa, se indican las circunstancias de hecho, la identificación plena de los trabajadores adscritos a dicha Dirección que se encuentran investigados, así como la identificación plena de los ciudadanos que no poseen ninguna relación con la referida Oficina, con indicación de los diferentes cargos realizados en sus estados de cuentas por concepto de pago de nómina por parte del Ministerio de Salud. Igualmente se detalla el daño patrimonial causado al Estado en el año 2012.

De estos elementos de convicción se constata claramente la comisión de los hechos ya precalificados desde el punto de vista jurídico como son para las imputadas Griselda de la Coromoto Piña Valero y Dilgris Carolina Piña Guédez, el delito de Peculado Doloso Propio Continuado, previsto y sancionado en el primer supuesto del articulo 52 en relación con el articulo 99 del Código Penal y para los imputados José Miguel Piña y Yadiali Karimar Arroyo Riego, el delito de Peculado Doloso Impropio Continuado en Grado de Facilitador, previsto y sancionado en el primer supuesto del articulo 52 en relación con el articulo 84 numeral 3 del Código Penal y para los imputados Griselda de la Coromoto Piña Valero, José Miguel Piña, Dilgris Carolina Piña Guédez y Yadiali Karimar Arroyo Riego, el delito de Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en el articulo 16 numeral 6 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, (vigente para la fecha de comisión del hecho punible), en perjuicio de la Dirección Regional de Salud, encontrándose que en la ocurrencia del hecho, como se estableció es manifiesto que se encuentra involucrados los imputados; ahora bien, de conformidad con lo establecido en el Segundo Aparte del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, debemos resolver sobre mantener la medida impuesta o sustituirla por una menos gravosa, al respecto debemos examinar si concurren los supuestos del numeral 3 del citado artículo 236, y se evidencia que existe peligro de fuga, es decir, el segundo requisito exigido en nuestro sistema penal para la procedencia de medida de coerción personal, es la existencia del peligro de que el imputado pretenda frustrar los fines del proceso (periculum in mora) para el cual se establecen pautas vinculadas a la magnitud del daño causado, a la gravedad de la pena a imponer y otras relacionadas a la personalidad del imputado, en el caso de marras, los ilícitos penales atribuidos para las imputadas Griselda de la Coromoto Piña Valero y Dilgris Carolina Piña Guèdez, son el delito de Peculado Doloso Propio Continuado, previsto y sancionado en el primer supuesto del articulo 52 en relación con el articulo 99 del Código Penal y para los imputados José Miguel Piña y Yadiali Karimar Arroyo Riego, el delito de Peculado Doloso Impropio Continuado en Grado de Facilitador, previsto y sancionado en el primer supuesto del articulo 52 en relación con el articulo 84 numeral 3 del Código Penal y para todos los imputados Griselda de la Coromoto Piña Valero, José Miguel Piña, Dilgris Carolina Piña Guèdez y Yadiali Karimar Arroyo Riego, el delito de Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en el articulo 16 numeral 6 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, vigente para la fecha de comisión del hecho, en perjuicio de la Dirección Regional de Salud , existiendo el peligro de fuga, pues se presume legalmente en tal supuesto que los imputados intentaron eludir la acción de la justicia, razón por la cual, para garantizar la aplicación de los Principios Procesales relativos a la Sana Administración de Justicia, es conveniente mantener privados de su libertad a los ciudadanos GRISELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, JOSÉ MIGUEL PIÑA, DILGRIS CAROLINA PIÑA GUÉDEZ, y YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO, en consecuencia se niega lo peticionado por los defensores en cuanto a la imposición de una medida cautelar sustitutiva de libertad, ya que sobre los mismos fue dictada una orden de aprehensión dada la magnitud del hecho cometido en contra de una institución del Estado. ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dictamina lo siguiente:

1.- Se ratifica la Medida Judicial Privativa de Libertad, dictada en fecha de 08-01-2013, por el Juzgado de Control N° 2, de este Circuito Judicial Penal por orden de aprehensión fundada en que son suficiente los elementos de convicción aportados por el Ministerio Publico en contra de los imputados de autos, con la calificación jurídica dada por el Ministerio Publico para los imputados Griselda de la Coromoto Piña Valero y Dilgris Carolina Piña Guèdez, el delito de Peculado Doloso Propio Continuado, previsto y sancionado en el primer supuesto del articulo 52 en relación con el articulo 99 del Código Penal y para los imputados José Miguel Piña y Yadiali Karimar Arroyo Riego, el delito de Peculado Doloso Impropio Continuado en Grado de Facilitador, previsto y sancionado en el primer supuesto del articulo 52 en relación con el articulo 84 numeral 3 del Código Penal y para todos los imputados: Griselda de la Coromoto Piña Valero, José Miguel Piña, Dilgris Carolina Piña Guèdez y Yadiali Karimar Arroyo Riego, el delito de Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en el articulo 16 numeral 6 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, vigente para la fecha de comisión del hecho, se ordena como sitio de reclusión la Comandancia General de Policía del estado Portuguesa
2.- Declara sin lugar la solicitud de la defensa Privada de imponer una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por cuanto de la fecha de la orden de aprehensión, transcurrieron, siete (07) meses, hasta el día en que los ciudadanos se ponen a derecho.

3.- Se ratifica las Medidas Asegurativas, relacionada a la inmovilidad de las cuentas bancaria, y la prohibición de enajenar y grabar, acordando ratificar los oficios correspondientes a la Superintendencia de Banco y al Servicio Autónomo de la Notaria, .

4.- En relación a lo solicitado por la defensa privada de la imputada Yadiali Karimar Arroyo Riego, se declarara sin lugar la solicitud de imponer Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en arresto domiciliario de conformidad con el articulo 242.1 del Código Orgánico Procesal Penal, al no estar llenos los extremos del artículo 231 del Código Orgánico Procesal Penal, al constar en el acta de nacimiento consignada en audiencia que la niña hija de la imputada posee once meses de edad, lapso este que supera la lactancia, según lo establecido en la norma mencionada.

5.- Se acuerda oficiar a la Dirección Regional de Salud y a la Procuraduría del Estado a los fines de notificarles los pronunciamientos dictados en esta audiencia.

6.- Se declara con lugar el traslado solicitado por a defensa del traslado de la imputada Griselda de la Coromoto Piña Valero, al Medico Cardiólogo Dr. Rafael Parra, para el día de mañana 30-08-13 a la (01:00 p.m)en horas de la tarde, a la Unidad Cardiológica Rafael Parra de la Paz a lado de la Clínica del Este y de la imputada Dilgris Carolina Piña Guèdez, al Medico Endocrinólogo, Dr. Cesar Somoza, quien tiene consultorio en al Clínica Santa Sofia Diagonal a la Clínica Portuguesa, para el día de mañana 30-08-13 a la una (01:00 p.m). Se acuerdan las copias solicitadas de la presente acta.

Regístrese, Diarícese, certifíquese.

La Juez de Control No. 1

Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
La Secretaria,

Abg. Omly Soto
Seguidamente se cumplió con lo ordenado. Conste, Stria.