En horas de Despacho del día de hoy veinticinco (25) de Junio del 2013, siendo las 9:48 a.m.,conforme estaba acordado en auto anterior se trasladó y constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas en la Alcaldía del Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, específicamente en la Oficina de Sindicatura de la referida Alcaldía, a los fines de cumplir con la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región centro Occidental en la causa No KP02-N-2009-000177, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesta por el ciudadano Juan Guevara, titular de la cédula de Identidad No 8.670.047, contra la Alcaldía del Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, como es el cumplimiento inmediato de los pagos correspondientes ordenados por el Tribunal comitente, mediante sentencia dictada en fecha 03 de octubre del 2009 los cuales ya se encuentran incluidos en la partida presupuestaria correspondiente. Seguidamente el Tribunal una vez constituido y acompañado por la abg. Sandra Martínez, inscrita en el inpreabogado bajo el No 102.125, apoderada actora, procede a notificar de su misión a los ciudadanos Abg. Ana Rosa Flores Ereu, titular de la cédula de identidad No 9.838.906, en su carácter de Sindico de la Alcaldía donde se encuentra constituido el Tribunal, al ciudadano Rattia Olivero pablo German, titular de la cédula de identidad No 4.346.421, en su condición de administrador y al ciudadano Rivero Antonio José, titular de la cedula de identidad No 8.731.113, en su condición de Jefe de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio San Rafael de Onoto. Seguidamente el Tribunal le cede el derecho de palabra a la abg. Ana Rosa Flores, inscrita en el inpreabogado No 53.387 en su condición de Sindico procurador de la Alcaldía del Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, quien expone:” manifiesto al Tribunal que en conversaciones que he tenido con el ciudadano Rattia Pablo y Antonio Rivero, administrador y jefe de Recursos Humanos de la Alcaldía en este acto y aquí presentes que proponga cancelar al ciudadano Juan Guevara demandante en esta causa la cantidad de treinta y cinco mil ciento setenta y tres bolívares con setenta y ocho céntimos (Bs. 35.173,78), para el día 08 de julio del 2013, dicho pago se hará por el doceavo correspondiente al mes de julio que recibe esta Alcaldía en el referido mes, pago que se realizará por ante esta misma oficina en dicha fecha a la apoderada actora abg. Sandra Martínez, es todo. Seguidamente en este estado solicita el derecho de palabra la apoderada actora Sandra Martínez, ya identificada quien expone:” acepto la propuesta en los términos de la misma y solicitó al tribunal suspenda la medida hasta la fecha 08/07/13, es todo. Seguidamente el Tribunal visto lo expuesto por las partes lo acuerda de conformidad y acuerda suspender la medida hasta el día 08/07/13 que se hará el pago correspondiente, es todo. Seguidamente el Tribunal da por cumplida su misión y ordena volver a su sede siendo 10:54 a.m. Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman.-
La Jueza;
Abg. Ana Dolores Monagas Carrillo
Los Notificados;
Abg. Ana R. Flores.
Rattia Pablo.
Rivero Antonio;
La Apoderada Actora;
Abg. Sandra Martínez
La Secretaria Temporal
Abg. Aura Estela Rangel Romano.