REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCION
Guanare, 15 de marzo de 2013
Años 202° y 153°
N° ______
Causa 1E-1163-10
JUEZ DE EJECUCIÓN N° 1 Abg. Narvy Abreu Moncada
PENADO Franklin Farley Sánchez Portela
DEFENSORA PUBLICA Abg. Elsy Cadenas
FISCAL Sexto del Ministerio Público en materia de Ejecución
DELITO
Secuestro en grado de complicidad
SECRETARIA: Abg. Nina González
MOTIVO: Cómputo por redención por trabajo
Vista la redención realizada al penado FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PORTELA, titular de la Cédula de identidad 17.375.673, nacido en Guasdualito, Estado Apure, con ultimo domicilio en el barrio “José Antonio Páez”, ultima calle; casa S/N; l Guanarito estado Portuguesa; quien se encuentra cumpliendo pena de Seis (06) años; Ocho(8) meses y Veinte (20) días de prisión, por la comisión del delito de Secuestro en grado de complicidad, previsto y sancionado en el articulo 11 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión en contra de la ciudadana Flor María Seijas; este Juzgado resuelve en los siguientes términos de conformidad con lo previsto en el articulo 3 de la Ley de Redención Trabajo judicial de la pena por trabajo y estudios y dicta el siguiente cómputo de pena de acuerdo a lo establecido en el artículo 479 y 480 del Código Orgánico Procesal Penal .
El ciudadano FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PORTELA, fue detenido desde el 13-07-2009 al 16-07-2009 lo que da un tiempo de tres (3) días de detención; se mantuvo en arresto domiciliario desde el 17-07-2009 al 12-01-2010 por un tiempo de cinco (5) meses y veinticinco (25) días; fue detenido nuevamente desde el 13-01-2010 hasta la actualidad, que resulta un tiempo de dos (2) años, diez (10) meses, y siete (7) días, lo que da un tiempo de detención de tres (3) años, siete (7) meses y veintinueve (29) días: le fue redimida la pena por un tiempo de dos (2) meses y veintiséis (26) días, la segunda redención fue de cinco (5) meses y veintinueve (29) días, dan un total de pena cumplida de cuatro (4) años, cuatro (4) meses, y veinticuatro (24) días, por lo que le falta por cumplir de la pena impuesta un tiempo de dos (2) años, tres (3) meses y veintiséis (26) días; cumple la pena en fecha 07 de julio de 2015.
El penado FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PORTELA, a partir de las fechas que de seguidas se indican cumple la alícuota de pena establecida por la ley para optar a los siguientes beneficios:
- Una cuarta parte de la pena para optar por el beneficio de Destacamento de trabajo que venció el día 22 de junio de 2010.
Una tercera parte de la pena para optar por el beneficio de Régimen Abierto que venció el día 13 de enero de 2011.
- Las dos terceras partes de la pena para optar por el beneficio de Libertad Condicional que cumple el día 13 de abril de 2013.
- Las tres cuartas partes de la pena para optar por el Confinamiento que cumple el día 02 de noviembre de 2013.
De la revisión de la causa se tiene que el penado FRANKLIN FARLEY SÁNCHEZ PORTELA, se encuentra cumpliendo pena en el estado Táchira por lo que se ordena librar exhorto a los fines de su notificación personal. Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia, ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución Nº 1
Abg. Narvy Abreu Moncada
La Secretaria
Nina González