REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA
República Bolivariana de Venezuela
Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa
Sección Adolescentes
Juzgado de Control
Guanare
Guanare, 18 de Marzo de 2013.
Año: 202º y 154º.
Visto el oficio Nº 18-FOG-1C-329 2013, de fecha 15 de marzo 2013, emanado de la fiscalía quinta del Ministerio Publico, mediante el cual solicita la practica de una prueba anticipada, en la causa Nº 1CS-1351-13, seguida al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), consistente esta en tomar declaración a la victima de la presente causa, el niño Carlos Javier Nieto Lugo, de nueve (09) años de edad, siendo su Progenitora la ciudadana Corina de los Ángeles Lugo Linares, titular de la cedula de identidad Nº V-18.296.295, por lo que visto el examen forense practicado a la victima, que dictamina lo siguiente: “..hay laceraciones recientes localizadas a la 6 y 12 horas de semejanzas al reloj..el niño manifiesta ardor al cuando defeca...” y el informe psicológico practicado a la victima que señala: “….se observan indicadores emocionales de ansiedad e impotencia…se recomienda orientación psicológica…”; en consideración a que estamos frente a un hecho calificado por la vindicta publica, de un delito sexual y en aras de evitar que en el tiempo pueda borrar en la mente del niño victima elementos importante que puedan dar certeza de quien fue su victimario y reducir al máximo las entrevistas a la victima vulnerable y pueda ser intimidado; este tribunal, en sintonía con lo contenido en el articulo 8 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES y en conformidad con el articulo 289 del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL en concordancia con el articulo 6 de la ley de protección de victima, testigos y demás sujetos procesales, acuerda realizar la prueba anticipada solicitada por el Ministerio Publico, para lo cual se fija audiencia para oír dicho testimonio del niño (IDENTIDAD OMITIDA), como prueba anticipada; para el día 21 de marzo de 2013, a las 02 y 30 horas de la tarde.
La Jueza del Tribunal de Control Nº 01;
Abg. Senaida Rosalía González Sánchez.
La Secretaria,
Hilda Rosa Rodríguez Ortega
1CS-1351-13