REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, veintidós de julio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: PP21-L-2012-000346
DEMANDANTE: MANUEL RUMBO titular de la cédula de identidad número 11.083.121
DEMANDADA: MONTO SEGURIDAD C.A.. inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el número 57, tomo 12-A representada por el ciudadano OSMAR ZERPA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


AUTO DECRETANDO LA PERENCION DE LA INSTANCIA

Visto que ha transcurrido más de un (01) año sin que se haya ejecutado alguna actuación de la parte actora para impulsar el proceso, siendo la última actuación el escrito libelar en fecha 12-06-2012, no habiendo actuación alguna de parte posteriormente, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, dándole carácter de cosa Juzgada, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Regístrese y publíquese la presente decisión.
La Juez,
La Secretaria,


Abg° Lisbeys Rojas Molina
Abg° Naydali Jaimes Quero,.

En esta misma fecha se publico siendo la 11:50 p.m... Conste.
Scria,