Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Yanida Coromoto Graterol Graterol y Carlos Ramón Peña González, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.240.380 y 12.718.565, respectivamente, por concepto de Obligación de Manutención, donde el mencionado ciudadano acordó pasarle a sus hijas x y x, la cantidad de mil quinientos bolívares (Bs. 1.500,oo) mensuales y el doble de dicha cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año para útiles escolares y estrenos decembrinos, los cuales los depositare una vez que la mencionada ciudadana aperture cuenta de ahorro por ante el Banco Bicentenario agencia Biscucuy, en relación a los gastos por concepto de medicina y consulta medica, será en un 50%.