La Defensoría “Amiguitos de Bolívar” remitió el Acta Convenio suscrita entre los ciudadanos anteriormente identificados, en beneficio de su hija (s eomite), de tres (03) años de edad.
En el acta en referencia, el padre conviene en fijar la Obligación de Manutención la suma de TRECIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 300,00) quincenales es decir SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) mensuales, los cuales depositará todos los días (17 y 02) de cada mes, en una cuenta Nº 1750542400061615409 del Banco Bicentenario y que se hará efectiva a partir del presente acuerdo. Además, el padre aportará un bono del 100% en los meses de Septiembre y Diciembre. Los gastos de habitación, ropa, calzado, educación, cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recreación y deportes serán cubiertos por ambos padres.
En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar convinieron los fines de semanas cada quince (15) días con el papa comenzando desde el día sábado a las 9:00am hasta las 6:00 de la tarde y el domingo en el mismo horario, las vacaciones escolares en el mismo horario, los días feriados carnaval con el papa el día lunes y semana santa con el papa el día jueves, las vacaciones decembrinas veinticuatro (24) con el papa y treinta y uno (31) con la mama comenzando este año.
Para finalizar, solicitan sea homologado el presente convenimiento.
En fecha 30 de Noviembre de 2013, el Tribunal le dio entrada y la admitió para dictar la sentencia a que hubiere lugar, por no ser contraria al orden público, las buenas costumbres ni a alguna disposición expresa de la Ley.
Llegada la oportunidad procesal correspondiente para el pronunciamiento respectivo, el Tribunal lo hace en los siguientes términos:
De la revisión del acta contentiva del convenio suscrito entre los ciudadanos solicitantes, observa quien juzga que el mismo no está incurso en las causales de no homologación previstas en el Artículo 317 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por lo que resulta procedente impartir la correspondiente aprobación y, en consecuencia, declarar homologado dicho convenimiento, lo cual se hará en la dispositiva.