Vista la conciliación celebrada entre el adolescente Carlos Alberto Hernández Dorante y Carlos Alberto Hernández Gutiérrez, titulares de las cédulas de identidad Nros. 25.710.271 y 10.257.916, respectivamente, por concepto de Revisión de Obligación de Manutención, donde el mencionado ciudadano acordó pasarle a su hijo, la cantidad de cuatrocientos bolívares (Bs. 400,oo) mensuales, a razón de doscientos bolívares (Bs 200,oo) quincenales, en el mes de septiembre la cantidad de cuatrocientos bolívares (Bs 400,oo) para útiles escolares y en el mes de diciembre quinientos olivares (Bs 500,oo) para estrenos decembrinos, los cuales solicitó se le descuenten por nomina por ante la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación y Deportes, Esquina de Salas Caja de Agua, Parroquia Altagracia Caracas y depositados en la cuenta de ahorros Nş 701068500600063884, del Banco Bicentenario agencia Biscucuy.