REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 16 de enero de 2013
202° y 153
DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: ANA MARIA GASPERIN NARDINI, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.198.477, domiciliada en el Municipio Santa Rosalía, El Playón, Estado Portuguesa, asistida por la Abogada en ejercicio SONIA BABBO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.625. En dicho escrito solicita, Titulo Supletorio sobre unas mejoras y bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del código de procedimiento civil vigente.- De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos LISMARY CAROLINA MONTEVIDEO RIVERO y HERIBERTO ANTONIO AGÜERO ALVAREZ, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 15.869.478 y V-5.953.673, respectivamente.

Así consta que la solicitante Tiene fomentadas unas mejoras y bienhechurías de la cual es propietaria; según documento Autenticado por ante la Notaria Primera de Acarigua, Estado Portuguesa, de fecha 27 de Noviembre del 2006, inserto bajo el Nº 12, tomo 146, de los libros de autenticaciones llevados por este notaria. Constituida por cerca perimental de bloque de concreto (4mts), con fundaciones, machones, vigas de riostra y coronamiento, con rejas y portón metálico; consistente en un Edificio en Construcción; el cual está construido sobre losa de pavimento de concreto armado sobre la cual se encuentran vaciadas 30 columnas de concreto armado para futuro edificio de dos niveles; así como también se observan las instalaciones eléctricas y sanitarias debidamente empotradas en la misma; estructura de columna de Concreto Armado y Arranques metálicos para escaleras; techo sin construir, piso rustico; cuyas medidas de área en Proceso de construcción del Edificio son: CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS (440,10 Mts2), según cedula catastral, emitida por la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Dirección de Catastro Municipal, de fecha 03 de Septiembre del 2012. Que en dichas mejoras y bienhechurias construidas por ella en un lote de terreno Municipal, que mide MIL SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (1.074,69 Mts2), siendo sus linderos NORTE: Bienhechurias que son o fueron de Maria Matos y José Freites; en Veintidós Metros lineales y Doce con Sesenta Metros lineales; SUR: Bienhechurias que
son o fueron de Jesús López, en Treinta y Cinco con Doce Metros Lineales; ESTE:


Avenida 03, Barrio el Calvario (que es su frente) en Treinta y uno con Cuarenta metros Lineales; y OESTE: Bienhechurias que son o fueron de Nicolás Jiménez en Veintinueve con Ochenta y dos Metros Lineales. Que en la construcción de dichas mejoras y bienhechurías, invirtió la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 900.000,00).
Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: ANA MARIA GASPARIN NARDINI, ya identificada, el derecho de propiedad, dominio y posesión sobre las mejoras y bienhechurías consistentes en un Edificio en Construccion, antes descrito y se le otorga Titulo Supletorio sobre las referidas mejoras y bienhechurías, quedando a salvo los derechos de terceros, dicha solicitante presento: copia fotostática de las Cédulas de Identidad de su persona, Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal, Cedula Catastral y Plano de Mensura, expedidas por la Oficina Municipal de Catastro del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Documento de compra-venta, debidamente registrado por ante el Registro Publico del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Constancia de Residencia expedidas por el Coordinador Municipal de Prevención del Delito y Comisionado Municipal de la ON, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las mejoras y bienhechurías antes descrita, sobre una parcela de terreno Ejido Municipal .-Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas
La Jueza Suplente Especial,

Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO La Secretaria,


Abg. GLORIA S. BURGOS E


Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:

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Solicitud Nº 14.157-2013
TGO/GSBE/atr.