REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare
Guanare, 2 de diciembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO: PP01-J-2013-001351

SOLICITANTE: FELIX JESUS COLMENAREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.401.981
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS.
En el día de hoy, 02-12-2013, siendo las 10:30 de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa para la celebración de la Audiencia Preliminar Única establecida en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en el presente asunto de Jurisdicción Voluntaria con motivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, se deja constancia de la comparecencia personal del ciudadano: FELIX JESUS COLMENAREZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.401.981 en su condición de solicitante. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos: MAGLY CAROLINA LUCENA CAMACHO Y JHONNY RAMÒN NIEVES BASTIDAS venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-17.002.483.V-12.012.956 en su condición de testigos. Acto seguido, se da inicio a la Audiencia, procediendo la ciudadana Jueza a explicar a los presentes en qué consiste la misma, posteriormente al ciudadano: FELIX JESUS COLMENAREZ identificado ut supra, en su condición de solicitante, procedió a ratificar el contenido de la presente solicitud, exponiendo lo siguiente: “Manifestó ante este digno Tribunal mi deseo de continuar el presente procedimiento, razón por la cual ratifico en toda y cada una de sus partes el escrito de la solicitud con motivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, actuando en beneficio de los niños: (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes). Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de los niños: (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes) quienes manifestaron lo Seguidamente la ciudadana Jueza tomó el juramento de Ley a las testigos comparecientes y procedió a la evacuación de los mismos; PRIMERO: ciudadana MAGLY CAROLINA LUCENA CAMACHO,

identificada ut supra, y leídoles los generales de Ley referente a la testigo, manifestó no tener ningún impedimento alguno para declarar. Al particular PRIMERO: Diga la testigo si me conocen suficientemente de vista, trato y comunicación a mi y a los (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes) y desde hace cuanto tiempo Contestó: “SI lo conozco desde hace seis años. Al particular SEGUNDO: Diga la testigo si por ese conocimiento que dice tener, sabe y le consta que los niños (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes) tienen once (11) y diez (10) años de edad. Contestó: “SI” Al particular TERCERO: Diga la testigo si por ese conocimiento que de nosotros dice tener sabe y le consta que los niños ( Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes).de once (11) y diez (10) años de edad, viven conmigo desde hace cuarto años, ya que son hijos de mi hijo ciudadano; OSCAR JESUS COLMENAREZ, fallecido. Contestó: “Si”. Al particular CUARTO: Diga la testigo sabe y le consta que el trato que le doy a los niños (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes) es de un verdadero padre, brindándole asistencia material, vigilancia y orientación moral y educativa, haciendo correcciones adecuadas as u edad, desarrollo físico y mental Contesto: “Si” Al particular QUINTO: Diga la testigo si por ese conocimiento que de mi dicen tener, sabe y le consta que soy yo quien ejerce la Responsabilidad de Crianza de los niños (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes) SI” Al particular SEXTO: Que la testigo fundamente la razón de sus dichos. Contesto: “Porque desde que murió Oscar, el señor Félix tiene a los niños” Al Particular. SEGUNDO, ciudadano: JHONNY RAMÒN NIEVES BASTIDAS identificado ut supra, y leídoles los generales de Ley referente a la testigo, manifestó no tener ningún impedimento alguno para declarar. Al particular PRIMERO: Diga el testigo si me conocen suficientemente de vista, trato y comunicación a mi y a los niños (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes) y desde hace cuanto tiempo Contestó: “SI. Al particular SEGUNDO: Diga el testigo si por ese conocimiento que dice tener, sabe y le consta que los niños (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes). Tienen once (11) y diez (10) años de edad. Contestó: “SI” Al particular TERCERO: Diga el testigo si por ese conocimiento que de nosotros dice tener sabe y le consta que los niños (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes).de once (11) y diez (10) años de edad, viven conmigo desde hace cuarto años, ya que son hijos de mi hijo ciudadano; OSCAR JESUS COLMENAREZ, fallecido Contestó: “Si”. Al particular CUARTO: Diga el testigo sabe y le consta que el trato que le doy a los niños (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes) es de un verdadero padre, brindándole asistencia material, vigilancia y orientación moral y educativa, haciendo correcciones adecuadas as u edad, desarrollo físico y menta Contesto: “Si” Al particular QUINTO: Diga el testigo si por ese conocimiento que de mi dicen tener, sabe y le consta que soy yo quien ejerce la Responsabilidad de Crianza de los niños (Identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes) SI” Al particular SEXTO: Que el testigo fundamente la razón de sus dichos. Contesto: “Porque he convivido con ellos hace como cuatro años” Al particular. Instruidas como han sido los anteriores diligencias este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, CON SEDE EN GUANARE, ACUERDA SU DEVOLUCIÓN SIN DECRETO ALGUNO, todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas y devolución de los originales una vez que la parte interesada consigne los emolumentos necesarios para su reproducción. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza

Abg. Francileny Alexandra Blanco Barrios

El Solicitante ___________________________

Los Testigos;__________________ ____________________

El Secretario


Abg. Alfredo José Oropeza
Thais Rosales*