REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCION


Guanare, 04 de Diciembre de 2013
Años 203° y 154°

Nº ______
Causa 2E-225-08

JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 2 Abg. Carlos Antonio Colmenares García

SECRETARIA: Abg. Rosa Marycel Acosta
PENADO Castellanos López Javier Antonio
DEFENSOR PUBLICO Abg. Elsy Cadenas
FISCAL Cuarto del Ministerio Público para el Régimen de Cumplimiento de Penas
DELITO Violacion

MOTIVO: Extinción de la Responsabilidad Penal


Revisada como ha sido la presente causa instruida contra el penado CASTELLANOS LOPEZ JAVIER ANTONIO, titular de la cedula de identidad N° 15.906.543, Venezolano, natural de Chabasquen Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa, nacido en fecha 02-03-1972 mayor de edad, Soltero, de profesión u oficio Albañil, domiciliado en la Urbanización Virgen de Coromoto, Calle I, Casa Nº 29, Guanare Estado Portuguesa, en la que consta que el referido penado fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal Estado Portuguesa, en fecha 18-04-2007, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de VIOLACION, en perjuicio de MARIELYZ DE LA CRUZ MONTILLA.-

Por otra parte consta que en fecha 15 de Julio de 2011, este Tribunal otorgo el beneficio de Libertad Condicional, previo análisis de los requisitos exigidos en el articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la época, imponiéndosele entre las condiciones presentarse ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de esta ciudad, hasta el 26 de Noviembre de 2013, fecha de cumplimiento de la pena principal, la cual evidentemente ha fenecido.

Finalmente se tiene que en fecha 28-11-13, se recibió Informe de Culminación de presentaciones, emanado de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de esta ciudad. (F. 124-P.06) en el que informan que el penado de marras fue sometido a la supervisión durante el tiempo señalado por este Tribunal, habiendo progresado favorablemente y cumplido satisfactoriamente con las condiciones que le fueron impuestas; lo cual trae como consecuencia que debe prosperar la Extinción de la Responsabilidad Criminal. Y Así se declara.


DISPOSITIVA
Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano CASTELLANOS LOPEZ JAVIER ANTONIO, titular de la cedula de identidad N° 15.906.543, Venezolano, natural de Chabasquen Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa, nacido en fecha 02-03-1972 mayor de edad, Soltero, de profesión u oficio Albañil, domiciliado en la Urbanización Virgen de Coromoto, Calle I, Casa Nº 29, Guanare Estado Portuguesa, de conformidad con el articulo 105 del Código Penal y 471.1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia y archívese.


El Juez de Ejecución
Abg. Carlos Antonio Colmenares García

La Secretaria,
Abg. Rosa Marycel Acosta


Seguidamente el Secretario de este Tribunal, dio fiel cumplimiento a lo acordado. Conste.