REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO


Guanare, 22 de julio de 2013.
Años 201° y 152°


N° _____-13
CAUSA: 2M-526-11
JUEZ PRESIDENTE: Abg. Lisbeth Karina Díaz

SECRETARIA: Abg. Victoria Villamizar
ACUSADORA: Fiscal Segunda del Ministerio Publico
Abg. Luisa Ismelda Ortega
VICTIMA: Seijas de Muñoz Flor María
ACUSADOS: Ángulo Peña Darwin Oswaldo, Alexander Antonio Rivero, Querales Silva Alexander José y Durán Jackson José
DEFENSORES PÚBLICOS Y PRIVADOS: Abg. Yamileth Katib. Abg. Lidya Rivero,
Abg. Ernesto Pacheco
DELITOS: Secuestro agravado en grado de perpetradores y en grado de complicidad
SENTENCIA: Condenatoria por admisión de hechos


Celebrada en su oportunidad por ante el Juzgado de Control Nª 2 de este Circuito Judicial Penal la audiencia preliminar en la que se ordenó la apertura a juicio oral y publico a los ciudadanos Angulo Peña Darwin Oswaldo, venezolano, 22 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad No. 19.640.333, nacido en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, y domiciliado en el Barrio Las Vegas, calle principal, casa s/n, Barquisimeto Estado Lara; Alexander Antonio Rivero, venezolano, 22 años de edad, nacido en fecha 16-05-1987, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad No. 18.843.025, nacido en la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, y domiciliado en la Avenida Vicente Salias con calle fruto vivas sector 4 de la Urbanización Bellas Artes Acarigua Estado Portuguesa; Querales Silva Alexander José, venezolano, 25 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad No. 19.283.862, natural del Acarigua Estado Portuguesa, y residenciado en la Urbanización Gonzalo Barrios, calle Principal, sector 01, casa s/n , Araure Estado Portuguesa, y Durán Jackson José, venezolano, 29 años de edad, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad No. 14.021.621, natural de Guasdualito Estado Apure, y residenciado en el Barrio Simon Bolívar, calle principal, casa sin número, Guanarito estado Portuguesa, por la comisión del delito de secuestro agravado en grado de perpetradores y de complicidad, previsto y sancionado en el artículo 3 en concordancia con el artículo 10 numerales 1, 9 y 10 y 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, cometido en perjuicio de la ciudadana Flor María Seijas de Muñoz.

En esta oportunidad fijada para la celebración del juicio oral y público, los acusados manifestaron su voluntad de admitir los hechos, por lo que procedió la ciudadana Juez a informar a los ciudadanos Ángulo Peña Darwin Oswaldo, Alexander Antonio Rivero, Querales Silva Alexander José y Durán Jackson José acerca del procedimiento por admisión de los hechos y una vez constatado que comprendieron la misma, libre de presión, apremio y juramento, manifestaron personalmente su voluntad de acogerse al procedimiento especial, en consecuencia vista la manifestación de los referidos acusados el Tribunal procedió a imponer la pena correspondiente, la cual resultó ser la pena de diecisiete (17) años y nueve (09) meses y diez (10) días de prisión, así como también se les condenó al cumplimiento de las penas accesorias de ley que le sean aplicables.


I. HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA PRESENTE DECISIÓN

Los hechos que dieron motivo al presente proceso según consta en la acusación presentada por ante este Juzgado, son los siguientes: “En fecha 10-07-2009, siendo aproximadamente de cinco a seis de la tarde se encontraba la ciudadana Flor María Seijas De Muñoz en compañía de su hija ciudadana Muñoz De Teran Alia Del Carmen y los trabajadores de la finca, ciudadanos Jiménez Sánchez Reina Isabel, Jiménez Sánchez Marisol, Hernández Jiménez Celso Nasario, Bernal Bernal Eliberto Manuel, en la Finca "Mi Querencia" ubicada en el Caserío Palmarito Curveleño, sector Sajarito del Municipio Guanarito del Estado Portuguesa, momentos después que los trabajadores terminaron la Jornada, se disponían a matar un cochino, cuando de repente paso un vehículo marca toyota, modelo machito de color azul cerca del portón de la finca el cual era conducido por el imputado Darwin Oswaldo Peña Ángulo quien les hacia espera en la parte de afuera , detras del carro se observo a una camioneta marca caribe, color marrón y una moto con dos sujetos a bordo, quienes se introducen en la finca y solicitan hablar con la señora Flor Seijas , en ese momento es que los imputados Jackson José Duran, Alexander José Querales Silva y otra persona apodada como "el ratón" , portando armas de fuego largas y cortas someten a la ciudadana Flor María Seijas De Muñoz y a todos los habitantes de la finca y le manifiestan que es un secuestro; obligando al ciudadano Celso Nazario Hernández Jiménez quien es encargado de la finca, a amarrar con un mecate a todos los que se encontraban presentes, sometiendo también al ciudadano Alexis José Núñez Quintero y al tractorista Bernal Bernal Eliberto Manuel , quienes se presentaron en ese momento para guardar la camioneta y el tractor siendo también sometidos y amordazados, despojando a dicho ciudadano de un vehículo camioneta marca F-150 Ford, color plata, placas 69P-SAN, con la finalidad de utilizarlo para el secuestro, los trasladan a la habitación y los amarran junto con las demás personas, llevándose con ellos a la Ciudadana Flor María Seijas, momentos después que los ciudadanos se logran desatar, el ciudadano Alexis José Nunez Quintero utilizando el tractor el cual los sujetos dejaron encendido, da parte a la Comandancia de Policía del Estado Portuguesa y se trasladaron hasta la Guardia Nacional. Posteriormente en el botadero de basura de Guanarito una comisión de la policía y la Guardia Nacional se encontraron la camioneta marca F-150 Ford, color plata, placas 69P-SAN abandonada. En el trasbordo los imputados sometieron y amenazaron de muerte a la ciudadana Flor María Seijas y al cabo de recorrer varios kilómetros es transbordada al machito techo duro, color azul el cual era conducido por Darwin Oswlado Ángulo Peña y a los imputados Sánchez Pórtela Franklin Farley Y Sánchez Pórtela Elíseo Norberto estos últimos eran las personas que le iban a cuidar. En la misma fecha 10-07-2009 el funcionario SUB/INSP (PEP) Montilla Canelón Aquiles, adscrito en la Comisaría General Francisco de Miranda de Guanarito y destacado en la unidad selvática del Estado Portuguesa en compañía de los funcionarios; AGENTE (PEP) Graterol Benigno Y Agente (Pep) Cristian Leal conductor de la unidad P-627, siendo las 09:00 horas de la noche al tener conocimiento que personas a bordo de vehículos automotores con las siguientes características: UN TOYOTA MACHITO, COLOR AZUL, y UNA MOTO COLOR NEGRO, se introdujeron a las instalaciones de la agropecuaria "Mis Querencia", ubicada en el caserío Palmarito Curveleño, donde se llevan a la ciudadana FLOR SEIJAS, dichos funcionarios realizan un recorrido logran dar alcance a un ciudadano en la carretera nacional a la altura del basureo municipal observaron a bordo de un vehículo clase moto, color negro al imputado JAKSON JOSÉ DURAN, motivo por el cual proceden a trasladar a dicho ciudadano hasta la sede de esta comisaría, conjuntamente con el vehículo ya mencionado, el cual presenta las siguientes características: MARCA QUIPAI, 150CC, COLOR NEGRO, SERIAL CH. LXAPCK4A07C005726, SERIAL DE MOTOR; 162FMJ75087891 sin las tapas de los laterales, quedando detenido y trasladado al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Seguidamente siendo las 9:00 de la noche el INSP/JEFE (PEP) Urriola Sánchez Rubén Darío, adscrito a este Cuerpo y destacado en la Comisaría General José Félix Ribas, del municipio Papelón del Estado Portuguesa en compañía de los funcionarios; AGENTE (PEP) Cesar José Gutiérrez, conductor de la unidad P-630, realizando un recorrido avistan a los imputados Ángulo Peña Darwin Oswaldo Y Querales Silva Alexander José a bordo de un vehículo tipo machito de color azul, y proceden a realizarle una inspección de persona a dichos sujetos, amparados en el articulo 205, del código orgánico procesal penal; y trasladarlos hasta la sede de esta comisaría, conjuntamente con el vehículo el cual presenta las siguientes características: VEHÍCULO CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO MARCA, TOYOTA, LAND CRUISER, AÑO 1991, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERÍA; FJ709005104, SERIAL DE MOTOR; 3F0271514, PLACA XNV493, luego se presento en esta comisaría el ciudadano; Alexis José Nuñez Quintero quien manifestó que es el mismo vehículo utilizado para el secuestro de dicha ciudadana siendo detenidos dichos ciudadanos y trasladados al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas conjuntamente con las pertenencias encontradas dentro del vehículo para presentarlos como elementos de convicción recabados. En fecha 12-07-2009 aproximadamente a las 12:59 horas de la tarde se recibió llamada de un ciudadano Cesar Hernández informando que había encontrado a la ciudadana Flor Seijas en el hato flor amarillo y que la había trasladado hasta la Finca La Trinidad inmediatamente salieron de comisión los funcionarios Sargento Mayor de Segunda Capuzzello Roche, el Sargento Mayor de Segunda Galea Seijas Julio, el Sargento Mayor de Segunda Guevara Bravo Leonardo, Sargento Segundo González Prado Jesús , siendo aproximadamente la 01:20 horas de la tarde llegaron a las instalaciones de La Finca La Trinidad ubicada en el sector La Espinalúa del Municipio Guanarito del Estado Portuguesa propiedad del ciudadano Arturo Millar donde se observo la presencia física de la ciudadana FLOR SEIJAS quién había sido secuestrada el día 10-07-2009, posteriormente se trasladaron con la ciudadana Flor Seijas y el ciudadano Cesar Hernández hasta la sede del Comando de la Guardia Nacional de Guanarito por medidas de seguridad de la ciudadana liberada llegando aproximadamente a la 1:40 horas donde se encontraban los familiares de la mencionada, se efectuó llamada telefónica a la Abg. Luisa Ismelda Figueroa Fiscal Segunda de Guardia del Ministerio Público, giró las instrucciones que la ciudadana liberada la trasladaran de inmediato al centro asistencial de su preferencia con el grupo familiar. En fecha 13-07-2009 el funcionario Distinguido Luis Enrique Arrieta González adscrito a la Dirección General de Policía Comando Regional Unificado Contra La Extorsión y secuestro del estado Portuguesa encontrándose en la población de Guanarito Estado Portuguesa acompañado de los funcionario distinguidos Carlos Rodríguez y Rafael Camacho, reciben llamada radiofónica de la central de radio de la comandancia General de Policía en la que se les informaba que a tres kilómetros aproximadamente de la finca "La Esmeralda" en la misma vía que conduce al sector donde fue liberada la ciudadana Flor Seijas fueron vistos dos ciudadanos que se desplazaban a pie que despertaban sospecha en los moradores de la zona, motivo por el que se trasladaron al sector flor amarillo, procedimos abordarlos quedando identificados de la manera siguiente Franklin Farley Sánchez Pórtela Y Elíseo Norberto Sánchez Pórtela, incautándole al primero de los mencionados equipos de telefonía celular y un bolso de tela contentivo de varios objetos, consideramos practicar la detención de ambos ciudadanos y los mismos manifestaron a la comisión su disposición de colaborar con la investigación y el esclarecimiento del secuestro de la Ciudadana FLOR MARÍA SEIJAS, ya que ellos fueron los que la liberaron después de haberla tenido cautiva desde el día 10-07-2009 y fueron detenidos a la orden de esta Representación Fiscal. “


II. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DE LA PRESENTE DECISIÓN

Los elementos de convicción apreciados por el Tribunal de Control fueron los siguientes:
1. Cursa al folio 03 primera pieza, TRANSCRIPSION DE NOVEDAD, de fecha 10-07-09, suscrita por el funcionario T.S.U. JEAN LUIS MAHOMET RAMOS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, siendo las 21:00 de la noche se da inicio a la averiguación. Numero I- 255.303, / DELITO CONTRA LA LIBERTAD INDIVIDUAL Y CONTRA LA PROPIEDAD. Se recibe llamada telefónica de parte del Sargento (PEP) RAFAEL JIMÉNEZ adscrito en la Comisaría General Francisco de Miranda de Guanarito, quien informa que personas desconocidas portando armas de fuego cortas, a bordo de dos vehículos, uno clase rústico, marca Toyota, modelo machito y otro clase moto se introdujeron a las instalaciones de la agropecuaria denominada "Mi Querencia" ubicada en la carretera nacional vía Sector Palmarito del Caserío Cajarito, sector hoja blanca, municipio guanarito del Estado Portuguesa, procedieron a someter bajo menaza de muerte a los habitantes de la misma y llevarse a la Ciudadana SEIJAS FLOR.
2. Cursa del folio 05 vuelto al 06 primera pieza, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 11-07-2009 suscrita por el Funcionario Agente de investigaciones, VOLCANES LUIS, adscrito a esta Sub-Delegación, siendo las 04:30 horas de la tarde estando debidamente juramentado y actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 21 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: "Iniciando las averiguaciones relacionadas con la causa penal número I-255.303, que se instruye por ante este Despacho, por la comisión de uno de los delitos Contra la Libertad Individual, me trasladé en compañía de los funcionarios Sub Comisario Manuel Ramos, Detectives Mahoment Jeans y agente Dave Albornoz, en la unidad P-263K, HACIA LA AGROPECUARIA MI QUERENCIA, UBICADA EN EL SECTOR CAJARITO. VIA HOJA BLANCA. MUNICIPIO GUANARITO ESTADO PORTUGUESA, a fin corroborar la información aportada por el sargento Segundo Rafael Jiménez (PEP), Adscrito a la Comisaría Francisco de Miranda, Guanarito Estado Portuguesa, unas vez presentes en la referida dirección, pudimos avistar una comisión de la policía local, motivo por el cual nos apersonamos hasta el sitio, donde sostuvimos entrevista con uno de los que integraba dicha comisión, quien se identifico como Sargento Segundo Parra Elpideo, a quien luego de identificárnosle como funcionarios activos de este cuerpo e informarles del motivo de nuestra presencia nos indico que efectivamente en dicha vivienda sujetos desconocidos portando armas de fuego se llevaron de manera violenta a su propietaria de nombre: SEIJAS DE MUÑOZ FLOR MARÍA, asimismo indico que parte del entorno familiar y empleados de la ciudadana antes mencionada que residen en la agropecuaria antes descrita, también habían sido sometidos y amordazados por los sujetos autores del hecho, por tal motivo me entreviste con una ciudadana de nombre: ALIA DEL CARMEN MUÑOZ, venezolana, natural de esta ciudad de 52 años de edad, fecha de nacimiento (13-02-57), casada, educadora jubilada, residenciada en una vivienda sin numero del caserío el Manterral, municipio Guanarito Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V- 4.244.097, a quien luego de identifícanosle como funcionarios activos de este cuerpo e informarles del motivo de nuestra presencia, nos manifestó ser hija de la ciudadana victima de la presente causa, indicando que el día de ayer 10-07-09 en horas de la noche dos sujetos desconocidos portando armas de fuego y bajo amenaza de muerte se llevaron de manera violenta a su madre de nombre: SEIJA DE MUÑOZ FLOR MARÍA, venezolana, natural de esta ciudad de 66 años de edad, fecha de nacimiento (12-01-42), soltera, ganadera, titular de la cédula de identidad V- 5.128.215; y que la misma para el momento cuando se suscitaron los hechos se encontraba en compañía de los ciudadanos: HERNÁNDEZ JIMÉNEZ CELSO NAZARIO, venezolano, natural de Guanarito Estado Portuguesa de 35 años de edad, fecha de nacimiento (21-03-72), soltero, obrero, titular de la cédula de identidad V- 12.895.495, DILCIA MARISOL JIMÉNEZ SÁNCHEZ, venezolana, natural de esta ciudad de 25 años de edad, fecha de nacimiento (18-12-82), soltera, cocinera, titular de la cédula de identidad V- 19.337.611, JIMÉNEZ SÁNCHEZ REINA ISABEL, venezolana, natural de Guanarito Estado Portuguesa de 29 años de edad, fecha de nacimiento (07-06-80), soltera, obrera, titular de la cédula de identidad V- 19.193.609 y ELIBERTO MANUEL BERNAL BERNAL, venezolano, natural del Vigía Estado Mérida de 21 años de edad, fecha de nacimiento (05-08-87), soltero, obrero, titular de la cédula identidad V- 18.374.667, acto seguido el funcionario técnico procedió a realizar la respectiva inspección técnica, siendo las 10:00 horas de la tarde del día de hoy, la cual se anexa a la presente acta, del mismo modo el funcionario policial al mando del resguardo de la agropecuaria antes mencionada de nombre: Parra Elpideo, me manifestó que le habían comunicado vía telefónica que funcionarios policiales adscritos a la Comisaría Francisco de Miranda de Guanarito Estado Portuguesa, habían realizado la detención de tres sujetos, presumiblemente involucrados en la presente investigación, por tal motivo nos trasladamos hasta el puesto policial Francisco de Miranda, ubicado en la población de Guanarito, con la finalidad de corroborar la información antes aportada, una vez allí me entreviste con el Inspector Jefe Urriola Rubén, a quien luego de identificárnosle como funcionarios activos de este cuerpo e informarles del motivo de nuestra presencia nos manifestó que ciertamente habían logrado detener a tres sujetos y recuperar dos vehículos que pudieran guardar relación con los hechos que se investigan, por lo cual me facilito los datos de los detenidos y los vehículos, quedando descritos de la siguiente manera: DETENIDOS: ÁNGULO PEÑA DARWUIN OSWALDO. venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara de 22 años de edad, soltero, obrero, residenciado en Barquisimeto Estado Lara, titular de la cédula de identidad V-19.640.333, hijo de Hilda Peña y Germán Aza, DURAN YACKSON JOSÉ, venezolano, natural de Guasgualito Estado Apure de 29 años de edad, fecha de nacimiento (31-07-80), soltero, chofer, titular de la cédula de identidad V- 14.021.621, hijo de Angelina Duran y padre desconocido y QUERALES SILVA ALEXANDER JOSÉ, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa de 26 años de edad, fecha de nacimiento (06-03-83), obrero, soltero, titular de la cédula de identidad V- 19.283.862, residenciado en una vivienda S/N del barrio Gonzalo Barrios Acarigua Estado Portuguesa, hijo de Rosa Silva y Mario Querales, de igual manera indicaron que le incautaron a los sujetos antes mencionados; Un vehículo Marca Toyota, modelo Land Cruiser, año 91, color azul, clase rustico, placas XNV-493 y un vehículo clase moto, marca QUIPAI, tipo paseo, modelo 150cc, color negro, serial de chasis LXAPCK4A07C005726, asimismo me informo el funcionario policial a cargo del procedimiento, donde guardan relación los ciudadanos y vehículos antes mencionados que los mismos fueron puesto a la orden de la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico y que posteriormente serían remitidos a este Despacho para seguir con el proceso de investigación penal correspondiente, de igual manera nos informaron que en las instalaciones de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, ubicada en la población de Guanarito, se encontraba un vehículo relacionado con la presente investigación, donde presumiblemente fue utilizado por los sujetos autores del hecho para huir, por tal motivo nos trasladamos hasta la dirección antes descrita con la finalidad de corroborar la información antes descrita, una vez allí fui atendido por el funcionario Teniente Guardia Nacional Carrielis Pina Martin, a quien luego de identificárnosle como funcionarios activos de este cuerpo e informarles del motivo de nuestra presencia nos manifestó que ciertamente habían logrado recuperar en calidad de abandono un vehículo el cual guarda relación con los hechos que se investigan, quedando descrito de la siguiente manera: Marca Ford, modelo F-150, color gris plata, año 2007, placas 69D-SAN, propiedad del ciudadano: ALEXIS JOSÉ NUÑEZ, venezolano, natural de esta ciudad de 39 años de edad, fecha de nacimiento (21-01-70), soltero, ingeniero agrónomo, titular de la cédula de identidad V-10.052.342, quien fue sometido por los autores de los hechos que se investigan y los mismos lo habían despojado de su vehículo antes mencionado, con la finalidad de trasladar a la ciudadana FLOR MUÑOZ, quien funge como victima de la presente causa, asimismo manifestó que el ciudadano antes mencionado fue entrevistado en esas instalaciones militares y que el vehículo en cuestión había sido localizado abandonado en una vía publica, ubicada en el vertedero de basura de la población de Guanarito Estado Portuguesa, ubicado en la entrada vía la Hoyada, municipio Guanarito Estado Portuguesa, de igual manera manifestaron que posteriormente remitirían a este Despacho el vehículo antes mencionado, el cual se encuentra bajo su custodia y supervisado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico de esta ciudad.

3. Cursa del folio 08 vuelto al 09 primera pieza ACTA DE INSPECCIÓN N° 1033, de fecha 11-07-09, suscrita por los funcionarios Agentes ALBORNOS A DAVE y LUIS ALFONSO VOLCANES, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, practicada en: LAS INSTALACIONES DE LA FINCA DENOMINDA "MI QUERENCIA" UBICADA EN EL CASERÍO CAJARITO, VIA HACIA EL CASERÍO HOJA BLANCA MUNICIPIO GUANARITO, ESTADO PORTUGUESA El lugar a ser Inspeccionado lo constituye un sitio de suceso mixto con clima ambiental lluvioso e iluminación natural clara de buena intensidad correspondiente a las instalaciones de la finca antes mencionada la misma se encuentra circundada por estantillos de madera y cuerdas de alambre Püa como medio de acceso presenta un portón metálico de dos hojas tipo batientes pintadas de color azul el cual al transponerlo se observa una carretera de suelo natural fangoso, donde se aprecian múltiples marcas de llantas de vehículos automotores de diferentes tamaños y modelos, dicha vía nos conduce a la vivienda de la mencionada finca la cual está ubicada a una distancia de 400metros del portón antes mencionado, observando "principalmente un galpón elaborado en soportes de madera piso de suelo natural techos de láminas de zinc y desprovisto de paredes en sus laterales dentro de este se observan aparcadas diferentes modelos de maquinarías para labores agrícolas así como se observa una mesa de madera y adyacente a este se observa un fogón de los denominados reverberos utilizado para cocinar alimentos en sentido este del galpón ya mencionado se observan varios corrales denominados potrero circundados por estantillos de madera y cuerdas de alambre püa cultivados con pastizales de mediana altura donde se aprecia semovientes de diferentes colores razas y tamaños en sentido oeste se aprecia una vivienda unifamiliar circundada por cerca de alfajol con un portón tipo corredizo elaborado en el mismo material y una reja de una hoja tipo batiente que al ser traspasada permite acceder a las instalaciones de la vivienda en referencia mediante un pasillo elaborado en cemento rustico lugar del cual se puede observar la fachada principal de la vivienda en mención la cual esta elaborada en paredes de bloque frisada y pintadas de color amarillo seguidamente se observa un soportal elaborado en media pared de bloques frisadas y pintadas de color verde piso de cemento pulido y techo conformado por estructura metálica y láminas de acerolit con paredes internas pintadas de color verde en este espacio se observa un juego de comedor constituido por una mesa de madera y seis sillas del margen izquierdo del mencionado soportal se observa una puerta metálica de una hoja tipo batiente que permite acceder a una habitación que funge como cocina la cual esta dotada de enseres propios del hogar ubicados de manera ordenada entre los cuales se observa una nevera de color verde adyacente a este se aprecia un radio transmisor con el cable de boqui toqui mutilado en la pared lateral derecha respecto a la nevera ya mencionada se observa una ventana tipo macuto con persianas horizontales el cual presenta el primero de sus vidrios de manera ascendente fracturado continuando con la presente inspección nos ubicamos nuevamente en el referido soportal observando en sentido Sur-Oeste un pasillo que abarca el ancho de la vivienda inspeccionada, en el cual se aprecia en el margen derecho una hoja metálica de una hoja batiente pintada de color negro que al ser abierta permite el acceder a una habitación que funge como dormitorio donde se aprecian dos camas tipos matrimoniales provistas de sus respectivos colchones y sábanas así como también se aprecia una cama tipo litera al igual que las antes mencionadas provistas de sus respectivos colchones y sábanas adyacente a este sobre la superficie del suelo se aprecia dos segmentos de cuerdas de las comúnmente denominadas cabestro de color amarillo las cuales poseen una longitud de 1.34 y 150 metros, respectivamente así como también dos segmentos más de cuerdas del mismo material de color marrón una longitud de 05 metros y la segunda con una longitud de 05 metros y la segunda con una longitud de 12 metros estas son colectadas rotuladas y embaladas con letras A,B,C. y D, respectivamente del margen derecho de dicha habitación, se observa una puerta metálica con las mismas características a la mencionada anteriormente que permite ingresar a un segundo dormitorio donde se observa una cama tipo matrimonial elaborada en madera color marrón con su respectivo colchón protegido por sábanas de colores blanco y verde sobre la cual se observan apéndices pilosos de diferentes tamaños los cuales se colectan embalan y rotulan con letra E también se observa dentro de dicha habitación una peinadora elaborada en madera con sus respectivas gavetas sobre la cual reposa un equipo de telefonía CANTV se colectó adyacente a la cerca de alfajor y del portón corredizo que circunda dicha vivienda dos muestras de neumáticos una con similitudes a un vehículo automotor y una semejante a un vehículo automotor tipo moto, estas fueron colectadas mediante vaciado de yeso, embaladas y rotuladas con las letras "F y G" así como también adyacente al lugar donde se colectaron las muestras ya mencionadas, se colectó muestras de suelo natural las cuales se embalan y rotulan con la letra "H" se deja constancia, que los vaciados de yeso fueron remitidos al laboratorio de microanálisis a fin que sean resguardadas para futuras comparaciones.

4.- Cusa al folio 11 primera pieza ACTA NRO 515 DE REMISIÓN DE VEHÍCULO , de fecha 11-07-2009 suscrita por el Funcionario TTE, MONTILLA CALDERÓN DANIEL JOSÉ, Comandante del cuarto pelotón de la primera compañía del destacamento 41 del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela donde deja constancia de la siguiente diligencia policial" Cumpliendo instrucciones de la Fiscal Segunda se remite vehículo marca ford, modelo fortaleza, F-150, color gris plata, año 2007, placas 69P-SAN, propiedad del Ciudadano ALEXIS JOSÉ NUÑEZ QUINTERO dicho vehículo fue objeto de robo con la finalidad de secuestrar a la Ciudadana FLOR SEIJAS.

4. Cusa al folio 12 vuelto primera pieza ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL 419, de fecha 10-07-2009 suscrita por el Funcionario Sargento Mayor de Segunda, CAPUZZELO ROCHE MIGUEL, adscrito al cuarto pelotón de la primera compañía del destacamento 41 del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela juramentado conforme a la Ley y de conformidad con lo establecido en los artículos 110, 111, 112 y 169 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 12 numeral 1 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial" Cumpliendo instrucciones del ciudadano TTE, MONTILLA CALDERÓN DANIEL JOSÉ, Comandante de la expresada unidad operativa en fecha 10 de julio del presente año en curso aproximadamente a las 08:05 horas de la noche salió comisión en vehículo militar placa GN-1981, en compañía del sargento mayor de segunda GUEVARA BRAVO LEONARDO titular de la cédula de identidad 10.726.562, Sargento Primero DEL VILLAR YORGEN HARRIS, y Sargento Segundo GONZÁLEZ PRADO JESÚS, con la finalidad de procesar información interpuesta por el ciudadano NOHEL ARCÁNGEL RAMÍREZ BUSTAMANTE, referente a un presunto secuestro de la ciudadana FLOR SEIJAS, suscitado en el fundo Mi Querencia ubicado en el sector Palmarito Curveleño del Municipio Guanarito del estado Portuguesa, regresando dicha comisión a las 10:20 horas de la noche aproximadamente con la novedad de haber recuperado un vehículo, marca Ford, modelo Fortaleza F-150, color gris plata, año 2007 placas 69P-SAN, en el Basurero Municipal carretera que conduce Guanarito El Regalo, sector Los Merecures del Municipio Guanarito estado Portuguesa donde se presume que la ciudadana Flor Seijas fue sacada de su fundo seguidamente dicho vehículo fue trasladado hasta la sede del Comando de La Guardia Nacional de Guanarito en vehículo tipo grúa marca Ford color rojo placas 62W-UAB, conducido por el ciudadano Alexis Rios posteriormente siendo aproximadamente las 10:30 horas de la noche se presentó el ciudadano Alexis José Nuñez Quintero con la finalidad de formular la denuncia de un presunto secuestro quien manifestó ser propietario del vehículo marca Ford modelo fortaleza F-150 color gris plata año 2007, placas 69P-SAN ya que había sido objeto del robo en el Fundo Mi Querencia por un sujeto armado para llevarse secuestrada a la ciudadana FLOR SEIJAS propietaria de dicho fundo donde me amarraron junto con otras personas que estaban en el Fundo dejándonos en un cuarto de las instalaciones del Fundo Trancado hecho ocurrido aproximadamente a las 07:00 horas de la noche se remitió el vehículo marca Ford modelo fortaleza F-150 color gris plata año 2007, placas 69P-SAN al CICPC, con la finalidad de realizarle la respectiva experticia. Cursa al folio 13 primera pieza, ACTA DE DENUNCIA de fecha 10-07-2009, formulada por el ciudadano: ALEXIS JOSÉ NUNEZ QUINTERO, Venezolano, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 21-01-70, natural de Papelón Estado Portuguesa, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-10.052.342, de profesión u oficio Ingeniero en Producción Animal natural de Papelón estado Portuguesa residenciado en caserío crujidera carretera vía El Ruano sector Palmarito Curveleño del Municipio Guanarito Estado Portuguesa, ante la Primera compañía del Destacamento 41 de la Guardia Nacional, Cuarto Pelotón quién expuso como a las 06:30 horas de la tarde del día de hoy 10 de Julio del presente año me encontraba aplicando un fertilizante específicamente Urea a un maíz que sembrar a media con la señora Flor Seijas en vista que era de noche me dirigí al galpón a guardar un lote de fertilizante que me sobró para luego continuar el siguiente día, entonces cuando entro a la Finca llego a la reja de la entrada de la casa y me sale un tipo armado donde me dice que me baje de la camioneta marca Ford, modelo Fortaleza F-150, color gris plata, año 2007, placas 69P-SAN de mi propiedad y se la dejara prendida porque era un secuestro entonces me dice que siga hacia adentro de un cuarto donde están las demás personas amarradas y proceden amarrarme a mi también y me dejan en el suelo con la puerta de la habitación cerrada, las personas que nos amarra nos dice que no pongan la denuncia porque pueden matar a la señora Flor Seijas y ellos padecían que eran de la guerrilla, llevándose en mi camioneta a la señora Flor Seijas propietaria del fundo Mi Querencia ubicado en el caserío Sajarito, Sector Palmarito Curveleño del Municipio Guanarito estado portuguesa luego como un lapso de 30 minutos logramos soltarnos y salí en busca de ayuda ya que el teléfono del fundo lo habían dañado totalmente entonces me monto en un tractor que tengo y salgo en busca de auxilio para la carretera principal y me dirijo hasta la finca de Noel Ramírez para que nos facilitara el teléfono para llamar y que el viniera a participar a las autoridades competentes en la vía nos trasladamos hasta El Regalo para poner la denuncia en la policía de dicha población luego nos trasladamos para Guanarito donde se localizo en el botadero de basura de dicha población mi camioneta marca Ford modelo fortaleza F-150 color gris plateada placas 69P-SAN es todo.
5. Cursa al folio 15 primera pieza ACTA DE INSPECCIÓN N° 1034, de fecha 11-07-2009, suscrita por los funcionarios Agentes SALAS BARTOLOMÉ y HURTADO LUIS, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, practicada en: UN VEHÍCULO QUE SE ENCUENTRA APARCADO EN EL ESTACIONAMIENTO INTERNO DE ESTE DESPACHO, GUANARE ESTADO PORTUGUESA. Seguidamente observan a un vehículo con las siguientes características: CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO FORTALEZA, COLOR GRIS, AÑO 2007, PLACAS 69D-SAN Características externas del vehículo:... se encuentra en buen estado de uso y conservación, no presenta signos físicos de violencia. Características Internas del vehículo: Provisto de un butaca grande elaborado en material sintético de color gris... la inspección se realiza de manera cuidadosa para evitar la contaminación y se le pueda practicar experticia al vehículo en la parte interna y externa en consecución de rastros dactilares es todo.
6. Cursa al folio 16 primera pieza, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, suscrita por el funcionario detective LUIS HURTADO adscrito al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación Guanare, deja constancia de la siguiente diligencia policial encontrándose en labores de servicio en la sede de este despacho se presentó comisión de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, trayendo oficio 515 de fecha 11-07-2009 mediante el cual remiten previo conocimiento de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público un vehículo clase camioneta marca Ford modelo fortaleza color plata año 2007 tipo pick up uso carga, placas 69P-SAN, a fin de ser sometidas a las experticias de ley el cual guarda relación con la causa I-255.303 que instruye este Despacho de uno de los delitos Contra la Libertad Individual de las personas (secuestro) por lo que me traslade en compañía del detective Bartolomé Javier Salas Garrido al estacionamiento interno de este despacho lugar donde se encuentra aparcado el vehículo antes descrito realizándole inspección técnica el mismo siendo las 11:45 horas de la mañana la cual se explica por si sola seguidamente me trasladé a la oficina de Información policial de este despacho a fin de verificar ante este sistema el vehículo en cuestión donde fui atendido por el detective Yovanny Olivar exponiendo que el mismo no registra ante dicho sistema es todo.
7. Cursa al folio 18 primera pieza, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO y REGULACIÓN REAL N° 9700-254-309, de fecha 11-07-2009, suscrita por el funcionario LCDO. YOVANNY ENRIQUE OLIVAR, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, practicada a: 1.- CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO FORTALEZA, COLOR GRIS, AÑO 2007, PLACAS 69D-SAN. Presenta el serial de carrocería signado con los dígitos 3FTRF17W57MA13467, porta motor serial 7MA13467 Presento sus seriales de identificación en estado ORIGINAL...CONCLUSIÓN: la unidad se encuentra en regular estado de uso y conservación, con un valor aproximado de cien mil bolívares en nuestro sistema SIIPOL no presenta solicitud alguna no estando registrado ante el INTTT.
8. Cursa al folio 19 y 20 primera pieza, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 11-07-2009, rendida por la ciudadana: MUÑOZ DE TERAN ALIA DEL CARMEN, Titular de la Cédula de Identidad Nro 4.244.097 ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Sub Delegación Guanare quien en carácter de testigo presencial expuso: En el día de ayer me encontraba en la Finca Mi Querencia, propiedad de mi mamá Flor Seijas después que los trabajadores terminaron la Jornada, se disponían a matar un cochino cuando llegaron dos tipos en una moto preguntando por mi mamá cuando ella llegó le dijeron que necesitaban hacer unas lagunas para criaderos de cachamas mi mama le dijo que estaba dañada al rato uno de los tipos saco un arma de fuego y dijo que eso era un secuestro y que colaboráramos entonces el otro tipo nos llevo a todos los presentes para un cuarto, donde nos amarraron a todos luego llegaron a la casa un muchacho de nombre Alexis Nuñez y un acompañante porque estaban regando abono a un maíz frente a la finca y también los amarraron seguidamente les quitaron el Suiche de la camioneta de Alexis montaron a mi mamá y le dijeron al muchacho que se la iban a dejar por la vía dándose a la fuga luego como pudimos nos soltamos y fuimos a los vecinos cercanos para que nos auxiliaran con un teléfono para llamar a la policía y darle las características del vehículo donde llevaban a mi mamá cuando nos íbamos a venir para Guanarito llamándonos al teléfono de la casa y era la policía informándonos que habían agarrado a tres tipos y nos fuimos hasta la policía.
9. Cursa del folio 22, al 25 primera pieza, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 11-07-2009, rendida por la ciudadana: JIMÉNEZ SÁNCHEZ REINA ISABEL, Titular de la Cédula de Identidad Nro 19.193.609, ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación Guanare quien en carácter de testigo presencial expuso: En el día de ayer a eso de las 6:30 horas de la tarde me encontraba en la finca mi querencia ubicada en el Municipio Guanarito lugar donde laboro y vivo llegaron dos sujetos a bordo de un vehículo tipo moto entraron y se estacionaron donde estale tractor es como un galpón tachado pero sin paredes yo observe que llegaron y saludaron a la señora Flor Maria Seijas quién es la dueña de la Finca donde trabajo antes mencionada luego que la saludaron ambos se sentaron en unas sillas de plástico y la señora flor estaba barriendo y siguió conversando con ellos luego yo salí hacia fuera y luego me acerque donde estaba la señora flor, mire a uno de los muchachos y lo saludé el me saludó pero no me dio la cara y el otro muchacho volteó y no lo salude luego le pregunté a la señora flor que quienes eran esas personas y me dijo que querían que les hiciera un trabajo con la máquina y que le pidieron gasolina para la moto pero ella le dijo que no tenían que solamente la que había estaba ligada porque era para la motosierra luego uno de ellos sacó la moto hacia fuera la estacionó pero quedo otro sentado en el galpón y yo me metí nuevamente a la casa el que salió con la moto se trajo a dos de los trabajadores hacia el galón y allí sacaron armas de fuego y dicen que era un atraco, luego tanto los trabajadores como la señora flor los meten a la casa la señora flor les decía que no nos hiciera daño que ella no tenía dinero luego uno de ellos le dijo donde esta tu hijo que el tiene mucha plata la señora Flor le dijo que el no estaba luego pusieron dos colchones de la casa que no denunciáramos que ellos sabían que un nieto de la señora Flor tenía muchos conocidos en el gobierno y que ellos tienen muchos contactos en el gobierno que les iban avisar si denunciábamos, luego estando en el colchón comenzaron a amarrarnos a todos menos a la señora la señora Flor comenzó a pedir a Dios que no nos hicieran nada luego se escucho el motor de un vehículo que llegó uno de los balandros le dice a la señora Flor que se despida de nosotros y como entre nosotros está una hija de ella le pidió la bendición y la señora Flor le dio un beso se despidió de todos nosotros y luego cerraron la puerta del cuarto donde nos tenían se escucho el motor del vehículo que se iba luego comenzó un gran silencio y al rato comenzamos a soltarnos como pudimos ya eran como las siete de la noche nos percatamos que se habían llevado la camioneta de Alexis Núñez quién estaba con nosotros también ya que el tiene un maíz sembrado a medias con la señora Flor con el me monté en un tractor de la señora Flor y fuimos hasta la Finca que está al lado y allí pedimos auxilio llamamos desde allí a la familia de la señora flor y avisamos lo ocurrido
10. Cursa a los folios 27 y 28 primera pieza, RETRATOS HABLADO de fecha 11-07-2009, aportado por las Ciudadanas MUÑOZ DE TERAN ALIA DEL CARMEN, JIMÉNEZ SÁNCHEZ REINA ISABEL y DILCIA MARISOL JIMNEZ SÁNCHEZ ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Sub Delegación Guanare.
11. Cursa al folio 29 vuelto primera pieza, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 11-07-2009, rendida por el ciudadano: ALEXIS JOSÉ NUNEZ QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nro V- 10.052.342, ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Sub Delegación Guanare, quien en carácter de testigo presencial expuso: El día 10-07-2009 aproximadamente a las 6:50 horas de la tarde fui en mi vehículo marca F-150 Ford, color plata, placas 69P-SAN hacia la Finca de la ciudadana Flor Seijas ya que iba a guardar un tractor con el que estoy trabajando frente a su finca fui a recoger al operador de la máquina en ese momento que esta estacionado frente a la casa de la señora Flor, se acerca un sujeto armado con dos pistolas y me apunta y me dice que me baje de la camioneta y que la deje prendida porque la van a utilizar para el secuestro de la señora flor enseguida me baje y me traslado hacia una habitación donde había amarradas varias personas me ataron de manos atrás con mecate y me dijeron que no intentaran soltarnos porque habían personas vigilando y nos matarían cerraron la puerta paso como media hora y logramos soltarnos las manos y salimos y vimos que no había nadie me monte en el tractor y me trasladé a la finca de al lado y llamé a la Guardia Nacional en ese momento le pedí el favor a un vecino de la zona para que me llevara hacia la carretera donde pudiese tener mayor cobertura para llamar llegamos al regalo del Municipio Sosa Estado Barinas a la policía específicamente y formulamos la denuncia y este a su vez se comunicó a la Comandancia de Ciudad de Nutrias - Barinas y comenzaron el rastreo luego nos fuimos hasta Guanarito encontrándonos en la vía exactamente en el botadero de basura una comisión de la policía y la Guardia Nacional de guanarito con mi camioneta estacionada y las puertas abiertas y me manifestaron que estaba abandonada eso es todo
12. Cursa al folios 38 y 39 primera pieza, RETRATOS HABLADO de fecha 11-07-2009, aportado por el Ciudadano ALEXIS JOSÉ NUNEZ QUINTERO ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Sub Delegación Guanare.
13. Cursa del folio 40 al 42 primera pieza, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 11-07-2009, rendida por la ciudadana: JIMÉNEZ SÁNCHEZ DILCIA MARISOL, Titular de la Cédula de Identidad Nro 19.337.611 ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Sub Delegación Guanare, quien en carácter de testigo presencial expuso: En el día de ayer a eso de las 6:00 horas de la tarde me encontraba en la finca mi querencia lugar donde yo trabajo y en el momento que estaba en la cocina en compañía de mi hermana reina y de la señora allá vi que llegaron unos tipos en una moto pero no prestamos mucha atención ya que siempre va mucha gente para la finca luego salimos porque la señora Flor tenía rato conversando con ellos con ellos y en eso nos llamaron a todos para el galpón nos ordenaron que fuéramos para allá sacaron cada sujeto un arma de fuego y nos dijeron que era un atraco luego nos metieron a todos tanto los trabajadores de la finca como la señora flor para adentro nos sentaron a todos en el comedor la señora allá les decía que si quería dinero ella les conseguía 20 mil bolívares fuertes ellos le decían que no que ellos se iban a llevar era a la señora flor y que el trabajo de ellos era solo buscar a la señora Flor y que habían otros que se la iban a llevar luego pusieron dos colchones en el piso de uno de los cuartos y nos acostaron a todos allí menos a la señora Flor nos amarraron y luego se escucho el motor de un vehículo que llegó uno de los balandros le dice a la señora flor que se despida de nosotros así lo hizo y luego se la llevaron como pudimos nos soltamos y luego pedimos auxilio a la finca de al lado.
14. Cursa al folio 43 Y 44 primera pieza, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 11-07-2009, rendida por el ciudadano: HERNÁNDEZ JIMÉNEZ CELSO NASARIO, titular de la Cédula de Identidad Nro 12.895.495, ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Sub Delegación Guanare quien en carácter de testigo presencial expuso : El día de ayer 10/07-2009 a eso de las 6:00 horas de la tarde me encontraba trabajando en la finca mi querencia de la que soy encargado estábamos terminando de laborar y llegaron de repente dos sujetos en una moto fueron hablar directamente con la señora flor quién es la dueña del fundo y le preguntaron que si podía hacerle un trabajito de una laguna para echar unas cachamas yo me fui para atrás donde esta la romana cuando yo estaba allí llegó Heriberto que es uno de los empleados de la finca, con uno de los sujetos que estaba en la moto y me llamaron, Heriberto lo llevaban delante como si se tapara el otro yo le dije que quería y el sujeto me insistió cuando me acerque este me apuntó con una pistola y me dijo que me quedara quieto y nos encaminaron hacia la casa que nos quedáramos tranquilos y que si corría me iba a matar y tenían a la señora Flor sentada en la sala ellos me obligaron amarrar a todos los que tenían en un cuarto con la soga que yo cargaba y los tuve que amarrar en eso venía el señor Núñez que es un vecino en su camioneta y el tractorista en el tractor para guardarlos y me preguntaron que quienes eran ellos y les dije que eran unos vecinos este enseguida me llevo hacia donde ellos estaban y le dijeron al señor Núñez que se bajara de la camioneta que era un atraco y la tractorista nos metieron a la casa y tuve que amarrarlos también y luego el tipo que me había apuntado me amarró y me metió en el cuarto y nos dijo de si salía de allí nos iba a matar esperamos un rato porque no se oía nada porque el tractor lo habían dejado prendido pero uno de los muchachos se safó y nos soltó a todos el señor Núñez se fue en el tractor a pedir ayuda y a notificar lo sucedido y a la señora flor se la llevaron en la camioneta del señor Núñez eso es todo.
15. Cursa al folio 45 al 47 primera pieza, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 11-07-2009, rendida por el ciudadano: BERNAL BERNAL ELIBERTO MANUEL, Titular de la Cédula de Identidad Nro 18.374.667 ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Sub Delegación Guanare, quien en carácter de testigo presencial expuso : Resulta que yo me encontraba trabajando en la finca de la señora Flor desde el 28-06-2009 como obrero el día de ayer viernes 10/07/2009 como a las 6:30 horas de la tarde yo terminé de ordeñar las vacas de la finca para la casa de la patrona a cenar bueno llegue allá comí y comencé a conversar con la señora Flor y dos compañeros mas de trabajo cuando de repente pasa un vehículo marca toyota, modelo machito de color azul cerca del portón de la finca y tras del carro una moto con dos sujetos a bordo de repente los dos sujetos que iban en la moto se pararon y abrieron y uno de ellos se bajó de la moto y abrió el portón mientras que el otro pasó en la moto y se dirigió hasta donde nos encontrábamos nosotros y tras de él se vino caminando el otro sujeto abrió el portón cuando llegó donde nosotros estábamos nos preguntaron si les podíamos regalar gasolina que estaban varaos y se sentaron y la dueña de la finca les respondió que no teníamos gasolina en eso me dirijo hacia la vaquera a buscar un nailon para amarrar el burro e irme hacia el rancho donde yo me quedo me dirigí hacia donde estaba el tractor uno de los sujetos se dirigió hacia donde yo me encontraba y me pregunto si tenía gasolina y yo le respondí que no luego me dirigí hacia el otro lado del tractor a orinar cuando de repente el sujeto me puso un arma de fuego en la cabeza y me dijo no hagas bulla porque sino te mato esto es un robo luego me preguntó como se llamaba el otro compañero mió y yo le dije que no sabía que yo era nuevo en la finca luego el sujeto lo llama y mi compañero se viene y lo apunta con el arma de fuego y le dijo no hagas bulle esto es un secuestro y si hacen algún movimiento extraño los mato nos obligaron a entrar a la casa nos ataron y a todos nos taparon el rostro con una sábana luego comenzaron hablar con la señora flor y le decían que ellos eran guerrilleros que esto era un secuestro que buscara ochenta mil bolívares o de lo contrario se la iban a llevar y la señora le respondió que no tenía plata en ese momento llegó el señor Luis Gómez y un obrero de él a la casa y los sujetos lo amarraron y lo ataron al igual que a nosotros de ahí agarraron a la señora Flor y se la llevaron en la camioneta donde el ciudadano Luis Gómez Había llegado después nos soltamos como pudimos uno de los compañeros se dirigió hacia donde había una finca cerca y llamaron a la policía y más tarde llegó una comisión de la policía y del CICPC y nos trajeron hasta acá a rendir entrevista.
16. Cursa al folio 50 y 51 primera pieza, RETRATO HABLADO de fecha 11-10-2009, aportado por los Ciudadanos HERNÁNDEZ JIMÉNEZ CELSO y BERNAL BERNAL ELIBERTO MANUEL ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Sub Delegación Guanare.
17. Cursa al folio 52 al 53 primera pieza, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 12 de julio del año 2009 suscrita por el funcionario DETECTIVE LUIS HURTADO adscrito al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Sub Delegación Guanare, deja constancia de la siguiente diligencia policial encontrándose en labores de servicio en la sede de este despacho se presentó comisión de la policía del Estado Portuguesa, al mando del Inspector Jefe Urriola Rubén Darío trayendo oficio 392 de fecha 11-07-2009 mediante el cual remiten previo conocimiento de la Fiscalía Segunda del Ministerio "Público en calidad de detenidos a los ciudadanos: ÁNGULO PEÑA DARWIN OSWALDO, QUERALES SILVA ALEXANDER JOSÉ Y JOSÉ DURAN a fin de que sean identificados e individualizados, y remiten un vehículo clase rustico tipo techo duro, marca toyota Land Cruiser, año 1991 color azul placa XNV493 y un vehículo clase moto marca Quipai 150CC color negro, a fin de ser sometidos a las experticias de ley por cuanto fue el medio de transporte utilizado por los autores del hecho, también remiten evidencias..., me trasladé en compañía del detective Javier Salas Garrido al estacionamiento interno de este despacho lugar donde se encuentran aparcados los dos vehículos realizándole inspección seguidamente me trasladé a la oficina de Información policial a fin de verificar ante el sistema integrado a los detenidos verificar el estado legal de los vehículos donde fui atendido por el detective Richard Galíndez, manifestando que el ciudadano Ángulo Peña Darwin no presentan Registros policiales ni solicitud alguna en cuanto el ciudadano Querales Silva Alexander José el mismo presenta los siguientes registros policiales expediente H-954.870 de fecha 18-10-2008, por el delito de Droga y H-438.249 de fecha 03/05/2007 por el delito de droga ambos por la subdelegación de Barquisimeto Estado Lara asimismo el ciudadano José Duran presenta los siguientes antecedentes H-990.905 de fecha 20-12-2008, por el delito de Droga por la subdelegación Guanare Estado Portuguesa, posteriormente procedió a ingresar los datos del vehículo manifestando que el vehículo marca Toyota modelo Land Cruiser placas XNV493 y el vehículo clase moto marca Quipai, color negro no presenta solicitud alguna ante dicho sistema.
18. cursante al folio (58) primera pieza, ACTA POLICIAL de fecha 10-07-2009, siendo las 11:30, horas de la noche, suscrita por el SUB/INSP (PEP) MONTILLA CANELÓN AQUILES, adscrito en la Comisaría General Francisco de Miranda de Guanarito y destacado en la unidad selvática del Estado Portuguesa; quien expuso... "Por cuanto en esta oficina se tuvo conocimiento de la comisión de uno de los delitos contra la libertad individual (Secuestro), donde personas a bordo de vehículos automotores con las siguientes características: UN TOYOTA MACHITO, COLOR AZUL, y UNA MOTO COLOR NEGRO, se introdujeron a las instalaciones de la agropecuaria "Mis Querencia", ubicada en el caserío Palmarito Curveleño, donde someten con armas de fuego a los habitantes de la misma, para posteriormente proceder a llevarse a la ciudadana FLOR SEIJAS, dejando a los demás individuos de dicha residencia amarrados y amordazados, asimismo dichos individuos salieron huyendo en el vehículo tipo moto conjuntamente con la víctima, hasta las afuera de la agropecuaria donde les hacían espera otros sujetos a bordo del vehículo TOYOTA MACHITO, COLOR AZUL, en el cual realizaron el trasbordo, para huir del lugar, motivo por el cual y a tal información procedí a trasladarme en compañía de los funcionarios; AGENTE (PEP) GRATEROL BENIGNO y AGENTE (PEP) CRISTIAN LEAL conductor de la unidad P-627, siendo las 09:00 horas de la noche, hacía las adyacencias del lugar de los hechos, donde una vez allí y luego de realizar un recorrido con el objeto de ubicar a los presuntos autores del hecho, logramos avistar a un ciudadano en la carretera nacional a la altura del basureo municipal , quien se trasladaba a bordo de un vehículo clase moto, color negro, y por cuanto la misma coincide con las características de uno de los vehículos utilizados para cometer el hecho, procedimos a darle la voz de alto, no sin antes identificarnos como funcionarios de órgano policial, haciendo caso omiso de nuestro llamado, originándose una persecución prolongándose por espacio de diez minutos, logrando darle alcance a dicho sujeto y se procedió a realizarle una inspección de persona, amparándonos en el articulo 205, del código orgánico procesal penal; seguidamente se le solicito a dicho ciudadano los datos filiatorios quedando identificado como: JAKSON JOSÉ DURAN, C.l. V-14.021.621, SOLTERO DE VEINTINUEVE (29) AÑOS DE EDAD, NATURAL DEL MUNICIPIO GUASDUALITO ESTADO APURE, Y CON RESIDENCIA ACTUAL EN EL BARRIO SIMÓN BOLÍVAR DE ESTE MUNICIPIO, de igual forma se le solicito la documentación del vehículo automotor, no mostrando alguna que lo acreditara como propietario del mismo, mostrando una actitud nerviosa, de igual forma al inferir del sitio de donde procedía o hacía donde se dirigía, este no logro dar una dirección exacta del sitio donde estaba y hacia adonde se dirigía; lo que nos permite inferir que dicho ciudadano pudiese guardar relación con el secuestro de la ciudadana FLOR SEIJAS, motivo por el cual procedimos a trasladar a dicho ciudadano hasta la sede de esta comisaría, conjuntamente con el vehículo ya mencionado, el cual presenta las siguientes características: MARCA QUIPAI, 150CC, COLOR NEGRO, SERIAL CH. LXAPCK4A07C005726, SERIAL DE MOTOR; 162FMJ75087891, sin las tapas de los laterales, una vez aquí le informamos a la superioridad de los hechos acontecidos, de igual forma procedimos a efectuar llamada telefónica a la Fiscal Segunda del Ministerio Público Abogada Luisa Ismelda Figueroa, quien nos indico que dicho ciudadano fuera impuesto de sus derechos y garantías constitucionales contemplados en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del articulo 125 del Código Orgánico Procesal Penal así mismo informo que dicho detenido fuera trasladado al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, para que fuera identificado e individualizado plenamente y puesto a la orden de dicha Representación Fiscal.
19. Cursa del Folio 61 al 64 primera pieza, ACTA POLICIAL de fecha 11-07-2009, siendo las 12:40, horas de la madrugada, suscrita por el INSP/JEFE (PEP) URRIOLA SÁNCHEZ RUBÉN DARÍO, adscrito a este Cuerpo y destacado en la comisaría general JOSÉ FÉLIX RIBAS, del municipio Papelón del Estado Portuguesa; quien expuso... "Por cuanto en esta oficina se tuvo conocimiento de la comisión de uno de los delitos contra la libertad individual (Secuestro), donde personas a bordo de vehículos automotores con las siguientes características: UN TOYOTA MACHITO, COLOR AZUL, y UNA MOTO COLOR NEGRO, se introdujeron a las instalaciones de la agropecuaria "Mis Querencia", ubicada en el caserío Palmarito Curveleño, donde someten con armas de fuego a los habitantes de la misma, para posteriormente proceder a llevarse a la ciudadana FLOR SEIJAS, dejando a los demás individuos de dicha residencia amarrados y amordazados, asimismo dichos individuos salieron huyendo en el vehículo particular, conjuntamente con la victima, hasta las afuera de la agropecuaria donde les hacían espera otros sujetos a bordo del vehículo TOYOTA MACHITO, COLOR AZUL, en el cual realizaron el trasbordo, para huir del lugar, motivo por el cual y a tal información procedí a trasladarme en compañía de los funcionarios; AGENTE (PEP) CESAR JOSÉ GUTIÉRREZ, conductor de la unidad P-630, siendo las 9:00 de la noche, hacía las adyacencias del lugar de los hechos, donde una vez allí y luego de realizar un recorrido con el objeto de ubicar a los presuntos autores del hecho. Posteriormente siendo las 11:15 de la noche logramos avistar un vehículo tipo machito de color azul, similar al mismo con el cual se perpetro el hecho, inmediatamente procedimos a darle la voz de alto, no sin antes identificarnos como funcionarios de órgano policial, haciendo caso omiso de nuestro llamado, dándose una persecución, logrando darle alcance a dichos sujetos, por lo que vista la actitud del mismos, procedimos a realizarle una inspección de persona, amparándonos en el articulo 205, del código orgánico procesal penal; seguidamente se le solicito a dichos ciudadanos los datos filiatorios quedando identificados como: ÁNGULO PEÑA DARWIN OSWALDO, C.l. V- 19.640.333, soltero de ventidos (22) años de edad, profesión u oficion; obrero, natural de Barquisimeto Estado Lara, Y Con Residencia En El Mismo, En El Barrio Las Vegas, Y Querales Silva Alexander José, C.I.V- 19.283.862, soltero, de venticinco (25) años de edad, de profecion u oficio, obrero, natural del Municipio Paez, Estado Portuguesa y con residencia actual en la misma localidad, en la Urbanización Gonzalo Barrios, de igual forma se le solicito la documentación del vehículo automotor, no mostrando alguna que les acreditara como propietarios del mismo, mostrando una actitud nerviosa, de igual forma al inferir del sitio de donde procedían o hacía donde se dirigían, estos no lograron dar una dirección exacta del sitio donde estaban y hacia adonde se dirigían lo que nos permite inferir que dichos ciudadanos pudiesen guardar relación con el hecho que nos ocupa, motivo por el cual procedimos a trasladar a dichos ciudadanos hasta la sede de esta comisaría, conjuntamente con el vehículo ya mencionado, y realizarle un cheque minucioso el cual presenta las siguientes características: VEHÍCULO CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO MARCA, TOYOTA, LAND CRUISER, AÑO 1991, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERÍA; FJ709005104, SERIAL DE MOTOR; 3F0271514, PLACA XNV493, luego se presento en esta comisaría el ciudadano; ALEXIS JOSÉ NUÑEZ QUINTERO, C.I. V- 10.052.342, quien manifestó, que el VEHÍCULO, CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO MARCA, TOYOTA, LAND CRUISER, AÑO 1991, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERÍA; FJ709005104, SERIAL DE MOTOR; 3F0271514, PLACA XNV493 en la cual se trasladaban los mencionados ciudadanos es el mismo vehículo que se introdujo a la finca "Mi Querencia" en horas de la noche y lograron secuestrar a la ciudadana FLOR MARÍA SEIJAS, asimismo lo observaron transitar de forma periódica por el lugar de los hechos y una vez estando el vehículo en esta comisaría; se procedió a realizar una revisión minuciosa en el referido vehículo, seguidamente dicho ciudadano observo y constato que un sombrero y algunas prendas de vestir como camisas, suéteres y blue jeans que se encontraban en el vehículo eran de su pertenecía, además se encontró lo siguiente: un certificado de circulación a nombre del ciudadano; Gerardo Jesús Lanza, una cédula de identidad laminada , perteneciente al ciudadano; Ander José Peña, Nro 14.826.258, una tarjeta de debito, perteneciente al ciudadano Ander Peña, una boleta de libertad emanada del Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Barquisimeto Estado Lara a nombre del ciudadano; Darwin Oswaldo Ángulo Peña, una autorización de manejo de vehículo otorgada por el ciudadano; Carlos Luís Hernández C.I.V- 7.388.124, una copia de certificado de registro de vehículo, del ministerio de infraestructura; un documento notariado otorgado por el ministerio del poder popular para la infraestructura al ciudadano; Carlos Hernández, en la cual lo hace propietario, del mismo y que es el vehículo automotor en la señalado con anterioridad, una cartera de cuero de color marrón, que contenían en su interior; tres (3) billetes de cincuenta bolívares, fuertes, cuatro (4) billetes de veinte bolívares fuertes, dos (2) billetes de cinco bolívares fuertes, también unas vestimentas, las cuales son un (1) jeans color azul oscuro, marca "KASS", un jeans color azul claro; marca "LEVIS", un jeans color azul claro marca "ax", un chemy, color rojo con rayas azules marca "JACO JEANS", un chemy color negro con rayas azules marca, "ACUÁTICA", camisa de cuadro color rojo, marca " VERSAMI", camisa de cuadro de color azul, marca "YOMALCAR", una guardacamisa de color rojo, marca "OVEJITA", guardacamisa de color negro, marca "OVEJITA" suéter negro, con rayas rojas, marca "50CENT", una toalla de color azul marino, marca," AMA DE CASA ", una gorra de color azul, marca "PUMA", un bóxer, color blanco, marca "EMBAJADOR", un bóxer color azul, marca, "GEORDY", una hamaca, de color rojo, con rayas armillas, verde y morado, con su respectivo forro, un porta CD, con VEINTISÉIS CD, un cargador de teléfono, marca "SONY ERICSON", un manos libres, marca "SONY ERICSON", un cable de USB, de marca "SONY ERICSON, un frontal Pioner, con su respectivo control, un destornillador de estría, de color amarillo, unos lentes de color negro marca; "XTOP", una crema dental colgate, un desodorante, marca REXONA, en spray, una gelatina, marca "ROLDA", un cuchillo de cacha negra, marca" AITOR", un micro de teléfono, un par de cables auxiliares, de vehículo, un tiraje de color blanco, un sombrero de color marrón, marca "VIQUEL", unos binoculares de color negro, marca "VIVITAR", con su respectivo forro, un par de tapas laterales de motos, color negro con dibujos de águilas, marca "QUIPAI 150-4", con color naranja y blanco, un par de zapatos marca "ADIDAS, color blanco y negro, un par de zapatos color marrón, marca "PRATO", una correa negra con rayas blancas, una correa negra marca" LACOSTE", tres collares de pepas, de colores amarillo, naranja y blanco, una pulsera de color blanco, y un celular marca "HUAWEY", tipo C2906, dándonos, esta información que los prenombrados con anterioridad tenían relación directa con el secuestro de la ciudadana FLOR MARÍA SEIJAS y por lo tanto habían fundamentos para recabar elementos de convicción, acerca de este caso, una vez aquí le informamos a la superioridad de los hechos acontecidos, de igual forma procedimos a efectuar llamada telefónica a la Fiscal Segunda del Ministerio Público Abogada Luisa Ismelda Figueroa, quien nos indico que dichos ciudadanos fueran detenidos e impuestos de sus derechos y garantías constitucionales contemplados en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del articulo 125 del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo informo que dichos detenidos fueran trasladados al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas, para que fueran identificados e individualizados plenamente y puestos a la orden de dicha Representaron Fiscal.

20. Cursa al folio 68 vuelto primera pieza, ACTA DE ENTREVISTA del funcionario AGENTE (PEP) BENIGNO JOSÉ GRATEROL titular de la Cédula de Identidad Nro V-18.297.230, quien deja constancia de la siguiente entrevista efectuada expuso: Resulta que el día de hoy cuando me encontraba en ejercicio de mis funciones como auxiliar en la unidad P-627, al mando del Sub/lnsp (PEP) MONTILLA AQUILES, en donde nos informo que había sucedido un secuestro en el caserío Palmahto Curveleño de esta localidad en donde era victima la ciudadana FLOR SEIJAS en el que utilizaron para comisión vehículos automotores de las siguientes características UN TOYOTA MACHITO, COLOR AZUL, y UNA MOTO COLOR NEGRO, inmediatamente procedimos a llevar a cabo un patrullaje por la zona antes descrita y pudimos constatar que un ciudadano el cual se trasladaba a bordo de una moto de características similares a las utilizadas por los plagiarios al notar nuestra presencia por dicha zona trató de huir en donde procedimos a darle la voz de alto solicitándole la documentación del vehículo automotor no mostrando alguna que lo acreditara como propietario del mismo mostrando una actitud nerviosa asimismo no logro dar una dirección exacta del sitio donde estaba y hacia donde se dirigía lo que nos permite inferir que el mismo podía guardar relación con el hecho que nos ocupaba en ese momento trasladándolo hasta la sede de esta comisaría para llevar a cabo el procedimiento legal correspondiente es todo.

21. Cursa al folio 69 al 71 primera pieza REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA de fecha 12-07-2009 , suscrita por el Funcionario PEP RUBÉN DARÍO URRIOLA adscrito a este Cuerpo y destacado en la comisaría general JOSÉ FÉLIX RIBAS, del municipio Papelón del Estado Portuguesa , en un VEHÍCULO, CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO MARCA, TOYOTA, LAND CRUISER, AÑO 1991, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERÍA; FJ709005104, SERIAL DE MOTOR; 3F0271514, PLACA XNV493 donde se colectaron las siguientes evidencias físicas: un certificado de circulación a nombre del ciudadano; Gerardo Jesús Lanza, una cédula de identidad laminada , perteneciente al ciudadano; Ander José Peña, Nro 14.826.258, una tarjeta de debito, perteneciente al ciudadano Ander Peña, una boleta de libertad emanada del Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Barquisimeto Estado Lara a nombre del ciudadano; Darwin Oswaldo Ángulo Peña, una autorización de manejo de vehículo otorgada por el ciudadano; Carlos Luís Hernández C.I.V- 7.388.124, una copia de certificado de registro de vehículo, del ministerio de infraestructura; un documento notariado otorgado por el ministerio del poder popular para la infraestructura al ciudadano; Carlos Hernández, en la cual lo hace propietario, del mismo y que es el vehículo automotor en la señalado con anterioridad, una cartera de cuero de color marrón, que contenían en su interior; tres (3) billetes de cincuenta bolívares, fuertes, cuatro (4) billetes de veinte bolívares fuertes, dos (2) billetes de cinco bolívares fuertes, también unas vestimentas, las cuales son un (1) jeans color azul oscuro, marca "KASS", un jeans color azul claro; marca "LEVIS", un jeans color azul claro marca "ax", un chemy, color rojo con rayas azules marca "JACO JEANS", un chemy color negro con rayas azules marca, "ACUÁTICA", camisa de cuadro color rojo, marca " VERSAMI", camisa de cuadro de color azul, marca "YOMALCAR", una guardacamisa de color rojo, marca "OVEJITA", guardacamisa de color negro, marca "OVEJITA" suéter negro, con rayas rojas, marca "50CENT", una toalla de color azul marino, marca, " AMA DE CASA ", una gorra de color azul, marca "PUMA", un bóxer, color blanco, marca "EMBAJADOR", un bóxer color azul, marca, "GEORDY", una hamaca, de color rojo, con rayas armillas, verde y morado, con su respectivo forro, un porta CD, con VEINTISÉIS CD, un cargador de teléfono, marca "SONY ERICSON", un manos libres, marca "SONY ERICSON", un cable de USB, de marca "SONY ERICSON, un frontal Pioner, con su respectivo control, un destornillador de estría, de color amarillo, unos lentes de color negro marca; "XTOP", una crema dental colgate, un desodorante, marca REXONA, en spray, una gelatina, marca "ROLDA", un cuchillo de cacha negra, marca" AITOR", un micro de teléfono, un par de cables auxiliares, de vehículo, un tiraje de color blanco, un sombrero de color marrón, marca "VIQUEL", unos binoculares de color negro, marca "VIVITAR", con su respectivo forro, un par de tapas laterales de motos, color negro con dibujos de águilas, marca "QUIPAI 150-4", con color naranja y blanco, un par de zapatos marca "ADIDAS, color blanco y negro, un par de zapatos color marrón, marca "PRATO", una correa negra con rayas blancas, una correa negra marca" LACOSTE", tres collares de pepas, de colores amarillo, naranja y blanco, una pulsera de color blanco, y un celular marca "HUAWEY", tipo C2906.
22. Cursa al folio 80 primera pieza, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO N° 9700-057-246, de fecha 12-07-2009, suscrita por el funcionario Agente SALAS BARTOLOMÉ, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa. 1- Un (01) ejemplar con similitudes a un documento de los denominado CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN de forma rectangular confeccionado en papel de colores anaranjado y azul... 2- Una (01) tarjeta de debito de forma rectangular elaborada en material sintético de color azul y blanco con las siguientes dimensiones, 85 milímetros de longitud, por 54 milímetros de ancho en su parte anverso presenta inscripciones identificativas donde se lee entre otras "Banco Provincial" signada con los dígitos 589524010490386332, también posee inscripciones con el nombre de Ander Peña en su reverso exhibe una banda magnética de color negro, la pieza se encuentra en buen estado de uso y conservación. 3- Un (01) segmento de papel vegetal de forma rectangular de color donde se observa lo siguiente Boleta de libertad emanada de Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Barquisimeto Estado Lara a nombre del ciudadano Darwin Oswaldo Ángulo Peña, 22.094.431. 4- Un (01) segmento de papel vegetal de forma rectangular donde se observa lo siguiente una autorización de manejo de vehículo clase rustico, tipo techo duro, marca toyota, LAND CRUISER, AÑO 1991, COLOR AZUL SERIAL DE CARROCERÍA FJ709005104, SERIAL DE MOTOR3F0271514, PLACA XNV493, otorgada por el ciudadano CARLOS LUIS FERNANDEZ Cl V-7388.124, la pieza se encuentra en buen estado de uso y conservación. 5- Un (01) segmento de papel vegetal de forma rectangular de color donde se observa lo siguiente copia fotostática de un certificado de registro de vehículo perteneciente al Ministerio Infraestructura (MINFRA) con las siguientes características VEHÍCULO CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO, MARCA TOYOTA, LAND CRUISER, AÑO 1991, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERÍA; FJ709005104, SERIAL DE MOTOR; 3F0271514, PLACA XNV493, la pieza se encuentra en buen estado de uso y conservación. 6- Un documento notariado constante de 17 folios copia fotostática en papel vegetal de color blanco otorgado por el Ministerio del poder popular para la Infraestructura (MINFRA) al ciudadano CARLOS HERNÁNDEZ en la cual lo hace propietario del vehículo automotor con las siguientes características VEHÍCULO CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO, MARCA TOYOTA, LAND CRUISER, AÑO 1991, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERÍA; FJ709005104, SERIAL DE MOTOR; 3F0271514, PLACA XNV493. 7- Una cartera elaborada en fibras naturales de cuero de color marrón con ocho compartimientos que contenían en su interior lo siguiente un documento con apariencia similar a una cédula de identidad venezolana a nombre de PEÑA FREITES ANDER JOSÉ signado con los números V-14.826258 con fecha de nacimiento 14-11-79 estado civil soltera fecha de expedición 14-11-08 y de vencimiento 11-2018 teñida en colores blanco azul verde y amarillo en su parte superior se observa inscripción identificativa donde se lee "REPÚBLICA DE VENEZUELA" CÉDULA DE IDENTIDAD en su parte inferior VENEZOLANO asimismo el escudo nacional en su parte central del lado inferior derecho se aprecia una fotografía alusiva al rostro de una persona del sexo femenino la pieza es de forma rectangular de 8,9 centímetros de longitud y de 5,9 centímetros de ancho y se halla protegida por material sintético transparente la misma se encuentra en buen estado de uso y conservación de igual forma se localiza dentro de uno de los compartimientos dinero en efectivo descrito 8- tres (03) billetes de cincuenta bolívares seriales 31175318 C29064469, A 26152670 fuertes, cuatro (04) billetes de veinte bolívares fuertes seriales E73426650, C69941105, D14672343, E54468199, la pieza se encuentra en regular estado de conservación dos billetes de cinco bolívares fuertes, seriales A33966054, A04794424 las piezas se encuentran en regular estado de conservación. 8- Un (01) jeans elaborada en fibras naturales, color azul oscuro marca KASS talla 36 la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 9- Un (01) jeans, color azul elaborado en fibras naturales claro marca LEVIS talla 32 la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 10- Un (01) jeans elaborada en fibras naturales, color azul claro marca AX talla 36 la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 11- Una (01) chemisse elaborada en fibras naturales, color rojo con franjas horizontales de color azules marca JACO JEANS la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 12- Una (01) chemisse elaborada en fibras naturales, color negro con franjas horizontales de color rayas azules marca "ACUÁTICA" la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 13- Una camisa elaborada en fibras naturales, color rojo con estampados de cuadro de color blanco marca VERSAMI la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 14- Una camisa manga corta elaborado en fibras naturales estampados de cuadro de color azul marca "YOMALCAR" la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 15- Dos guardacamisas sin mangas de colores rojo y negro marca "OVEJITA" una talla S y la otra talla M respectivamente la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 16- Un suéter manga larga elaborado en fibras naturales y sintéticas negro con un bordado en la parte anterior y posterior donde se lee GUINT 50 y en la parte posterior 50CENT la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 16-Una toalla de forma rectangular elaborada en fibras naturales de color azul Marino marca "AMA DE CASA" la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 17- Una gorra de color azul marca "PUMA" la pieza se encuentra en regular estado de conservación. 17- Un bóxer color blanco marca "Embajador" Un bóxer color azul marca "Geordy". 18- Una hamaca de color rojo con rayas amarillas verde y morado con un respectivo forro. 19- Un porta CD con 26 CD un cargador de teléfono marca Sony Ericsson. 20- Un manos libres marca Sony Ericsson. 21- Un cable de USB marca SONY ERICSON. 22- un frontal Pioneer, con su respectivo control de destornillador de estría de color amarillo. 23- unos lentes de color negro marca XTOP. 24- una 25- crema dental colgate. 26- un desodorante marca REXONA en spray . 27- una gelatina marca ROLDA. 28- un cuchillo de cacha negra marca aitor. 29- un micro de teléfono. 30- un par de cables auxiliares de vehículo. 31- un tiraje de color blanco marca VIQUEL .32- unos binoculares de color negro marca VIVITAR con su respectivo forro. 33- un par de tapas laterales de moto color negro con dibujos de Águilas marca QUIPAI 150-4 con color naranja Y blanco. 34- un par de zapatos marca ADIDAS color blanco y negro. 35- un par de zapatos color marrón marca PRATO. 36- una correa negra con rayas blancas. 37- una correa negra marca "LACOSTE". 38- tres collares de pepas de colores amarillo naranja y blanco una pulsera de color blanco. 39- Un celular marca "HUAWEY" modelo C2906 seriales PR9MAB1910614223 con su respectiva batería marca "HUAWFY" serial GAG8C16XB5115481, el equipo móvil se encuentra en buen estado de uso y conservación. CONCLUSIÓN: las piezas arriba mencionadas tiene su especificaciones de acuerdo a lo diseñadas cualquier otro uso queda a criterio del usuario. Las referidas piezas se devuelven a la comisión de la policía del Estado Portuguesa, excepto las evidencias como el celular marca "HUAWEY" modelo C2906 arribo descrito y la cédula de identidad a nombre de PEÑA FREITES ANDER JOSÉ signado con los números V-14.826258 con fecha de nacimiento 14-11-79 estado civil soltera fecha de expedición 14-11-08 y de vencimiento 11-2018 quedaran para practicarles otras experticias.
23. Cursa al folio 82 primera pieza, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO N° 9700-057-247, de fecha 12-07-2009, suscrita por el funcionario Agente ALBORNOZ A DAVE J, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa. Un (01) segmento de material sintético conocidos comúnmente como cabestro elaborado en fibras sintéticas de color amarillo sin inscripción identificativa con una longitud de 134 centímetros en buen estado de conservación Un (01) segmento de un material sintético conocidos comúnmente como cabestro elaborado en fibras sintéticas de color amarillo sin inscripción identificativa con una longitud de 150 centímetros en buen estado de conservación. Un (01) segmento de un material sintético conocidos comúnmente como cabestro elaborado en fibras sintéticas de color marrón sin inscripción identificativa con una longitud de 05 metros en buen estado de conservación Un (01) segmento de un material sintético conocidos comúnmente como cabestro elaborado en fibras sintéticas de color marrón sin inscripción identificativa con una longitud de 12 metros en buen estado de conservación CONCLUSIONES Con base a las observaciones y análisis practicados al material Los segmentos de mecates mencionados tienen como finalidad específica la de atar sujetar objetos de igual o mayor cohesión molecular y usado atípicamente como arma o instrumento constrictor puede ocasionar lesiones contusas de menor o mayor gravedad e incluso la muerte como asfícticos dependiendo básicamente como región anatómica comprometida y de la violencia empleada. La pieza en estudio se encuentra en el Departamento de resguardo y custodia de evidencias.
24. Cursa al folio 83 primera pieza REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, de fecha 11-07-2009 suscrita por el Detective DAVE ALBORNOZ practicada colectadas en Inspección Técnica Nro 1033, practicada en las INSTALACIONES DE LA FINCA DENOMINDA "MI QUERENCIA-UBICADA EN EL CASERÍO CAJARITO, VIA HACIA EL CASERÍO HOJA BLANCA MUNICIPIO GUANARITO, ESTADO PORTUGUESA donde se colectaron las siguientes evidencias físicas 1- Un (01) segmento de material sintético conocidos comúnmente como cabestro elaborado en fibras sintéticas de color amarillo sin inscripción identificativa con una longitud de 134 centímetros en buen estado de conservación, 2- Un (01) segmento de un material sintético conocidos comúnmente como cabestro elaborado en fibras sintéticas de color amarillo sin inscripción identificativa con una longitud de 150 centímetros en buen estado de conservación. 3- Un (01) segmento de un material sintético conocidos comúnmente como cabestro elaborado en fibras sintéticas de color marrón sin inscripción identificativa con una longitud de 05 metros en buen estado de conservación. 4- Un (01) segmento de un material sintético conocidos comúnmente como cabestro elaborado en fibras sintéticas de color marrón sin inscripción identificativa con una longitud de 12 metros en buen estado de conservación.
25. Cursa al folio 86 primera pieza REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA de fecha 12-07-2009 suscrita por el Detective MAHOMET JEANS donde se deja constancia que se colecto las dos tapas practicada colectadas en Inspección Dos tapas elaboradas material sintético color negro con inscripciones identificativas donde se lee QP-150-4A, unj sombrero de color marrón marca VIQUEL.
26. Cusa al folio 104 primera pieza , ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL 424, de fecha 12-07-2009 suscrita por el Funcionario Sargento Mayor de Segunda, CAPUZZELO ROCHE MIGUEL, adscrito al cuarto pelotón de la primera compañía del destacamento 41 del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela juramentado conforme a la Ley y de conformidad con lo establecido en los artículos 110, 111, 112 y 169 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 12 numeral 1 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial" Cumpliendo instrucciones del ciudadano TTE, MONTILLA CALDERÓN DANIEL JOSÉ, Comandante de la expresada unidad operativa en fecha 12 de julio del presente año en curso aproximadamente a las 12:59 horas de la noche se recibió llamada de un ciudadano CESAR HFRNANDEZ informando aue había encontrado a la ciudadana Flor Seijas en- el hato flor amarillo y que la había trasladado hasta la Finca La Trinidad inmediatamente Salí de comisión en compañía del Sargento mayor de segunda Galea Seijas Julio Sargento mayor de segunda GUEVARA BRAVO LEONARDO, SARGENTO SEGUNDO GONZÁLEZ PRADO JESÚS siendo aproximadamente la 01:20 horas de la tarde nos apersonamos en las instalaciones de La Finca La Trinidad ubicado en el sector La Espinalúa del Municipio Guanarito del Estado Portuguesa propiedad del ciudadano Arturo Millar donde se observo la presencia física de la ciudadana FLOR SEIJAS quién había sido secuestrada el día 10 de Julio del presente año por sujetos armados desconocidos hecho ocurrido en el fundo mi querencia ubicado en el sector palmarito curveleño del Municipio Guanarito Estado Portuguesa, propiedad de la ciudadana antes descrita posteriormente nos trasladamos con la ciudadana Flor Seijas y el ciudadano Cesar Hernández hasta la sede del Comando de la Guardia Nacional de Guanarito por medidas de seguridad de la ciudadana liberada llegando aproximadamente a la 1:40 horas donde se encontraban los familiares de la mencionada ciudadana se efectuó llamada telefónica a la Abg. Luisa Ismelda Figueroa Fiscal Segunda de Guardia del Ministerio Público, giró las instrucciones que la ciudadana liberada la trasladaran de inmediato al centro asistencial de su preferencia con el grupo familiar y que el traslado hasta el centro asistencial era responsabilidad de los efectivos actuantes del procedimiento y que las investigaciones técnicas y el procedimiento continúa siendo del CICPC, siendo las 3:00 horas aproximadamente salió comisión integrada por tres (03) guardias Nacionales en vehículo militar placas GNB-1981, con la finalidad de trasladar a la ciudadana FLOR SEIJAS con sus familiares hasta la clínica Cardiológico ubicada en el edificio Rasáis planta baja Avenida 5 frente a la plaza Miranda Guanare estado Portuguesa donde fue atendida por el Dr. Orlando Ochoa diagnosticándole CONCLUSIONES: Deshidratación moderada, Lesiones cutáneas erosivas sangrantes Taquicardias Sinusual, agotamiento Físico mental la misma quedó recluida en la habitación N° 1 de la mencionada clínica bajo custodia del comando Regional de la seguridad ciudadana bajo La responsabilidad del distinguido (PEP) LUIS GONZÁLEZ.
27. Cusa al folio 105 primera pieza ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-07-09 rendida por el ciudadano CESAR EDUARDO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ , titular de la cédula de identidad Nro 8.395.847 ante el comando de Guanarito quien expuso: Yo llegue aproximadamente a las 11:30 horas de la mañana del día de hoy al hato Flor amarillo cuando converso con los empleados y los residentes y me comunican que la señora flor seijas había llegado en el transcurso de la mañana caminando hasta el hato ellos le habían dado de comer le habían prestado ropa y le habían prestado el baño para que se bañara yo le pedí para ver si podíamos conversar con ella y preguntarle cuales eran sus necesidades que si quería esperar a la guardia en el lugar o si quería ser trasladada algún otro sitio o a la población más cercana ella en un principio se mostró un poco nerviosa y con ganas de sperar pero como a los quince o veinte minutos después entra en confianza y nos pide ser trasladada lo cual hacemos y la llevamos hasta la finca la Trinidad propiedad del señor Arturo Millar de ahí nos comunicamos con el Sargento Julio Galea y con los familiares de la señora flor una hora después se presentó una comisión de la Guardia Nacional de Guanarito donde se encontraba el Sargento Julio Galea y otros dos sargentos más los cuales inmediatamente nos trasladamos hasta la población de Guanarito hasta el comando de la guardia Nacional de Guanarito con la señora Flor.
28. Cursa al folio 106 primera pieza INFORME MEDICO de fecha 12-07-09 Suscrito por el Cardiólogo Dr. Orlando J Ochoa N, practicado a la ciudadana FLOR SEIJAS cédula de identidad C.l, 5128215, Conclusión: DESHIDRATACIÓN MODERADA, LESIONES CUTÁNEAS EROSIVAS SANGRANTES POR ROCE, TAQUICARDIA SINUSUAL, AGOTAMIENTO FÍSICO-MENTAL.
29. Con la EXPERTICIA DE ACTIVACIÓN ESPECIAL Y BARRIDO N° 9700-254-137, de fecha 11-07-2009, cursa al folio 123 y 124 primera pieza, suscrita por el funcionario LUIS JOSÉ CARRILLO, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, a un vehículo automotor MARCA FORD, MODELO F-150 FORTALEZA, CLASE CAMIONETA COLOR PLATA TIPO PICK UP ALFANUMÉRICAS 69P-SAN CONCLUSIÓN 1- Que se localizaron apéndices pilosos sobre las sillas del vehículo antes descrito pertenecientes a la especie humana y correspondiente a la región cefálica de tamaño largos medianos y cortos los cuales quedaran en calidad de depósito en esta unidad. 2- Los rastros dactilares antes señalados se remiten a la unidad de archivo y lofoscopia de esta sub delegación signada bajo el N° 008.
30. Con la EXPERTICIA DE ACTIVACIÓN ESPECIAL Y BARRIDO N° 9700-057-140, de fecha 12-07-2009, cursante al folio 126 al 128 primera pieza, suscrita por el funcionaría Detective Valera Horismar TSU en criminalística, experta adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, practicada a un vehículo marca TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, CLASE RUSTICO COLOR AZUL PLACAS XNV-493, donde se procedió a realizar una inspección. CONCLUSIONES, Con base al reconocimiento y análisis se pudo establecer 1- Que las muestras de material heterogéneo colectados en la parte interna del vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, clase rustico, color azul, placas XNV-493, consisten en material del que normalmente está constituido el suelo natural (tierra) con las siguientes características, Sillas y piso anterior izquierdo Heterogéneo Terroso con minerales de color blanco gris abrillantados negro y marrón. Silla y Piso anterior derecho Heterogéneo Terroso, con minerales de color blanco gris abrillantado negro y marrón y adherencias de restos de materia vegetal deshidratada de color verde y apéndices pilosos. Silla y piso Heterogéneo Terroso con minerales de color blanco gris abrillantados negro y marrón y adherencias de apéndice pilosos Maletera Heterogéneo Terroso arenoso con minerales de color blanco gris abrillantados y marrón, 2- Que los rastros dactilares colectados en la activación especial practicada al vehículo en cuestión fueron trasplantados en una tarjeta para su resguardo y posterior estudio los cuales fueron remitidos y depositados en la unidad de Lofoscopia de esta delegación bajo el N° 009-09. 3- Que los apéndices pilosos colectados en el barrido practicado al vehículo antes mencionado posee las siguientes características Silla y piso anterior derecho: Tamaños largos medianos y cortos ligeramente lisos y ondulados color negros castaño oscuro mediano y claro Sillas y piso posterior: Tamaños largos medianos y cortos ligeramente lisos y ondulados color negro castaño oscuro mediano y claro.
31. Con la EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO Y FÍSICA (barrido en busca de apéndices pilosos) N° 9700-057-141, de fecha 12-07-2009, cursante al folio 130 y 131 primera pieza, suscrita por el funcionaría Detective Valera Horismar TSU en criminalística, experta adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, practicada a Un sombrero tipo borsalino de color marrón tamaño mediano provisto de un cinturón anudado elaborado en cuero de color marrón posee una etiqueta en la parte interna con inscripción identif¡cativa donde se lee SOMBREROS VIQUEL DESDE 1932 la pieza se halla en regular estado de uso y conservación y exhibe en sus signos físicos de suciedad. CONCLUSIONES 1- Que en el barrido realizado al sombrero antes mencionado se colectaron apéndices pilosos con las siguientes características. 2- Tamaños cortos, lisos y ligeramente lisos, de color castaño oscuro, mediano y claro, la pieza en referencia fue devuelta a la sala de resguardo.
32. Con la EXPERTICIA DE ACOPLE FÍSICO N° 9700-254-143, de fecha 14-07-2009, cursante al folio 133 y 134 primera pieza suscrita por el funcionario LUIS JOSÉ CARRILLO, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, practicada a 1.- Dos piezas de material sintético color negro con una longitud de 29,5 cm y un ancho prominente de 18 cm tipo tapas de forma triangular posee una calcomanía alusiva a un águila de color gris, negro amarillo e inscripciones donde se lee QP-150-4A, en su cara interna se aprecian tres ápices con separación entre sí de 23, 3cm y 17 cm. 2.- Un vehículo clase moto marca Qipai, modelo QP150, de color negro, serial LXAPCK4A070005726 posee en las zonas laterales del tanque de la gasolina una calcomanía con dibujo alusivo a un águila de color amarillo, blanco, rojo, azul y negro e inscripciones donde se lee QIPAI...CONCLUSIONES Que del acople físico realizado a las piezas señaladas en el numeral 1 (tapas) encajan directamente sobre las aberturas que se mencionan en el vehículo clase moto específicamente donde se ubican el área de la batería y el sistema de arranque de dicho vehículo la cual a su vez ofrece protección a estas zonas, las pieza suministradas quedaran en la sala de resguardo.
33. Cursa del 37 al 42 de la Segunda pieza ACTA DE RECONOCIMIENTO DE VEHÍCULO de fecha 11-08-2009, siendo las 10:00am y por encontrarse el tribunal en otros actos se dio lapso de espera y siendo las 5:10pm se dio inicio al Reconocimiento de objetos, a solicitud de la fiscal segunda del Ministerio Publico integrado por la Juez de control Ne 1 del circuito Judicial penal se constituyo en la sala de reconocimiento de objetos ubicada en la sede del cuerpo de Investigaciones científicas Penales y criminalísticas Guanare a los efectos de realizar el acto previamente fijado con relación a la causa 1C-4402-09 seguida contra los imputados: ÁNGULO PEÑA DARWIN OSWALDO, venezolano, 22 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad No. 19.640.333, nacido en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, y domiciliado en el Barrio Las Vegas calle principal casa s/n Barquisimeto Estado Lara, DURAN YACKSON JOSÉ venezolano Natural de Guadualito Estado Apure de 29 años de edad, soltero, chofer, fecha de nacimiento 05/08/87 Cédula de identidad 14.021.621 residenciado en el Barrio Simón Bolívar calle Principal casa s/n guanarito estado Portuguesa y QUERALES SILVA ALEXANDER JOSÉ venezolano, 25 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad No. 19.283.862, natural del Acarigua Estado Portuguesa, y domiciliado en la Urbanización Gonzalo Barrios calle Principal sector 01 casa s/n Araure Estado Portuguesa. Se Se procedió a dejar constancia de la presencia de la Fiscal Segundo de Ministerio Público, Abg. Luisa Ismelda Figueroa de Rivero Defensor Público Abg. Paúl Abreu los imputados ÁNGULO PEÑA DARWIN OSWALDO, DURAN YACKSON JOSÉ, QUERALES SILVA ALEXANDER JOSÉ previo traslado los testigos reconocedores: Alia del Carmen Muñoz, Jiménez Celso Nazario, Dilcia Marisol Jiménez Sánchez, Reina Isabel Jiménez Sánchez, Eliberto Manuel Bernal y Alexis José Muñoz Quintero en su carácter de testigos reconocedores, se le tomo juramento al testigo reconocedor ciudadano: Alia del Carmen Muñoz, en consecuencia expuso: "¿ Diga usted si entre los vehículos que se le pone de vista y manifiesto se encuentra alguno de los que en fecha 10-07-09 se introdujeron en las adyacencias de la finca Mi Querencia ubicada en el caserío, Sajarito Municipio Guanarito estado Portuguesa donde luego de someter a los presentes bajo amenazas de muerte con armas de fuego procedieron a llevarse secuestrada a la ciudadana Flor Maria Seijas de Muñoz luego se le puso de manifiesto los vehículos a reconocer 1) vehículo Toyota Machito placa DBK-02N, color gris 2) Machito toyota color azul placa XNV493, 3) Machito color azul Toyota placa XJD459 4) moto color gris marca New Jaguar150 5) moto color azul año 08 sin placas 6) color negro marca Quipai 150 y el reconocedor manifestó el vehículo es el Ne 2 lo conozco por los cauchos y por el color y la moto es la N9 6 color negro marca Quipai, se le tomo juramento al testigo reconocedor ciudadano Jiménez Celso Nazario expuso: "¿ Diga usted si entre los vehículos que se le pone de vista y manifiesto se encuentra alguno de los que en fecha 10-07-09 se introdujeron en la finca Mi Querencia ubicada Guanarito sector sajarito estado Portuguesa, donde luego de someter a los presentes bajo amenazas de muerte con armas de fuego procedieron a llevarse secuestrada a la ciudadana Flor Maria Seijas de Muñoz, luego se le puso de manifiesto los vehículos a reconocer 1) vehículo Toyota Machito placa DBK-02N, color gris, 2) Machito toyota placa XNV493, color azul 3) Machito Toyota color azul placa XJD459 4) Moto color gris, New Jaguar 150 sin placas 5) moto color azul año 2008 sin placas 6) Moto color negro marca Quipai 150 y el reconocedor manifestó: Es el vehículo NQ 2 lo reconozco por los cauchos y los riñes y el color con relación a la moto es la NQ 6 la conozco por el modelo del tanque cargaba un trapo negro y solo se veía ese día el trapo, se le tomo juramento al testigo reconocedor ciudadano Dilcia Marisol Jiménez Sánchez expuso: "¿ Diga usted si entre los vehículos que se le pone de vista y manifiesto se encuentra alguno de los que en fecha 10-07-09 se introdujeron en las adyacencias de la finca Mi Querencia ubicada en el caserío sajarito Municipio Guanarito estado Portuguesa donde luego de someter a los presentes bajo amenazas de muerte con armas de fuego procedieron a llevarse secuestrada a la ciudadana Flor Maria Seijas de Muñoz luego se le puso de manifiesto los vehículos a reconocer 1) vehículo Machito Toyota placa DBK-02N, color gris, 2) Machito toyota placa XNV493, color azul 3) Machito Toyota color azul placa XJD 459 4) Moto color gris, New Jaguar 150 sin placas 5) moto azul año 08 sin placas 6) Moto negro marca Quipai 150 y el reconocedor manifestó: Es el vehículo NQ 2 lo se por los cauchos con relación a la moto es la Ne 6 esa fue la que entro a la finca porque yo la vi. Se le tomo juramento al testigo reconocedor ciudadano JIMÉNEZ REINA ISABEL expuso "¿Diga usted si entre los vehículos que se le pone de vista y manifiesto se encuentra alguno de los que en fecha 10-07-09 se introdujeron en las adyacencias de la finca Mi Querencia ubicada en el caserío sajarito Municipio Guanarito estado Portuguesa donde luego de someter a los presentes bajo amenazas de muerte con armas de fuego procedieron a llevarse secuestrada a la ciudadana Flor Maria Seijas de Muñoz luego se le puso de manifiesto los vehículos a reconocer 1) vehículo Toyota Machito placa DBK-02N, color gris, 2) Machito toyota azul placas XNV493, color 3) Machito azul Toyota placa XJD 459. Moto color gris, New Jaguar 150 5) moto azul año 08 sin placas 6) Moto negro marca Quipai 150 y el reconocedor manifestó: Es el vehículo N9 2 lo se por los cauchos con relación a la moto es la NQ 6 la conozco porque yo la vi bien cuando sali de la finca, Eliberto Manuel Bernal "¿Diga usted si entre los vehículos que se le pone de vista y manifiesto se encuentra alguno de los que en fecha 10-07-09 se introdujeron en las adyacencias de la finca Mi Querencia ubicada en el caserío sajarito Municipio Guanarito estado Portuguesa donde luego de someter a los presentes bajo amenazas de muerte con armas de fuego procedieron a llevarse secuestrada a la ciudadana Flor Maria Seijas de Muñoz luego se le puso de manifiesto los vehículos a reconocer 1) vehículo Toyota Machito placa DBK-02N, color gris, 2) Machito toyota azul placas XNV493, color 3) Machito azul Toyota placa XJD 459 4) Moto color gris, New Jaguar 150. 5.- moto azul año 08 sin placas 6) Moto negro marca Quipai 150 y el reconocedor manifestó: El vehículo es el Ns 2 porque el Toyota que paso a la finca ese día tenia los cauchos iguales y no tiene mata burro yo la vi con respecto a la moto es la Ns 6 por el color se le tomo juramento al testigo reconocedor ciudadano Alexis José Muñoz Quintero "¿Diga usted si entre los vehículos que se le pone de vista y manifiesto se encuentra alguno de los que en fecha 10-07-09 se introdujeron en las adyacencias de la finca Mi Querencia ubicada en el caserío sajarito Municipio Guanarito estado Portuguesa donde luego de someter a los presentes bajo amenazas de muerte con armas de fuego procedieron a llevarse secuestrada a la ciudadana Flor Maria Seijas de Muñoz luego se le puso de manifiesto los vehículos a reconocer 1) vehiculo Machito placa DBK-02N, color gris, 2) Machito toyota azul placas XNV493, color 3) Machito azul Toyota placa XJD 459 4) Moto color gris, New Jaguar 150 5) moto azul año 08 sin placas 6) Moto negro marca Quipai 150 el reconocedor manifestó: Es el vehículo NQ 2 por los cauchos y no tiene ningún tipo de accesorio y porque tiene barro todavía, con respecto a la moto es la NQ 6 porque le falta la tapa negra. Cursa del 37 al 42 de la Segunda pieza
34. Cursa al folio 75 de la segunda pieza ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 13-07-2009 suscrita por el funcionario MAHOMENT JEANS adscrito a la brigada de investigaciones de esta subdelegación deja constancia de la siguiente diligencia policial encontrándose en labores se presento comisión de la policía local al mando del distinguido (PEP) LUIS ARRIETA trayendo oficios 0176 y 0177 del 03-07-09 emanado de la dirección general de la policía del estado Portuguesa mediante el cual remiten en calidad de detenido a los ciudadanos SÁNCHEZ PÓRTELA FRANKLIN FARLEY y SÁNCHEZ PÓRTELA ELÍSEO NORBERTO y remiten evidencias varias a fin de ser sometidas a experticias. Se trasladan a la oficina de información policial (SIIPOL) a fin de verificar los datos filiatorios de dichos ciudadanos así como los posibles registros policiales o solicitudes que pudieran presentar dichos ciudadanos siendo atendido por el funcionario enrique León quien informo que no presentan registros por ante el Sistema de Información Policial me dirigí hacia los archivos alfabético fonético de este despacho allí me entreviste con el detective Miguel Pérez segundo quien luego de realizar una minuciosa búsqueda en dichos archivo informó que el mencionado ciudadano SÁNCHEZ PÓRTELA ELÍSEO NORBERTO presenta el siguiente registro expediente H-753.425 de fecha 05-01-2008 por el delito de Ocultamiento de arma de fuego subdelegación Guanare. Cursa al folio uno de la tercera pieza
35. Cursa al folio 77 de la segunda pieza ACTA POLICIAL de fecha 13-07-2009 suscrita por el funcionario Distinguido LUIS ENRIQUE ARRIETA GONZÁLEZ adscrito a la Dirección general de Policía Comando Regional Unificado Contra La Extorsión y secuestro del estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial: "En esta misma fecha encontrándose en la población de Guanaríto Estado Portuguesa acompañado de los funcionario distinguidos Carlos Rodríguez y Rafael Camacho en averiguaciones relacionadas al plagio del que fuera víctima la ciudadana Flor María Seijas de Muñoz quién fuera liberada el día de ayer en las adyacencias del Hato "Flor amarilla" de dicha Jurisdicción hecho por el que el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas dio inicio a la causa I-255303 por el delito de secuestro, recibimos llamada radiofónica de la central de radio de la comandancia General de Policía en la que se nos informaba que a tres kilómetros aproximadamente de la finca "La Esmeralda" en la misma vía que conduce al sector donde fue liberada la ciudadana en referencia había sido vistos dos ciudadanos que se desplazaban a pie quienes aparte de no ser habitantes del sector las condiciones de sus atuendos y el desgaste físico que reflejaban permitían inferir que procedían de un ambiente de condiciones adversas y de recorrer grandes distancias situación que despertaba sospecha en los moradores de la zona por lo cercano del evento donde había sido liberada la ciudadana ya mencionada motivo por el que nos trasladamos al sector flor amarillo orientándonos como punto de referencia con la finca La Esmeralda cuya vía es la que conduce al caserío "La Hoyada" y otros caseríos aledaños carretera que procedimos a recorrer observando que ciertamente en sentido hacia el caserío ya mencionado y aproximadamente a un kilómetro de la finca en mención avistamos dos personas del sexo masculino, con atuendos campesinos a los que asociamos con la información que nos habían suministrado motivo por el que procedimos abordarlos quedando identificados de la manera siguiente Franklin Farley Sánchez Pórtela natural de Guadualito Estado apure de 28 años (31-01-82, soltero obrero residenciado en Barrio "Tierra Santa" calle principal casa s/n Guanarito Estado Portuguesa portador de la cédula de identidad V-17.375.673, y Elíseo Norberto Sánchez Pórtela, venezolano natural de Guasdualito Estado Apure 22 años 03-11-86 soltero de profesión u oficio obrero residenciado en el barrio "José Antonio Páez" ultima calle casa s/n Guanarito Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad N° V-20.899.987, sometiéndolos a una requisa personal incautándole al primero de los mencionados un equipo de telefonía celular marca ZTE, modelo ZTE C336 un equipo de telefonía celular serial 326190152389 y un bolso confeccionado en tela, color azul y negro marca Sportpack" contentivo de un blazer marca "chevalier" color negro y un Jean marca "Mardual", color azul talla 36, un jeans color azul marca "Hamer" talla 32 un pantalón tipo causal marca Tommy Hilfiger talla 32 color beige un short, tipo bermuda, marca puma color azul y negro un chemise, marca Niké color rojo con franjas negras talla "M" una franela sin marca color azul y amarillo una gorra marca LACKPAPR, color rojo un par de trenzas color negro un par de medias una color azul y una color negro, un boxer marca Leopoldo color Azul y rojo y franja color blanco, talla única un bolso marca KICK ME" color azul talla única un tubo de crema dental marca "Fortident de 80 gramos un cepillo dental de color blanco con cerdas verdes y blancas marca "colgate" una bolsa de material sintético color negro contentiva de un paquete de salchichas, color negro contentiva de un paquete de salchichas, tipo Viena, marca Alimex contentiva de quince unidades una mortadela de pollo marca Del Corral de un kilogramo, cuatro panes mientras que el segundo sostenía una bolsa de material sintético, color negro contentivo de dos pares de botas de goma color amarillo marca Santa Ninfa C.A talla 41 y otra marca Novaflex talla 41 para luego interrogarles sobre su lugar de residencia y procedencia preguntas en las que ambos cayeron en contradicción motivo por el que le indicamos que debía acompañarnos hasta nuestra sede policial en Guanare a objeto de verificar su estatus legal y dilucidar las contradicciones en cuanto a su lugar de residencia y procedencia petición a la que no tuvieron objeción alguna por lo que decidimos trasladarnos a nuestro comando, en cuyo trayecto el primero de los mencionados interrumpió el dialogo que llevábamos los integrantes de la comisión para manifestar que ciertamente habían mentido de su lugar de procedencia para el momento de ser abordados por la comisión, pues ambos habían sido sometidos a un engaño por parte de dos individuos de nacionalidad colombiana a quienes conocían como El negro Tapia o Jairo y ei otro de nombre Pedro Peinado para servir de centinelas de una ciudadana que había sido secuestrada y a la que ambos habían liberado el sábado 11-07-09, en horas de la noche pero que el detalle de todo lo acontecido querían hacerlo en presencia de su abogado. Ante este relato que evidenciaba la participación de ambos ciudadanos en el plagio ya citado y las características especiales de constante y permanente del delito cometido y en aras de salvaguardar los derechos que le asisten como investigados en la información que pretendían aportar consideramos practicar la detención de ambos ciudadanos por lo que fueron impuestos del hecho en que serán investigados así como de sus derechos y garantías constitucionales previstos en el artículo 49 ordinal 5to de la constitución de la República de Venezuela.
36. Cursa al folio 82 de la segunda pieza REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA de fecha 13-07-2009 suscrita por el Detective ARRIETA GONZÁLEZ LUIS ENRIQUE donde se colectaron las siguientes evidencias físicas un equipo de telefonía celular marca ZTE, modelo ZTE C336 un equipo de telefonía celular serial 326190152389 y un bolso confeccionado en tela, color azul y negro marca Sportpack" contentivo de un blazer marca "chevalier" color negro y un Jean marca "Mardual", color azul talla 36, un jeans color azul marca "Hamer" talla 32 un pantalón tipo causal marca Tommy Hilfiger talla 32 color beige un short, tipo bermuda, marca puma color azul y negro un chemise, marca Niké color rojo con franjas negras talla "M" una franela sin marca color azul y amarillo una gorra marca LACKPAPR, color rojo un par de trenzas color negro un par de medias una color azul y una color negro, un boxer marca Leopoldo color Azul y rojo y franja color blanco, talla única un bolso marca KICK ME" color azul talla única un tubo de crema dental marca "Fortident de 80 gramos un cepillo dental de color blanco con cerdas verdes y blancas marca "colgate" una bolsa de material sintético color negro contentiva de un paquete de salchichas, tipo Viena, marca Alimex contentiva de quince unidades una mortadela de pollo marca Del Corral de un kilogramo, cuatro panes mientras que el segundo sostenía una bolsa de material sintético, color negro contentivo de dos pares de botas de goma color amarillo marca Santa Ninfa C.A talla 41 y otra marca Novaflex talla 41 las cuales se remiten según planilla para ser sometidas a Experticia de Reconocimiento Técnico.
37. Cursa al folio 101 al 107 de la segunda pieza ACTA DE AUDIENCIA ORAL, en fecha 16-07-2009 el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de control NQ 01 del circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en la solicitud 1C-4402-09 1.- Califica la aprehensión de los imputados FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PÓRTELA y ELÍSEO NORBERTO SÁNCHEZ PÓRTELA por la comisión del delito de Secuestro en grado de complicidad previsto y sancionado en el artículo 3 en concordancia con el artículo 11 de la Ley contra e[ secuestro y la extorsión cometido en perjuicio de la ciudadana FLOR MARÍA SEIJAS DE MUÑOZ DECRETA la Medida cautelar Sustitutiva de libertad consistente en el arresto domiciliario de los ciudadanos FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PÓRTELA y ELÍSEO NORBERTO SÁNCHEZ PÓRTELA Autoriza a la fiscal del Ministerio Público para suspender el ejercicio de la acción penal en relación a los mencionados imputados por el delito de Secuestro en perjuicio de la ciudadana FLOR MARÍA SEIJAS.
38. Cursa al folio 140 de la segunda pieza ACTA DE RESERVA DE ACTUACIONES de fecha 15-07-2009 la Fiscal Segundo considera necesario DECRETAR LA RESERVA PARCIAL DE LAS ACTUACIONES por un plazo de 15 días solamente en lo que se refiere a los imputados FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PÓRTELA y ELÍSEO NORBERTO SÁNCHEZ PÓRTELA.
39. Cursa al folio 146 de la segunda pieza ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 28-07- 2009 suscrita por el funcionario Inspector Osney Zambrano adscrito al área contra Extorsión y Secuestro de la región Estadal Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial, ... teniendo conocimiento que uno de los vehículos incriminados fue retenido por una comisión de la alcabala ubicada en la población de "Papelón" pero por no adolecer de la información
concreta sobre el hecho habían permitido el retiro de sus tripulantes pero tomando en cuenta
que en este tipo de requisas por lo general los funcionarios toman nota de la diligencia practicada procedí a trasladarme en compañía de los funcionarios Detectives Otto chacón y cesar montilla hasta el citado punto de Control, donde fuimos recibidos por el jefe del mismo S/mayor Méndez Salas quién impuesto del motivo de la comisión nos manifestó que efectivamente funcionarios adscritos a esa dependencia titular habían efectuado el procedimiento ya mencionado llamando a nuestra presencia a uno de los funcionarios que practico la diligencia quien quedo identificado Adrian Jose Vergara Colmenares nos informo que dicho vehículo solamente era ocupado por su conductor y que había tomado nota en el libro de novedades diarias ubicándose en la fecha 10-07-2009 fecha en que tuvo lugar el hecho observando que ciertamente en el mismo fue asentado la requisa a que fue sometido un vehículo marca caribe, modelo 442 tipo sedan color marrón placas GEF-792, conocido por un ciudadano quien se identificó con una cédula de identidad a nombre de Alexander Rivero manifestando estar residenciado en la Urbanización Los cortijos de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, me trasladé al área donde funciona el terminal del sistema de Información policial a fin de verificar los datos que habíamos obtenido siendo recibidos por el Detective enrique León me informo que dicho número no le corresponde al ciudadano antes mencionado y que su titular aparece a nombre de la ciudadana Sánchez Luz Maria fecha de nacimiento 12-08-1988 presumiéndose que nos encontramos a nombre de una usurpación de identidad o que el funcionario que tomo los datos haya herrado en el registro de los mismos mientras que la matrícula en mención le corresponde a un vehículo Marca caribe, modelo 442 tipo sport Wagón, color blanco serial de carrocería JKL51GDV4035212, serial de motor GDV403512 año 1983 el cual registra a nombre de Buvat de Virgin Chacón Rene Antione Berard titular de la cédula de identidad V-3.180.791 es todo.
40. ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 29-07-2009 suscrita por el funcionario Detectives Otto Chacón adscrito al área contra Extorsión y Secuestro de la Región Estadal Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial, me traslade en compañía de los funcionarios Inspector Osney Zambrano Detective Cesar Montilla y agente Jhon Grant hasta la Urbanización Los Cortijos de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa,...donde realizamos varios recorridos logrando avistar en la calle 4 con avenida 1 específicamente frente a una vivienda fabricada en bloque con friso pintada de color beige con rejas de color negro, sin numero aparente aparcado un vehículo con características idénticas que el requerido, al indagar en el sector al propietario del mismo se obtuvo la información que dicho vehículo pertenece a un habitante de la vivienda antes descrita y que solo es conocido en el sector como "El Flaco" ya realizadas nos retiramos del lugar.
41. ORDEN DE ALLANAMIENTO decretada por el Tribunal de Control Nro 03, de fecha 07-08-2009, autorizada para ser practicada en la siguiente dirección barrio bellas artes, avenida 01, con calle 04, vivienda edificada en paredes de bloques frisados y pintados de color beige con rejas de color negro casa sin numero de Acarigua estado Portuguesa.
42. Cursa al folio 159 de la segunda pieza ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 31-07-09, suscrita por el funcionario Agente Jhon Grant adscrito al área contra Extorsión y Secuestro deja constancia de la siguiente diligencia policial, siendo las 11:00 de la mañana orientado a lograr la comparecencia del ciudadano CANDIDO MIGUEL REBOLLEDO procedí a trasladarme en compañía de los funcionarios Inspector Osney Zambrano y Detective Otto Cachón, hacia el "Barrio Bella" de la ciudad de Acarigua estado Portuguesa, fuimos recibidos por la ciudadana Mary Triny Morales Colmenarez, por ser la concubina nos manifestó que perdió contacto con su concubino y se le libró Boleta de citación.
43. Cursa al folio 160 de la segunda pieza ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 02-08-09, suscrita por el funcionario Inspector Osney Zambrano, adscrito al área contra Extorsión y Secuestro deja constancia de la siguiente diligencia policial,,, siendo las 03:45 de la tarde orientado a lograr la comparecencia del ciudadano CANDIDO MIGUEL REBOLLEDO procedí a trasladarme en compañía de los funcionarios Detective Otto Cachón y Agente Jhon Grannt hacia el Barrio "Bella Vista" de la ciudad de Acarigua estado Portuguesa, fuimos recibidos por la ciudadana Mary Triny Morales Colmenarez, por ser la concubina nos manifestó que perdió contacto con su concubino optando nuevamente en librarle Boleta de citación
44. Cursa al folio 161 de la segunda pieza ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 05-08-2009 suscrita por el funcionario Agente Jhon Grannt adscrito al área contra Extorsión y Secuestro deja constancia de la siguiente diligencia policial... no ha sido posible lograr la comparecencia del investigado Candido Rebolledo es por lo que se acuerda solicitar sea tramitada la correspondiente orden de aprehensión contra el investigado señalado
45. Cursa al folio 163 de la segunda pieza ORDEN DE APREHENSIÓN decretada en fecha 11-08-2009 el Tribunal de Primera instancia en lo Penal en funciones de control NQ 1 del circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en la solicitud 1C-4402-09 visto el escrito presentado por la Fiscal Segundo donde solicita ORDEN DE APREHENSIÓN contra el ciudadano CANDIDO MIGUEL REBOLLEDO por el delito secuestro ese tribunal decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad establecida en el artículo 250 del código orgánico procesal penal, contra el ciudadano candido miguel rebolledo quien se encuentra presuntamente involucrado en el hecho punible calificado por el ministerio público como Secuestro previsto y sancionado en el artículo 3 en concordancia con el artículo 10 numerales 1,9,10 y 16 de la ley contra el secuestro y la extorsión, lograda la aprehensión aquí acordada el imputado deberá ser puesto a la orden de la Fiscalía Segunda.
46. Cursa al folio 180 de la segunda pieza, ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR 1174, de fecha 21/07/09 folio 44 suscrita por los funcionarios Sub Comisario Manuel Ramos, Inspector Osney Zambrano, Detectives Otto Chacón, Cesar Montilla, Salas Bartolomé y agente Jon Grant, practicada en UNA VIVIENDA DE TIPO RUDIMENTARIA SIN NUMERO DE IDENTIFICACIÓN VISIBLE UBICADA A UNA DISTANCIA DE 100 METROS DEL CAÑO EL INDIO, MUNICIPIO GUANARITO ESTADO PORTUGUESA adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente dirigencia policial ...nos conduce a una vivienda de tipo rudimentaria (rancho) la cual esta conformada por paredes de listones de madera carentes de ventanas posee techo de láminas de cinco piso de suelo natural, se observa un vano en la parte frontal que nos da paso al interior de la referida vivienda... colectando embalando y rotulando las siguientes evidencias dentro del cuarto un Kit de Pinzas quirúrgicas de 14 piezas de acero inoxidable con su respectivo forro de color negro se embala y rotula con la letra A1 cinco Kit de sutura marca seda negra 3-0, se embala y rotula con la letra A2, un equipo médico denominado estetoscopio con todos sus accesorios se embala y rotula con la , letra A3 dos Bisturís marca "Micro Edge, se embala y rotula con la letra a 4, un equipo médico conocido como otorrino modelo 19090 con un forro de color marrón donde se lee entre otras cosas "PROP de Alfredo Guerrero, se embala y rotula con la letra A5 siete tarjetas de recarga de saldo de Movilnet seis de 10.000,oo y una de 15.000,oo las cuales están utilizadas y se embalan con la letra A6, 62 constancias de vacunación del Ministerio de desarrollo social en blanco sin llenar en el reverso se observa la impresión de un sello húmedo, en tinta azul donde se lee "HOSPITAL DR. JOSÉ LEÓN TAPIA SOCOPO, ESTADO BARINAS", se embala y rotula con la letra A7, Un teléfono celular marca Samsun modelo SCH-L310, serial A3LSCHL310 de color negro y gris, el cual se encuentra en mal estado de conservación se embala y rotula con la letra A8, dos carnet de forma rectangular elaborados en material sintético de colores blanco pertenecientes a la Misión Rivas, acreditando como estudiante, de la escuela Básica "Orlando García" socopo Estado Barinas, a los ciudadanos: NORYELIS PEREIRA cédula de identidad 19.057.568 y Alfredo Guerrero cédula de identidad 13.831.714, se embalan y rotulan con la letra A9 Un documento fotostático emitido por la dirección General y Extranjería, a nombre del ciudadano Guerrero Soto Alfredo Jesús titular de la cédula de identidad 13.831.714 lugar de nacimiento Socopo Municipio Antonio José de Sucre Estado Barinas el 25/01/1976 Domicilio Urbanización Simón Bolívar Avenida 19 con carrera 19 Socopo Estado Barinas signado con el número374232 emitido por la oficina de Barinas con fecha de expedición, 04-08-2006 y fecha de vencimiento 04-08-2007, con destino al país de cuba colectado embalado y rotulado con la letra A10 una 01 tarjeta telefónica elaborada en material sintético de color verde perteneciente a la empresa CANTV de 5000,oo bolívares de saldo, se colecta embala y rotula con la letra B1, tres ejemplares de circulación de prensa local de los Estados Portuguesa y Barinas el Primero de ellos se observa entre otras cosas en la pagina de sucesos " PRESUNTA BANDA DE EXTORSIONADORES PLAGIARION A UN JOVEN DE ACARIGUA de fecha sábado 17 de enero del 2009 (El Regional Portuguesa,..todos los ejemplares se embalan y rotulan con la letra B2 seguidamente en la parte posterior ubica el área de la cocina en esta se aprecia sacos de material sintético estos contentivos de fertilizantes y otros una mes de madera contentiva de víveres y utensilios de cocina, seguidamente nos trasladamos por un baño que nos conduce al patio posterior de la vivienda luego de un minucioso recorrido por las adyacencias del lugar a través de una trocha o camino improvisado se localiza a una distancia de aproximadamente cien metros se ubica entre la arboleda un área con signos de haber sido recientemente limpiado y la maleza cortada, lugar se observa sobre el suelo natural junto a un árbol de gran tamaño dos mantos elaborados en material sintético de color negro se encuentran doblados en varias partes al ser abiertos se aprecian que son en forma cuadrada y miden cada uno tres metros de ancho por tres metros de largo 3,00 m x 3.00 m es de hacer notar que uno de los mantos antes descrito presenta seis segmentos de cuerda cuatro atados en cada uno de los extremos y dos atados en los laterales estos se embalan y rotulan con la letra B3 en el manto que no posee las cuerdas se procede a realizar una minuciosa revisión observando sobre su superficie varios apéndices pilosos de los cuales se colectan embala y rotulan con la letra B4 se procede a colectar muestra del suelo natural se embala y rotula con la letra B5 folio 03 y 04 de la segunda pieza, folio 03 y 04 de la segunda pieza
47. Cursa al folio 182 de la segunda pieza ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 30-07-09, suscrita por el funcionario Detective Otto Cachón adscrito al área contra Extorsión y Secuestro deja constancia de la siguiente diligencia policial,,, me trasladé en compañía de los funcionarios Inspector Osney Zambrano Detective Cesar Montilla y Agente Jhon Grannt, hasta el Municipio Guanarito específicamente las adyacencias del sector Caño de Indios con la finalidad de ubicar el lugar de residencia y la identidad de un ciudadano mencionado en actas como ALFREDO GUERRERO conocido en el sector como El Comisario una vez en el lugar nos apersonamos en la residencia del ciudadano en cuestión donde notamos que para el momento de la comisión no se encontraba habitada, sostuvimos entrevista con una persona quién dijo llamarse Eleuterio Hernández residenciado en el mismo sector predios de la finca "El Olvido" soltero, no cedulado, indico que por allí tenía una Finca "El Comisario" y que su nombre era ALFREDO GUERRERO pero que desde el secuestro de la señora flor no había sido visto por el sector. Cursa Folio 05 de la segunda pieza
48. ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 11-08-2009 suscrita por el funcionario Detective Otto Chacón adscrito al área contra Extorsión y Secuestro deja constancia de la siguiente diligencia policial,,, Orientados a la ubicación del ciudadano Alfredo Jesús Guerrero Soto quién es mencionado en autos bajo el seudónimo de "El Comisario" y quién ha sido individualizado como el dueño de la vivienda y la extensión de tierra donde mantuvieron en cautiverio a la ciudadana Flor María Seijas de Muñoz víctima en la presente causa a quién dicho ciudadano se le presentó en su lugar de cautiverio como el médico que le prestaría atención en caso de ser necesario y que ha juzgar por los instrumentos incautados en la vivienda ya mencionada se infiere que dicho individuo posee conocimientos de medicina pero como quiera que desde la liberación de la víctima en referencia este ciudadano abandono los predios del caserío "Botalón Gonzalero" del Municipio Guanarito lugar del cautiverio y donde a su vez dicho ciudadano mantenía un domicilio ocasional, migración que ha sido corroborada por los habitantes del caserío en mención, quienes refieren que este pudo haber huido a la población de Socopó Estado Barinas desconociéndose el lugar específico motivo por el que no puede ser agotada la vía de la citación concluyéndose que dicho individuo tiene pleno conocimiento de que esta siendo requerido en el marco de la presente investigación y que ha asumido una actitud renuente y contumaz en ponerse a derecho, considerándose por lo tanto que existen aparte de elementos suficientes sobre su participación en el hecho, razones de hecho y de derecho para que el ente rector de la investigación tramite ante el Juez de control, Orden de Aprehensión contra dicho ciudadano motivo por el que me trasladé hasta el área donde funciona el Terminal de información policial de esta oficina con el objeto de obtener el resto de ios datos filiatorios de dicho ciudadano, siendo recibido allí por el funcionario detective Enrique León quién luego de incluir los datos de dicha persona me informó que el mismo aparece registrado en el sistema de enlace, C.I.C.P.C - ONIDEX como Alfredo Jesús Guerrero Soto, venezolano de 33 años 25-01-76, casado, obrero hijo de Alfredo y de Aidé titular de la cédula de identidad N V-13.831.714, acordándose finalmente remitir las presentes actuaciones al Ministerio Público para que proceda con la solicitud ya mencionada.
49. Cursa al folio 185 de la segunda pieza, de fecha 13-08-2009, donde Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de control Ns 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en la solicitud 1C-4402-09 decreta ORDEN DE APREHENSIÓN ese Tribunal DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad establecida en el artículo 250 del código Orgánico Procesal Penal. Contra el ciudadano ALFREDO JESÚS GUERRERO SOTO quien se encuentra presuntamente involucrado en el hecho punible calificado por el Ministerio Público como secuestro previsto y sancionado en el artículo 3 en concordancia con el artículo 10 numerales 1, 9,10 y 16 de la Ley contra el secuestro y la extorsión, lograda la aprehensión aquí acordada el imputado deberá ser puesto a la orden de la Fiscalía Segunda.
50. Cursa al folio 197 de la segunda pieza , se recibe oficio 3817 del Juez de control NQ 1 | del circuito judicial Penal del estado Portuguesa, informando que por auto de esta misma fecha acordó la ORDEN DE APREHENSIÓN JUDICIAL de fecha 13-08-2009, al ciudadano ALFREDO JESÚS GUERRERO SOTO por la comisión del delito secuestro en perjuicio de flor Maña Seijas una vez aprehendido deberá ser puesto a la orden de esta Fiscalía.
51. Folios del 03 al 07 del cuaderno de prueba anticipada ACTA DE ENTREVISTA del ciudadano FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PÓRTELA venezolano, natural de Guasdualito estado Apure, de 28 años 31-01-82, soltero, obrero residenciado en Barrio Tierra Santa calle principal casa s/n Guanarito Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad V-17.375.673 ante el Juez de Control N° 1 expuso: Yo voy a declarar los hechos del secuestro yo estaba en la parte de arriba llegó el ciudadano x me dijo que el quería hacer un secuestro y necesitaba a dos personas que cuidaran a la señora que el iba a secuestrar yo le dije a mi hermano y me dijo que si que el iba con migo me fui yo con el colombiano para la finca a traerse a la señora que iba a secuestrar entramos allá averiguar unos cochinos desde ese día que fuimos allá no estaba la señora después se fue a preguntar por los ovejos y a lo último cuando la situación se iba alargando fue a comprar cochino ahí es donde Jairo El Colombiano estaba en la finca es donde le dice a Pedro Peinado el nombre de él es Julio Santiago que llame a la gente de Acarigua se reúnen a la orilla del río en los Guamos en Guanarito entonces se van para acá para Guanare de ahí yo me vengo con ellos para Guanare también ellos iban a hacer un trabajo aquí en Guanare entonces el trabajo que iban hacer aquí en Guanare no se dio ahí fue que nos fuimos hacer el trabajo de la señora ahí fue que secuestraron a la señora que nosotros recibimos en la finca entonces a las nueve de la noche recibimos a la señora nos la llevamos a ella para la montaña y ahí pasamos la noche en la montaña el otro día esperamos al colombiano para que nos lleve comida como el no llegaba yo saque a la señora de la montaña y la puse en un lugar cerca para liberarla como no nos traían comida estábamos aguantando hambre en ese momento en la tardecita llega el dueño de la finca que conozco como comisario, primera vez que lo veo yo hablo con él y le digo que voy a liberar a la señora el me dice que también la quiere liberar porque se está metiendo en problemas en la finca pero que le iba a tomar unos datos a la señora y se viene para acá para llamar a Pedro Peinado para decirle que vamos a liberar a la señora en el momento que viene la señora en el momento que el viene para afuera a buscar señal se encuentra con la patrulla y no puede llamar entonces se va mandado otra vez para abajo donde estábamos nosotros ahí es donde decidimos soltarla nos fuimos en la moto la soltamos como a las nueve de la noche, estaba lloviendo el dijo que se iba para Socapó unos quince días a esperar que las cosas se calmaran un poco nosotros nos que damos ahí y al otro día nos vinimos a pie ahí fue donde nos agarraron aja y entonces los carros que andaban era una caribe y un carrito azul como un corsa y un machito la gente aue andaba eran siete si no estoy equivocado los que se vinieron adelante fueron cuatro los que se vinieron el la caribe fueron dos los que nos agarraron preso fueron los del machito azul y los de la moto negra ellos vinieron para Acarigua para donde un tal candido que vive en Acarigua que es el jefe de ellos por cierto yo estaba en Acarigua pero como yo hago trabajitos en el campo me vine de Acarigua y no se la dirección de el pero se llegar. Folios del 03 al 05 de la segunda pieza. ADMINICULADA AL ACTA DE ENTREVISTA de fecha 18-07-2009 folio 06 y 07 del cuaderno de prueba anticipada, se procede ampliar entrevista realizada en fecha 16-07-09 en la sede del Tribunal Primero de control al ciudadano FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PÓRTELA ampliamente identificado en autos anteriores en presencia de la ciudadana fiscal Segundo el Abogado Paúl Abreu defensor Público y en consecuencia expone: Bueno resulta que me dijeron que tenía que ampliar mi entrevista y no tengo ningún problema en hacerlo PRIMERA PREGUNTA Diga usted el nombre del ciudadano que menciona como el comisario CONTESTO solo lo conozco como el Comisario SEGUNDA PREGUNTA Diga usted características fisonómicas del ciudadano que menciona como el comisario CONTESTO Mide como un metro sesenta de estatura, de piel blanca, de contextura fuerte de cabello liso de color negro, usa bigotes finos, como de 32 años de edad TERCERA PREGUNTA Diga usted donde se puede ubicar la persona que menciona como el Comisario el que vive en un rancho de tablas que esta como a ciento cincuenta metros de la vía principal al pasar el puente de tablas en el sector caño de indio por donde llaman Botalón Gonzalero, a tres horas de Guanarito CUARTA PREGUNTA Diga usted, a bordo de que vehículo se moviliza el ciudadano que menciona como El Comisario tiene una moto Marca Jaguar de color Roja QUINTA PREGUNTA Diga usted cual fue la participación del ciudadano que menciona como El comisario en el Plagio CONTESTO era el dueño de la Finca donde teníamos a la señora, nos lleva comida y supervisamos SEXTA PREGUNTA Diga usted donde se encuentra en los actuales momentos dicho ciudadano CONTESTO nos dijo que se iba para socopo unos quince dias hasta que pasara el problema porque allí tiene familia SÉPTIMA PREGUNTA Diga usted donde se encuentra en los actuales mometos el arma de fuego con la cual prestaron custodia a la víctima CONTESTO Se la llevó el Comisario por que dijo que el se encargaba de entregarlas OCTAVA PREGUNTA Diga usted el nombre del completo del ciudadano que menciona como PEDRO PEINADO el dice en Guanarito que se llama PEDRO PEINADO pero su nombre es Julio santiago NOVENA PREGUNTA Diga usted tiene conocimiento donde reside el ciudadano JULIO SANTIAGO CONTESTO en Guanarito Barrio simón Bolívar detrás de Adagro valle principal en una pieza de bloque de cemento sin friso, con puertas de metal con pintura de fondo gris esta pieza se encuentra al lado izquierdo de la vía DECIMA PREGUNTA Diga usted características fisonómicas del ciudadano Julio santiago mide como un metro setenta de estatura de contextura fuerte de piel morena clara de cabello crespo de color negro y se deja una cola en la parte de atrás con bigotes y barba tipo candado como de 40 años de edad DECIMA PRIMERA PREGUNTA Diga usted, a bordo de que vehículo se desplaza el ciudadano JULIO SANTIAGO CONTESTO tiene una moto marca Ava León de color azul con ramales negros en las empuñaduras y una calcomanía en las tapas de color rosadas donde se lee Sastrería Báez, DECIMA SEGUNDA PREGUNTA diga usted tiene conocimiento del numero de teléfono del teléfono del referido ciudadano CONTESTO Esta en el directorio de mi teléfono celularmarca ZT que se encuentra en este Despacho y aparece con el nombre de Pedro P. DECIMA TERCERA PREGUNTA Diga usted cual fue la participación del ciudadano JULIO SANTIAGO en el plagio CONTESTO El era el encargado de realizar las llamadas desde Colombia para pedir el dinero y también era el organizador del secuestro... DECIMA SEXTA donde reside el ciudadano que menciona como Candido el vive en Acarigua después de pasar la redoma de la espiga en la segunda cuadra a la derecha se consigue con dos cayes en forma de Y toma la de la izquierda y en la primera cuadra se consigue del lado derecho una casa de color azul con rejas y portón de color caoba esa es la casa donde vive y si toma en la "Y" a mano derecha hay una casa de bloque sin friso con rejas de color blancas allí vive su cuñada en ese mismo sector justo donde está la Y hay un taller de latonería donde tiene una camioneta Caribe que esta arreglando un camión de color rojo que esta estacionado dentro de una casa allí cerca DECIMA SÉPTIMA PREGUNTA Diga usted características fisonómicas del ciudadano que refiere como CANDIDO contesto mide como un metro setenta de estatura de contextura fuerte de piel de color moreno claro cabello canoso, con bigotes, como de 50 años de edad DECIMA OCTAVA PREGUNTA Diga usted a bordo de que vehículo se desplazaba el referido ciudadano una camioneta Chevrolet blanca de cajón Un Chevette de color crema, un corsa de color blanco y un corsa de color rojo, tiene muchos carros DECIMA NOVENA PREGUNTA diga usted el ciudadano de quien hace referencia en su exposición como candido estuvo presente en la población de Guanarito para el día en que se llevó a cabo el plagio de la ciudadana Flor Maria Seijas de Núñez CONTESTO No el estuvo allá fue el día anterior diga usted tiene conocimiento que persona viajaba en el vehículo que refiere en su testimonio rendido ante el Tribunal como una Caribe color marrón CONTESTO no lo conozco pero este también estaba el día anterior cuando se reunieron en Los Guamos a orilla del río PREGUNTA diga usted características del ciudadano que conducía el vehículo antes mencionado CONTESTO es flaco, moreno, cara redonda, usa bigote poblado cabello liso, corte bajito como de uno 22 años.
52. Cursa del folio 08 al 11 del cuaderno de prueba anticipada ACTA DE ENTREVISTA del ciudadano ELÍSEO NORBERTO SÁNCHEZ PÓRTELA venezolano, natural de Guasdualito estado Apure, de 22 años 03-11-86, soltero, obrero residenciado en Barrio José Antonio Páez ultima calle casa s/n Guanarito Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad V-20.899.987 ante el Juez de Control N° 1 manifestó Empezó todo fue el hermano mío el me contó que había una gente que lo estaba convidando hacer un trabajo por allá que si quería acompañarlo yo le dije que me explicara bien lo que era él me dijo que era un secuestro entonces fue cuando el me mostró que había un muchacho que le decían tapia, me lo presentó entonces el muchacho ese tapia me dijo que ya tenían todo arreglado que ellos me buscaban el día que iban hacer el trabajo entonces yo me quede esperando en la casa después no tuve más contacto comunicación con ellos un día el hermano mió me convido para que fuera para la finca de la señora yo entre y no estaba la señora ella no estaba me atendió una señora que estaba ahí le pregunté por unos ovejos me retiré de ahí luego no volví más, nunca vi la señora el tapia dijo que la señora tenia como 38 o 40 años ya ahí se acabó todo yo me quede en la casa que me fueran a buscar, el viernes el me fue a buscar en una moto, fuimos y en la salida de Guanarito en donde queda el basurero había un carrito color rojo un corsa tenía los vidrios a la altura de la frente le hizo seña al tapia para que siguiera que la gente iba adelante, llegamos a la entrada de la finca, a la entrada de la finca donde vive la señora había un carrito machito en ese carro iban tres muchachos los hombres no lo se pero al verlos los reconozco ellos manifestaron que por ahí estaba otro camionaje caribe con dos muchachos más al rato como a eso de veinte minutos de estar por allá apareció la caribe y dos de los muchachos que venían en la caribe se fueron para la finca de la señora en la moto de tapia a ver si la señora estaba para retenerla luego venían a avisar para secuestrarla eso fue como a las cinco y media estaba claro todavía pasaron cuarenta minutos como no llegaban los muchachos de la moto no llegaban fueron a ver que pasaba en eso venía el muchacho en la moto uno que parece menor de edad venía avisar que la señora ya estaba allá que la tenían amarrada procedieron a ir frente de la finca a esperar porque estaba lloviendo y el camino estaba muy feo ellos dijeron que la iban a sacar en la camioneta que estaba allá en la finca, en eso llegó la camioneta la sacaron con un trapo en la cara no era primera vez que la miraba procedieron a sacarla en el machito que la estaba esperando uno de los muchachos me dijo que me fuera en la moto para que la llevara hasta donde estaba el machito, llegamos hasta donde estaba el machito llegamos como a dos kilómetros de la bodega La Curva cerca de la entrada de caño indio cuando yo llegue en la moto ya ellos había suido a la señora en el machito ellos me dijeron que me subiera en el machito que dos de ellos se iban en la camioneta que se trajeron de la finca para dejarla más adelante empezamos a caminar hacia el campo como a la media hora la moto iba adelante como el como el camino estaba muy feo dijeron que mi hermano se fuera en la camioneta que iba adelante, la moto se quedó ahí no supe si siguió o se quedó ahí llegamos al sitio por un terraplén hacia una T el carro dio la vuelta bajó la señora y se vino para atrás ahí nosotros le quitamos el trapo con lo que la señora estaba tapada para que se fuera caminando por el terraplén había un puente de tabla después del puente de tabla estaba una casita de tabla que tiene luz eléctrica, yo no conocía esa zona para donde íbamos el único que sabía era mi hermano el señor de la finca iba a colaborar llegamos por donde estaba una cerca eléctrica ahí caminamos por donde estaba una cerca eléctrica ahí caminamos por la cerca eléctrica hacia donde está el monte ahí procedimos a pasar la noche arreglamos ahí para pasar la noche con un plástico que cargábamos cuando amaneció seguimos como media hora más adentro de la montaña seguímos por la misma cerca eléctrica llegamos al sitio una montaña alta entramos de la cerca eléctrica como unos 200 metros yo le arregle con el plástico para que ella estuviera ahí le coloque un mosquitero para que no le picaran los zancudos mi hermano se vino hasta la cerca de tabla para que nos diera una hamaca para que la señora estuviera cómoda luego volvió mi hermano y dijo que no había nadie que nos quedaba era esperar en la tarde a ver si el señor llegaba procedíamos a soltar a la señora por que le habían dicho que era una señora de 38 o 40 años, en buen estado Físico y realmente era una señora mayor yo le pregunté la edad y me dijo que tenía 60 años, tenía el brazo partido y tenía una enfermedad en el estómago ella me dijo que hablara con mi hermano porque no había engañado que nos había dicho que era adinerada y que era joven cuando el llegó yo hablé con el y le explique que nos había engañado porque la señora estaba enferma y era una señora de edad que nos estábamos arriesgando mucho, como a eso de las once del día el volvió para la casa de tabla a ver que había pasado y volvió a venir diciendo que no había llegado nadie, que la casa estaba sola que no habían señales que alguien había estado ahí luego nos acercamos hasta la casa de tabla para esperar que se hiciera de noche para soltarla ahí fue que el me dijo que estábamos arriesgando la vida porque la estábamos soltando sin autorización de las personas que nos estaban dando las ordenes como a las tres de la tarde procedimos acercarnos a la casa de tabla otra vez por el mismo camino, la cerca eléctrica, llegamos a la casa, por un montecito le dijimos a la señora que se quedara cerca de unos palos mientras oscurecía para ver que íbamos hacer, cuando estaba oscureciendo se escucho una moto que se acercaba a la casa escondimos a la señora más hacia el monte porque no sabíamos quien hería fue cuando el hermano mío salió porque escuchamos que abrieron las puertas de la casa, mi hermano dijo debe ser el dueño salió hablar con él como las personas que habían mandado a cuidar a la señora el señor se identifico como el comisario llegó con una bolsa con panes salchicha mortadela para que comiéramos ahí fue que él manifestó que estaba en Barinas y que un tal Pedro lo había llamado para que se viniera, luego fue donde nos dijo que a tres muchachos ya los habían sorprendido un grupo de la policía y que cuando él venía había visto unas patrullas de la policía buscando a la señora él busco una libreta negra pequeña y dijo que le iba a tomar unos datos a la señora duró como hora y media hablando con ella anoto los datos de ella y de su familia también los números telefónicos luego hablo con nosotros y dijo que iba para el terraplén a buscar señal para hablar por teléfono con pedro para ver que instrucciones les daba duro como hora y media cuando llegó nos dijo que lo había parado una patrulla de la PTJ el les dijo que por la zona le llamaban El Comisario los de la PTJ le informaron que andaba buscando a la señora que mañana volvían y se encontrarían en ese mismo lugar para que los llevara hasta el sitio que uno de los muchachos había aportado que era por una montaña fue ahí donde decidieron que la soltarían que el ya sabía el sitio donde la iban a dejar la montaron en la moto y se la llevaron eso fue como a las nueve cuando regresaron era como las doce de la noche dijeron que habían dejado a la señora en una "T" como a setecientos metros, que ahí había de todo tipo de comunicación para que la señora se comunicara esa noche el nos comento que ese otro día a las cinco de la mañana se iba a verse con la otra gente que después iba a dirigir hacia Socopo a esperar unos quince días que pasara el alboroto, esa noche dormimos en la casa en una hamaca ahí a las cinco de la mañana el se levantó y se fue yo y mi hermano cuando nos levantamos y nos dirigimos hacia la montaña porque le había dicho que si el sabía que el gobierno estaba ahí el se regresaba avisarnos que después nosotros viéramos como nos íbamos que el no quería que se dieran cuenta que a la señora la tenían en la parcela de él como nosotros no teníamos comida esperamos como a las ocho de la mañana a ver si regresara como no volvió ahí fue cuando decidimos salir del área de la parcela de él nos vinimos caminando por el mismo Terraplén por donde ellos habían venido a soltar a la señora caminamos hasta la "T" donde ellos la habían soltado ellos la habían soltado hacia la izquierda nosotros agarramos hacia la derecha que ese Terraplén sale hacia la hollada espina lúa como nosotros no conocíamos caminamos como unas tres horas y preguntamos a una señora que venía por el Terraplén que si quedaba muy lejos la bodega ahí fue que ella nos dijo que quedaba como a unas tres horas mas de camino caminamos hasta que llegamos a la bodega ahí volvimos a preguntar si quedaba muy lejos la carretera hacia la hoyada la señora nos dijo que estaba como dos horas de camino todavía íbamos caminando como una hora después de la bodega cuando se apareció una camioneta plateada en la cual se encontraban unos oficiales de la policía y ellos nos dijeron que venían por esa zona porque los llamaron que andaban unos muchachos que no eran de esa zona que andaban preguntando para salir hacia la hollada nos subieron hacia la camioneta y nos dirigieron hasta el Comando de la policía ahí estando en el comando nos dijeron que éramos sospechosos del secuestro y que nos iban a trasladar hasta Guanare exactamente hasta la sede del CICPC para que fuéramos interrogados, nos vinimos con la patrulla en el camino yo le comente a mi hermano que dijéramos la verdad, que sabíamos que lo que habíamos hecho estaba mal y de alguna manera teníamos que pagarlo llegamos al Comando de la PTJ y fuimos interrogados por un inspector de la PTJ de ahí el cual yo le manifesté que si nosotros habíamos participado y fuimos engañados por unos señores que eran colombianos pero que estábamos dispuestos a colaborar con ellos en todo lo que ellos quisieran para aprehender a las demás personas y que la demás declaración la íbamos hacer cuando tuviéramos frente a un abogado ahí fue donde el comisario Ramos se iba comunicar con la Fiscal para explicarle el caso y que si nosotros los ayudábamos en la captura de esa peligrosa banda el estado les podría proporcionar un beneficio en la condena el cual dependía de nosotros si la declaración era totalmente cierta lo que íbamos a decir, de ahí dependía el beneficio que el estado nos iba a proporcionar mientras tanto nos tuvieron detenidos ahí desde el domingo en la noche hasta ahorita nos dijeron que teníamos que esperar rendir la declaración ante un Juez y de ahí iba a empezar las averiguaciones sobre el caso es todo. Cursa del folio 08 al 11 de la segunda pieza.
53. Cursa al folio 12 al 17 del cuaderno de prueba anticipada ACTA DE ADMISIBILIDAD DE PRACTICA DE PRUEBA ANTICIPADA, de fecha 10-08-2009 decretada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de control NQ 01 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en la solicitud 1C-4402-09 donde DECLARA con lugar el pedimento interpuesto por la Fiscalía Segunda acordando la recepción del testimonio de los imputados FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PÓRTELA y ELÍSEO NORBERTO SÁNCHEZ PÓRTELA que aparecen además imputados en una investigación por Secuestro previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artículo 11 de la Ley contra el secuestro y la extorsión como Prueba Anticipada de conformidad con el artículo 307 del código Orgánico Procesal Penal y el articulo 21 de la Ley contra el secuestro y la extorsión.
54. Cursa del folio 38 al 42 del cuaderno de prueba anticipada ACTA DE ENTREVISTA rendida por la ciudadana FLOR MARÍA SEIJAS DE MUÑOZ, en relación a la causa Penal-255.303, donde se deja constancia de que en fecha 15-07-09 siendo las 04:00 horas de la tarde se trasladó y constituyo comisión del comando Regional unificado de anti extorsión y Secuestro del Estado Portuguesa, integrado por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa Comisario José arape Sub-comisario Manuel Inspector jefe Manuel Ramos Bastidas e Inspector Osney Zambrano la residencia de la mencionada ciudadana quien expuso: " El día viernes 10-07-09 serian aproximadamente de cinco a seis de la tarde estábamos montando agua para pelar un cochino yo me encontraba barriendo el galpón cuando llegaron dos hombres a bordo de una moto se bajaron, uno de ellos se acerco al galpón y me dijo que necesitaba que le fuesen hacer unos trabajos con la máquina para hacer unas lagunas ya que el papá de él había comprado una finca en el caserío Puerto Rico yo le pregunté de quien era su papa y me contesto que Antonio Linares, me extraño porque yo conozco Antonio Linares y ese no era ninguno de los hijos entonces yo le dije que no podía pero que fuera donde un señor que tiene finca cerca de mi que le dicen El abogado, que tiene dos maquinas, entonces me dijo que de allá venía de ahí me dijo que si tenia gasolina para que le regalara para echarle a la moto entonces yo le dije a uno de los obreros que le busque gasolina entonces se fue con la moto y yo me quedé en el galpón al poco rato veo que el mismo que hablo con migo venía de donde está el corral con dos de los obreros y veo que los lleva hacia adentro de la casa entonces el otro que se había quedado un poco retirado cuando llegaron se levanto de donde se había sentado y se fue también hacia la casa todavía no me había dado cuenta de nada entonces me voy hacia la casa y veo que llegó el mismo que había hablado con migo y me dijo "esto es un secuestro" y veo que cada uno cargaba una arma entonces nos mandaron a pasar a todos para la sala y el que hablo con migo le dijo a uno de mis obreros que se llama "Celso" que los amarrara a todos menos a mi en eso ven venir la camioneta del ingeniero Nuñez que estaba sembrando un maíz y preguntaron que quien venia yo le digo que es una gente que estaba regando un abono entonces el que hablo conmigo se llevo Celso y lo echo adelante y antes que llegara la camioneta al galpón pararon al ingeniero Núñez como el vio que venia Celso no sospecho ahí agarraron al ingeniero y un obrero de el y también se los trajeron para la casa y los amarraron, luego entro un tercero bastante joven y se unió a ellos y se quería llevar una perrita de ultimo amarraron a Celso y después me dijeron a mi que pasara donde estaba toda la gente amarrada para que le diera por última vez un beso ahí comencé a besar primero a las mujeres y luego a los hombres pero ellos nunca se dieron cuenta que mi hija estaba dentro del grupo de ahí me sacaron y me montaron en la camioneta del ingeniero arrancaron y me pusieron un trapo en la cara pero aun lograba ver algo cuando vamos saliendo de la reja de la finca veo que estaban dos carros un carro blanco y una camioneta entonces se medio pararon hablar con la gente de esos carros y oí la voz como de una mujer oí que uno decía me están fallando de ahí siguieron y al llegar a la bodega Emilze cruzaron a la derecha y rodamos un pedazo que no fue tan lejos pero ya me taparon mejor y ya no veía nada de ahí me pasaron para otro carro y arrancaron pero iban corriendo demasiado yo sentía que el carro se coleaba y le dije que tuvieran cuidado que nos podíamos voltear bueno de un rato que no se calcular cuanto oigo que dicen hasta aquí llegamos entonces me bajaron y oigo que el carro arranco ahí me dijeron que me iban a quitar la venda para que me rindiera porque íbamos a caminar ahí se quedaron dos con migo y comenzamos a caminar por esa carretera por poco tiempo después nos metimos al monte y comenzamos a caminar por un buen rato el lugar que caminábamos estaba lleno de agua luego llegamos a un sitio donde ellos consiguieron que no estaba lleno de agua y colocaron un plástico en el suelo y otro en lo alto me dijeron que me metiera ahí para que descansara me metí y ahí comenzó a caer un invierno muy fuerte yo veía que se estaban mojando y les decía que se metieran también para que no se mojaran solo uno de ellos el más joven se metió y se sentó a mi lado comenzó hablar con migo y yo le contaba algunas anécdotas fue el que más confianza me inspiro ahí yo le decía que yo no tenia dinero que me soltara que yo les podía hacer un regalo y que lo más que le podía regalar eran trescientos bolívares pero me decían que ellos tenían que consultar porque ellos tenían jefe en la madrugada debe ser que no aguanto y se metió y se sentó a mí lado al rato los dos estaban rondando amaneció y nos dimos cuenta que el nivel de agua estaba subiendo y tuvimos que movilizarnos para otro sitio allí tuvimos como medio día uno de ellos se fue y duro mucho tiempo por fuera y después regreso con una lata de sardina la abrieron y me dieron un pedazo estando allí llegaron una bandada de monos y comenzaron a quebrar ramas y nos la lanzaban de allí ya tardecita nos movilizamos y llegamos hasta una casa de tabla y pretendían que entrara allí yo les dije que nos quedáramos I afuera que me daba miedo entrar allí yo les decía que me soltara redijeron que tenían que esperar ordenes del jefe porque ellos los mataban también me decían que la persona que iban a secuestrar tenia como cuarenta años y que porque no me cambiaba por uno de mis hijo porque yo no iba aguantar yo les dije que yo aguantaba ya tardecita oí una moto que se acercaba hasta la casita de tabla pero yo no la veía luego llegan hasta donde estoy unas personas con la cara tapada tenia descubierto los puros ojos y me dice que el era médico que estaba allá para ver si necesitaba algo que cargaba todo para prestarme atención medica me pregunto como me sentía y que me podía inyectar algo para que me sintiera mejor yo le dije que yo estaba muy bien y no necesitaba que me pusiera nada entonces me dijo que venia hacerme unas preguntas pero que debía ser muy sincera que de esto dependía que todo saliera bien comenzó a preguntarme por mi nombre completo y mi numero de cédula como el Nombre de mis hijos y sus numero de teléfono solo le pude dar el NQ de mi hija allí que era el que podía recordar que es 0257 2519283 ahí también me dijo que él había averiguado que yo era una mujer muy querida que tenía gente y que el gobierno me quería mucho. De ahí se fue y me dijo que iba a verificar que si yo no le había dicho mentiras ya caída la noche calculo que ya era tarde oí de nuevo la moto los que estaban con migo me sacaron del monte y me llevaron hasta donde estaba el de la moto todavía estaba con la cara tapada ahí me dijo que iban a soltar me mandaron a montar en el medio atrás de mí se monto el más alto de los que cuidaba yo le decía al compañero de él al que había agarrado confianza que viniera con migo que no me abandonara pero lo dejaron y me vine con el de la moto y el otro que me cuidaba comenzamos a rodar pero me taparon la cara otra vez luego que rodamos muchísimo pararon la moto y se pararon frente a una finca y me dijeron que me bajara que caminara hasta esa finca que esa era la mía considero que era muy tarde de la noche ahí me dejaron y se devolvieron a mi me dio miedo entrar a esa finca porque yo sabía que esa no era la mía entonces me metí al monte y me agazapé a esperar que aclarara comenzó a llover muy tarde luego que vi que amaneció traté de entrar a la finca pero no vi gente y me dio miedo y me regresé y seguí caminando mucho pero no veía gente y me regresé nuevamente y llegue nuevamente hasta la misma finca frente a donde me habían dejado pero seguí caminando y llegué frente a otro hato que después supe que era "Hato Picurito" en el camino me encontré un vaquero que andaba sobre una muía y me conoció y me dijo que entráramos al hato que ellos sabían la noticia que yo estaba secuestrada pero yo andaba muy asustada y desconfiaba de todo y no quería entrar y seguí caminando luego me conseguí un obrero que estaba sembrando con un palín y también me conoció y me convenció y me llevó hasta el hato "Flor amarillo" al cual no había querido entrar allí las mujeres del hato me dieron mucha atención me bañaron y me dieron de comer mandaron avisar luego vino la Guardia Nacional y me llevaron es todo.
55. Cursa al folio 43 al 47 del cuaderno de prueba anticipada ACTA DE ADMISIBILIDAD DE PRACTICA DE PRUEBA ANTICIPADA , de fecha 11-08-2009 decretada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de control Ne 1 del circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en la solicitud 1C-4402-09 DECLARA con lugar el pedimento interpuesto por la Fiscalía Segunda acordando la recepción del testimonio de la ciudadana Flor Maria Seijas como Prueba Anticipada de conformidad con el artículo 307 del código Orgánico Procesal Penal.
56. Cursa del folio 91 al 96 del cuaderno de prueba anticipada ACTA DE AUDIENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA de fecha 17-08-2009 siendo las 03:15pm se dio inicio a la audiencia oral de prueba anticipada a solicitud del Ministerio Público a cargo de la Juez Suplente del tribunal de control N9 1 Abg. Claudia Sanguinetti quien se avoca al conocimiento a fin de oir declaración y calificar la flagrancia en la solicitud 1C-4402-09 seguida contra los imputados FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PÓRTELA, ELÍSEO NORBERTO SÁNCHEZ PÓRTELA, ÁNGULO PEÑA DARWIN OSWALDO, DURAN YACKSON JOSÉ, QUERALES SILVA ALEXANDER JOSÉ con la presencia de la Fiscal Segundo del Ministerio Público, traslado de los imputados los Defensores Privados Abg. Rubén Dorante la victima Flor Maria Seijas de Muñoz y el Defensor Público Paul Abreu, asistencia del Abogado Carlos Terán Asistente de la victima seguidamente los imputados manifiestan cada uno por separado nombro como mi defensor Privado al abogado Georgeri Sidarta Puerta, manifestando el Abg. Georgeri Sidarta Puerta acepto la designación ... Seguidamente el tribunal ADMITE COMO PRUEBA ANTICIPADA la declaración de los ciudadanos FLOR MARÍA SEIJAS DE MUÑOZ cursante al folio 3,4,5,6 y 7 rendida en fecha 15 de julio de 2009 los ciudadanos FRANKLIN FARLEY PÓRTELA cursante a los folios 3,4 y 5 rendida en fecha 16 de julio de 2009 y adminiculada a la declaración rendida ante Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa rendida en fecha 17 de julio de 2009 y del ciudadano ELÍSEO NORBERTO SÁNCHEZ PÓRTELA cursante a los folios 8,9,10 y 11.
57. Cursa al folio 103 al 113 del cuaderno de prueba anticipada ACTA DE AUDIENCIA ORAL, | de fecha 24-08-2009 donde se acurda tomar declaración a los imputados ÁNGULO PEÑA DARWIN Y QUERALES SILVA ALEXANDER JOSÉ ante el Tribunal de Control Nro 01, en presencia de la Fiscal Segunda del Ministerio Publico y de los defensores privados Abg. Rubén Dorante y Abg. Goirgeri Sidarta Puerta ... cediéndole el derecho de palabra al imputado Ángulo Peña Darwin quien manifestó: eso empezó el día jueves 09 de julio mi amigo Querales me llama diciéndome que había un trabajo para hacer un trasbordo de una persona, que eso yo le preguntaba y cuando el dijo que me llamaba el próximo día me llama y me dice que era el día y yo me vine de Barquisimeto para acá aquí llegando a guanarito nos encontramos con una personas y subimos hasta por donde sucedieron los hechos me dice que me quedara esperando en un sitio pasaron como dos horas después que me dejaron esperando regresaron entonces procedo a hacer mi labor que era llevar a la señora que me dijeron que era como de 40 años bueno se como se llama no conozco el lugar, llevamos a la señora y se la llevamos a los otros dos muchachos y de allí nos regresamos y nos agarraron los funcionarios le estoy contando las cosas que sucedieron es todo... cediéndole el derecho de palabra al imputado Querales Silva Alexander José quien manifestó: pedro peinado me llamo una semana antes, el me tenis un trabajo y me estaba ofreciendo unos reales que necesitaba a otra persona que tuviera carro y yo busque la semana que iba a ser los hechos nos vimos en el río de guanarito y allí nos planteo lo que íbamos a hacer, y me fui en la caribe y entramos a la finca el negro jacson y el ratón nos conocimos en el mismo sitio, entramos a la finca y agarramos a la señora y la montamos en la fortaleza y luego la llevamos a la machito y de ahí se la entregamos a los catires, es todo.
58. Cursa al folio 26 del cuaderno de medida ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR, de fecha 31/07/09, suscrita por el funcionario yo Dtgdo (PEP) José Torres adscrito a la Comisaría Francisco de Miranda Dirección General de policía deja constancia de la siguiente diligencia policial me trasladé en compañía de Agte PEP Marcos Farfán Jiménez a bordo de la unidad moto signada con las siglas M 015 se procedió a realizar una Inspección ocular a una residencia ubicada en el Barrio nuevo calle nueve carrera 13 y 14 diagonal al auto lavado denominado Los Inmortales, de esta localidad donde al llegar al sitio se dialogo con una ciudadana quien dijo ser y llamarse como queda escrito Adelaida Yuliany Linares correa, manifestó que esta residencia se la había alquilado la ciudadana castellanos de Ortega Maria Elba hace ocho días aproximadamente y que la misma será utilizada para la custodia policial de los ciudadanos franklin Sánchez y Eliseo Sánchez ya que los mismos están cumpliendo con un apostamiento policial dentro de las instalaciones de la comisaría Francisco de Miranda de esta Jurisdicción dándole cumplimiento a lo ordenado por la Fiscal segundo porque al parecer el lugar donde habitaban estos ciudadanos se encontraba en malas condiciones para ser habitada y para cumplir con dicha custodia posteriormente se pudo constatar que el lugar a Inspeccionar es una vivienda en óptimas condiciones para ser habitada y para cumplir con dicha custodia en la misma se pudo observar que la casa por la parte externa tiene una fachada principal de una casa rural construida en bloque zinc de acerolit con su respectivo porche y ventana sin cerca de color blanca y azul seguidamente se pudo constatar que en la parte interna de la residencia tiene una sala amplia con cocina ampliada dos cuartos ambos con puerta de metal entre ellos uno tiene baño en irregulares condiciones posee todos los servicios básicos tales como agua y luz no posee puerta trasera ya que esta obstruida dejando como resultado que la misma si se puede continuar con dicho apostamiento policial.
59. Cursa al folio 32 del cuaderno de medidas, cursa OFICIO 3819, de fecha 14-08-2009 emanado del Juez de control NQ 01 cursante al informando que por auto de esta misma fecha acordó el cambio de residencia con apostamiento policial para los imputados FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PÓRTELA Y ELÍSEO NORBERTO SÁNCHEZ PÓRTELA en la siguiente dirección Barrio nuevo calle 9 carrera 13 y 14 diagonal al autolavado denominado los inmortales del Municipio Guanarito.
60. Cursa al folio 02 y 03 pieza Nro 03 EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO FÍSICO N° 9700-057-145 de fecha 20 de julio de 2009, suscrita por el funcionario LUIS JOSÉ CARRILLO experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, practicada a Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados en la cama de una vivienda según acta de Inspección Técnica N° 1033 embalada y rotulada con letra "E" 2.- Muestra del suelo natural (tierra) colectada en la parte externa de una vivienda según acta de Inspección Técnica N° 1033 embalada y rotulada con la letra f CONCLUSIONES 1.- Los apéndices piloso referidos en el numeral 1 pertenecen a la especie humana correspondiente a la región cefálica con las siguientes características: Tamaños medianos y largos tipo liso y semi ondulados, color rojo cobrizo y rubio dorado claro, 2.-las muestras señaladas en el numeral 2 corresponden a suelo natural (tierra), de aspecto terroso, color marrón con minerales de color gris negro y brillante con adherencia de restos de vegetales deshidratados.
61. Cursa al folio 05 y 06 pieza Nro 03 EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO FÍSICA N° 9700-057-144 de fecha 20/07/2009 (barrido en busca de apéndices pilosos y suelo natural) suscrita por la Detective VALERA D. HORYSMAR TSU EN CRIMINALÍSTICA experta adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, practicada a 1.- Una gorra tamaño mediana, confeccionada en fibras naturales y sintéticas de color rojo y blanco provista de una vicera de forma de media luna con etiqueta identificativa donde se lee LACKPARD, posee un estampado en su parte antero superior donde se lee LACKPARD entre otros la pieza se halla en regular estado de uso y conservación y exhibe en diversas áreas de su superficie signos físicos de suciedad 2.- Un (01) receptáculo (bolsa) elaborada en material sintético de color negro, tamaño grande, sin inscripción identificativa contentiva en su interior de dos pares de botas, tipo largas tallas 41 y 42 color beige con inscripción identificativa donde se lee SANTA NINFA Y NOVAFLEX sus suelos elaborados en material sintético color beige con diseño anti resvalante. Las la piezas se halla en regular estado de uso y conservación y exhiben en diversas áreas signos físicos de suciedad y adherencias de lo que normalmente está conformado en suelo natural (tierra). CONCLUSIONES: 1 Que el barrido realizado a las piezas en el Numeral 2 Botas se colecto muestras de suelo natural (tierra) con las siguientes características: BOTA SANTA NINFA, TALLA 41 de aspecto terroso arcilloso con minerales de color negro, beige marrón gris y abrillantados. BOTA NOVAFLEX TALLA 42 de aspecto terroso arcilloso con minerales de color negro, beige, marrón gris y abrillantado. 2.- Que en el Barrido realizado a la pieza mencionada en el numeral 1 gorra no se colecto evidencias de interés.
62. Cursa al folio 08 pieza Nro 03, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 12/07/2009 suscrita por el funcionario Detective TSU CESAR MONTILLA adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, encontrándose en la sede de ese despacho recibió llamada telefónica de una persona con timbre de voz masculino que no quiso identificarse por temor a futuras represalias informando que en las adyacencias del Hato Flor Amarillo del Municipio Guanarito se encontraba liberada la ciudadana FLOR MARÍA SEIJAS, victima de la presente causa motivo por el cual me traslade en compañía del Sub comisario Manuel Ramos Inspector Manuel Bastidas Detective Bartolomé Salas Agente Jhon Grant y Comisario ANÍBAL ARAPE Distinguidos Camacho Rangel, Rodríguez Carlos, Camacho Rafael y Ángulo Carlos adscritos al comando Regional ubicado contra la Extorsión y Secuestro (CRUCES) en la unidad P-A26ABK1 y P s/n, hacia la Población de Guanarito con la finalidad de corroborar tal información una vez en la población de Guanarito se tuvo conocimiento que una comisión de la guardia Nacional bolivariana de dicha población había realizado el traslado de la mencionada ciudadana y la misma permanecía en dicho Comando una vez allí observamos que la misma presentaba un cuadro de salud inestable por lo que posteriormente por decisión de sus familiares fue traslada en vehículo particular escoltada por el CRUCES y Guardia Nacional Bolivariana a un centro asistencial privado La Clínica del Este para ser tratada médicamente donde quedara para su observación y recuperación bajo custodia de comisión de funcionarios del CRUCES.
63. Cursa al folio 15 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 15-07-09, suscrita por el funcionario Ledo Osney Zambrano adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa,... siendo las tres de la tarde me trasladé en compañía de los funcionarios comisario José Arape Sub-comisario Manuel Ramos Inspector Jefe Manuel Batidas y Agente Bartolomé Salas, a bordo de vehículo particular, hasta Urbanización Villa Valentina calle 01 casa 18 Guanare Estado Portuguesa, con la finalidad de realizar entrevista a la ciudadana FLOR MARÍA SEIJAS DE MUÑOZ, realizar toma de muestra apéndice piloso a dicha ciudadana el funcionario Técnico Bartolomé salas procedió a colectar apéndices pilosos de la región cefálica.
64. Cursa al folio 34 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 19-07-2009, suscrita por el funcionario Detective Ledo. OTTO CHACÓN SÁNCHEZ adscrito a la Brigada contra extorsión y secuestro de la Delegación Estadal Portuguesa, me traslade en compañía de los funcionarios inspector OSNEY ZAMBRANO detective MONTILLA CESAR y Agente JHONN GRANT hasta la población de Guanarito específicamente hasta el Barrio Simón Bolívar en dicha población específicamente hasta el Barrio Simón Bolívar con la finalidad de ubicar el lugar de residencia y la identidad de un ciudadano mencionado en actas como PEDRO PEINADO o JULIO SANTIAGO se obtuvo información que en dicho sector reside un sujeto conocido como PEDRO PEINADO que reside en una vivienda pequeña fabricada en bloque de cemento sin friso dicha residencia posee una puerta de metal sin pintar y no tiene numero aparente este ciudadano se dedica a la venta de sustancias estupefacientes en el lugar y se desplaza a bordo de una moto de color azul.
65. Cursa al folio 35 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 19-07-2009, suscrita por el funcionario Detective Ledo OTTO CHACÓN SÁNCHEZ adscrito a la Brigada contra extorsión y secuestro de la Delegación Estadal Portuguesa me traslade en compañía de los funcionarios inspector OSNEY ZAMBRANO detective MONTILLA CESAR y Agente Jhonn Grant en dirección al caserío Caño de Indios específicamente en el sector Botalón Gonzalero con la finalidad de ubicar el lugar de residencia y la identidad de un ciudadano mencionado en actas como El Comisario por lo que una vez en el lugar procedimos a realizar labores de investigaciones de campo donde luego de haber sostenido entrevistas con moradores del lugar obtuvimos la información que el ciudadano mencionado en actas como El Comisario responde al nombre de ALFREDO GUERRERO reside en una vivienda tipo rancho fabricado en madera sin numero como a cien metros del margen del caño denominado indio dicho ciudadano funge en el sector como comisario del caserío ya realizada estas diligencias nos reiteramos del lugar y una vez en el Despacho transcribo la presente.
66. Cursa al folio 36 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 19-07-2009, suscrita por el funcionario Detective Ledo. OTTO CHACÓN SÁNCHEZ adscrito a la Brigada contra extorsión y secuestro de la Delegación Estadal Portuguesa, me traslade en compañía de los funcionarios inspector OSNEY ZAMBRANO detective MONTILLA CESAR y Agente JHONN GRANT hasta la población de Acarigua específicamente en la segunda calle que se encuentra entrando a dicha población después de la redoma La Espiga con la finalidad de ubicar el lugar de residencia y la identidad de un ciudadano mencionado en actas como CANDIDO se obtuvo información que vive es en Barrio Bella Vista II en una casa de color azul con rejas y portón de color caoba en calle 27 con avenida 46 dicha residencia no posee numero aparente de igual manera acostumbra a pernoctar en una casa fabricada en bloque de cemento sin friso ni pintura con rejas de metal pintadas de color blanca ubicada en calle 27 con callejón 11 de igual forma esta residencia no posee N° aparente este ciudadano responde a nombre de CANDIDO REBOLLEDO.
67. Cursa al folio 37 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 21-07-2009, suscrita por el Detective Ledo. OTTO CHACÓN SÁNCHEZ adscrito a la Brigada contra extorsión y secuestro de la Delegación Estadal Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial... me traslade en compañía de los funcionarios Sub Comisario Manuel Jhonn Grant y salas Bartolomé hasta el Municipio Guanarito Sector Caño de Indio específicamente hasta una vivienda ubicada a cien 100 metros del margen del caño el "Indio" presentando como características elaborada en tablas de madera con techo de zinc a fin de realizar visitas domiciliaria emanada del Tribunal Primero de control señalada con el N° 1CS-6433-09 acompañados por los ciudadanos GALEA JEAN CARLOS de nacionalidad venezolana, natural de Guanarito de 23 años de edad, de estado civil soltero residenciado en barrio 23 de enero calle el Terminal, Municipio Guanarito, estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-16.208.177 y BRICEÑO MARTÍNEZ JAVIER RAMÓN de nacionalidad venezolano, natural de Biscucuy de profesión u oficio estudiante residenciado en el Barrio Cementerio casa s/n vía Biscucuy, titular de la cédula de identidad V-14.834.073, en presencia de los testigos se realizo la revisión de la vivienda colectando como evidencias de interés: siete tarjetas usadas de la empresa movilnet de distintas denominaciones un (01) teléfono marca Samsung, (05) Kit de sutura (01) equipo de Otorrino un tensiometro, (01) estetoscopio (72) constancias de vacunación sin llenar un equipo de pinzas varias, (01) diario Los Llanos de fecha 22-05-06 (01) diario "La prensa" en fecha 22-05-06 (01) diario "El regional" de fecha 17-01-09 (02) carnet de Misión Rivas a nombre de Alfredo Guerrero y Noryelis Pereira (01) maletín de color negro una (01) copia fotostática de un pasaporte provisional N° 374232 a nombre del ciudadano GUERRERO SOTO ALFREDO JESÚS se realizo fijación fotográfica todas estas evidencias fueron colectadas embaladas y rotuladas para ser enviadas al laboratorio y así realizarle los respectivos reconocimientos posteriormente procedimos a llenar el acta de visita domiciliaria, acto seguido realizamos un recorrido por las adyacencias de la vivienda específicamente por un camino que se encuentra en la parte posterior de la misma donde en zona boscosa aproximadamente a cien metros con relación a la vivienda observamos tapados con restos vegetales dos plásticos de color negro de aproximadamente tres metros por tres metros uno de ellos con amarres en seis extremos los cuales fueron colectados y embalados nos retiramos del lugar no sin antes dejar la puerta posterior de la vivienda en el mismo estado en que se encontraba en el momento de apersonarnos en el lugar.
68. Cursa al folio 39 de la pieza 3, ORDEN DE ALLANAMIETO decretada por el Tribunal de Control Nro 01, de fecha 20-07-2009, autorizada para ser practicada en la siguiente dirección inmueble una vivienda edificada en paredes de tabla techo de zinc, la cual se ubica aproximadamente a cien metros de caño indio, municipio guanarito del Estado Portuguesa lugar donde reside "el Comisario" de nombre GUERRERO SOTO ALFREDO JESÚS.
69. Cursa al folio 40 de la pieza 3, ACTA DE VISITA DOMICILIARIA, de fecha 21-07-2009, practicada por los funcionarios Sub comisario Manuel Ramos, Inspector Osney Zambrano, Detectives Otto Chacón, y Cesar Montilla, Agentes Jhon Grant y Bartolomé Salas en en la siguiente dirección inmueble una vivienda edificada en paredes de tablay techo de zinc, la cual se ubica aproximadamente a cien metros de caño indio, caserío caño indio, municipio guanarito del Estado Portuguesa, colectando como evidencias de interés criminalistico: siete tarjetas usadas de la empresa movilnet de distintas denominaciones un (01) teléfono marca Samsung, (05) Kit de sutura (01) equipo de Otorrino un tensiometro, (01) estetoscopio (72) constancias de vacunación sin llenar un equipo de pinzas varias, (01) diario Los Llanos de fecha 22-05-06 (01) diario "La prensa" en fecha 22-05-06 (01) diario "El regional" de fecha 17-01-09 (02) carnet de Misión Rivas a nombre de Alfredo Guerrero y Noryelis Pereira (01) maletín de color negro una (01) copia fotostática de un pasaporte provisional N° 374232 a nombre del ciudadano GUERRERO SOTO ALFREDO JESÚS se realizo fijación fotográfica todas estas evidencias fueron colectadas embaladas y rotuladas para ser enviadas al laboratorio y así realizarle los respectivos reconocimientos.
70. Cursa al folio 41 y 42 de la pieza 3, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, de fecha 03-08-2009 suscrita por el Detective SALAS BARTOLOMÉ donde se colectaron las siguientes evidencias físicas 1., Un Kit de Pinzas Quirúrgicas 14 piezas de acero inoxidable, entre las que se encuentran pinzas porta bisturís, escarpelos con su respectivo forro de color negro las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación.2.- cinco Kit de sutura marca seda negra 3-0 las piezas se encuentran protegidas, en un sobre de tipo hermético y están totalmente sellados las mismas se hallan en buen estado de conservación,3.- Un equipo médico denominado estetoscopio provisto de todos sus accesorios las piezas se encuentran en buen estado de conservación, 4.- Dos Bisturís marca micro EDGE de acero inoxidable con una longitud en su parte más larga de 50 milímetros las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación,05.- un equipo médico utilizado para prácticas de otorrino modelo 19090 elaborado en material sintético de color blanco con todos sus accesorios, provistos de un forro de color blanco con todos sus accesorios provistos de un forro de color marrón donde se lee entre otras cosas "PROP de Alfredo Guerrero, las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación, 06.- siete tarjetas de recarga de saldo de Movilnet seis de 10.000,oo y una de 15.000,oo las cuales están utilizadas las piezas se encuentran en regular estado de uso y conservación, 07.- 72 segmentos de papel vegetal de color blanco, donde se lee entre otras cosas, constancias de vacunación del Ministerio de desarrollo social en blanco sin llenar en el reverso se observa la impresión de un sello húmedo, en tinta azul donde se lee "HOSPITAL DR. JOSÉ LEÓN TAPIA SOCOPO, ESTADO BARINAS", las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación, 08.- Un teléfono celular marca SAMSUNG modelo SCH-L310, serial A3LSCHL310 de color negro y gris, provisto de sus teclas alfanuméricas pantallas y lentes para captura de imágenes y video el cual se encuentra en mal estado de conservación,09.-dos (02) carnet de forma rectangular de 8,9 centímetros de longitud y de 5,9 centímetros de ancho elaborados en material sintético de colores blanco pertenecientes a la Misión Rivas, acreditando como estudiante, de la escuela Básica "Orlando García" Socopo Estado Barinas, a los ciudadanos: NORYELIS PEREIRA cédula de identidad 19.057.568 con la figura de un rostro del sexo femenino del lado inferior izquierdo y otro carnet con similares características y con la figura de un rostro del sexo masculino del lado inferior izquierdo con el nombre de Alfredo Guerrero, cédula de identidad 13.831.714, se encuentran en buen estado de uso y conservación, 10.- Un documento fotostático emitido por la Dirección General y Extranjería, a nombre del ciudadano GUERRERO SOTO ALFREDO JESÚS titular de la cédula de identidad 13.831.714 lugar de nacimiento Socopo Municipio Antonio José de Sucre Estado Barinas el 25/01/1976 Domicilio Urbanización Simón Bolívar Avenida 19 con carrera 19 Socopo Estado Barinas signado con el número 374232 emitido por la oficina de Barinas con fecha de expedición, 04-08-2006 y fecha de vencimiento 04-08-2007, con destino al país de Cuba las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación, 11.- una (01) tarjeta telefónica elaborada en material sintético de color verdeen forma rectangular de 8,9 centímetros de longitud y de 5,9 centímetros de ancho perteneciente a la empresa CANTV de 5000,oo bolívares de saldo, la cual esta usada la pieza se encuentran en regular estado de uso y conservación, 12.- Tres ejemplares de periódico elaborado en papel de circulación local de los Estados Portuguesa y Barinas el Primero de ellos se observa entre otras cosas en la pagina de sucesos " PRESUNTA BANDA DE EXTORSIONADORES PLAGIARION A UN JOVEN DE ACARIGUA de fecha sábado 17 de enero del 2009 (El Regional Portuguesa, otros se observan en la página de sucesos abatidos 4PARAMILITARES EN RESCATE DE JOVEN SECUESTRADO" de fecha lunes 22 de mayo de 2006 (el Diario Barinas) las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación, 13.-dos (02) mantos conocidos comúnmente como encerados elaborados en material sintético de color negro se encuentran doblados en varias partes al ser abiertos se aprecian que son en forma cuadrada y miden cada uno tres metros de ancho por tres metros de largo 3,00 m x 3.00 m es de hacer notar que uno de los mantos antes descrito presenta seis (06) segmentos de cuerda (mecates) cuatro atados en cada uno de los extremos y dos restantes están atados en los lados las piezas presentan adherencias de suelo natural y se encuentran en buen estado de uso y conservación
71. Cursa al folio 43 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 21-07-2009, suscrita por el funcionario Agente JHONN GRANT adscrito a la Subdelegación de Guanare Estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial... me traslade en compañía de los funcionarios Sub comisario Manuel Ramos Inspector Osney Zambrano y Detective Bartolomé Salas Distinguidos Camacho Rangel, Rodríguez Carlos, Camacho Rafael y Ángulo Carlos, adscritos al comando Regional ubicado contra la Extorsión y Secuestro (CRUCES) en la unidad P-A26ABK1 y P s/n, hacia el Barrio Simón Bolívar calle Principal con avenida 1 Guanarito Estado Portuguesa, lugar donde mantiene su domicilio un ciudadano mencionado en actas como Pedro "Peinado quien funge como uno de los participantes del hecho en investigación con el objeto de practicar orden de allanamiento o visita domiciliaria 1CS-6433-09 emanada del Tribunal de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal una vez allí observamos que la residencia que sería objeto de visita se encontraba cerrada a quienes nos identificamos como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigación quedando identificados ALVAREZ RINCÓN CARMEN CLEMENCIA, ZAPATA RIWAL EDUARDO una vez en dicha residencia se procedió a realizar una minuciosa revisión en toda la vivienda en compañía de los testigos, localizando sobre una mesa una copia fotostática de una partida de nacimiento de una infante Yenifer Carolina presentado por un ciudadano Julio Cesar Santiago Pérez cédula de identidad E-96.124.215 asimismo un contrato de afiliación de la empresa movilnet del mismo ciudadano donde le asignan el N 0416-452.5158 un sombrero de camuflage de color verde unas botas tipo militares de color negro las cuales fueron colectadas con el fin de practicarles experticia de rigor así como obtener la identificación plena del ciudadano en i mención posteriormente se presentó una ciudana quién dijo ser la ex concubina del ciudadano mencionado como julio cesar Santiago Perea la misma se identifico como Álvarez Lago Maryuri Emilce a quién luego de manifestarle el motivo de nuestra presencia y hacerle referencia sobre ciudadano mencionado como Pedro Peinado quién se presume sea Julio Cesar Santiago Perea, nos indico que no tiene conocimiento del paradero del paradero del mismo ciudadano desde aproximadamente una semana en virtud de lo antes mencionado le hicimos entrega de una boleta de citación a dicha ciudadana con el fin de que comparezca por ante esta sede y sea entrevistada me dirigi al Sistema de Información Policial donde procedi a verificar los datos del citado ciudadano Julio Cesar Santiago Perea siendo informado por el funcionario Detective Ramón Mendoza que el N° de cédula no registra en el sistema y que no presenta historial policial.
72. Cursa al folio 46 de la pieza 3, ORDEN DE ALLANAMIETO decretada por el Tribunal de Control Nro 01, de fecha 20-07-2009, autorizada para ser practicada en la siguiente dirección una vivienda edificada en paredes de bloques si frisar puertas y ventanas de color gris, barrio Simón Bolívar de Guanarito Estado Portuguesa donde reside un ciudadano de nombre JULIO SANTIAGO O PEDRO PEINADO.
73. Cursa al folio 47 de la pieza 3, ACTA DE VISITA DOMICILIARIA, de fecha 21-07-2009, practicada por los funcionarios Sub comisario Manuel Ramos, Cesar Montilla, Agentes Jhon Grant y Bartolomé Salas en una vivienda edificada en paredes de bloques si frisar puertas y ventanas de color gris, barrio Simón Bolívar de Guanarito Estado Portuguesa, donde reside un ciudadano de nombre JULIO SANTIAGO O PEDRO PEINADO colectando como evidencias de interés un sombrero, un par de botas, un contrato de utilización de telefonía móvil celular movilnet, un documento para partida de nacimiento perteneciente al ciudadano Julio Cesar Santiago Perea.
74. . Cursa al folio 48 de la pieza 3, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, de fecha 03-
08-2009 suscrita por el AGENTE JHON GRANT donde se colectaron las siguientes evidencias físicas: un sombrero, un par de botas, un contrato de utilización de telefonía móvil celular
movilnet un documento para partida de nacimiento perteneciente al ciudadano Julio Cesar
Santiago Perea practicada en una vivienda edificada en paredes de bloques si frisar puertas y
ventanas de color gris, barrio Simón Bolívar de Guanarito Estado Portuguesa donde reside un
ciudadano de nombre JULIO SANTIAGO O PEDRO PEINADO.
75. . Cursa al folio 49 de la pieza 3, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-280, de fecha 21-07-2009, suscrita por el funcionario Detective SALAS BARTOLOMÉ experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, Practicado a Un (01) teléfono móvil celular marca ZTE, modelo C336, elaborado en material sintético de color dorado y negro serial N° 326190152389 fabricada en china con su respectivo alfanumérico, provisto de una batería marca ZTE, encontrándose dicho teléfono en buenas condiciones de uso y funcionamiento, CONCLUSIÓN: La pieza objeto del presente estudio en su estado y uso original es utilizada como medio de comunicación satelital la cual al ser sometida a una exhaustiva revisión de su contenido se logró extraer la información grabada en el equipo descrito en las líneas precedentes dicho equipo se encuentra en buenas condiciones de uso y funcionamiento.
76. Cursa al folio 56 de la pieza 3, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23-07-09, folio 47 de la ciudadana ALVAREZ LAGOS MARYURI EMILCE venezolana natural de cucuta República de Colombia de 36 años de edad de estado civil soltera de profesión u oficio comerciante independiente residenciada en San Cristóbal Avenida Principal del corozo causa N° 18 a una cuadra del puesto de la guardia nacional telefono 0416-5560754 titular de la cédula de identidad 12.253.477, quién manifestó ser entrevistada en consecuencia expone Resulta que el día jueves de la semana pasada la sobrina de mi ex pareja de nombre JULIO CESAR SANTIAGO me llamó y me dijo que julio estaba desaparecido y que habían denunciado en esta oficina por lo cual me trasladé hasta esta ciudad para seber que había ocurrido porque tengo dos hijos con el luego me enteré que donde vivía llegó una comisión de esta Oficina y allano la vivienda y me dejaron una citación para que me presentara hoy es todo.
77. Cursa al folio 56 de la pieza 3, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-254-281 de fecha 23-07-2009 , suscrita por el funcionario Detective SALAS BARTOLOMÉ experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, Practicado a: 1., Un Kit de Pinzas Quirúrgicas 14 piezas de acero inoxidable, entre las que se encuentran pinzas porta bisturís, escarpelos con su } respectivo forro de color negro las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación.2.- cinco Kit de sutura marca seda negra 3-0 las piezas se encuentran protegidas, en un sobre de tipo hermético y están totalmente sellados las mismas se hallan en buen estado de conservación,3.- Un equipo médico denominado estetoscopio provisto de todos sus accesorios las piezas se encuentran en buen estado de conservación, 4.- Dos Bisturís marca micro EDGE de acero inoxidable con una longitud en su parte más larga de 50 milímetros las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación,05.- un equipo médico utilizado para prácticas de otorrino modelo 19090 elaborado en material sintético de color blanco con todos sus accesorios, provistos de un forro de color blanco con todos sus accesorios provistos de un forro de color marrón donde se lee entre otras cosas "PROP de Alfredo Guerrero, las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación, 06.- siete tarjetas de recarga de saldo de Movilnet seis de 10.000,oo y una de 15.000,oo las cuales están utilizadas las piezas se encuentran en regular estado de uso y conservación, 07.- 72 segmentos de papel vegetal de color blanco, donde se lee entre otras cosas, constancias de vacunación del Ministerio de desarrollo social en blanco sin llenar en el reverso se observa la impresión de un sello húmedo, en tinta azul donde se lee "HOSPITAL DR. JOSÉ LEÓN TAPIA SOCOPO, ESTADO BARINAS", las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación, 08.- Un teléfono celular marca SAMSUNG modelo SCH-L310, serial A3LSCHL310 de color negro y gris, provisto de sus teclas alfanuméricas pantallas y lentes para captura de imágenes y video el cual se encuentra en mal estado de conservación,09.-dos (02) carnet de forma rectangular de 8,9 centímetros de longitud y de 5,9 centímetros de ancho elaborados en material sintético de colores blanco pertenecientes a la Misión Rivas, acreditando como estudiante, de la escuela Básica "Orlando Garcia" Socopo Estado Barinas, a los ciudadanos: NORYELIS PEREIRA cédula de identidad 19.057.568 con la figura de un rostro del sexo femenino del lado inferior izquierdo y otro carnet con similares características y con la figura de un rostro del sexo masculino del lado inferior izquierdo con el nombre de Alfredo Guerrero, cédula de identidad 13.831.714, se encuentran en buen estado de uso y conservación, 10.- Un documento fotostático emitido por la Dirección General y Extranjería, a nombre del ciudadano GUERRERO SOTO ALFREDO JESÚS titular de la cédula de identidad 13.831.714 lugar de nacimiento Socopo Municipio Antonio José de Sucre Estado Barinas el 25/01/1976 Domicilio Urbanización Simón Bolívar Avenida 19 con carrera 19 Socopo Estado Barinas signado con el número 374232 emitido por la oficina de Barinas con fecha de expedición, 04-08-2006 y fecha de vencimiento 04-08-2007, con destino al país de Cuba las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación, 11.- una (01) tarjeta telefónica elaborada en material sintético de color verdeen forma rectangular de 8,9 centímetros de longitud y de 5,9 centímetros de ancho perteneciente a la empresa CANTV de 5000,oo bolívares de saldo, la cual esta usada la pieza ^ se encuentran en regular estado de uso y conservación, 12.- Tres ejemplares de periódico elaborado en papel de circulación local de los Estados Portuguesa y Barinas el Primero de ellos se observa entre otras cosas en la pagina de sucesos " PRESUNTA BANDA DE EXTORSIONADORES PLAGIARION A UN JOVEN DE ACARIGUA de fecha sábado 17 de enero del 2009 (El Regional Portuguesa, otros se observan en la página de sucesos abatidos 4PARAMILITARES EN RESCATE DE JOVEN SECUESTRADO" de fecha lunes 22 de mayo de 2006 (el Diario Barinas) las piezas se encuentran en buen estado de uso y conservación, 13.-dos (02) mantos conocidos comúnmente como encerados elaborados en material sintético de color negro se encuentran doblados en varias partes al ser abiertos se aprecian que son en forma cuadrada y miden cada uno tres metros de ancho por tres metros de largo 3,00 m x 3.00 m es de hacer notar que uno de los mantos antes descrito presenta seis (06) segmentos de cuerda (mecates) cuatro atados en cada uno de los extremos y dos restantes están atados en los lados las piezas presentan adherencias de suelo natural y se encuentran en buen estado de uso y conservación. CONCLUSIONES Las piezas objeto del presente estudio en su estado y uso original tiene sus utilidades específicas, quedando a criterio del usuario cualquier otro uso diferente a las que fueron diseñadas.
78. Cursa al folio 61 de la pieza 3, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-254-290 de fecha 23-07-2009 , suscrita por el funcionario Detective SALAS BARTOLOMÉ experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, Practicado a: un sombrero, un par de botas, un contrato de utilización de telefonía móvil celular movilnet un documento para partida de nacimiento perteneciente al ciudadano Julio Cesar Santiago Perea, CONCLUSIÓN en base al reconocimiento y análisis practicado al material suministrado puedo concluir lo siguiente: Las piezas objeto del presente estudio en su estado y uso original tiene sus utilidades específicas, quedando a criterio del usuario cualquier otro uso diferente a las que fueron diseñadas.
79. Cursa al folio 62 de la pieza 3, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-254-279 de fecha 23-07-2009 , suscrita por el funcionario Detective SALAS |BARTOLOMÉ experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, Un teléfono móvil celular marca Huawei, modelo C209 elaborado en material sintético de color negro serial numere PR9MAB1910614223 con su respectivo teclado alfanumérico provisto de una batería marca Huawei, encontrándose en buenas condiciones y funcionamiento. CONCLUSIÓN La pieza objeto del presente estudio en su estado y uso original es utilizada como medio de comunicación satelital la cual al ser sometida a una exhaustiva revisión de su contenido se logró extraer la información grabada en el equipo descrito en las líneas precedentes dicho equipo se encuentra en buenas condiciones de uso y funcionamiento.
80. Cursa al folio 65 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24/07/2009 folio 56 suscrita por el funcionario Detective TSU CESAR MONTILLA adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, me traslade en compañía del Sub comisario Manuel Ramos Inspector Manuel Bastidas Detective Bartolomé Salas Agente Jhon Grant Distinguidos Camacho Rangel, Rodríguez Carlos, Camacho Rafael y Ángulo Carlos, adscritos al comando Regional ubicado contra la Extorsión y Secuestro (CRUCES) en la unidad P-A26ABK1 y P s/n, hacia el Barrio Bella vista 2 calle 27 casa N° 46-32 Acarigua Estado Portuguesa, lugar donde mantiene su domicilio un ciudadano mencionado en actas como Candido Rebolledo quién funge como uno de los participantes del hecho de investigación con el objeto de practicar orden de allanamiento o visita domiciliaría N° 1CS-6433-09, procedimos a buscar dos testigos identificados de la manera siguiente: SUAREZ ARAUJO JOSÉ GREGORIO venezolano de 35 años de edad fecha de nacimiento 24-04-74 estado civil casado, supervisor de máquina de arroz, residenciado en la avenida los Agricultores edificio Lanza apartamento N 1 Acarigua estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad V-12.092.094 teléfono 0424-5517739 y Canelón José Ismael venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 49 años de edad, fecha de nacimiento 09-04-61, estado civil soltero, latonero, residenciado en el Barrio Bella vista 2 calle 28 con avenida 46 casa sin N° Acarigua estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad V-5.947.632,... fuimos recibidos por la ciudadana Morales Colmenarez Mary Triny logrando el hallazgo en la segunda en la segunda habitación de dos ejemplares del diario "Última Hora" de fechas 07-05-2009 y 09-05-2009 una copia de bauche de depósito Bancario Mercantil signadc con el N° 00000018439856 y una factura de pago del local comercial Imveca-Pirelli N°00-0006637, procediendo el funcionario Bartolomé Salas a fijar Inspección Técnica siendo las 11:20 horas de la mañana, la cual anexo a la presente acta, manifestando dicha ciudadana sei la concubina del ciudadano Candido Rebolledo y que su concubino tenía tres dias que había salido de su residencia hacia la ciudad de Valencia quedando identificado plenamente CANDIDO MIGUEL REBOLLEDO Venezolano, natural de San Fernando Estado Apure, de 4£ años (15-09-64, soltero Técnico superior en administración residenciado en la dirección objete de la visita titular de la cédula de identidad 9.986.439 se le libró boleta de citación, me dirigí a área donde se encuentra Sistema de Información Policial siendo informado por el detective YOVANNY OLIVAR que la cédula de identidad aportada corresponde con los datos suministrados y que no presenta historial policial.
81. Cursa al folio 67 de la pieza 3, ORDEN DE ALLANAMIENTO decretada por el Tribunal de Control Nro 01, de fecha 20-07-2009, autorizada para ser practicada en una vivienda edificada en paredes de bloques pintadas de color azul, con puertas y portón de color caoba donde reside o puede ser ubicado un ciudadano que se le menciona como CANDIDO REBOLLEDO ubicade en el barrio Bella Vista 2, Calle 27, con Avenida 46 Casa Nro 46-32 de Acarigua Estadc Portuguesa.
82. Cursa al folio 69 de la pieza 3, ACTA DE VISITA DOMICILIARIA, de fecha 24-07-2009 practicada por los funcionarios Sub comisario Manuel Ramos, Inspector Jefe Manuel Bastidas Detective Bartolomé Salas , Detective Cesar Montilla, Agentes Jhon Grant, Distinguidos Camacho Rangel, Rodríguez Carlos, Camacho Rafael, y Ángulo Carlos en una viviende edificada en paredes de bloques pintadas de color azul, con puertas y portón de color caobe donde reside o puede ser ubicado un ciudadano que se le menciona como CANDIDC REBOLLEDO ubicada en el barrio Bella Vista 2, Calle 27, con Avenida 46 Casa Nro 46-32 de Acarigua Estado Portuguesa, colectando como evidencias de interés dos ejemplares del diaric "Última Hora" de fechas 07-05-2009 y 09-05-2009, una copia de bauche de depósito Bancaric Mercantil signado con el N° 00000018439856 y una factura de pago del local comercial Imveca Pirelli N°00-0006637.
83. Cursa al folio 70 de la pieza 3, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, de fecha 03 08-2009 suscrita por el AGENTE JHON GRANT donde se colectaron las siguientes evidencias físicas: dos ejemplares del diario "Última Hora" de fechas 07-05-2009 y 09-05-2009, una copie de bauche de depósito Bancario Mercantil signado con el N° 00000018439856 y una factura de pago del local comercial Imveca-Pirelli N°00-0006637 en una vivienda edificada con paredes de bloques pintadas de color azul, con puertas y portón de color caoba donde reside o puede sei ubicado un ciudadano que se le menciona como CANDIDO REBOLLEDO la cual esta ubicade en el barrio Bella Vista 2, Calle 27, con Avenida 46 Casa Nro 46-32.
84. Cursa al folio 71 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL de fecha 24/07/2009 , suscrita por el funcionario Detective TSU CESAR MONTILLA adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, me traslade en compañía del Sub comisario Manuel Ramos, Inspector Manuel Bastidas Detective Bartolomé Salas Agente Jhon Grant Distinguidos Camacho Rangel, Rodríguez Carlos, Camacho Rafael y Ángulo Carlos, adscritos al comando Regional ubicado contra la Extorsión y Secuestro (CRUCES) en la unidad P-A26ABK1 y P s/n, hacia el Barrio Bella vista 2, calle 27B, casa s/n Acarigua Estado Portuguesa, lugar donde mantiene su domicilio un ciudadano mencionado en actas como Candido Rebolledo quién funge como uno de los participantes del hecho de investigación con el objeto de practicar orden de allanamiento o visita domiciliaria N° 1CS-6433-09, procedimos a buscar dos testigos identificados de la manera siguiente: LÓPEZ ROJAS SIMÓN JOSÉ venezolano de 62 años de edad fecha de nacimiento 28-10-46 estado civil casado, agricultor, residenciado en la urbanización Funda Barrios vereda 8 casa N° Acarigua estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad V-1.123.452 y MORALES RAMÓN ANTONIO venezolano, Acarigua Estado Portuguesa, de 51 años de edad, fecha de nacimiento 11-07-55, estado civil soltero, latonero, residenciado en el Barrio Bella vista 2 calle 27B casa s/n N° Acarigua estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad V-7.665.829,... fuimos recibidos por el ciudadano GUEDEZ ALIRIO COROMOTO logrando el hallazgo en el cimiento de la cocina una copia fotostática de una cédula de identidad a nombre de Rebolledo Candido Miguel signada con el N° V-9.986.439 procediendo el funcionario Bartolomé Salas a fijar Inspección Técnica siendo las 12 horas de la tarde, manifestando dicho ciudadano ser cuñado pero que tenia dias que no sabía de dicho ciudadano.
85. Cursa al folio 73 de la pieza 3, ORDEN DE ALLANAMIENTO decretada por el Tribunal de Control Nro 01, de fecha 20-07-2009, autorizada para ser practicada en un inmueble una vivienda edificada en paredes de bloques sin frisar y rejas de color blanco donde reside o puede ser ubicado un ciudadano que se le menciona como CANDIDO REBOLLEDO ubicada en el barrio Bella Vista 2, Calle 27, con callejón 11, casa sin numero de Acarigua Estado Portuguesa.
86. Cursa al folio 74 de la pieza 3, ACTA DE VISITA DOMICILIARIA, de fecha 24-07-2009, practicada por los funcionarios Sub comisario Manuel Ramos, Inspector Jefe Manuel Bastidas, Detective Bartolomé Salas , Detective Cesar Montilla, Agentes Jhon Grant, Distinguidos Camacho Rangel, Rodríguez Carlos, Camacho Rafael, y Ángulo Carlos en una vivienda edificada en paredes de bloques sin frisar y rejas de color blanco donde reside o puede ser ubicado un ciudadano que se le menciona como CANDIDO REBOLLEDO ubicada en el barrio Bella Vista 2, Calle 27, con callejón 11, casa sin numero de Acarigua Estado Portuguesa, donde se colectaron las siguientes evidencias de interés criminalistico: una copia fotostática de una cédula de identidad a nombre de CANDIDO REBOLLEDO ...
87. Cursa al folio 75 de la pieza 3, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, de fecha 03-08-2009 suscrita por el AGENTE JHON GRANT donde se colectaron las siguientes evidencias físicas: una copia fotostática de una cédula de identidad a nombre de CANDIDO REBOLLEDO, en una vivienda edificada en paredes de bloques sin frisar y rejas de color blanco donde reside o puede ser ubicado un ciudadano que se le menciona como CANDIDO REBOLLEDO ubicada en el barrio Bella Vista 2, Calle 27B, con callejón 11, casa sin numero de Acarigua Estado Portuguesa.
88. Cursa al folio 76 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 28-07-09, suscrita por el funcionario Inspector Osney Zambrano adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, área extorsión o secuestro de la Región Estadal Portuguesa, siendo las cuatro y cuarenta y cinco de la tarde teniendo conocimiento que uno de los vehículos involucrados en el plagio fue retenido por una comisión de la alcabala ubicada en la población de Papelón procedí a trasladarme en compañía de los funcionarios Otto Chacón y Cesar Montilla, hasta el citado punto de control donde fuimos recibidos por el Sargento Mayor Méndez Salas entrevistándonos con el funcionario Adrián José Vergara Colmenares nos comunico que dicho automotor solamente era ocupado por su conductor y que había tomado nota en el libro de novedades diarias ubicándose en la fecha 10-07-2009, fecha en que tuvo lugar el hecho el mismo fue asentado la requisa a que fue sometido un vehículo marca caribe modelo 442 tipo Sedan, color marrón placas GEF-792, conducido por un ciudadano quien se identifico con una cédula de identidad Alexander Rivero manifestando estar residenciado en la urbanización Los Cortijos" de la ciudad de Acarigua estado Portuguesa, me trasladé al Sistema de Información policial informándonos el detective enrique León me informo que el dicho numero no corresponde al ciudadano antes mencionado y que su titular aparece a nombre de la ciudadana Sánchez Luz María fecha de nacimiento 08-12-1988 mientras que la matrícula en mención corresponde a un vehículo Carca Caribe modelo 442 tipo Sport Wagón color blanco serial de carrocería J KL51GDV4035212, serial de motor GDV403512 año 1983 el cual registra a nombre de Buvat De Virgen Chacón Rene Antione Berard titular de la cédula de identidad V-3.180.791.
89. Cursa al folio 78 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 29-07-09, suscrita por el funcionario Detective Otto Chacón adscrito al área contra Extorsión y Secuestro deja constancia de la siguiente diligencia policial,,, me trasladé en compañía de los funcionarios Inspector Osney Zambrano Detective Cesar Montílla y Agente Jhon Grannt hasta Urbanización Los cortijos de la ciudad de Acarigua con la finalidad de ubicar un ciudadano sin identificar que se desplazaba a bordo de un vehículo marca Isuzu, Modelo Caribe, color marrón, placas GEF-792 dicho vehículo había sido visto en el barrio Bellas artes que se encuentra en el mismo sector de la ciudad, logrando avistar en la calle "4" con avenida "01" específicamente frente a una vivienda fabricada en bloque con friso pintada de color beige con rejas de color negro sin numero aparente aparcado un vehículo con características idénticas que el requerido dicho propietario es conocido como "El flaco".
90. Cursa al folio 85 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 05-08-2009 , suscrita por el funcionario Agente Jhon Grannt adscrito al área contra Extorsión y Secuestro deja constancia de la siguiente diligencia policial partiendo del hecho que esa oficina dio inicio a la causa 1-255.414 por averiguación muerte hecho en el que aparece como víctima Julio Cesar Santiago Perea participante del plagio que también se le menciona como Pedro Peinado y como quiera que con el hoy occiso no se había formalizado su imputación por el delito perpetrado situación que no deviene en procedimiento alguno por parte del ente rector de la investigación no obstante se hace necesario incorporar a la investigación la información sobre su deceso para que una vez que se corrobore su plena identidad cese sobre este la persecución del delito cometido se acuerda traer a la presente causa.
91. Cursa al folio 86 de la pieza 3, TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDAD , de fecha 2-07-2009, suscrito por el jefe de guardia del día hoy de este despacho certifica que en las novedades diarias llevadas por esta oficina durante el lapso comprendido entre las 7:30 horas de la mañana del día 23-07-09 hasta las 7:30 horas de la mañana del dia 24/07/09 aparece una que copiada textualmente dice asi: 13:15hrs RECEPCIÓN TELEFÓNICA INICIO DE AVERIGUACIONES 1-255.414 DELITO CONTRA LAS PERSONAS (AVERIGUACIÓN MUERTE) CONOCE DETECTIVE YENY CAROL VÁRELA MESIA, se recibe la misma de parte del distinguido (PEP) Linares Eduar adscrito a la comandancia General de la Policía Local informando que en el sector Los Canales del Barrio santa rita de esta ciudad se encuentra un cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino desconociendo más detalles al respecto por lo que se requiere comisión de este despacho.
92. Cursa al folio 87 de la pieza 3, ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 23-07-2009 , suscrita por la funcionaría TSU YENNY VÁRELA adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales Crimínalisticas sub-delegación Guanare encontrándose en ese Despacho se recibió llamada telefónica por parte del distinguido (PEP) Linares Eduar adscrito a la policía local informando que en el Barrio Los canales sector Santa rita de esta ciudad se encuentra el curpo sin vida del sexo masculino falleciendo presuntamente por asfixia mecánica apertura la causa 1-255.414 por uno de los delitos Contra Las Personas averiguación muerte me trasladé en compañía del detective Luis Torres en la unidad P-35K hacia la dirección arriba mencionada observamos una unidad de la policía local fuimos atendidos por el Inspector Azuaje Brigido(PEP) quien nos manifestó que el cadáver fue hallado por un ciudadano de nombre Alvarez Juan Bautista salió a caminar por la calle cercana de los linderos de la finca Franco Cerato observando colgado de un árbol a una persona por lo que hizo llamado a la policía local de forma inmediata acotando no conocer al occiso y que el mismo no reside de la zona, se observa el cadáver de una persona adulta del sexo masculino pendiendo de un árbol y colgado de un naylon de color amarillo por lo que la funcionaría procedió a practicar Inspección técnica siendo las 1:30 de la tarde optó por realizarle la revisión a la vestimenta ubicándole en uno de los bolsillos del pantalón una serie de documentos personales a nombre de santiago Perea Julio Cesar titular de la cédula de identidad N° E-96.124.215, los documentos fueron colectados mediante acta de Inspección el cual se anexa luego de realizarle el levantamiento de cadáver fue trasladado hasta la morgue del hospital Dr. Miguel Oraá de esta ciudad a fin de practicarle reconocimiento de cadáver mientras que el ciudadano Juan Bautista fue trasladado hasta la sede del Despacho me traslade al sistema de Información policial siendo atendido por el funcionario Yovanny Olivar me informo que el referido ciudadano aparece como solicitado mediante expediente I-255.337 de fecha 15-07-09 por persona extraviada.
93. Cursa al folio 89 de la pieza 3, INSPECCIÓN TÉCNICA 1103 , suscrita por los Detectives TSU LUIS RAMÓN TORRES CASTILLO y TSU YENNE CAROL VÁRELA MEJIAS practicada en BARRIO LOS CANALES SECTOR SANTA RITA adyacencias de la finca FC Municipio Guanare Estado Portuguesa, visualizamos el cadáver de una persona adulta del sexo masculino pende de un segmento de material sintético de color amarillo (mecate) atado a la región del cuello mediante un nudo adyacente a la región auricular lado izquierdo que a su vez se encuentra entrelazado y luego atado de un árbol... un pasaporte de la república de Colombia a nombre de SANTIAGO PEREA JULIO CESAR.
94. Cursa al folio 92 de la pieza 3, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23 de julio folio 83 de la adolescente RAMÍREZ SANTIAGO MARÍA ZAINET venezolana de 17 años fecha de nacimiento 28-03-92 soltera titular de la cédula de identidad 22.794.120 a fin de rendir declaración en la causa 1-255.414, expone Yo me encontraba en mi casa cuando recibí una llamada telefónica de parte de un funcionario del CICPC donde me informaba que tenía que venir a ese Despacho a reconocer a un ciudadano que había perecido ahorcado ya que yo el día 15-07-09 había denunciado que mi tío de nombre Julio cesar se encontraba desaparecido luego en este despacho me informaron que el muerto se encontraba en la morgue del hospital de esta ciudad, luego yo fui hasta allá a ver el cadáver me percaté que era mi tío a quien yo había denunciado como desaparecido.

III RESOLUCIÓN DE LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS

Por cuanto los acusados Ángulo Peña Darwin Oswaldo, Alexander Antonio Rivero, Querales Silva Alexander José y Durán Jackson José, libres de presión, apremio y juramento, debidamente instruidos de sus derechos fundamentales manifestó espontáneamente su voluntad de acogerse al procedimiento por admisión de los hechos, el Tribunal procedió a imponer la pena correspondiente, a cuyo efecto observó lo siguiente:

Para el delito de secuestro, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión se establece una pena de veinte (20) a treinta (30) años y el artículo 37 del Código Penal, por su parte, establece que cuando la ley castiga un delito o falta con pena comprendida entre dos límites, se entiende que la normalmente aplicable es el término medio que se obtiene sumando los dos números y tomando la mitad; se la reducirá hasta el límite inferior o se la aumentará hasta el superior, según el mérito de las respectivas circunstancias atenuantes o agravantes que concurran en el caso concreto, debiendo compensárselas cuando las haya de una y otra especie. En el presente caso no fue acreditada la existencia de antecedentes penales lo que obra a favor de los acusados por lo que se toma para el calculo de la pena el limite inferior de veinte (20) años, así las cosas acreditadas la agravante prevista en el numeral 1 del articulo 10 de la citada ley especial, referida a que la víctima es adulta mayor corresponde el aumento de la pena en un tercio, lo que equivale a seis ( 6) años y ocho (8) meses, correspondiendo en principio una pena de veintiséis (26) años y ocho (8) meses.

Ahora bien, habiéndose acogido dichos ciudadanos al procedimiento por admisión de los hechos, debe aplicarse la pena tomando en consideración el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal en que la rebaja sólo será de un tercio dada la magnitud del daño que se ocasiona y la multiplicidad de bienes jurídicos vulnerados o afectados, en tal sentido, la rebaja de un tercio de la pena inicialmente aplicable que era de veintiséis (26) años y ocho (8) meses equivale a ocho (8) años, diez (10) meses y veinte (20) días por lo que efectuada la operación aritmética de resta la pena que debe ser impuesta es la de diecisiete (17) años, nueve (9) meses y diez (10) días de prisión. Así formalmente se declara.


DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:

Con fundamento en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 37 del Código Penal, CONDENA a los acusados Angulo Peña Darwin Oswaldo, venezolano, 22 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad No. 19.640.333, nacido en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, y domiciliado en el Barrio Las Vegas, calle principal, casa s/n, Barquisimeto Estado Lara; Alexander Antonio Rivero, venezolano, 22 años de edad, nacido en fecha 16-05-1987, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad No. 18.843.025, nacido en la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, y domiciliado en la Avenida Vicente Salias con calle fruto vivas sector 4 de la Urbanización Bellas Artes Acarigua Estado Portuguesa; Querales Silva Alexander José, venezolano, 25 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad No. 19.283.862, natural del Acarigua Estado Portuguesa, y residenciado en la Urbanización Gonzalo Barrios, calle Principal, sector 01, casa s/n , Araure Estado Portuguesa, y Durán Jackson José, venezolano, 29 años de edad, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad No. 14.021.621, natural de Guasdualito Estado Apure, y residenciado en el Barrio Simon Bolívar, calle principal, casa sin número, Guanarito estado Portuguesa, por la comisión del delito de secuestro agravado en grado de perpetradores y de complicidad, previsto y sancionado en el artículo 3 en concordancia con el artículo 10 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, cometido en perjuicio de la ciudadana Flor María Seijas de Muñoz, a cumplir la pena de diecisiete (17) años, nueve (9) meses y diez (10) días de prisión, mas las accesorias de ley, pena que deberá cumplir en la forma que lo determine el Ciudadano Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad a quien corresponda conocer de la causa.

Se ratifica la medida de privación judicial preventiva de libertad a los acusados Ángulo Peña Darwin Oswaldo, Alexander Antonio Rivero, Querales Silva Alexander José y Durán Jackson José, por cuanto no han variado las circunstancias de orden procesal que motivaron su imposición.


Consideraciones Finales

Se deja expresa constancia que en la presente sentencia se condena al acusado Durán Jackson José, venezolano, 29 años de edad, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad No. 14.021.621, natural de Guasdualito Estado Apure, y residenciado en el Barrio Simon Bolívar, calle principal, casa sin número, Guanarito estado Portuguesa, bajo la identificación precedente establecida en la causa desde el inicio del proceso penal, no obstante, en la audiencia de admisión de los hechos el premencionado acusado manifestó en presencia de todas las partes que su verdadera identidad era Feder Rodríguez, de nacionalidad Colombiana, portador de la cédula de identidad número 96.125.380, nacido en fecha 20 de febrero de 1980, por lo que se ordenó su traslado al SAIME a los fines de que le fuesen tomadas las muestras decodactilares para la identificación plena y efectiva del acusado.

Así mismo se deja establecido que en aplicación del artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal se acordó la división de la continencia de la presente causa para resolver la situación jurídica de los acusados Ángulo Peña Darwin Oswaldo, Alexander Antonio Rivero, Querales Silva Alexander José y Durán Jackson José, por cuanto los mismos se encuentran recluidos en el Centro Penitenciario de los Llanos y dada su manifestación de voluntad de admitir los hechos, se ordena formar la compulsa respectiva y su remisión al Tribunal de Ejecución que corresponda.

En relación a los acusados Erika Echegaray y José Guerrero Soto, quienes se encuentran recluidos en el Internado Judicial de Barinas se acuerda fijar el juicio oral y público para el día 7 de agosto de 2013, a las 2:00 p.m., por lo que se ordena librar las boletas de citación, notificación y traslado correspondientes.

Se deja constancia que contra el acusado Alexander Antonio Rivero se sigue causa por ante el Juzgado de Control Nº 4 del estado Portuguesa extensión Acarigua y contra el acusado Duran Jackson José por ante el Tribunal de Ejecución Nª 1 con sede en Guanare.

Se acuerda la remisión de la compulsa del expediente al Juzgado de Ejecución una vez transcurrido el Lapso de Ley. Téngase por notificadas las partes presentes por cuanto el presente pronunciamiento se dictó en sala y fue publicado dentro del lapso correspondiente. Regístrese, Diarícese y déjese copia.


La Juez de Juicio N° 2,


Abg. Lisbeth Karina Díaz


La Secretaria


Abg. Víctoria Villamizar


Seguidamente se cumplió lo ordenado en autos. Conste.

La Secretaria,