PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 19 de julio de 2013
203º y 154º



ASUNTO: PH05-V-2004-000535

Revisadas como han sido las actuaciones procesales contentivas del procedimiento de jurisdicción contenciosa con motivo de COLOCACIÓN FAMILIAR en beneficio de Identificación Omitida por Disposición de la Ley , actualmente de dieciocho (18) años de edad, se evidencia que el Juzgado Unipersonal N° 2 del extinto Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa mediante auto dictado en fecha 10/10/2007, mediante auto dictado en fecha 10/10/2007, revocó la medida de Colocación Familiar en beneficio de Identificación Omitida por Disposición de la Ley , y se acordó su integración en el hogar de su hermana KEIDY ANDREINA MOLINA SILVA, de conformidad con lo establecido en el artículo 126, literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Consta en autos, que mediante acta de comparecencia inserta al folio 105, de fecha 23/11/2.012, la ciudadana KENIA SARAI MOLINA SILVA, manifestó al Tribunal que vive con su hermana y que se encuentra en estado de gravidez y que su hermana la apoya en todo.
Ahora bien, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, verificando como ha sido que la ciudadana KENIA SARAI MOLINA SILVA, actualmente ha cumplido su mayoría de edad, tal como se evidencia de la copia simple del acta de nacimiento inserta al folio 03 de la presente causa, es por lo que esta Juzgadora considera inoficiosa continuar una Colocación Familiar en su beneficio, a tal efecto, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se acuerda: REVOCAR la Medida de Protección de Colocación Familiar, dictada por el Juzgado Unipersonal N° 2 del extinto Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en fecha 10/10/2007, en beneficio de la ciudadana KENIA SARAI MOLINA SILVA, en virtud de haber alcanzado su mayoridad.
Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, a la fecha de su publicación.

Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución


Abg. PASTORA PEÑA GARCÍAS
La Secretaria,


Abg. Liliana Belén Barreto Arteagas
PPG/lbba/M. Alej.-