PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, 24 de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO : PP01-L-2012-0000172

PARTE DEMANDANTE: DILCIA DEL CARMEN VALDEZ ALDANA, titular de la cédula de identidad Nº 20.151.101,
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: BETTY TERÁN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 128.121
PATRTE DEMANDADA: LUIS XV, C.A.,
ABOGADA APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA; Osmarlys Suarez y Solimar Salas, titulares de la cédula de identidad Nº 20.158.853 y 20.641.155 e identificada con matricula de inpreabogado Nº 193.456 y 193.455.

MOTIVO;cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales




Hoy, 14 de enero de 2013, siendo las 9:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que no comparece ni por si ni por medio de apoderado alguno por lo que quien juzga estando presente el representante de la empresa demandada, YAMAL ABDALAH, sus apoderadas; ; Osmarlys Suarez y Solimar Salas, titulares de la cédula de identidad Nº 20.158.853 y 20.641.155 e identificada con matricula de inpreabogado Nº 193.456 y 193.455., Decreta el desistimiento del procedimiento conforme lo establece el articulo 130 de la ley adjetiva laboral



El Juez,

Abg. Rafael Gainze




LOS COMPARECIENTES:







El representante del Accionado



Apoderados Judicial de la parte accionada







La Secretaria.

Abg. Cirley Viera