Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado de Los Municipios Guanarito y Papelón del Primer circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Guanarito, catorce de agosto de dos mil trece.
203° y 154°

Vista la anterior diligencia presentada por la ciudadana: NANCI ALDALIA CANELONES TALABERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.402.236, parte demandante en el Juicio de Obligación de Manutención, signado con el Nº 753-06; la cual expone: Que desiste del presente procedimiento de dicha Obligación de Manutención; asimismo el tribunal ordena el cierre de la apertura de la cuenta de ahorro de la entidad Bancaria Bicentenario; por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derecho disponible. Este Juzgado de Los Municipios Guanarito y Papelón de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; le imparte su Homologación al desistimiento por la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Vigente. ASI SE DECIDE. Diarícese, Regístrese, Désele copia certificada de la presente decisión. Expediente Civil N° 753-06.-.



La Juez; El Secretario;

Abg. Nora Josefina Frías. Abg. Farok Asis Mirabal.-