PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS GUANARITO Y PAPELON DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanarito, once de julio de dos mil trece.
203° y 154°
Exp. Civil Nº 1588-13.-
Vista la conciliación entre las partes ciudadanos: MARIA YESSENIA RIVAS RONDON, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Barrio Campo Alegre, frente a la Bloquera el Paraíso, del Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-14.456.085 y el ciudadano: ARCIBIDES ARTEMIO LOYO AVILA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Barrio Falconero, después del Mercal, del Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-14.864.588, en el Juicio de Obligación Manutención, en beneficio de sus hijos: xxxxxxxx, xxxxxxx y xxxxxxx, en la cantidad de Ochocientos Bolívares (Bs. 800,oo) mensuales, a partir del mes de septiembre del presente año, el cual será entregado mediante recibo, en el mes de septiembre de cada año la requerida se compromete a cubrir los gastos de útiles escolares; En cuanto a los gastos del mes de diciembre de cada año serán compartido por ambas partes. En relación a los gastos de medico y medicinas, será responsabilidad de ambos padres, los cuales cubrirán el 50% de dichos gastos, cuando lo requiera mi hija beneficiaria en este procedimiento. Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio, no vulnera los derechos del niño y del adolescente, consagrados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Este Juzgado de Los Municipios Guanarito y Papelón del Primer Circuito la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; le imparte la Homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. ASI SE DECIDE.
Diarícese, Regístrese, Déjese copia certificada de la presente decisión. Expediente Civil N° 1588-13.
La Juez;

Abg. Nora Josefina Frías. El Secretario,
Abg. Farok Asis Mirabal.



Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado, en autos. Conste El Scrio.
Abg. Farok Asis Mirabal.