REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO

Guanare, 01de Agosto de 2013
Años 203° y 154°

Causa 1U-598-11

Jueza Abg. Elker Torres Caldera

Secretaria Aidee Colmenares

Acusado: Yumar Gonzalez Orlando.


Victima: Obeid Akel Assad Hassan


Delito: Lesiones Intencionales Graves

Fiscalía Primera Abg. Luisa Ismelda Figueroa

Defensor Público Abg. Yaritza Rivas

Decisión: Interrupción de Juicio


PRIMERO
Visto que la presente causa tiene pautada la continuación del juicio oral y público para el día de hoy 01 de Agosto de 2013 a las 08:30 a.m., el cual se inicio el día Veintiocho (28) de Noviembre del año 2012; suspendiéndose para el día 19 de Diciembre del 2012 a las 10:00 a.m. oportunidad en la cual se difirió por inasistencia del Ministerio Público y se suspendió para el día 21 de Diciembre de 2012 a las 09.00a.m. Fecha para la cual se difirió por falta del Ministerio Público y se fijo para el día 02 de Enero a las 9.30 a.m. Oportunidad en la cual no compareció órganos de pruebas y se procedió a incorporar por su lectura la documental del Reconocimiento Medico practicado a la Victima Obeid Akel Assad Hassan de fecha 13-11-2009, suspendiéndose el juicio para el día 21 de Enero de 2013 a las 9.00 a.m. fecha para la cual se difirió para el día 24 de Enero del presente año a las 10:00a.m, oportunidad en la cual se reanudo el juicio y se recepciono un testigo de la defensa y se suspendió para el día 14 de febrero de 2013 a las 10:00a.m. Fecha para la cual también se reanudo el juicio y se recepciono a un testigo del Ministerio Público, suspendiéndose para el día 04 de marzo de 2013 a las 10:00a.m. Oportunidad para la cual se recepciono un testigo de la fiscalía y un testigo de la defensa, suspendiéndose para el día 18 de marzo de 2013 a las 10:00a.m. Oportunidad en la cual se reanudo el juicio y se decepcionaron a dos testigos de la defensa, suspendiéndose el juicio para el día 26 de marzo de 2013 a las 9.00a.m. Fecha para la cual se reanudo el juicio y se recepciono a un testigo de la defensa pública, suspendiéndose el juicio para el día 11 de abril de 2013 a las 11:00a.m. Oportunidad para la cual no compareció ningún órgano de prueba y se procedió a incorporar por su lectura la documental del reconocimiento medico de fecha 13-11-2009 practicado a la victima OBEID AKEL ASSAD HASSAN, suspendiéndose el juicio para el día 22 de Abril de 2013 a las 10:00a.m, fecha para la cual se difirió el juicio para el 29 de Abril de 2013 a las 11.00a.m. Oportunidad en la cual se difirió por inasistencia del Ministerio Público, quien comunico vía telefónica que esta con el caso de la muerte del Director del Centro Penitenciario de los Llanos occidentales, difiriéndose para el día 06 de mayo de 2013 a las 9.00a.m. fecha para al cual se difirió para el día 07 de mayo de 2013 a las 10:30 a.m por inasistencia justificada de la fiscalía del Ministerio Público, fecha para al cual se reanudo el juicio y se recepciono un testigo de la fiscalía, suspendiéndose el juicio para el día 15 de mayo de 2013 a las 8:30 a.m. fecha para al cual se difirió por falta justificada del ministerio Público quien tenia siete procedimientos y se fijo para el día 22 de mayo de 2013 a las 11:00a.m. oportunidad para la cual se difirió por falta de órganos de pruebas y se fijo para el día 28 de Mayo de 2013 a las 11:00 a.m. oportunidad para la cual se incorporo la documental del reconocimiento medico paracticadao a la victima Obeid Akel Assad Hassan, en fecha 11 de febrero de 2010, y se suspendió para el día 05 de junio de 2013 a las 9:30 a.m.,oportunidad para la cual no compareció ningún órgano de pruebas y se difirió para el día 13 de junio de 2013 a las 8:30 a.m; fecha en la cual no hubo audiencia por encontrase la jueza de reposo medico y se fijo para el día 20 de junio de 2013 a las 10:00a.m fecha en la cual se difirió el juicio y se fijo nueva oportunidad para el día 25 de junio de 2013 a las 9.30 a.m., incorporándose la documental del reconocimiento médico practicado a la victima en fecha 22 de febrero de 2010, suspendiéndose para el día 08 de julio de 2013 a las 9.00a.m. Oportunidad en la cual se recepciono al experto Dr. Luis Rubén Sarmiento y se suspendió para el día 15 de julio de 2013 a las 9.30 a.m., fecha para la cual se difirió por falta de órganos de pruebas para el día 30 de julio a las 8.30 a.m. fecha para la cual se difirió nuevamente por falta de órganos de pruebas para el día 01 de agosto de 2013 a las 8.30 a.m. oportunidad en la cual no compareció el Ministerio Público, por encontrarse en al ciudad de Acarigua en un juicio y siendo que el presente juicio no se reanudo en el día de hoy que es el décimo sexto día hábil siguiente para dar continuación al debate oral y Público, conforme a lo previsto en el artículo 318 del Nuevo Código Orgánico Procesal Penal el cual establece:

“El Tribunal Realizar el debate sin interrupciones en el menor numero de días consecutivos, que fueren necesarios, hasta su conclusión: se podrá suspender por un plazo máximo de quince días, computados continuamente, solo en los casos siguientes:
1.-.Para resolver una cuestión incidental o practicar algún acto fuera de la sala de audiencia, siempre que no sea posible resolverla o practicarlo en el intervalo entre dos sesiones.
2.- Cuando no comparezcan testigos, expertos o expertas o interpretes, cuya intervención sea indispensable, salvo que pueda continuarse con la recepción de otras pruebas hasta que el ausente sea conducido por la fuerza pública.
3.- Cuando algún Juez o Jueza, el Imputado o imputada, su defensor o defensora o el o la fiscal del Ministerio Público, se enfermen a tal extremo que no puedan continuar interviniendo en el debate, a menos que los dos últimos puedan ser reemplazados o reemplazadas inmediatamente; o el Tribunal se haya constituido, desde las iniciación del debate, con un numero superior de jueces o juezas que el requerido para su integración, de manera que los o las suplentes integren el Tribunal y permitan la continuación; la regla regirá también en caso de muerte de un Juez o Jueza, Fiscal, defensor o defensora.
4.- Si el Ministerio Público lo requiere para ampliar la acusación, o el defensor lo solicite en razón de la ampliación de la acusación, siempre, que por las características del caso, no se pueda continuar inmediatamente.

Así mismo el artículo 320 establece “que si el debate no se reanuda a masa tardar al décimo sexto día después de la suspensión, se considerará Interrumpido y deberá ser realizado de nuevo desde su inicio”

En consecuencia al no haberse reanudo el presente juicio en ele día de hoy, este Tribunal lo declara interrumpido y así se decide.

SEGUNDO
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 1 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara interrumpido el presente juicio en la causa que se le sigue al acusado Yumar Gonzalez Orlando Delfin, por el delito de Lesiones intencionales Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de Obeid Akel Assad Hassan; con fundamento a lo establecido en los artículos 318 y 320 del Código Orgánico Procesal Penal; y acuerda fijar nueva oportunidad para la celebración del Juicio para el día 29 de Agosto del 2013 a las 09:00 a.m. Déjese Copia de esta decisión para el Archivo del Tribunal. Líbrense las boletas de citación y háganse las participaciones del caso.

La Jueza de Juicio Nº1


Abg. Elker Torres Caldera
La Secretaria,


Abg. Aidee Colmenares