REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 15 de julio de 2013
Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación
En la causa iniciada por solicitud presentada por GENNY MARIBEL RUEDA VÁSQUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, domiciliada en Acarigua y titular de la cédula de identidad V-10.136.654, para que se declarara la interdicción de KARINA COROMOTO VÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad V-22.103.328, este Tribunal, en sentencia del 5 de marzo de 2013, declaró la interdicción definitiva de ésta.
Conociendo la causa por la consulta de ley, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, confirmó la decisión, en sentencia del 25 de junio de 2013, la cual quedó definitivamente firme por no haber sido recurrida.
Al haber quedado firme la decisión que declaró la interdicción definitiva, este Tribunal designa como tutora definitiva de la entredicha KARINA COROMOTO VÁSQUEZ a su hermana GENNY MARIBEL RUEDA VÁSQUEZ, ambos ya identificados.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González