En horas de Despacho del día de hoy dieciséis (16) de Julio de 2013, siendo las 9.30 a.m., conforme estaba acordado en auto anterior se trasladó y constituyó este Juzgado en un inmueble constituido en el Centro Comercial METEFRA ubicado en la avenida 41 sector El Palito, municipio Páez, Estado Portuguesa, específicamente en los locales comerciales No 12 ubicado en la planta alta Mezanina del Centro Comercial, con los linderos: Norte: Local No 11. Sur: Local No 13. Este: Fachada del Edificio y Oeste: pasillo de acceso. El Local No 20: Norte: Local No 19 y pasillo de acceso. Sur: Fachada sur del edificio, Este: fachada del edificio y Oeste: Local No 21 y el Local No 30: Norte: local No 31. Sur: Local No 29. Este: Pasillo de acceso y Oeste: Local No 32, a los fines de practicar entrega material del referido inmueble y embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la demandada, decretado por el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la causa No 1448/2012. Demandante: Franco Colavita Testa. . Demandado: Grupo Corporativo Nieto y Asociados C.A, representada por su presidenta ciudadana Susana Anabella Sánchez de Nieto y su vicepresidente el ciudadano Jonathan Rafael Nieto Sánchez. Motivo: Desalojo de Inmueble. Seguidamente el Tribunal una vez constituido previa notificación procede a nombrar como Perito al ciudadano Alonso Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.609.209, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Así mismo manifestó que sus honorarios ascienden a la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs. 250, oo), cada hora. Seguidamente el Tribunal previa notificación procede a nombrar como Depositaria a la Depositaria Judicial Portuguesa C. A representada por su Representante Legal ciudadana Restituta del Carmen Mena, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de Identidad No 4.244.833, como Depositaria Judicial, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente el Tribunal una vez constituido y acompañado por la apoderado actor abogado Hermes Sanchez, inscrito en el inpreabogado bajo el No 128.734, procede a a constituirse en el local No 12, ubicado en la planta alta mezanine del centro Comercial METEFRA por lo que este Juzgado procede hacer los tres toques de ley correspondiente sin que alguna persona acudiera al llamado de la autoridad por lo que procede a nombrar en este acto al ciudadano Caro Pérez Ezequiel, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No V.17.600.032, hábil de este domicilio con el carácter de cerrajero a los fines de que este Juzgado tenga acceso al inmueble objeto de la entrega quien estando presente expone:”Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”, es todo. Seguidamente el Tribunal antes de proceder a la entrega material del inmueble a la parte actora le cede el derecho de palabra al perito nombrado y juramentado a los fines que realice un inventario de los bienes muebles existente en el local comercial, quien estando presente expone:” En el local No 12 del centro comercial METEFRA existen los siguientes bienes muebles: Nueve archivos, de formica compuesto, color beige, de cuatro gavetas cada una, con manilla de plástico y su respectiva cerraduras, contentivo con carpetas con documentos personales. 2.- tres bibliotecas archivadores de estructura de compuesto color beige y borde color negro, compuesto por dos entrepaños en su parte superior, de cuatro gavetas con cerradura y manillas color negro, contentivas en su parte interior con carpetas y documentos, en una gaveta nse observan dos bolsos de tela color negro, uno sin contenido es decir vacío y uno con carpetas. 3.- Tres escritorios de forma modular, compuesto, color beige, y borde color negro, con base de forma redonda, color negro, uno de ellos desprovisto de tapa del gavetero. 4.- cuatro sillas para visitantes de estructura de plástico color negro y tapizado en tela color negro sin pasamanos. 5.- una silla para visitantes color negro, tapizadas en tela color azul, con el espaldar dañado. 6.- Dos sillas giratorias con estructura de plástico color negro tapizado color azul con pasamanos. 7.- una silla giratoria sin pasamanos, color azul. 8.- Una mesa semi redonda de compuesto color beige con borde color negro. 9.- una guillotina para papel marca premier, color gris y negro.- 10 Dos Cintas métricas marca fiberblas una color amarillo y una color verde. 11.- una computadora compuesto por un monitor, marca Samsung, serial BN96/02371D, teclado marca Genium, serial YB9911020499 con teclado marca mega serial 090500635, un Mouse, marca mega serial 2011164596, un regulador de corriente marca génesis, color negro, modelo PCG1200, serial 11203901006015FNN.- 12.- Un toma corriente lineal de plástico transparente de seis tomas, 13.. Un monitor marca Samsung, color negro y gris modelo 740N, serial MA17H9N8049OBR, un teclado marca genios, serial WE9992028743, Mouse marca mega, modelo 278963BK, serial 2011164402 y 14.- Una impresora compuesta marca HP, modulo F380, serial CN684GV18F, color gris y blanco, 15.- Un ventilador silver point de 18”. 16.- Un filtro para agua para botellón de dos surtidores marca Premium modelo PWC170, serial 2009963200677, con botellones para agua vacío. 17.- Una bolsa plástica contentiva de dos engrapadoras una color rojo y una cromada, cables, sellos y otros (repuestos usados dañados), un martillo de mago de madera, un destornillador y un alicate. 18.- Un cuadro de pared con figura color beige y marrón. 19.- Un estante de metal color gris de seis entrepaños.- 20 cincuenta y seis archivos (archi practic), color blanco, contentivo de carpeta y documentos. 21 un reconocimiento tipo placa con marco dorado a nombre de Carlos Nieto de conavi-ceconavi. Es todo. Así informo que los bienes se encuentran en buen estado de conservación y se desconoce su funcionamiento de los eléctricos existentes en el mismo. Seguidamente el tribunal procede hacer entrega de dichos bienes muebles a la Depositaria judicial quien estando presente expone:# Recibo conforme los bienes aquí inventariados, es todo. Seguidamente el Tribunal procede a constituirse en el local No 20, Norte: Local No 19 y pasillo de acceso, Sur: fachada del edificio y Oeste: Local No 21 y se procede hacer los tres toques de ley correspondiente sin que alguna persona acudiera al llamado de la autoridad por lo que se procede abrir el mismo con el cerrajero ciudadano Ezequiel caro, ya identificado, nombrado y juramentado en este acto. Seguidamente el Tribunal una vez constituido en el inmueble procede a darle el derecho de palabra al perito en este acto a los fines de que realice el inventario de los bienes muebles existentes en el local No 20, quien estando presente expone:” En el local No 20 del centro Comercial METEFRA se encuentra los siguientes bienes muebles.- 1.- Dos archivadores de metal color beige de cuatro entrepaños cada uno, uno vacío y otro contentivo de carpetas y documentos.- 2,. Cinco bibliotecas archivadores, compuesto, color beige de dos entrepaños, en su parte superior con cuatro gavetas inferiores con carpetas y documentos personales, 3.- Un portafolio color negro, contentivo de CD de documentos personales.- 4- Una impresora en mal estado color gris. Marca EPSON. 5.- Un aire acondicionado marca GLSTAR de 12 BTU, color blanco con su respectivo motor el cual se desconoce su funcionamiento. 6 Cuatro escritorios de tipo modular de compuesto color beige, color negro el borde. Y base redonda. 7.- Una impresora color gris, marca HP, color láser 2600, serial 70521-013918, una Impresora HP.P1005 color gris.- 11.- Un monitor marca Samsung, serial LB17HCG2704663B, modelo 7938, un teclado marca omega, modelo 263112SB, regulador marca omega, PCG1200S, serial 1050001004707.12, un monitor marca AOC, serial 83869HA0331470, un regulador marca AIG, color negro, modelo AITG100C. 13.- cinco sillas de estructura color negro. 14.- Tres sillas giratorias, color negro. 15.- Una cafetera marca samurai, para 12 tazas color negro.- 16.- Un porta carpeta de tres entrepaños, color negro, digital modelo WP822, serial 325882882669, 18.- Un plato y tres tazas para café de vidrio. 19.- Cuatro cuadros de pared, un con guacamayas y flor blanca, otro con casa y camino con laguna, otro con cerro autora y otro con figuras .- 20.- Un filtro para agua de dos surtidores color blanco, marca general plus, modelo YL2-5-V-118B, con botellón, 21.- Nueve cajas contentivas con documentos, así mismo informo que los bienes se encuentran en buen estado y se desconoce el funcionamiento del aire acondicionado, computadoras por no encenderse al momento de la medida. Seguidamente el tribunal procede hacer entrega de dichos bienes muebles a la Depositaria judicial quien estando presente expone:” Recibo conforme los bienes aquí inventariados, es todo. Seguidamente el Tribunal procede a constituirse en el local No 30 del centro Comercial METEFRA por lo que procede a realizar los toques de ley correspondiente sin que alguna persona acudiera al llamado de la autoridad por lo que el Tribunal a los fines de tener acceso al inmueble autoriza al ciudadano Ezequiel caro ya identificado, nombrado y juramentado como cerrajero en este acto, a los fines de que proceda a abrir el inmueble. Seguidamente el Tribunal una vez constituido procede a darle el derecho de palabra al perito a los fines de que realice inventario de los bienes muebles existente en el local No 30 objeto de la entrega, quien estando presente expone:” En el local No 30 del centro Comercial METEFRA se observa los siguientes bienes muebles: 1.- Seis bibliotecas archivadores, compuesto color beige, color negro de dos entrepaños y cuatro gavetas contentivo de carpetas y documentos en su totalidad.- 2.- Un archivo de metal color gris de seis entrepaños cada uno, contentivo de carpetas y documentos.- 4.- Tres escritorios de compuesto color beige, uno tipo modular y dos sencillos sin gavetas. 5.- siete mesas para computadoras formica color marrón y negro de estructura de metal.- 6.- Cinco sillas giratorias forradas color azul y una fija. 6.- Una estructura de metal con dos sillas fijas desprovista de una. 8.- Dos monitores uno marca IBM y otro Samsung. 9.- Un ventilador de base de color negra, marca silver Poinst.- 10.- Un filtro para agua con un surtidor serial 04419 con botellón. 11.- Dos engrapadoras cromadas. Todos los bienes se encuentran en buen estado de conservación y se desconoce el funcionamiento de los monitores, es todo. Seguidamente el tribunal procede hacer entrega de dichos bienes muebles a la Depositaria judicial quien estando presente expone:”Recibo conforme los bienes aquí inventariados del local No 30 del referido centro comercial. Es todo. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:” La Entrega Material de los locales comerciales No 12, ubicado en la planta alta Mezanina del Centro Comercial, con los linderos: Norte: Local No 11. Sur: Local No 13. Este: Fachada del Edificio y Oeste: pasillo de acceso. El Local No 20: Norte: Local No 19 y pasillo de acceso. Sur: Fachada sur del edificio, Este: fachada del edificio y Oeste: Local No 21 y el Local No 30: Norte: local No 31. Sur: Local No 29. Este: Pasillo de acceso y Oeste: Local No 32, en el Centro Comercial METEFRA ubicado en la avenida 41 sector El Palito, Municipio Páez, Estado Portuguesa, al apoderado actor abg. Hermes Sánchez, ya identificado , libre de bienes y personas, quien expone: “Recibo conforme los n locales Nos 12,20 y 30 del Centro Comercial METEFRA ubicado en la avenida 41 sector El Palito, Municipio Páez, Estado Portuguesa, libres de bienes y personas es todo. Seguidamente el apoderado actor abg. Hermes Sánchez, ya identificado solicita el derecho de palabra y expone:” Por cuanto en este acto no señale bienes propiedad de la demandada para embargar ejecutivamente, me reservo el derecho para ptra oportunidad, es todo. Seguidamente el Tribunal visto lo expuesto por la parte actora lo acuerda de conformidad y siendo las 12:50 da por cumplida su misión y ordena volver a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez
Abg. Ana Dolores Monagas C.
El apoderado actor;
Abg. Hermes Sánchez
El Cerrajero
Ezequiel Caro.
El Perito;
Alonso Chirinos.
La Depositaria
Restituta del Carmen Mena
La Secretaria temporal:
Abg. Aura Rangel Romano
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