REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO

Guanare, 19 de Diciembre del 2013
Años 203° y 154°

N° ______
Causa 1U-578-11

Revisada como ha sido la presente causa seguida contra Valencia Delgado José Luís, titular de la cedula de identidad Nº V-15.301.290, de 31 años de edad, fecha de nacimiento 28/02/1982, soltero de profesión u oficio Estudiante, residenciado en el Barrio 19 de Abril, Sector II, calle 5, Av. 56, casa S/N, Guanare Estado Portuguesa, por el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica contra el trafico ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, la cual se encuentra para la celebración del Juicio Ora y Publico, el cual hasta la presente fecha no ha podido realizarse dada la reiterada inasistencia del acusado quien se encuentra cumpliendo la Medida Cautelar de arresto domiciliario en la mencionada dirección y por cuanto el mencionado acusado se encuentra evadido de la residencia en la cual cumple dicha medida, se acuerda librar Orden de Aprehensión al acusado antes mencionado, con fundamento en la sentencia Nº 730 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 25/04/2007 que establece “No puede el Estado, a través del ejercicio del ius puniendi, que quede en manos del acusado la intención de que se inicie o celebre el juicio oral y público. El Estado tiene el deber de que el juicio se celebre, sin dilaciones indebidas, por cuanto está ejecutando, con la celebración de juicio, un control social formal y público que debe existir en toda sociedad” debe este Juzgador ordenar entonces la captura del acusado Valencia Delgado José Luís a los fines de la fijación de la oportunidad para la celebración del Juicio Oral y Publico y Así se decide.

DISPOSITIVA

En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA CAPTURA del ciudadano Valencia Delgado José Luís, titular de la cedula de identidad Nº V-15.301.290, por lo que una vez aprehendido, se pondrá la orden de éste Tribunal. Líbrese orden de aprehensión. Ofíciese lo conducente y notifíquese al defensor.

La Juez de Juicio Nº 1

Abg. Elker Torres Caldera



La Secretaria

Abg. Lilibeth Jaimes Barreto