PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 6 de diciembre de 2013
203º y 154º




ASUNTO: PH05-V-2003-000027

Revisadas como han sido las actuaciones procesales contentivas del procedimiento de jurisdicción contenciosa con motivo de COLOCACIÓN FAMILIAR en beneficio de Identidad Omitida por Ley DIOSMAR JAVIER GUERRA ALVARDO y JUAN CARLOS ALVARADO, la primera de 16 años de edad, y los segundos mayores de edad, iniciado en fecha 22/12/2.003. Se detalla de autos que el Juzgado Unipersonal N° 2 del extinto Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa mediante auto dictado en fecha 22/12/2.003, según riela inserta a los folios 07 al 09 del expediente, se acordó dictar la Medida de Colocación Familiar en beneficio de los beneficiaros antes identificados a ejecutarse en el hogar de la abuela materna María Gabriela Alvarado, venezolana , mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.219.162, domiciliada en la Urbanización Juan Pablo II, cerca de la Autopista de esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa.
Previa revisión de las actuaciones procesales contenidas en el asunto civil, considera procedente esta juzgadora acordar la elaboración de un informe social a la ciudadanas María Gabriela Alvarado y Cemira del Carmen Alvarado, así como también a los beneficiarios de la Medida de Colocación Familiar. Posteriormente se recibe en fecha 26 de noviembre de 2.013 informe social practicado por la Trabajadora Social del Equipo Técnico Multidisciplinario T.S.U., Maritza Pérez, adscrita a este Circuito de Protección quien detalla en su informe que la adolescente Identidad Omitida Por Ley, de 16 años de edad, actualmente comparte vida conyugal con el ciudadano Daniel Pérez y de dicha relación procrearon una niña que lleva por nombres y apellidos Ruth Sarai Pérez Alvarado.
Ahora bien, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, acota lo siguiente:
Tomando en cuenta lo expresado en el informe social practicado en cuanto a la adolescente Identidad Omitida por Ley, de 16 años de edad, se observa que la misma, se emancipo en el mismo momento que convive como pareja y procreo una hija, en virtud de los cual el artículo 20 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela establece…

“…toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público y social…”. (fin de la cita).


En lo que se refiere a DIOSMAR JAVIER GUERRA ALVARDO y JUAN CARLOS ALVARADO, se evidencia de autos, que actualmente cuentan con su mayoría de edad, tal y se evidencia en los ejemplares de las copias simples de las actas de nacimiento que rielan insertas a los folios 03 y 05 del expediente. Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Acuerda: REVOCAR la Medida de Protección de Colocación Familiar, dictada por el Juzgado Unipersonal N° 2 del extinto Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en fecha 22/12/2.003, en beneficio de Identidad Omitida por Ley, DIOSMAR JAVIER GUERRA ALVARDO y JUAN CARLOS ALVARADO.
En tal sentido, se acuerda el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, en virtud que no existen más actuaciones procesales que practicar.

Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.

Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, a la fecha de su publicación.

Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución


Abg. PASTORA PEÑA GARCÍAS

La Secretaria,


Abg. Liliana Belén Barreto Arteagas
PPG/lbba/M. Alej.-