REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO

Guanare, 09 de Diciembre de 2013
Años 203° y 154°

Causa 1J-815-12


Jueza: Abg. Elker Torres Caldera

Secretario: Elys Aldana Toro

Acusado: Franklin José Nuñez

Delito:
Violencia Sexual

Fiscalía Sexta del
Ministerio Público Abg. María Alejandra Fernández


Defensora Publica Abg. Yaritza Rivas

Victimas: Erika Daniela López Perez

Decisión: Revisión de Medida Privativa de Libertad


Visto el escrito presentado por la Abogada Yaritza Rivas, en su carácter de Defensora Pública del acusado Franklin José Núñez Vásquez, titular de la cédula de identidad No. 24.645.623; en el cual solicita la revisión de la Medida Privativa de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y que se le imponga una menos Gravosa, este Tribunal para decidir hace las siguientes observaciones:

PRIMERO:
DE LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA ORAL:
La Defensa privada representada por la Abg. Yaritza Rivas, expuso: “Ratificó el escrito presentado en fecha 25-11-2014, donde solicita al revisión de la medida de conformidad con el artículo 250 del código Orgánico Procesal penal de la presente causa, donde en el mismo escrito solicito la revisión de medida y solicita la imposición de una menso gravosa para que permanezca sujeto al proceso, ya que no corre peligro de fuga y se consigno un constancia de residencia por el consejo comunal con un arraigo de 31 años y con este fundamento solicita la revisión de la medida por una menos gravosa.
Seguidamente se le dio el Derecho de palabra a la Representación Fiscal quien expuso: una vez escuchada la petición de la defensa solicitando una medida menos gravosa, el ministerio público hace oposición de dicha petición, ya que en la denuncia de la victima narra unos hechos de violencia física, y el acusado no se presento y fue a través de una orden de aprehensión que se pudo realizar la audiencia de presentación de imputado, lo cual se demostró que al medida de privación es la medida idónea para al realización del juicio y solicita que se ratifique la medida de privación de libertad.
Seguidamente se impuso al acusado Franklin José Núñez Vásquez, del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien manifestó no querer agregar nada.
SEGUNDO:
Ahora bien analizando las circunstancias es necesario destacar que el ciudadano acusado, se encuentra privado de su libertad por estar incurso en el delito de Violencia sexual, previsto y sancionado en el artículos 43 de la ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de Erika Daniela López Pérez, siendo un delito graves, que merece pena privativa de libertad y siendo que no han variado las circunstancias de tiempo, modo y lugar, que dieron origen para que s el impusiera la medida privativa de libertad, aunado a la oposición del Ministerio Público, es por lo que esta juzgadora declara sin lugar la revisión de la medida privativa de libertad y de que se le sustituya por una menos gravosa y máxime cuando se le esta iniciando el juicio oral y reservado en el día de hoy y así se decide.

DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo penal, en funciones de Juicio Nº 1 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la Sustitución de la Medida Privativa de Libertad impuesta al acusado Franklin José Núñez Vásquez, titular de la Cédula de identidad Nº 16.645.874 por una medida cautelar Menos gravosa de las previstas en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada por la defensa publica representada por la Abg. Yaritza Rivas; en virtud de que el mismo esta incurso en un delito grave y de que no han variado las circunstancias de tiempo modo y lugar, que dieron lugar a la imposición de la misma; acordando mantener la medida privativa de libertad y su sitio de reclusión.

La Jueza de Juicio Nº1


Abg. Elker C. Torres Caldera


La Secretaria,


Abg. Elys Aldana Toro