REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 13 de diciembre de 2013
203º y 154°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por la ciudadana FRANCISCA DEL CARMEN HEREDIA, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.869.533, domiciliada en la Avenida 02, Barrio “El Calvario”, Villa Bruzual, Municipio Turén, Estado Portuguesa, asistida por el Abogado en ejercicio LESTRAN ORESTE COLMENARES H, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 168.837. Solicita que la anterior diligencia sea declarada suficiente para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre unas mejoras y bienhechurías a que ellas se contraen. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por las ciudadanas: PETRA DEL CARMEN ESCALONA DE ROJAS y EUMARY JOSEFINA MARCHAN HEREDIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 9.560.050 y V- 12.448.894, respectivamente, civilmente hábiles y de su mismo domicilio.
Consta que la solicitante, ha fomentado unas mejoras y bienhechurías, la cual es propietaria, consistente en una casa de habitación familiar, constante de una (1) sala recibo y cocina, tres (3) habitaciones, un (1) baño, con una estructura de concreto, paredes de bloques, techo de platabanda, piso de cemento liso, instalaciones eléctricas, instalaciones y servicios de aguas servidas, marcos, puertas y ventanas de metal, y la construcción de arriba con paredes de bloques en contorno y techo de acerolit; fomentadas sobre un lote de terreno propio que le pertenece según, documento protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Turén, Estado Portuguesa, bajo el N° 409.16.8.1.1225 de fecha 30 de Noviembre de 2012 y según la cedula catastral N° 181401U00001014072 expedida por la Dirección de Catastro Municipal mide: Ciento Setenta y Cuatro Metros Cuadrados con Treinta Centímetros (174,30 M2) con un área de construcción de ochenta y tres metros cuadrados con cincuenta y tres entímetros (83,53 M2). Que dicho inmueble se encuentra ubicado en la Avenida 02 Barrio El Calvario de la ciudad de Villa Bruzual, Municipio Turén, Estado Portuguesa, cuyos linderos son: NORTE: Bienhechurías que son o fueron de Aristóbulo Delgado en 24,90 metros lineales; SUR: Bienhechurías que son o fueron de Alberto Heredia en 24,90 metros lineales; ESTE: Avenida N° 2 Barrio “El Calvario” (Que es su frente) en 7,00 metros lineales y; OESTE: Terreno ocupado por la Escuela Especial en 7,00 metros lineales. El cual le pertenece por haberlo construido a sus propias y únicas expensas y con dinero de su propio peculio personal. Que en dichas mejoras invirtió la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs. 90.000.00). Que dichas mejoras y bienhechurías las ha venido poseyendo en forma publica, pacífica, continua, no interrumpida, que su posesión no ha sido equivoca y con animo de propietaria.
En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. En consecuencia, este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana FRANCISCA DEL CARMEN HEREDIA, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó, Cédula Catastral, Plano de Mesura emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Turén, Estado Portuguesa, documento registrado por ante el Registro Público del Municipio Turén, Estado Portuguesa, bajo el N° 409.16.8.1.1225 de fecha 30 de Noviembre de 2012, copia de Cédula de Identidad de la solicitante, Carta de Residencia emitida por el Consejo Comunal Barrio El Calvario, Turén, Estado Portuguesa, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías, dentro del terreno referido. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,
Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
La… Secretaria,
Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 14.337-2013
TGO/GSBE/memo
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