REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO

Guanare, 09 de Mayo de 2013
Años: 203° y 154°
Nº________
3J-689-12

JUEZ DE JUICIO Nº 3:
Abg. Carmen Zoraida Vargas López.
ACUSADO: Ytalo Gregorio Troncosa
DEFENSOR PRIVADOS: Abg. Miguel Morillo y Abg. Miguel Alvarado
ACUSADOR Abg. Susana García Payan, Fiscal Primero del Ministerio Público
DELITO Homicidio Calificado
VICTIMA Castillo Camejo Gladis Josefina
SECRETARIA Abg. Deimar Márquez
DESICIÓN : Sentencia Condenatoria

De conformidad con lo establecido en los artículos 363 y 365 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio Nº 3, constituido como Tribunal Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en la Ciudad de Guanare, pronuncia sentencia en el Juicio Oral y Público seguido contra el ciudadano con motivo de la Acusación presentada por la Fiscal Primero del Ministerio Público, Abg. Susana García Payan, contra el ciudadano YTALO GREGORIO TRONCOSA, venezolano, mayor de edad, oficio operador de maquina, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.041.912; y residenciado en el Barrio Campo Alegre II, calle principal, casas s/n Guanarito Estado Portuguesa, al quedar demostrada sus responsabilidades por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Castillo Camejo Gladis Josefina (occisa), este Juzgado a los fines del pronunciamiento observa:

DEL HECHO OBJETO DE LA ACUSACIÓN

Durante el Juicio Oral y Público, el Ministerio Público, representado por la Abg. Susana García Payan, al exponer verbalmente los hechos por los cuáles presentó acusación indicó que del resultado de la investigación, surgieron serios fundamentos para el enjuiciamiento del Ciudadano YTALO GREGORIO TRONCOSA, en razón a los siguientes hechos y circunstancias:

“Siendo el día 25 de Julio del 2.011, siendo las 08:00 horas de la mañana, se le da inicio a la investigación, por uno de los delitos Contra Las Personas (Homicidio), en virtud de que los funcionarios Detective Robert Javier Duran Delgado y el Agente Juan Guedez, se trasladaron al Hospital Dr. Miguel Oraa, en cumplimiento de sus funciones a objeto de verificar ingresos de personas lesionadas y/o fallecidas, una vez allí (...) le informaron del ingreso de una ciudadana de nombre CASTILLO CAMEJO GLADIS JOSEFINA (...), quien ingresó por presentar quemaduras en diferentes partes del cuerpo, encontrándose la misma en la Sala de Observaciones de ese centro Hospitalario recibiendo asistencia medica, sosteniendo entrevista con la galeno de Guardia Dra. Yakeline Caña, quien manifestó que ciertamente allí se encontraba hospitalizada la mencionada ciudadana, que había sido ingresada por presentar quemaduras de tercer grado en diferentes partes de cuerpo, acotando que la misma no se encontraba en condiciones de declarar ya que estaba bajo los efectos de sedantes, allí se encontraba una hija de la ciudadana lesionada quien dijo llamarse ZABALETA CASTILLO MIRLANDI JOSEFINA (...), manifestando que su hermanita de trece (13) años de nombre JANNI TRONCOSA, manifestó que su madre se encontraba en su habitación discutiendo con su papá (YTALO GREGORIO TRONCOSA TRONCOSA), cuando sale gritando pidiendo auxilio toda quemada (...)”.

II.- DE LOS DERECHOS DEL ACUSADO Y DE LOS ALEGATOS DE LA PARTE DEFENSORA
Ante tales imputaciones el Defensor Público Abg. Miguel Alvarado¬¬¬¬¬, expuso sus alegatos:
“Oída como fue la acusación fiscal me opongo en todas y cada una de sus partes por considerar que mi defendido es inocente de los hechos que se le imputan en esta causa, porque él en lo más profundo de su ser él se sabe inocente de los señalamientos injustos, no existen elementos que puedan probar la responsabilidad de mi defendido en la comisión del delito de Homicidio Calificado, delito que la Jurisprudencia y la Doctrina han señalado que para que se configure el sujeto debe actuar sobreseguro y a traición, cuando el individuo no arriesga, efectivamente me opongo en Derecho, no es que solicite otra calificación, sino que el desarrollo del debate vamos a demostrar la inocencia de mi defendido, tal y como lo informare la niña JANNI TRONCOSA, presente para el momento de los hechos. Es todo”.

Se impuso al acusado del hecho que se le atribuye y del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la advertencia preliminar prevista en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, interrogándole si estaba dispuesto a declarar e informándole que el debate continuaría aun cuando no declarara y que en caso de hacerlo lo haría sin juramento alguno, pudiendo ser interrogado por el Ministerio Público, la Defensa y el Tribunal y que podría abstenerse de declarar total o parcialmente a las preguntas que le fueren formuladas, manifestando el acusado:"No voy a declarar ".



III.- DETERMINACION DE LOS HECHOS PROBADOS Y SU CALIFICACION JURIDICA.
A criterio de esta Instancia se demostró durante el desarrollo del debate, el hecho objeto de la acción Penal, a través de los medios de Pruebas recepcionado y ofrecidos por el Ministerio Público, hechos éstos consistentes en que:

El ingreso de la ciudadana CASTILLO CAMEJO GLADIS JOSEFINA hoy occisa, al centro Hospitalario Dr. Miguel Oraà de esta ciudad proveniente del hospital de Guanarito por presentar quemaduras de tercer grado en diferentes partes de cuerpo, informando la hija de la ciudadana lesionada quien dijo llamarse ZABALETA CASTILLO MIRLANDI JOSEFINA, que su hermanita de trece (13) años de nombre JANNI TRONCOSA, le dijo que su madre discutió su papá (YTALO GREGORIO TRONCOSA TRONCOSA), el día 24-07-2011 pasadas las 10:00 de la noche y que le había tirado la pimpina de gasolina y los fósforos, e inmediatamente se incendia, siendo trasladada en primer término hasta el Hospital de Guanarito por los funcionarios policiales Jackson Leonel Prado Colmenares y Carlos José Castillo Silva, en compañía de las dos hijas antes nombradas y de su señora madre, y en la madrugada es trasladada hacia el hospital de Guanare donde permanece hasta el 29-07-2.011 cuando fallece a las 7:00 p.m. según la necropsia de Ley practicada por el médico anatomopatologo RAFAEL LUÌS BRUZUAL VILLEGAS, la paciente presentaba: “múltiples quemaduras en cara, tórax, miembros superiores y región pélvica, 50% de la superficie corporal presentaba quemaduras de 1º, 2º y 3º grado, en la autopsia se aprecia nódulos a nivel de pulmón, formación de trombos en el corazón, hipertrofia de ventrículo izquierdo, y paro cardiorespiratorio que causa la muerte de la paciente la cual ingresó el 25 de Julio, se le prestó asistencia y tuvo evolución tòrpida, falleció el 29 y se practica autopsia el 30”.
El elemento fáctico que precedentemente se ha determinado se acreditó debidamente con los siguientes medios de pruebas:


I.- DECLARACIONES DE LOS CIUDADANOS:

1.- Janny Gregoria Troncosa Camejo, quien manifestó haber nacido en fecha 21-12-1997, en Guanarito, estado Portuguesa, hija de Italo Gregorio Troncosa Troncosa y de Gladys Josefina Castillo Camejo, ocupación: atiende y despacha en una bodega, lugar de residencia actual en Barinas, avenida “Rosa Inés”, Barrio “4 de Febrero”, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.575.609, sobre los hechos manifestó lo siguiente:

“Bueno eso fue así: nosotros estábamos en la casa, entonces yo y mi mamá estábamos ahí y mis hermanitos, pero ellos estaban dormidos ya, yo siempre he estado solamente con mamá así, y entonces estábamos acostadas y ahí mi papá no estaba, él llegó por ahí como a las 11:00 p.m., llegó él, pero él, él llegó, se había bebido unas cervezas pero no llegó así borracho, borracho así no, llegó tomado pero no borracho, llego así como él es, sano, entonces él llega y me dice, llego así como a las 10:00 pm., me dice: “Janny échale gasolina a la moto, para ir a Barinas a buscar una plata”, entonces él ya me había convidado a mi, entonces mamá le dijo que no, porque ese otro día eran las inscripciones del liceo, iba a empezar a estudiar primer año, entonces ella le dijo que no, porque ese otro día tenia que ir con mi hermana la mayor, con la que vive con mi abuela, a ir para que me inscribieran porque mi mamá ya había abortado porque no podía, porque ya estaba en reposo y no podía ir porque había abortado, porque el doctor le dijo que a lo mejor en un resbalón o algo, porque como eso allá es como un pueblito donde nosotros vivimos, entonces él llegó y ahí se acostó, pero si discutieron no lo voy a negar si, entonces él llevó las dos horquetas y entonces ahí él se acostó, él se acostó en la sala y mi mamá estaba en el cuarto, pero mi abuela ya la había llamado a ella, mi abuela, la mamá de mi mamá, había llamado a mi mamá para decirle que iba a cachetear a mi hermana, mi mamá es muy delicada con las hijas de ella, que iba a cachetear a mi hermana por estar metiéndose en lo que no debe, porque ella hace tiempo, mi abuela le ha tenido mucha rabia a mi papá y a mi y entonces mi mamá se puso muy brava por lo que ella le dijo, porque mi abuela y mi hermana mayor se pusieron a inventar i’que mi papá era amante de mi hermana! y eso no era así, pero mi mamá se puso brava fue por lo que le dijo mi abuela, que la iba a cachetear y mi mamá se puso muy brava y entonces ella ya estaba molesta cuando mi papá llegó, y entonces, bueno sigo con lo que dije anterior, entonces ellos estaban discutiendo y él se acostó, no le dijo mas nada y yo vi que mi papá se acostó y no vi intenciones así por lo menos de pegarle ni nada de eso, él se acostó tranquilo, entònces mi mamá se paró no sé, eso fue muy raro, entonces mi mamá llegó y se paró de donde ella estaba y entonces empezó a discutir con mi papá pero mi papá no le decía nada, mi papá la ignoraba para hablar claro, mi papá la ignoraba y entonces ella le zampó unas patadas a mi papá y mi papá no le hizo nada, de repente yo estaba en la sala, mi papá estaba acostado en un chinchorro en la sala también, entonces mi mamá sale para afuera, porque mi papá siempre, como él ha tenido varias motos, él siempre tiene atrás en un porrón, ha tenido gasolina, pero es para las motos, para no estar comprando a cada rato, entonces ella se va para atrás, pero yo pienso que iba a buscar algo, no sé, como un palo o algo para pegarle a mi papá pero no, mi papá estaba acostado y duro un rato allá afuera y yo estaba en la sala esperando que ella volviera, verdad, y, entonces de repente mi papá me dice: “¡vaya vea que está haciendo la vieja!”, porque él le decía vieja, cuando yo veo y la busco por detrás, se estaba echando la gasolina encima, una pipa de gasolina, no sé eso fue como el demonio, no sé, se estaba echando la gasolina encima y yo trate de quitarle la gasolina y cargaba una caja de fósforos, disculpe, cargaba una caja de fósforos, pero yo no había visto que ella la había agarrado, yo le tiro la gasolina y me quedo así paralizada porque, no sé, me quedé así, entonces ella se me va corriendo rápido, no sé era como el demonio que ella tenia adentro y se metió para adentro, me quede un rato así yo, impactada, entonces ahí me acordé otra vez y me metí otra vez para adentro, cuando veo mi mamá ya tenia el fósforo, ya estaba mojado con gasolina, ya yo se lo había quitado y fue a buscar una caja mas grande, trajo una caja mas grande y estaba en la sala, cuando yo llego, ya tenia el fósforo, mi papá estaba acostado de espalda no la había, no la había visto ignorando, porque las intenciones que ella tenia era de quemarse, entonces, mi papá estaba de espalda y entonces mi mamá estaba ahí, “¡ay, ya no voy a existir mas!”, no sé, dijo unas cosas ahí que, que eso era como un demonio, no era ella pues, yo sentía que no era ella, entonces yo trataba de quitarle la caja de fósforos pero mi papá no se estaba como dormido, porque si él hubiera estado despierto ya le hubiera quitado la caja de fósforo, pero como usted se va a imaginar a una niña como yo y una señora ya que tiene mas fuerza que yo, no le pude quitar la caja de fósforo, de repente no sé, quedé otra vez así y veo que, cuando la volví a ver, que volví yo a reaccionar, se estaba quemando, ella buscó como para la cocina, entonces cuando mi papá, no sé qué le pasó a mi papá también y de repente cuando voltie y vi que se estaba quemando, él se paró del chinchorro rápido, él se paró y yo busqué fue para la cocina, entonces se paró rapidito y le iba haciendo así por detrás para ver si la podía apagar y no, ya estaba agarrando candela toda y entonces le estaba haciendo así buscándola apagar y entonces yo busqué lo mas fácil, entonces el se fue como para la cocina y yo le zampé un tobo de agua que tengo ahí para cocinar, entonces él se va para la cocina y le zampo yo ese tobo de agua, pero buscando la mas solución y, porque yo no sabia que se iba a hinchar así tan feo y, ahí quedo, y ahí le, en ese momento yo me volví loca, yo no hallaba que hacer porque en ese momento era como si fuera la única casa que tuviera ahí, la única, como si fuera la única, y yo buscaba para la calle, buscaba pa’lli, mi mamá me decía, mi mamá lo único que me decía, búsqueme un evangélico que me quiero arrepentir, era lo único que me decía, y la que estaba ahí era yo, mi papá, mi mamá y mis hermanitos, pero ellos estaban dormidos, cuando ellos sintieron el escándalo que había, ellos cuando se despertaron ya mamá estaba, ya estaba quemada, entonces yo buscaba para afuera y nada no había nadie, entonces a un teléfono que mi papá me había regalado no servían casi las teclas, esa ya se me estaba dañando, entonces ahí me puse a marcarle a mi hermana la que tenia la custodia de mis hermanitos y nada, nada, estaba dormida, entonces me puse a la mayor a la que vivía en la bomba, ahí le marqué, le marqué, entonces me llamó, le expliqué que no hallaba que hacer que mi mamá ya estaba quemada y entonces como ellos siempre le han tenido rabia a mi papá entonces dijeron que no, que, y cuando llegaron allá a la casa de él, porque ellos se fueron para la patrulla, para allá para la policía y al ratote, al ratote llegó fue una patrulla, entonces ahí yo me fui, ahí mi mamá yo le echaba aire y nada estaba desesperada, ella lo único que me decía era eso, “búsqueme un evangélico” y entonces ahí llegó la patrulla, ahí se la llevaron para el hospital y mi papá quedó en la casa, los policías fueron y ¿que pasó?, “no que fue que se quemó”, pero ya mi mamá había dicho que si los vecinos preguntaban algo que le dijera que era con una basura que se quemó y quien iba a creer ese embuste, yo le decía “no, usted como me va a decir eso”, entonces ahí se la llevaron para el hospital, mi hermanito, yo, ahí después que nos llevaron para el hospital ahí me pidieron la declaración a mi y yo no hallaba qué decir, yo estaba confundida, yo pensaba era en puro mamá, puro en mamá y supuestamente mi mamá también había declarado y declaro la verdad y bueno eso era todo, eso es todo lo que pasó”.

Concluye su declaración y la Fiscal interroga lo siguiente: 1.-¿Usted dice que vive con una hermana?, RESPONDIÒ: “Si”. 2.- ¿Cómo se llama su hermana? RESPONDIÒ: “Marilis Antonia Castillo”. 3.- ¿Cómo? RESPONDIÒ: “Marilis Antonia”. 4.- ¿Marilis Antonia Castillo es hija de Gladis Castillo también? RESPONDIÒ: “Si”. 5.- ¿Cómo supo usted del aborto de su mamá? RESPONDIÒ: “Nadie sabia, nadie sabia que ella estaba embarazada, solamente ella se sentía mareada, esa a cada rato iba a vomitar, nadie, nadie sabia, ni ella misma sabia que estaba embarazada, de repente, ella trabaja en un comedor verdad, de repente las cocineras le dicen, porque ella se sentía muy mal, vaya al médico para ver que es lo que tiene, entonces cuando ella fue al médico, el doctor le dijo que ella tenia 24 horas del niño muerto en la barriga, que lo tenia muerto y entonces le dijeron que eso fue un resbalón o algo alguna caída que tubo, porque nosotros donde vivimos eso mire, cuando se aniega eso se pone feo oyó, allá es así, pero nadie sabia”.- 7.- Cuando usted dice que su abuela se metía en todo, ¿a qué se refería usted? RESPONDIÒ: “Bueno que en ese momento, bueno, ella la vez que llamó a mi mamá fue que le dijo eso, me disculpa pero no es que ella se meta en todo, sino fue que, ella esa noche ella la llamó y le dijo así, que iba a golpear a mi hermana pues, que le iba a zampar unas cachetadas, para que no estuviera inventando bromas, pero la que inventó fue ella y mi hermana, que mi papá y la otra hermana mía, porque somos varios, y la otra hermana mía i’que eran amantes y eso casi todos por allá sabían eso, pero eso fue la única vez que ella la llamó a decirle eso de mi hermana”.- 8.- ¿A qué hora llamó su abuela a su mamá y le dijo eso? RESPONDIÒ: “Eso fue como a las 10:30, porque mi papá llegó fue a las 11:00, si, como a las 10:30 llamó ella”. 9.-¿Recuerda lo que quería? RESPONDIÒ: “Eso, ¿día y día y fecha? 10.- Si, RESPONDIÒ: “eso fue como el 25 de Julio del 2011”.-11.- ¿Usted dijo que su papá llegó como a las 10:30 a 11:00? RESPONDIÒ: “Bueno, usted me disculpa, porque a veces uno se confunde verdad, pero el”. 12.- Según la hora que usted dijo que llegó su papá, ¿usted dijo que su papá llegó, palabras como usted misma lo dijo, “me convido”?. RESPONDIÒ: “¡Aja, si!. ¿Y le dijo que le echara gasolina a la moto porque iban a buscar un dinero a Barinas?. RESPONDIÒ: “Entonces si, me disculpa, él llegó, bueno mi abuela la llamó después que mi papá, cuando mi papá iba en camino para la casa pues ve, entonces mi papá llegó como a las diez y vamos a poner a las diez vamos a poner, bueno como le explico pues, es que me enredo, ella llegó y llamó como a las diez y media exacto y mi papá llegó al ratico, así, ve”. 13.- Eso no es lo que yo quiero saber, lo que yo quiero saber y mi pregunta es ¿para dónde iba su papá? RESPONDIÒ: “Mi papá iba para Barinas, porque él trabajaba de, el venia para Barinas a ir a buscar un dinero en una Finca donde un señor que se llama Álvaro, bueno el apellido es Álvaro”. 14.- ¿Y él le dijo que le echara la gasolina a la moto? RESPONDIÒ: “¡aja, él me dijo antes de que llegara y yo le hice el favor, porque como yo siempre le hago caso a mi padre, yo le eché la gasolina y puse la gasolina allá donde mismo”. 15.- ¿O sea que si su papá llegó a las 10:30, lo que tenia era que montarse a la moto e irse? RESPONDIÒ: “No, pero la moto la tenía era adentro”.16.- ¿Dentro de la casa? RESPONDIÒ: “Dentro, pero no la sacó, él la sacó fue cuando vio que mamá estaba quemada para llevarla para el hospital, ahí fue donde la sacó, pero como se pusieron a discutir ahí entonces no fue para ningún lado, ¿no me entiendes?, él no fue, iba a ir”. 17.- ¿Por la discusión? RESPONDIÒ: “Por la discusión, ¡aja! él iba a ir, le voy a explicar bien, él iba a ir, pero como mi mamá se puso a discutir con él, entonces él lo que hizo, “¡bueno me voy a acostar a dormir!” y él se acostó y ahí fue a las 11 fue que empezó a la broma esa de la quemadura y eso del proceso de la broma de mi mamá”. 18.- ¿Qué distancia hay de su casa al patio donde dice usted en la parte de atrás estaba la gasolina? RESPONDIÒ: “Bueno no mucho no le sé decir porque yo no sé de metros ni de eso, yo por lo menos, vamos a poner que esta es la casa, verdad, esta es la casa grande, y entonces uno se va por el porche así y como allá arriba, pero como la casa es grandecita, como mas o menos, mas allá, por lo menos de esa pared mas allá ahí estaba el porrón de gasolina, porque siempre guardaba gasolina para la moto y para lavar moto sierras porque él era motocierrista”.- 19.- La casa esta allá y ¿allá es donde pones la gasolina?. RESPONDIÒ: “Por detrás de la casa”. 20.- Detrás de la casa, ¿ella salió y dio la vuelta”. RESPONDIÒ: “Si, exacto”. 21.- ¿Y usted se fue detrás de ella? RESPONDIÒ: “Porque yo me quedé ahí verdad, esperándola, pero mi papá me dice: “¡vaya a ver que esta haciendo la vieja!”, entonces cuando yo me fui ya se estaba echando la gasolina encima y entonces yo como pude se la tumbé y entonces ya tenia una caja de fósforos aquí, y cuando yo ni me había dado cuenta que ella había agarrado una caja de fósforo, ya ella había agarrado una caja de fósforo y la tenia mojada y como pude se la quité, entonces me quedé ahí paralizada y me quedé así, y cuando me di cuenta era que mamá se estaba hiendo para allá para adentro entonces ahí me voy yo atrás de ella, me voy yo atrás de ella y entonces ya había agarrado la caja de fósforo grande, una grande, porque nosotros usamos todos caja de fósforos, una grande, entonces cuando yo veía que ella se iba a prender yo trataba era de quitársela pero no podía, ella la tenia dominada, ella decía quítese”. 22.- ¿Qué tiempo tardó usted paralizada? RESPONDIÒ: “Como más o menos 2 minutos, un minuto”. 23.- ¿Cómo dice? RESPONDIÒ: “Como mas o menos un minuto o dos, porque no se yo sentía que ella no era mi mamá, que era como otra persona”. 24.- ¿Usted vio cuando ella tomó la caja de fósforo? RESPONDIÒ: “Yo la vi”. 25.- ¿Usted vio cuando ella se prendió en fuego? RESPONDIÒ: “Ella misma se prendió, mi papá estaba acostado 26.- ¿Su papá estaba acostado? RESPONDIÒ: “Si, él estaba acostado, pero él no se había dado cuenta, mi mamá fue la que se prendió”. 27.- ¿Por qué según usted dice que su tía y su abuela le tienen rabia a su papá? RESPONDIÒ: “No sé, no sé, porque le tendrán rabia, quién sabe, porque no sé, porque a lo mejor, pero yo si se que desde que yo empecé así a crecer le tenían rabia a mi papá y a mi, que culpa tengo yo que no que yo no sea hija de ella, De Erica”.28.- De los hijos de su mamá pues de Josefina, ¿la única hija del señor Troncosa es usted? RESPUESTA: “No”.- 29.- ¿Cuántos hijos tenía la señora con Italo? RESPONDIÒ: “Tres”. 30.- ¿Podría dar los nombres? RESPONDIÒ: “Si, ¿le doy el mió también o no? 33.- Si. RESPONDIÒ: “Bueno, empiezo conmigo, Janny Gregoria Troncosa Camejo, Carla Yelimar Troncosa Camejo y el mas pequeño Italo Alexander Troncosa Camejo”. 34.- ¿Estos dos son menores que usted? RESPONDIÒ: “Son mas menores que yo”. 35.- ¿Y eran los que estaban en la casita? RESPONDIÒ: “En la casa”. 36.- ¿Usted tuvo conocimiento si ese era el único aborto que tenía su mamá? RESPONDIÒ: “Bueno no sé, de que yo sepa, sepa, ese fue el que yo supe, porque si había tenido mas entonces yo no había nacido, o sea no se decirle, lo único que yo sé es ese”. 37.- ¿Cuántos días estuvo su mamá en el Hospital por ese aborto? RESPONDIÒ: “Duro como dos días, dos días creo, aja si dos días y entonces ella llegó el sábado y el domingo fue que ocurrió eso”. 38.- ¿O sea ella estaba recuperándose del aborto? RESPONDIÒ: “Exacto, estaba en reposo”. 39.- ¿Usted mencionó que su papá iba detrás de ella? RESPONDIÒ: “Para tratarla de apagar”. 39.- ¿Con qué? RESPONDIÒ: “No, él también estaba así como asustado, con la mano, él le daba con la mano y le hacia así, pero como ella buscó como para la cocina, yo me fui corriendo mas rápido y le zampé el tobo de agua y ahí fue que ella se apagó”. 40.- Cuando él trataba de apagarla ¿ella ya estaba en candela? RESPONDIÒ: “Si, ya estaba en candela, ahí estábamos asustados”. 41.- ¿Se lesionó su papá, se quemó las manos su papá? RESPONDIÒ: “No sé, no yo creo que no, porque él le estaba dando así, pero no sé, yo no estaba pendiente de eso”.- Concluye la intervención Fiscal.

La Defensa formula las siguientes preguntas: 1.- Señorita, entiendo que está nerviosa, porque nunca había estado en una Sala de audiencia de un Tribunal, pero como aquí venimos fue a decir la verdad de esto que usted ha dicho, le voy a hacer cuatro preguntas, y por favor quiero que me hable, para que la ciudadana Juez ordene que sea incluido de lo que usted esta diciendo aquí. ¿Usted vio cuando su mamá se incendio? RESPONDIÒ: “Si”. (La Defensa solicita se haga constar en Acta pregunta y respuesta dada lo que así se acordó). 2.- ¿Alguna vez desde que usted tiene uso de razón ha observado que su papá ha golpeado a su mamá? RESPONDIÒ: “No, no”. (La Defensa solicita se haga constar en Acta pregunta y respuesta dada lo que así se acordó) 3.- Cuando ocurrieron los hechos, ¿qué le dijo su papá en forma de prestarle auxilio a la señora Josefina? RESPONDIÒ: “Bueno no, le pido que me repita la pregunta no la oí bien”. 4.- Cuándo ocurrieron los hechos, ¿qué le dijo su papá para prestarle la ayuda a su mamá? RESPONDIÒ: “Bueno él estaba igual que yo, asustado, asustados, estábamos asustados no hallábamos qué hacer porque no había nadie, pero él ya había sacado la moto rápido para decir que la fuéramos a llevar en la moto verdad, pero yo le decía qué cómo, si como íbamos a dejar a los niños solos y mamá y no podíamos ve, ella ya estaba quemada no podíamos”. (La Defensa solicita se haga constar en Acta pregunta y respuesta dada, lo que así se acordó). 5.- Cuando usted dice que llegó una patrulla podría decirle al Tribunal ¿a qué organismo de seguridad pertenecía esa patrulla? RESPONDIÒ: “No entiendo” 6.- Cuando usted le dijo aquí a la ciudadana Fiscal que había llegado una patrulla para prestarle la colaboración a su mamá y llevarla al centro asistencial, podría decirle usted al Tribunal ¿a quién pertenecía esa patrulla? ¿A la Guardia Nacional, a la policía? RESPONDIÒ: “A la Policía, a la policía”, La Defensa concluye el interrogatorio sin embargo la testigo insistió en lo siguiente: “Bueno me disculpa que quiero decir otra cosita, yo lo único que quiero decirle aquí que es que mi papá ni la quemó, ni la mandó a quemar, ni le dijo que se quemara y les pido que por favor lo saquen porque él no puede estar pagando algo que no haya hecho, eso es todo”.

El Tribunal procede a interrogar acerca de: 1. Usted en la declaración que ha hecho acá dijo, que los que estaban en la casa era usted, su mamá, sus hermanitos y ha dicho que eso ocurrió, a preguntas hechas por la Fiscalia, dijo usted que ¿la hora en que había llamado la abuela eran como las 10, 10:30 y que su papá llegó al ratico?, RESPONDIÒ: “¡Aja!” 2.- Ahora, esas 10:30 a11:00 ¿eran de la noche o de día? RESPONDIÒ: “De la noche”. 3.- ¿Eran de la noche?. RESPONDIÒ: “Si” 4.- ¿Y cómo hizo esa llamada su abuela, o sea cómo se comunicó su abuela con su mamá? ¿Por vía telefónica o de qué manera? RESPONDIÒ: “Telefónica”. 5.- Usted ¿cuándo se entera de eso que su abuela había dicho que su papá era amante de una de las hijas de su mamá?, explíqueme, además de ustedes tres, ¿usted tiene otras hermanas, por parte de mamá? RESPONDIÒ: “Si”. 6.- ¿Cuántas tiene? RESPONDIÒ: “¡ya va!, cuatro”. 7.- ¿Su mamá tenía además de ustedes tres, cuatro hijas más?, RESPUESTA: “Si”. 8.- ¿Todas hembras? RESPONDIÒ: “Hembras y el varoncito”. 9.- Estos cuatro hermanos, o sea, me estoy refiriendo, además de ustedes, usted dijo aquí, que tenía una hermanita ¿que se llama? RESPONDIÒ: “Carla Yelimar”. 10.- Usted dijo que una se llama Carla? RESPONDIÒ: “Yelimar”.11.- Yelimar, ¿el niño se llama Italo Alexander, RESPONDIÒ: “Exacto”. 12.- ¿Y usted?, RESPONDIÒ: “Y yo”, 13.-¿qué edad tiene Carla Yelimar? RESPONDIÒ: “Cumplió nueve”. 14.- ¿Italo que edad tiene? RESPONDIÒ: “Tiene siete”. 15.- Además de esta hermanita suya y este varoncito, usted esta diciendo que su mamá, además tenía, ¿que usted tiene además de ellos dos, cuatro hermanos mas? RESPONDIÒ: “Si “. 16.- ¿Me puede dar los nombres de esos, que no son hijos de su papá? RESPONDIÒ: “Okey”. 17.- ¿Me puede dar el nombre de esos hermanos? RESPONDIÒ: “La mayor que es Mirlandys Josefina” 18.- ¿Cómo? RESPONDIÒ: “Mirlandy Josefina”. 19.- ¿Mirlandys? RESPONDIÒ: “Mirlandy”. 20.- ¿Qué edad tiene Mirlandy Josefina? RESPONDIÒ: “Tiene 22 años”. 21.-¿Quién mas? RESPONDIÒ: “Sorangel Josefina”. 22.- ¿Qué edad tiene Sorangel Josefina? RESPONDIÒ: “Tiene 20”. 23.- ¿Y la otra? ¿Antonia Castillo?¿Qué edad tiene? RESPONDIÒ: “19”. 24.- ¿Y usted dijo que un varoncito? RESPONDIÒ: “A no, pero el varoncito es con mi papá, aja entonces las cuatro hermanas que tengo, la última se llama Leanny Claiber”. 25.- ¿Qué edad tiene? RESPONDIÒ: “17” 26.- ¿Estas jóvenes ninguna vivía para el momento de los hechos en casa de su mama? RESPUESTA: “No, discúlpeme, porque ellas ya estaban ajuntadas pues”. 27.- ¿Ellas ya tienen sus parejas, todas ellas? RESPONDIÒ: “Si ya tienen sus parejas, la única que no tiene pareja es la mayor pero vive con mi abuela”. 28.- ¿Y su abuela vive cerca de ustedes? RESPONDIÒ: “Ella vive por la bomba”. 29.- ¿No vive cerca de donde vive su mamá? RESPONDIÒ: “No, vive lejos”. 30.- Ese día que usted dice que su papá llegó tomado, pero que ¿no estaba borracho? RESPONDIÒ: “No”. 31.- Usted dice que su mamá empezó a discutir con su papá por esa circunstancia, por lo que le dijo la abuela, ¿cuál fue la reacción de su papá? RESPONDIÒ: “Bueno, él no estaba pendiente de la discusión, él dijo, solamente cuando llegó dijo: “¡gorda!, por que él me dice gorda, ¡vístase para que vayamos para donde el señor Álvaro a buscar una plata! y entonces cuando empezaron a discutir, él lo que hizo fue acostarse, como le dije anteriormente, él lo que hizo fue ignorarla”. 32.- ¿Ustedes a esa hora, a las 11 de la noche iban para Barinas? RESPONDIÒ: “Si, pero no fuimos”. 33.- ¿Su papá y usted acostumbran a ir en moto a esa hora para Barinas? RESPONDIÒ: “No, era primera vez”. 34.-¿Dónde esta ubicada la casa de ustedes? RESPONDIÒ: “La casa, eso es por, como le dije en Campo Alegre, en Barrio Campo Alegre II, pero no sé decirle calle porque, no sé”. 35.- ¿Después que eso ocurre usted acude a la Fiscalia? RESPONDIÒ: ¿Después que paso todo? 36.- Después que pasó todo. RESPONDIÒ: “Bueno yo primero fui a que mi hermana iba a ir conmigo a la PTJ”. 36.- ¿Y fue, usted fue? RESPONDIÒ: “Si, yo fui con mi hermana”. 37.- En algún momento, después que ocurre todo eso, ¿en que momento detienen a su papá? RESPONDIÒ: “Bueno no lo detuvieron en ese momento por qué no sé, él estaba era en la casa, cuando ocurrió eso, mi mamá estaba en el hospital y él estaba en la casa, todavía estaba en la casa”. 38.- ¿Su mamá fallece inmediatamente? RESPONDIÒ: “No, ella fallece fue el 29 de Julio del 2011”. 39.- ¿Y en qué momento detienen a su papá? RESPONDIÒ: “No sé, porque desde ese día, de la broma esa yo me fui para la casa de mi hermana y desde ese día no supe mas de él, porque estaba pendiente era de mi mamá”. 40.- ¿En algún momento su papá llegó a pedirle a usted, a través de terceras personas que no dijera lo que había ocurrido? RESPONDIÒ: “No, él si me llamaba para preguntarme de mi mamá, pero como yo así, tenia mucha rabia, no le contestaba, pero él nunca me llegó a decir que no dijera eso, porque de cuando él me llamaba me preguntaba era por mamá y no me decía mas nada, me preguntaba por mamá y por los muchachos, mas nada”. 41.- Dice usted, que usted vio cuando su mamá ella misma se prendió en fuego, ¿en dónde estaba usted, en dónde estaba su mamá y en dónde estaba su papá en ese momento en que ocurre eso? RESPONDIÒ: “Bueno yo estaba parada, estaba parada pero así en shock pues, vamos a decirle así pues y mi papá estaba acostado y mi mamá estaba ahí, bueno cuando yo le estaba quitando la caja de fósforo no me la quería dar y me la empujaba, ella lo que hacia era rempujarme, pero de repente ella se prendió, no se como fue, pero se prendió”. 42.- ¿O sea que usted no vio el momento en que ella se prendió? RESPONDIÒ: “Bueno si, si le digo que si, pero no en el momento, no sé que fue lo que ella hizo que se prendió rápido y ahí empezó, pero si vi cuando ella, como le explico pues, que si vi cuando ella se prendió verdad, pero eso fue muy rápido, lo que le quiero dar a entender es que fue muy rápido para yo detenerla si me entiende”. 43.- ¿En qué parte ocurre eso? RESPONDIÒ: “En la sala de la casa”. 44.- ¿Y dónde estaba su papá acostado? RESPONDIÒ: ¿Mi papa?, También en la sala, pero él de repente cuando él se para, cuando él vio, no cuando él vio, sino que él estaba de espalda, él no vio cuando mamá se quemó, sino que cuando yo estaba gritando ahí, él de repente se para rápido y ahí es cuando ve a mamá así él empieza a darle por la espalda y ella acude, mi mamá acude a la cocina”. 45.- ¿Dónde estaban los niños? RESPONDIÒ: “Estaban acostados en el cuarto, estaban dormidos”. 46.- Explíqueme lo siguiente, Cuando usted dice que su papá le dice, “¡vaya vea que esta haciendo la vieja!” y usted sale hacia afuera, ¿usted vio cuando ella se colocó la gasolina? RESPONDIÒ: “Si, cuando yo salí”. 47.- Luego de que ella se coloca la gasolina, ¿se viene hacia el interior de la casa? RESPONDIÒ: “Si, pero ella se viene, ella se va para adentro y yo quedo así paralizada y ahí de repente, como si estuviera dormida pues, y de repente me despierto y voy atrás de ella”.- 48.- ¿Y eso lo que usted dice, haber visto cuando ella misma encendió el fósforo? RESPONDIÒ: “Si, ella cargaba una bata”. 49.- ¿Se metió ella misma candela en la ropa? RESPONDIÒ: “si ella misma, estaba toda mojada de gasolina”. 50.- Usted dice que su mamá estaba convaleciente porque había abortado, ¿su mamá caminaba normal? RESPONDIÒ: “Bueno si caminaba, porque ella cuando veía algo así, un ejemplo algo mal, ella se paraba a hacerlo, porque ella, la única que estuvo allá, mientras que estuvo allá, bueno si se podía, si caminaba pues y cuando fue eso ella caminaba normal así caminaba, pero como le digo otra vez, cuando ella estaba así, no era como ella, no era como mi mamá, ¿si me entiende? 51.- ¿Qué edad tenia su mamá? RESPONDIÒ: “39”. 52.- ¿Su papá no hizo nada?, ¿usted fue la que le lanzó el agua? RESPONDIÒ: “Si, porque él estaba atrás de ella, él lo que hacía era tratarla de parar, pero no hallaba cómo porque los dos estábamos muy nerviosos”. 53.- ¿En qué parte resultó lesionada su mamá? RESPONDIÒ: ¿Cómo? 54.- ¿Qué partes del cuerpo resultó lesionada su mamá? RESPONDIÒ: “De 2º y 3º grados”. 55.- ¿En qué partes del cuerpo resultó lesionada? RESPONDIÒ: “Bueno de aquí para abajo no (la testigo muestra de las rodillas hacia abajo), sino de aquí para arriba (la testigo señala de las rodillas hacia arriba), de aquí para arriba si la tenían vendada (señala de las rodillas hacia arriba nuevamente) y la cabeza, todo, la cabeza si, la cabeza si tenia pelo pero lo tenia medio churruscadito”.- 56.- ¿Ella quedó consciente en ese momento en que usted le lanza el balde con agua? RESPONDIÒ: “No, quedó normal”.- 57.- ¿Quedó consciente? RESPONDIÒ: “No, le lanzo el agua y normal así, como una persona pues que usted le lanza el agua y queda así igual, pero no era ella”.- 58.- Pero me refiero, ¿no gritaba, no se cayó, no sangraba?, usted dice que tiene quemaduras de segundo y tercer grado. RESPONDIÒ: “Si pero…”. 59.- ¿Lo que la ciudadana tenía?, una persona con la quemadura de un dedito, grita, chilla, corre, RESPONDIÒ: “Ella si caminaba más o menos, no corría, si caminaba rápidamente pero tampoco corría, pero no gritó”. 60.- ¿No gritaba? RESPONDIÒ: “No, aunque podrá ser mentira pero es la verdad, ella no gritaba y cuando le eché el agua ahí si se desesperaba, porque ahí si sentía la quemadura pues, pero no gritaba”. 61.- ¿Y qué hizo su papá? RESPONDIÒ: ¿En qué momento?, cuando ella ya estaba quemada. Bueno él me ayudaba a apagarla, pero él le hacía era con las manos, le hacía así, así rápidamente, él me ayudaba a apagarla pero yo busqué rápidamente, como yo veía que no se apagaba, yo busqué rápidamente fue el tobo de agua”. 62.- ¿Quién traslada a su mamá al lugar donde le prestaron asistencia medica?, ¿en qué momento? RESPONDIÒ: Usted dice ¿cómo para el hospital? Una patrulla que llegó así al rato, con mi hermana y mi abuela”.- 63.- ¿Y quién le avisa a su hermana y a su abuela? RESPONDIÒ: “Yo, porque como le explico, como le dije anteriormente, yo tenia un teléfono, yo le mandaba, como no tenia saldo, entonces el teclado casi no servia, entonces mandaba así rápidamente, entonces ella me llamó cuando vio eso, porque yo le mandé fue como dos letras nada mas, entonces ella me llama inmediatamente y ahí me pregunta que qué pasa y yo le digo que es lo que pasó”. 64.- Usted la llamó, ¿cómo se llama su hermana? RESPONDIÒ: ¿La que le escribí? la que llegó con mi abuela: Mirlandy Josefina”.- 65.- ¿Esa era la que la abuela estaba diciendo que tenia relación de pareja con su papá? RESPONDIÒ: “¡Aja!, ella y mi abuela”.- 66.- Al rato dice usted, ¿al cuánto tiempo?, ¿pasó mucho tiempo que ellas llegaron con la patrulla? RESPONDIÒ: “Mas o menos, eso fue como a las 11:00, mas o menos como media hora, y cuando se la llevaron para el Hospital eran como las 12:00 ya” 67.- ¿En qué estaba la gasolina? RESPONDIÒ:¿En qué estaba, en qué envase? “En una pipa, él siempre mantenía una pipa como de 2 litros, ¡aja! si mas o menos”. 68.- ¿Una pipa de 2 litros?, RESPONDIÒ: “Era grande, él mantenía pequeña y también grande”. 69.- ¿La que usó su mamá?, RESPONDIÒ: “Fue una grande”. 70.- ¿De qué tamaño era? RESPONDIÒ: “Como por aquí así, pero no sé decirle de cuántos litros”. 71.- ¿Usted ya había ido y le había echado gasolina a la moto? RESPONDIÒ: “Si, pero fue con la pequeñita”. 72.- ¿Esa pipa estaba llena? RESPONDIÒ: “No porque el tanque de la moto de mi papá estaba vació y le eche la mitad de la gasolina”. 73.- ¿En esa pipa grande, esa fue la que usó su mamá? RESPONDIÒ: “No, ella usó otra”. 74.- ¿Cuál usó su mamá? RESPONDIÒ: “La que le estoy diciendo, la grande”. 75.- Esa pipa grande ¿cuánto estaba llena, vacía, qué cantidad tenía? RESPONDIÒ: “Estaba llena, le puedo decir que estaba era llena, pero no puedo decirle cuánta cantidad tenía”. 76.- ¿Usted vio cuando ella se roció en el cuerpo esa pipa? RESPONDIÒ: “Si”. 77.- ¿Y pudo levantar su mamá esa pipa? RESPONDIÒ: “Pero yo sé que cuando, bueno yo cuando la vi ya se estaba echando la gasolina y eso pesaba demasiado, cuando yo la vi que se estaba echando la gasolina lo que hice fue correr y tirársela”. 78.- ¿Tirarle qué? RESPONDIÒ: “Tirarle la gasolina pero para que no se echara, ¿si me entiende?, le zumbé la pipa para otro lado pues”.- 79.- ¿En qué trabajaba su papá? RESPONDIÒ: “Bueno yo cuando vivía con ellos allá él trabajaba así en finca, de motocierrista, así él trabajaba en eso”. 80.- Es decir, ¿usted no vivía con ellos? RESPONDIÒ: “Si, vivía, pero lo que sé es que él trabajaba de motocierrista pues, y así trabajaba en finca”. 81.- Anteriormente a que esto pasara, ¿cómo era la conducta de su papá?, ¿cómo era el trato que le daba a su mamá? RESPONDIÒ: “Normal como cualquier pareja, si normal, si discutían como cualquier pareja, pero normal, no la trataba mal, normal la trataba”. 82.- ¿Si discutían como cualquier pareja?, RESPONDIÒ: “Si, ¡aja!”. 83.- Las parejas no discuten. RESPONDIÒ: “Si hay momentos que si, creo, pero si ellos discutían”. 83.- ¿Cómo eran esas discusiones? RESPONDIÒ: “Así por, por cualquier problema o algún chisme así, ellos discutían, pero así de golpearse uno a otro no”.- 84.- ¿Y qué fue lo que le dijo su mamá ese día a su papá? RESPONDIÒ: “¿En la discusión que hubo?: Bueno ellos se pusieron a discutir ahí, diciendo que, bueno realmente no sé decirle bien porque hace ya un año ya que ella cumplió un año y no me acuerdo muy bien de eso, no quisiera mentirle ni tampoco ponerle porque no me acuerdo muy bien”.

Respecto de esta testigo el Tribunal observa que se trata de la hija de la víctima y del hoy acusado quien afirmó estar presente para cuando ocurre el hecho en el que su madre resultó con quemaduras en su cuerpo, testigo que en principio señala que viò el momento en que la misma se rocía la gasolina en su cuerpo; que, ella trató de quitarle una caja de fósforo y que su papá estaba como dormido, porque si él hubiera estado despierto ya le hubiera quitado la caja de fósforo, y de repente cuando la volvió a ver, que ella reacciona, se estaba quemando; que, “ella buscó como para la cocina, y de repente cuando voltea y ve que se estaba quemando, él se paró del chinchorro rápido, él se paró y yo busqué fue para la cocina, entonces se paró rapidito y le iba haciendo así por detrás para ver si la podía apagar y no, ya estaba agarrando candela toda,” que, eso fue el 25 de Julio del 2011 como a las 10:30 a 11:00 en su casa ubicada en el Barrio “Campo Alegre II” donde habitan ella con sus hermanitos y sus padres: la hoy occisa y el acusado; Luego más adelante en respuestas a preguntas formuladas por el Tribunal entre otras dijo que: “Ella misma se prendió, mi papá estaba acostado”. 26.- ¿Su papá estaba acostado? RESPONDIÒ: “Si, él estaba acostado, pero él no se había dado cuenta, mi mamá fue la que se prendió; que, ese mismo día minutos antes sus padres habían discutido; que, “Bueno yo estaba parada, estaba parada pero así en shock pues, vamos a decirle así pues y mi papá estaba acostado y mi mamá estaba ahí, bueno cuando yo le estaba quitando la caja de fósforo no me la quería dar y me la empujaba, ella lo que hacia era rempujarme, pero de repente ella se prendió, no se como fue, pero se prendió”. 42.- ¿O sea que usted no vio el momento en que ella se prendió? RESPONDIÒ: “Bueno si, si le digo que si, pero no en el momento, no sé que fue lo que ella hizo que se prendió rápido y ahí empezó, pero si vi cuando ella, como le explico pues, que si vi cuando ella se prendió verdad, pero eso fue muy rápido, lo que le quiero dar a entender es que fue muy rápido para yo detenerla ¿si me entiende?”. 43.- ¿En qué parte ocurre eso? RESPONDIÒ: “En la sala de la casa”. 44.- ¿Y dónde estaba su papá acostado? RESPONDIÒ: ¿Mi papa?, También en la sala, pero él de repente cuando él se para, cuando él vio, no cuando él vio, sino que él estaba de espalda, él no vio cuando mamá se quemó, sino que cuando yo estaba gritando ahí, él de repente se para rápido y ahí es cuando ve a mamá así él empieza a darle por la espalda y ella acude, mi mamá acude a la cocina”; valga acotar sobre estos aspectos la inseguridad de la testigo en sostener la afirmación acerca de que su propia madre fue la se prendió en fuego, ya que primero afirma haberlo visto, sin embargo luego acota que no en el momento, que desconoce lo que ella hizo, que se prendió rápido; también llama poderosamente la atención a esta Instancia acerca del comportamiento que ella declara manifestó su padre en relación a que él no viò cuando su mamá se quemó porque estaba de espalda, se pregunta el Tribunal: Si todo eso estaba ocurriendo en el mismo espacio físico donde estaba presuntamente acostado el acusado y la testigo trataba de quitar los fósforos a su mamá para impedir que se incendiara, ¿cómo es que éste no se percata del incidente?, no es convincente la versión que la testigo presenta, además denota un marcado interés en exculpar a su padre, lo que resulta humanamente comprensible visto el parentesco que le asiste para con el mismo. Por otro lado, a pesar que hizo referencia acerca de la discusión que previamente sostuvieren sus padres, no recordó lo que su mamá le dijo a su padre durante la discusión y un hecho muy particular relativo al estado por el que atravesaba la víctima acerca de su convalecencia por aborto, según refiere la testigo, el recipiente en el que se almacenaba la gasolina eran grande cuyo contenido era pesado, es inconciliable que una persona convaleciente ejecute este tipo de actos, es decir en líneas generales, no es convincente ni fiable y mucho menos coherente dada la confusión e inseguridad de la testigo en comento, en consecuencia se desestima. Así se declara. .

2.- Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo, previamente juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, haber nacido el 24 de Abril de 1989, en el Caserío “El Taparo”, la Capilla, Municipio Guanarito, estado civil: soltera, de profesión u oficio: Asistente Administrativa, residenciada en Guanarito, estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.117.948, hija de la víctima Gladis Josefina Castillo e hijastra del acusado, sobre el conocimiento que le asiste sobre el hecho expuso:

“Bueno, el día 24 de Julio del 2011, día Domingo, como a las 10:00 de la noche, el ciudadano Italo Troncosa se presentó en mi casa, en casa de mi abuela porque yo en si, a mi quien me crió fue mi abuela, entonces él llegó todo tomado, y entonces llego amenazándome a mi y a mi abuela, que le abriéramos la puerta, luego nosotras no le abrimos la puerta ahí mismo, luego mi madre fallecida un día antes, tres días antes había tenido un aborto, le hicieron un legrado, entonces el sábado 23 la dieron de alta y entonces le mandaron reposo por treinta días porque quedó delicada, luego entonces cuando Italo Troncosa llega a mi casa y entonces yo le dije a mi abuela que no le abriéramos la puerta porque ya, luego yo llamé enseguida a mi hermana Janny Troncosa, que estuviera pendiente porque Italo, el señor, andaba tomado y él tenía la costumbre que siempre cuando tomaba maltrataba a mi mamá, eso era siempre, entonces yo le dije a mi hermana que estuviera pendiente porque mi madre estaba de reposo y ella no podía, estaba delicada, luego como a las 10:30, 11:00 llega mi hermana Janny y me llama y me dice que, también llamó llorando, asustada que la auxiliara que mi madre había sido quemada y que el ciudadano no la quería dejar salir a pedir ayuda a los vecinos, “¡porque no le pides ayuda a los vecinos!, le dije yo, porque vivimos distanciados de ella, entonces, “¡no porque Italo, (ella no le dice papá), ella le dice es Italo, “¡Italo no me quiere dejar que yo le pida ayuda a los vecinos!, ahí luego cuando yo asustada me fui con mi abuela corriendo y como a, ya como a los 20 minutos cuando llegué a la Comandancia de Policía, porque ese día era domingo y yo no podía, no tenia como acudir a, no tenia transporte, no tenia nada, entonces lo que se me ocurrió fue ir a la Policía y pedir ayuda para ir a buscar a mi madre luego, entonces la Policía nos auxiliaron y fuimos a buscar a mi mamá, cuando yo llegué a donde mi mamá, mi mamá estaba desnuda, estaba quemada y estaba era parada y estaba era haciendo así y estaba llorando y estaba quemada, toda, toda, toda, totalmente quemada y el señor estaba era acostado en un chinchorro, en una hamaca, ahí entonces yo en el momento no estaba pendiente yo quería era agarrar a mi madre y ahí el entonces empezó a amenazarme a mi y a mi abuela, que si lo denunciábamos, entonces él nos iba a meter una demanda, así nos dijo el señor, luego llegué yo y, no me importó que fuera de el , llegue yo y le dije a mi madre, fuimos buscamos una sabana, la tapamos y nos la llevamos para el hospital, luego el señor se presentó en el hospital y ahí continuó amenazándonos y ahí entonces se quería meter a agredir a mi abuela y ahí entonces yo le dije que yo no lo dejaba, entonces estaba una policía ahí yo hable con ella y entonces ella no permitió que él pasara para el hospital, luego, entonces ahí él agarro la bicicleta y se fue, luego a mi madre la atendieron en el hospital, luego a las cinco de la mañana lunes, fue trasladada acá a Guanare, al hospital y yo como era la única que andaba con ella, me vine con ella, luego llegó el CICPC, y entonces me citó a las 2:00 de la tarde a declarar, que tenia que presentarme a las 2:00 de la tarde a declarar, luego a las 2:00 de la tarde cuando fuimos mi hermana Janny y yo a declarar, y ahí yo declaré, porque luego yo hablé con mi hermana Janny y ella me dijo que había sido él el que le había tirado la pimpina de gasolina, y entonces en el CICPC yo declaré eso, que ella me había dicho eso, porque eso fue lo que ella me dijo, luego, entonces mi madre estuvo hospitalizada duro cinco días y estaba sumamente hinchada, quemada, ahí tengo una foto, si quiere se la muestro como estaba mi madre, ahí mi madre duró cinco días, no podía hablar, habló fue el jueves, entonces ella me dijo, yo le pregunté y ella me dijo que si había sido él quien la había quemado, pero que ella, no se, pero me dijo que no me fuera a meter, que no dijera nada, me dijo ella, porque ese señor es muy, bueno mi madre si le tenia mucho temor al señor, porque siempre estaba acostumbrado a maltratarla, este, tuvo un aborto, por ella, porque ella siempre lo denunciaba y bueno nunca pasó nada y también tengo pruebas de eso como ella lo denunciaba porque como él la maltrataba le provocó el aborto, luego, mi madre me dijo que si, que si había sido él quien la había quemado y eso fue el 28 que ella pudo hablar en la tarde, luego yo me fui para, porque ya tenia muchos días ahí con ella, entonces yo me fui para Guanarito y el 29 a las 07:00 de la noche ella falleció, y no solamente a mi me dijo, ella también le dijo a un señor, aja pero el señor el fue a declarar a la Fiscalia, pero ahora él tiene temor de venir porque fueron a la casa de él y lo amenazaron, que si se presentaba a declarar en el Tribunal le puede suceder algo”.-

La representación Fiscal interroga lo siguiente: 1.- Mirlandi, usted dice que el señor Troncosa llegó a su casa, ¿usted vivía con su mamá? RESPONDIÒ: “No”. 2.- ¿A qué casa llegó? RESPONDIÒ: “A casa de mi abuela”. 3.- ¿A qué fue el señor Troncosa a casa de su abuela? RESPONDIÒ: “Él llegó pidiéndole comida a mi abuela y luego como él estaba tomado, borracho y mi abuela me dijo: “¡no, no, no le abras porque el es muy!”, cuando se emborrachaba, no sé, se ponía muy, ahí cuando vio que mi abuela no le abrió la puerta empezó a insultarnos y a decirnos cosas, vulgaridades, cosas feas”. 4.- ¿Qué cosas? RESPONDIÒ: Bueno este, a insultarnos, porque él tomado siempre hacia eso”. 5.- ¿Qué tipo de relación tenia usted con él? RESPONDIÒ: “Con Italo, ninguna, ninguna, solamente el saludo y listo, de ahí no mas”. 6.- ¿Cómo eran las relaciones de su abuela, o como son la relación de su abuela con el señor Troncosa? RESPONDIÒ: “bueno, mi abuela es cristiana”. 7.- ¿Eso qué tiene que ver? RESPONDIÒ: “Tiene que ver mucho, porque uno como cristiano, no puede tener enemigos, y en vez de juzgar a las personas uno tiene que aconsejarlo, y mi mamá siempre lo aconsejaba a él, que buscara a Dios, que dejara de tomar, que se portara bien, bueno mi mama es mi abuela, porque yo le digo mamá es a mi abuela”.- 8- ¿Es usted cristiana? RESPUESTA: “Si señora”. 9.- ¿Cómo cuánto tiempo transcurrió, desde que usted supo, por su hermana, lo que le había pasado a su madre, y que usted llegara a la casa de su madre? RESPONDIÒ: “Como media hora, porque yo me fui a pie, de 30 minutos a 40 minutos”. 10.- De su casa a la estación Policial ¿Qué distancia hay? RESPONDIÒ: “Como 6 cuadras, 5 cuadras”.-11.- Usted dice, que ¿se fue a pie? RESPONDIÒ: “Si señora, iba con mi abuela”.-12.- Con su abuela, ¿Qué edad tiene su abuela? RESPONDIÒ: “68 años”. 13.- ¿Supo usted o llegó a tener conocimiento de que se decía que usted tenia una relación sentimental con Italo Troncosa? RESPONDIÒ: “No, yo creo que usted se esta confundiendo, no, yo soy la hija mayor de mi mamá, pero no, no, con el señor, no”.- 14.- ¿Dónde estaba su abuela, cuando usted se fue con su madre para el Hospital? RESPONDIÒ: “Se fue conmigo, ella andaba todo conmigo, porque era la mamá de mi mamá, por mas que sea, ella estaba mas preocupada que yo”.- 15.- Es que usted cuando estaba contando ese hecho, usted dijo que ¿se fue sola con su mamá?, RESPONDIÒ: “no, pero para acá para Guanare”.- 16.-.- Entonces, ¿Dónde se quedó su abuela? RESPONDIÒ: “En el hospital”. 17.- ¿En qué Hospital? RESPONDIÒ: “En el hospital, de Guanarito”.- 18.- Y ¿usted se vino con su madre?, porque usted le dice mamá a la abuela y madre a su mamá biológica. RESPONDIÒ: “Eso, Si”.- 19.- Entonces, ¿dónde se quedó su abuela, cuando usted se vino a Guanare con su madre? RESPONDIÒ: “En Guanarito”.- 20.- ¿En qué parte? RESPONDIÒ: “En el hospital, en la sala de espera, con mis 2 hermanitos pequeños”.- 21.- ¿Usted llegó a ver la pimpina de gasolina? RESPONDIÒ: “No porque yo en ese momento yo no estaba pendiente de buscar pimpina, yo quería era auxiliar a mi madre y llevarla para el hospital”.- 22.- ¿Quién dice usted que le dijo que no dijeran nada? RESPONDIÒ: “Mi madre”. 23.- ¿Su madre? RESPONDIÒ: “Si”.- 24.- ¿En qué momento? RESPONDIÒ: “el 28 de Julio, día jueves, en la tarde”. 25.- ¿Por qué? RESPONDIÒ: “Porque fue ahí donde pudo hablar, porque ella estaba hinchada y no podía hablar”.- 26.- ¿Por qué no debía decir nada? RESPONDIÒ: “Para que estuviera yo tranquila y no me metiera en problemas, porque ese señor, como yo le dije a ella, él antes, él pensaba, cuando nosotros llegamos con la policía, el pensaba que mi abuela y yo lo habíamos denunciado y empezó fue a insultarnos y luego llegó al hospital igualito, que nos iba a demandar i’que porque si lo denunciábamos y yo le dije que no, que si mi hermana iba a declarar, yo declaro”.27.- Cuando usted llegó a la casa de su madre, ¿dónde se encontraba el señor Italo? RESPONDIÒ: “Estaba acostado en una hamaca, en un chinchorro”. 28.- ¿Esa hamaca esta situada fuera dentro de la casa? RESPONDIÒ: “Adentro de la casa”. 29.- Y su madre ¿dónde se encontraba? RESPONDIÒ: “Estaba parada en la puerta, detrás de la puerta”. 30.- ¿Y su hermana Janny? RESPONDIÒ: “No, estaba metida en el cuarto”. 31.- O sea, usted esta diciendo que usted llegó y ¿su madre estaba quemada? RESPONDIÒ: “Si estaba quemada”. 32.- Parada en la puerta, ¿sola? RESPONDIÒ: “Si porque cuando nosotros llegamos ahí fue que Janny salió con las sabanas”.- 33.-¿Quién le puso la sabana? RESPONDIÒ: “Mi abuela y Janny se la pusieron”. 34.- ¿Qué parte del cuerpo tenia quemada su mamá? RESPONDIÒ: “Todo acá (señala la parte del tórax y espalda).- 35.-¿Usted logró ver al señor Troncosa de cerca? RESPONDIÒ: “Si, estaba acostado, cuando yo llegué estaba acostado y luego cuando se presentó en el hospital”. 36.- ¿A qué distancia se encontraba el señor Troncosa de donde estaba su madre? RESPONDIÒ: “La hamaca esta colgada como así, eso es como una casa pequeña, como un rancho, de zinc, la hamaca estaba así, para acá queda la puerta, mi madre estaba acá”.- 37.- O sea, aquí estaba la hamaca y ¿ahí estaba? la RESPONDIÒ: “No, esta es la casa, por acá esta la puerta, mi madre estaba acá y el señor estaba acostado así”. 38.- ¿Usted llegó a notar si el señor Troncosa tenía las manos quemadas? RESPONDIÒ: “No, porque no me iba a poner a revisarlo”.- 39.- ¿Usted llegó a verlo? RESPONDIÒ: “No, es que si eso era de noche, eso, la casa no tenia ni luz, eso estaba en una sola oscuridad, y ese barrio es muy oscura por ahí “.- 40.-¿Con qué funcionarios llegó usted? RESPONDIÒ: “Eran cuatro pero no recuerdo el nombre”. 41.- Usted dice que ¿en varias oportunidades su mamá denunció?. RESPONDIÒ: “Si señora”.- 42.- ¿Esos funcionarios tenían conocimiento de las denuncias? RESPONDIÒ: “No sé, porque cuando eso yo estaba pequeña y yo siempre he vivido con mi abuela y no sè, yo sé que siempre mi mamá iba y lo denunciaba y revisando las cosas de mi mamá, me puse a revisar y entonces ahí encontré una denuncia, cuando el señor le pegó a mi mamá y mi mamá estaba embarazada por culpa de él cuando le pegó, dice que le pegó con un chaparro de bejuco y luego mi mamá abortó eso, estaba yo en una finca”.- 43.- ¿Cuándo fue eso? RESPONDIÒ: “Yo le llevé la semana pasada”.-
44.- ¿La llevó antes o depuse de la preliminar?? RESPONDIÒ: “No, porque eso lo conseguí fue después, porque yo no la había conseguido”. 45.- ¿Qué fue lo que usted llevo? RESPONDIÒ: “Ahí tengo una copia, donde consta los del Consejo Comunal me dieron un acta como que consta que ellos son testigos como el siempre la maltrataba, mi madre era cristiana, y él ni siquiera para la iglesia la dejaba salir y eso que la iglesia le queda al frente, porque siempre la celaba, siempre, ni siquiera la dejaba ir para donde mi abuela, un día a mi, yo para ver a mi mamá tenia que ir a la casa de ella”.- 46.- Usted dice que llevó algo, y unas firmas del Consejo Comunal, pero además de esas firmas ¿qué fue lo que usted llevó? RESPONDIÒ: “La denuncia”.- 47.- ¿Ante quién? RESPONDIÒ: “Que mi madre hizo cuando tuvo el aborto”.- 48.- ¿Dónde denuncio? RESPONDIÒ: “Bueno dice que en la Comandancia de Policía, no sé, y también denunciaron en la LOPNA, no sé”.- 49.- ¿Cómo supo usted que él maltrataba a su mamá? RESPONDIÒ: “Porque siempre la miraba golpeada y eso lo tengo acá metido, desde pequeña, con ese trauma, saber que ese señor le pegaba a mi mamá”.- 50.- ¿Usted llegó a ver alguna vez cómo le pegaba? RESPONDIÒ: “Si señora, un día estando yo así, bueno mas pequeña, él le quería pegar a mi mamá, entonces yo agarré un palo y entonces yo le dije que él, que yo ya estaba cansada que yo no iba a permitir que le siguiera pegando a mi mamá, bueno y desde ahí entonces él se la tira de alzado, pero, entonces yo agarré porque no me da pena decirlo, yo agarre un palo y le dije usted a mi mamá no me la toca Italo, y luego, entonces llegó él, “¡ah y voy a llamar a la policía, entonces, para denunciarte!” y ahí yo le dije que si, que la llamara, fue y llamo a la policía, negó y yo le dije todo a la policía, mi madre, que yo le dije que le quería pegar a mi madre y a parte de eso estaba corriendo a mi hermana que estaba embarazada que le jaló a mi hermana la barriga”.- 51.- ¿Cómo se llama esa hermana? RESPONDIÒ: “Marilis Antonia Castillo y luego, entonces la Policía como vieron que era verdad, entonces mi mamá les dijo que si era verdad, mi hermana, Janny ahí la otra dijo que era verdad, ahí entonces, a él se lo llevaron para la policía”.- 52.- ¿Cuándo fue eso? RESPONDIÒ: “Eso fue el otro año”. 53.- ¿Pero usted vivía en ese entonces con su mamá? RESPONDIÒ: “No, ese día, era un día domingo, yo siempre los domingos iba a visitar a mi mamá después que salía de la iglesia”.- 54.- ¿En qué fecha muere su madre? RESPONDIÒ: “El 29 de Julio de 2011, a las 07:00 de la noche, día viernes”.- 55.- Además de que ella habló con usted el día 28 en la tarde, según usted dice, además de hablar con usted, ¿con quién más habló ella? RESPONDIÒ: “Con un señor que vive cerca, que vivía en el barrio donde vivía mi madre”.- 56.- ¿Cómo se llama ese señor? RESPONDIÒ: “Se llama Oswaldo”.- 57.- ¿Cuándo hablo el señor Oswaldo con su mamá? RESPONDIÒ: “El día jueves, ese día fue que mi madre pudo hablar”.- 58.- ¿El mismo día jueves 28 cuando habló usted con ella? RESPONDIÒ: “Si señora”.-

La Defensa no formuló preguntas y el Tribunal pasa a interrogar acerca de los siguientes aspectos:
1.- ¿Cuanto tiempo tenía el hoy acusado como pareja con su mamá? RESPONDIÒ: “13 o 14 años, 14 años”. 2.- Ese incidente que usted ha señalado, que presenció, en el cual dice usted que el hoy acusado, que usted agarró un palo para enfrentarse al hoy acusado, ¿eso ocurrió en dónde? y ¿hacía cuánto tiempo? RESPONDIÒ: “Eso ocurrió en la casa de mi madre”. 3.- ¿Cuánto tiempo hacia antes de que sucedió lo del incendio? RESPONDIÒ: “Tres meses antes”. 4.- Tiene usted conocimiento del por qué, ese aborto al cual usted señaló, ¿es el mismo al cual se había producido días antes que su mamá estaba de reposo? ¿O es otro aborto? RESPONDIÒ: “Otro aborto, uno al otro antes, ya cuando le hicieron el legrado ya sería el tercero”.- 5.- ¿Era el tercer aborto que su mamá tenía? RESPONDIÒ: “Si señora”.- 6.- ¿Sabe usted por qué se produjo ese aborto recién?, ese que usted dice que ella estaba convaleciente, porque había tenido un aborto, el día sábado le habían dado reposo y eso ocurrió el día domingo dice usted, ¿sabe usted a consecuencia de qué se produce este aborto? RESPONDIÒ: “No sé decirle”. 7.- ¿Desde qué fecha o cuántos días tenia usted que no hablaba con su mamá, anterior a ese día que fue a buscarla para auxiliarla? RESPONDIÒ: “Desde el sábado, en la tarde”. 8.- O sea, ¿una vez que ella, después que le hacen el legrado usted la viò? RESPONDIÒ: “No, yo estuve con ella, yo hice todo con ella y el sábado ella estuvo en mi casa y yo le dije que se quedara en mi casa, en mi casa no porque esa no es mi casa, la casa de mi abuela, ahí entró el señor y le dijo que no, que tenia que irse para la casa y entonces el domingo fue que sucedió todo, porque nosotras llegamos el sábado en la tarde”. 9.- ¿Usted puede describir el área?, o sea, ¿qué tan grande es?, RESPONDIÒ: “Esta dividido en tres áreas (la testigo graficó), esa da la vuelta, aquí esta la de la entrada, ésta para acá es donde esta un baño que esta acá, un baño de zinc, acá es la cocina, acá vamos a decir que es la salita, el señor estaba acostado acá, acá esta un televisor, esta es la parte de la entrada, mi madre estaba acá, y por acá esta es una cortina acá esta es una cortina, y aquí hay otra cortina por acá, este es un solo así, estos son los escaparates que lo dividen a los dos cuarticos son los escaparates”. 10.- ¿Dónde estaba Janny? RESPONDIÒ: “Acá, ella salio acá”.- 11.- Si usted recuerda allí, para salir hacia el patio ¿Qué tan lejos es? RESPONDIÒ: “Bueno aquí atrás esta una cañada, no sé algo así, y acá el espacio es pequeño, por acá esta es la batea y por aquí están las tazas así de fregar”. 12.- ¿Se puede decir que el área donde estaba la batea y el baño de zinc es como de aquí a la pared? Si yo salgo por la parte trasera de esa casa, hacia el baño, que usted dice que es ese que esta ahí, que es un baño de zinc, ¿que es como de aquí hasta allá? ¿O es más lejos? RESPONDIÒ: “mas o menos”.- 13.- ¿Es mas cerca? RESPONDIÒ: “Si”. 14.-Esa última denuncia que usted dice, ¿llegó a la Fiscalia?, en la pregunta hecha por la Fiscal, usted dijo que había sido llevada después de la audiencia preliminar, ¿usted consiguió la constancia que se le entregó a su mamá cuando ella hizo la denuncia? RESPONDIÒ: “¡Aja!”.15.- ¿Esa es la que usted dice que le presentó a la Fiscal? RESPONDIÒ: “¡Aja, yo tengo esa copia”. 16.- ¿Usted tiene esa copia? RESPONDIÒ: “Si señora”. 17.- ¿La pudo conseguir usted después que su mamá falleció? ¿Dónde la encontró? RESPONDIÒ: “En la casa, en unos papeles que estaban allí”.- 18.- ¿En la casa de quién, de su abuela? RESPONDIÒ: “De mi mamá”. 19.- ¿Usted volvió a la casa después de la muerte de ella? RESPONDIÒ: “Si pero no, este año fue que fui porque me daba sentimiento ir para allá”.- 20.- ¿Y quién está en esa casa? RESPONDIÒ: “Nadie”.-21.- ¿No hay nadie? ¿Y los niños? ¿Su mamá tenía hijos en común con el acusado? RESPONDIÒ: “Tres”. 22.- ¿Dónde están esos niños? RESPONDIÒ: “Bueno primero estaban conmigo y mi abuela, luego llego Janny un día, eso fue en Agosto, como del ultimo de agosto a los primeros de septiembre, como en ese tiempo yo no estaba trabajando, yo me fui para una finca a decirle a mi tía que me prestara un dinero para comprarle los uniformes y los útiles a mis hermanitos porque ya iba a comenzar el nuevo año escolar, luego eso fue un lunes, luego, entonces me entero, cuando yo regreso, me entero que Janny agarró a los dos niños y se fue para donde mi hermana, así se fue para donde mi hermana, y ahí entonces luego yo llamé a la Fiscal, cuando eso a mi hermana Janny estaba en, siempre estaba pendiente de ella, estaba bajo su cuidado, entonces yo llame a la Fiscal, le comuniqué que ya Janny se había llevado a mis hermanitos, que ya no estaba bajo mi responsabilidad, estaba donde mi hermana Maria, entonces luego yo voy para donde mi hermana Marilis y entonces mi hermana Marilis estaba brava conmigo yo no sé por qué, no me quisieron abrir la puerta pues, luego entonces yo llame a la Dra. Dina y le dije que yo había ido a llevarle una comida a mis hermanos y dinero y entonces mi hermana no me lo quiso recibir, no sé, luego yo no volví mas, luego la llamé a mi hermana Antonia y ahí le pregunté, eso fue este año, que por qué estaba así conmigo si yo no le había hecho nada a ella, aja y estaba toda extraña conmigo, de un día para otro estábamos todos bien, y de un día para otro todo se regó como hacíamos, no se por que, luego cuando vengo a la preliminar me entero que mi hermana Marilis va a ser testigo, la testigo del señor Troncosa, entonces ahí es donde yo digo ah con razón, por eso Marilis no estaba no sé, no me quiso tratar”. 23.- ¿Que su hermana Marilis iba a ser testigo a favor del acusado? RESPONDIÒ: “¡Aja, yo sé que él dijo que Marilis, iba a ser una de sus testigos”.- 24.- ¿Y dónde están los niños ahora? ¿Con quien? RESPONDIÒ: “Los tiene mi hermana Marilis”.- 25.- ¿Dónde esta Janny? RESPONDIÒ: “¡Aja, están en Barinas”.- 26.- ¿Dónde esta Janny, ¿Janny esta con los otros niños? RESPONDIÒ: “No, Janny horita esta casada”. 27.- ¿Janny esta casada? RESPONDIÒ: “Si, esta casada y ella no vive con ellos”.- 28.- ¿No vive, con Marilis? RESPONDIÒ: ¿Con Marilis?, ya ella ya tiene su casa aparte”.- 29.- ¿Y quién tiene los niños? RESPONDIÒ: “Marilis y el otro día la llamé, yo siempre la llamo para estar pendiente de los niños y me dijo que la niña estaba desnutrida, ahí entonces ellos fueron hace como, en las vacaciones, fueron para Guanarito y mis hermanos están sumamente flaquitos, mi hermanito pequeño que es gordito esta flaco y mi hermana la otra ella tiene como 10 años, cumplió 10 años el 17 de Agosto, esta desnutrida, ella me dijo que estaba desnutrida y están sumamente flacos, ahí yo le dije a ella que me los diera, yo se lo dije para, bueno que si ni me los quiere dar por, así para toda la vida, bueno entonces que me los de por un tiempo para yo con mi abuela, en mi casa yo se que ahí si van a estar bien, porque yo se que a mi madre no le gustaría ver a mis hermanitos así tan flaquitos, porque mi hermana no cuidaba a los hijos de ella, menos va a cuidar a mis hermanitos”.- 30.- El hoy acusado, ¿sabe usted si tenia algún tipo de vehículos, se trasladaba en algún tipo de vehículo o algo? RESPONDIÒ: ¿Italo?, él tenia una moto, bueno tuvo varias motos, motos y bicicletas”.- 31.- ¿Para esa fecha había una moto ahí en la casa? RESPONDIÒ: “Si, bueno no sé, él tenía una moto, porque el sábado cuando fue a buscar a mi mamá él fue en una moto, y luego era que cargaba la bicicleta, creo que era roja para ese entonces”.-

El Tribunal da por concluido el examen a la testigo en relación con la cual observa lo siguiente:
1.- Sostiene que ella recibió el día 24 de Julio del 2011, día Domingo, como a las 10:30, 11:00 llamada telefónica de su hermana Janny llorando, asustada que la auxiliara que su madre había sido quemada y que el ciudadano no la quería dejar salir a pedir ayuda a los vecinos, y ella se traslada hasta la Comandancia de Policía, a pedir ayuda para ir a buscar a su madre la cual encontró desnuda, totalmente quemada y estaba era parada, llorando y el acusado estaba acostado en un chinchorro, y empezó a amenazarles a su abuela y a ella, que si lo denunciaban, le demandaría, buscan una sabana y la llevan para el hospital, lugar al que se presentó el acusado y continuó amenazándolas por lo que ella se lo comunicó a la autoridad policial quien no permitió que él pasara para el hospital, a las cinco de la mañana lunes, fue trasladada hasta Guanare, al hospital en su compañía acudiendo al CICPC con su hermana Janny quien le dijo que había sido él el que le había tirado la pimpina de gasolina, luego su madre habló fue el jueves, también le dijo que si había sido él quien la había quemado, pero que ella, le dijo que no se fuera a meter, que no dijera nada, porque su madre si le tenia mucho temor al señor, porque siempre estaba acostumbrado a maltratarla; que, “tuvo un aborto, porque ella siempre lo denunciaba y bueno nunca pasó nada y el 29 a las 07:00 de la noche ella falleció, y ella también le dijo a un señor, que tiene temor de venir porque fueron a la casa de él y lo amenazaron, que si se presentaba a declarar en el Tribunal le puede suceder algo”.-
2.- De lo anterior destaca lo siguiente: Afirma de modo claro, veraz y convincente el estado en que encontró a su mamá: “desnuda, totalmente quemada y estaba era parada, llorando”, lo que evidencia que en efecto la víctima presentaba en su cuerpo lesiones claras de haber sufrido lo efectos de la combustión, es decir que en ello coincide la testigo con lo que le informare su hermana Janny; también refiere que allí se encontraba el acusado acostado en un chinchorro; este señalamiento así como la imputación que hace contra el acusado de ser el autor de las lesiones sufridas por la víctima constituyen a criterio de esta Instancia una presunción grave que compromete la responsabilidad del mismo en la comisión, por cuanto si bien en este sentido la testigo es referencial porque ella declara acerca de lo que su hermana Janny Gregoria Troncosa Camejo le expresare, testigo que declaró ante este Juzgado de modo totalmente contrario a lo que le hizo saber a la testigo en examen, circunstancia que evalúa esta Instancia para considerar que el testimonio de la adolescente no se correspondía con la verdad la cual sí expuso a su hermana lo que ésta ha afirmado de modo cierto en cuanto a lo que ocurrió, habida cuenta que su propia madre le hizo saber que había sido el acusado quien la quemó. Merece absoluta credibilidad los señalamientos expuestos por la testigo tanto en cuanto al hecho calificado como delictivo como en cuanto a al autoría del mismo. Así se declara.

3.- Aurelio Ramón Castillo Camejo, previamente juramentado se identificó como ha quedado escrito haber nacido el 17 de Abril, en el Caserío Uverito, vía la Capilla, Guanarito, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en el caserío Mata Larga, La Capilla, Municipio Guanarito, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.768.688, hermano de la victima, Gladis Josefina Castillo, sobre el hecho dijo lo siguiente:

“Resulta que yo estaba en la finca, entonces nos llamaron, de Guanarito nos llamaron, para la finca, para allá, porque nosotros vivimos de Guanarito retirado para allá, nos llamaron que mi hermana que estaba grave en el Hospital aquí de Guanare y entonces, nos vinimos rápidamente y ahí cuando llegamos aquí al Hospital de Guanare, ella estaba quemada por completo, quemada completa quemada, entonces nosotros preguntamos pues, que cómo había sido esto verdad, entonces dijo una sobrina hija de ella, no esto es el esposo que la quemó, ¡aja que le hecho la gasolina y la quemó!, entonces yo me metí para adentro y ella estaba demasiado quemada, hinchada quemada y trate de hablar con ella, preguntarle algo pero no me dijo nada”.

La Fiscal del Ministerio Público interrogó acerca de: 1.- Señor Castillo, usted dice que lo llamaron ¿Quién lo llamó? RESPONDIÒ: “Me llamó mi madre. Mi mamá y la otra muchacha sobrina, me llamaron de Guanarito para allá, a la Finca”. 2.- ¿Qué le dijeron a usted, cómo supo usted que fue lo que pasó? RESPONDIÒ: “Yo averigüe: ¡no, que fue que se quemó!, ¡que esta quemada!, que, ¡seguro es el hombre, que el esposo la quemó!, verdad, yo me vine rápidamente y cuando llegué a Guanare si estaba bien quemada, bien quemada estaba, ahí yo traté de hablar con ella pues, para preguntarle pero no hablaba, ya no tenia acción porque estaba muy grave, estaba muy grave y yo, no me dijo pues”.- 3.- ¿Supo usted cómo se hizo esas quemaduras? RESPONDIÒ: “Supe por boca de las muchachas que me dijeron que ella antes de morir le contó a mi mamá y le contó a las hijas ve, porque ella la recogieron a su casa de ella, fueron y le recogieron, entonces estaba desnudita, pelada, quemada, entonces le preguntaron que todavía tenia acción de hablar, entonces ella le echó el cuento a la mamá, a mi mamá y a su hija, una de las hijas, como había sido y por medio de esas es que yo sé, que yo le pregunté a mi madre y a la muchacha, ¿y cómo fue que se quemó mi hermana?, no que fue el esposo que le echó la gasolina así es”. 4.- ¿Cómo se llama el esposo? RESPONDIÒ: “Italo Gregorio Troncosa”.- 5.- Usted dice que su hermana antes de morir le contó a su madre y a su hermana, ¿Cómo se llama su hermana a la que ella le contó? RESPONDIÒ: “Ella le contó fue a la sobrina, a mi mamá y a la hija de ella”. 6.- ¿Cómo se llama esa hija? RESPONDIÒ: “Se llama Mirlandi Josefina”. 7.- ¿Supo usted por alguno de ellos, quiénes se encontraban presente cuando eso ocurrió? RESPONDIÒ: “No, no me dijo, no me dijo nada”. 8.- ¿No le dijeron? RESPONDIÒ: “No, no me dijo”. 9,.-¿Sabe usted cuándo ocurrió ese hecho? RESPONDIÒ: “El 24 de Julio, a las 10:00 de la noche”. 10.- ¿De qué año? RESPONDIÒ: “Del año 2011, estamos en el 2012”.- 11.- ¿Visitaba usted frecuentemente a su hermana? RESPONDIÒ: “Si”. 12.- ¿Llegó usted en alguna oportunidad a presenciar discusiones o peleas entre su hermana y el señor Italo? RESPONDIÒ: “No”.-13.- ¿Sabia usted del estado de salud de su hermana ese día? RESPONDIÒ: “No, no tenía yo conocimiento porque yo estaba lejísimos para allá”. 14.-¿Cuántos hijos tenía su hermana? RESPONDIÒ: “Tenía, ya va, porque son varios muchachos que tenia 7, seis hembras y un varón”.- 15.- ¿Cuántos de Italo? RESPONDIÒ: “Tres”.16.- ¿Todos vivos? RESPONDIÒ: “Si, están todos vivos”. 17.- ¿Su hermana llegó a tener alguna pérdida de él? RESPONDIÒ: “Si creo que tuvo 2 abortos”. 18.- ¿Supo usted cómo? ¿Por qué? RESPONDIÒ: “Porque siempre me comunicaba con ella y por mi mamá, entonces me decían que estaba, que había abortado”.- 19.- ¿Por causas naturales? RESPONDIÒ: “No sé, no tengo conocimiento como haría para abortarlos, no tengo conocimiento”.-

La parte Defensora formuló el siguiente interrogatorio: 1.- ¿Qué distancia hay del barrio donde vive su hermana, donde vivía su hermana, a donde usted vive? RESPONDIÒ: “Debe haber como veintipico de kilómetros, 30 kilómetros creo que alrededor, de Guanarito tiene uno que llegar a la Capilla y de la Capilla tiene que llegar a Mata Larga”.- 2.- ¿Y eso se traduce en cuánto tiempo? RESPONDIÒ: “Eso se gasta tres horas, 4 horas, eso es lejos, carretera mala”. 3.- En su declaración espontánea, usted dice que lo llamaron ¿Quién lo llamó? RESPONDIÒ: “Me llamó Miladi Josefina”. 4.- ¿Milandi Josefina, qué vínculo tiene con ustedes?, es su hermana? RESPONDIÒ: “Ella es sobrina”.- 5.- ¿Su sobrina? RESPONDIÒ: “Si”.- 6.- ¿Hija de la occisa? RESPONDIÒ: “¡Aja!”.- 7.- ¿Qué le dijo su sobrina cuando lo llamó?, ¿Qué le participó? RESPONDIÒ: “Ella me participó que la mamá estaba grave, que según el esposo la había quemado”. 8.- ¿Qué según? RESPONDIÒ: “¡Aja, que el hombre la había quemado, el esposo la había quemado”. 9.- Cuándo su sobrina le dice que según, ¿es que acaso a ella también le contaron? RESPONDIÒ: “¡Aja!, porque ella rápidamente como la otra niña llamó y que fuera allá y ella tenía vida, ella tenia vida y la mamá le dijo a ella pues, o sea que la mamá le dijo”.- 10.- ¿Quién le informa a su sobrina de lo sucedido a su hermana la hoy occisa? ¿Quién le informó a ella? RESPONDIÒ: “Ella la llaman de allá de la casa de la mamá, la llamó una hermana de ella”. 11.- ¿Cuál es el nombre de la hermana que llama, a quien la llamó? RESPONDIÒ: “Se llama Gregoria”.12.- Es decir, ¿que Gregoria llama a su sobrina de nombre? RESPONDIÒ: “Milandi”. 13.-¿Y Gregoria estaba en el momento en que ocurre el hecho? RESPONDIÒ: “Estaba en el momento, aja, ahí”.- 14.- ¿Milandis vive, vivía con su hermana la hoy occisa? RESPONDIÒ: “Ella vivía separada, ahí en la casa de mi mamá”. 15.- ¿Qué distancia hay de la casa donde vivía su hermana la hoy occisa, como su único familiar, y la casa de su hija, su sobrina Milandis? ¿Qué distancia? RESPONDIÒ: “No tengo conocimiento, pero deben haber como, no tengo mucho conocimiento debe haber como, no tengo mucho conocimiento que distancia queda porque queda como, normal, como 2 kilómetros”. 16.- ¿2 Kilómetros? RESPONDIÒ: “Es el pueblo, es un pueblo, es un barrio así como”. 17.- ¿Pero una distancia aproximada de 2 kilómetros? RESPONDIÒ: “Mas o menos por ahí”.18.- ¿Quiere decir que ciertamente Milandis no estaba con su madre, la hoy occisa al momento el hecho? RESPONDIÒ: “No, no estaba”.- 19.-¿A usted le consta que Italo Troncosa quemó a su hermana? RESPUESTA: “No me consta, porque o sea, yo supe porque lo que la muchacha me dijo verdad, estaba en la finca”.- Concluye la intervención de la Defensa.

El Tribunal interroga acerca de los siguientes aspectos: 1.- ¿A qué hora le comunican a usted que su hermana esta quemada? RESPONDIÒ: “Me llamaron a las, eso fue como a las nueve y media”.- 2.- ¿A las nueve y media de la noche? RESPONDIÒ: “¡Aja!, aproximadamente”. 3.- ¿De qué día? RESPONDIÒ: “Del día, creo que un día domingo, un 24 de Julio”. 4.- Usted a pregunta hecha por el Ministerio Público señaló que el hecho ocurrió el 24 de Julio, a las 11 de la noche, ¿a usted lo llamaron antes de que el hecho suceda? RESPONDIÒ: “Me llamaron, como le digo, ella se quemó de las 10, 10 a 11 de la noche, verdad”. 5.- ¿Y a usted lo llaman? RESPONDIÒ: “Me llamaron, o sea, me llamaron mas tarde”, 6.- Usted señaló también que usted se traslada ¿rápidamente hasta la ciudad de Guanare, cuando le informan que ella esta ahí? RESPONDIÒ: “De ese otro día”. 7.- ¿Ya su hermana estaba mal? RESPONDIÒ: “Estaba mal, si”.- 8.- ¿Sabe usted quién trasladó a su hermana hasta el lugar donde la atendieron, hasta el lugar donde le prestan asistencia medica? RESPONDIÒ: “La trasladó fueron, la recogió mi madre, y la trajo la Policía la recogió donde estaba quemada y la trajo al Hospital”.- 9.- ¿Ciudadano usted sabe que hace el esposo de su hermana, el señor Italo Gregorio Troncosa? ¿Sabe usted qué hace? ¿A qué se dedica? ¿En qué trabaja? RESPONDIÒ: “Yo recuerde era motocierrista, trabajaba con motosierra”.- 10.- ¿Sabe usted si a el le gusta consumir frecuentemente licor? RESPONDIÒ: “No”.- 11.- ¿No sabe? RESPONDIÒ: “No”.- 12.- ¿Desde cuándo usted no visitaba a su hermana? RESPONDIÒ: “Tenía tiempo, tenía tiempo que no iba”.- 13.- ¿Usted visita a su hermana el día siguiente de que el hecho ocurre? ¿Cuando ocurre la muerte de su hermana? RESPONDIÒ: “Eso fue, yo fui el 25 vine yo”.- 14.- ¿Y cuándo muere ella? RESPONDIÒ: “El 29”.- 15.- ¿Usted tuvo oportunidad de verla? RESPONDIÒ: “Si yo la mire”.- 16.- ¿En qué parte tenía las quemaduras? RESPONDIÒ: “Todo el cuerpo, todo el cuerpo, quemaito”.- El Tribunal da por terminado el interrogatorio.

En relación a esta testimonial el Tribunal aprecia que efectivamente el testigo informa acerca del estado en que pudo observar a la víctima en el momento en que estaba recluida en el centro hospitalario el 25 de Julio del año 2011 al efecto dijo: “ella estaba quemada por completo, quemada completa”, en relación con el conocimiento acerca de cómo se producen las quemaduras a la misma respondió al interrogatorio Fiscal entre otros lo siguiente: “¿Supo usted cómo se hizo esas quemaduras? RESPONDIÒ: “Supe por boca de las muchachas que me dijeron que ella antes de morir le contó a mi mamá y le contó a las hijas ve, porque ella la recogieron a su casa de ella, fueron y le recogieron, entonces estaba desnudita, pelada, quemada, entonces le preguntaron que todavía tenia acción de hablar, entonces ella le echó el cuento a la mamá, a mi mamá y a su hija, una de las hijas, como había sido y por medio de esas es que yo sé, que yo le pregunté a mi madre y a la muchacha, ¿y cómo fue que se quemó mi hermana?, no que fue el esposo que le echó la gasolina así es”. 4.- ¿Cómo se llama el esposo? RESPONDIÒ: “Italo Gregorio Troncosa”.- 5.- Usted dice que su hermana antes de morir le contó a su madre y a su hermana, ¿Cómo se llama su hermana a la que ella le contó? RESPONDIÒ: “Ella le contó fue a la sobrina, a mi mamá y a la hija de ella”. 6.- ¿Cómo se llama esa hija? RESPONDIÒ: “Se llama Mirlandi Josefina”. De tales señalamientos el Tribunal aprecia que el testigo le asiste conocimiento directo acerca de las lesiones sufridas por la víctima, es decir de las quemaduras; y del origen de las mismas refiere lo que le fue comunicado por la hija de la víctima ciudadana Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo, testigo cuya declaración se estimó por esta Instancia dada la veracidad y confiabilidad así como el grado de convicción que la misma generó, puesto que su seguridad en sus afirmaciones permiten apreciar que ciertamente el origen de las lesiones sufridas por la víctima no devienen de la acción de la misma, en consecuencia, el testigo en examen en este acápite se valora en cuanto a la demostración del hecho de naturaleza penal cometido en perjuicio de la hoy occisa. Así se declara.

4.- Ángel Bianey Camejo, previamente juramentado dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, haber nacido en el Caserío Uverito, el 27 de Septiembre del 1969, casado, de profesión u oficio Agricultor y Criador, residenciado en el Caserío Uverito, “la Capilla”, Municipio Guanarito, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.395.091, hermano de la victima quien expuso su conocimiento del hecho:

“Este caso sucedió el 24 de Julio, estaba yo en mi finca a las horas de las 11, 11 y algo un pelito, cuando resulta que nos llamaron y para darnos una información que había sucedido en este caso, que Italo Troncosa había intentado contra la vida de mi hermana Gladis Josefina Camejo Castillo, y entonces donde decía que le había vaciado una garrafa de gasolina, dicho por sus propias hijas Mirlandi Josefina Zabaleta y Gregoria Troncosa, en ese momento no pudimos bajar hasta ese lugar, hasta Guanarito porque ya eran horas de la noche, era tarde de la noche y para allá el transporte es muy difícil, salimos ese otro día, como a las ocho de la mañana, cuando llegamos a Guanarito, ya a la mujer la habían trasladado para Guanare, cuando llegamos al Hospital aquí en Guanare, la mujer no tenia conocimiento, ella estaba toda vendada, toda la cara absolutamente me dio tanta tristeza que no lo niego, yo lloré, las lágrimas se me salieron, cuando mire en ese caso a mi hermana y en verdad que la iban a trasladar a Caracas, que la iban a trasladar a Barquisimeto, y las muchachas, Mirlandy Josefina Camejo Zabaleta se encontraba mal, entonces le dije, mire yo soy su tío, tenga la fe, yo como cristiano le dije: “tenga la fe, sólo el Señor la verá”, pongamos esto en las manos del señor”, le dije yo, yo me voy a llegar hasta mi casa, a tratar de buscar una ropa porque la iban a trasladar para Caracas, cuando resulta que el día que llego a mi casa, la tarde que regreso a mi casa que estuve con mi esposa, le digo a mi esposa me pregunta, en que condiciones quedó Gladis, “yo te voy a decir mi amor, (así le dije), Gladis esta mal yo no cuento con la vida de ella, solamente si se salva es un milagro de Dios, no hable una palabra con ella, porque completamente estaba vendada todo el cuerpo”, cuando me estoy quitando la bota llego un muchacho en una mula por ahí y me dijo: “mira Bianey vine a avisarte que la mujer falleció horita”, tuve que pagar un viaje en esa hora en adelante, un carro, corrí, me busque un carro, pague un viaje para llegar hasta acá, no y que iba a hacer, me dijo el, no, te voy a decir exactamente la verdad y me vas a disculpar, ya esa mujer murió, no tiene remedio, es triste, eso es triste, a nadie se lo deseo”.-

La Fiscal del Ministerio Público interrogó acerca de: 1.- Señor Ángel, ¿supo usted que le ocasionó esas quemaduras a su hermana? RESPONDIÒ: “O sea, supe porque me dijo Mirlandis Josefina, Mirlandis Josefina era hija de Gladis Josefina. 2.- ¿Mirlandis? RESPONDIÒ: “Mirlandis y la otra hija: Gregoria Troncosa”. 3.- ¿Qué le dijo a usted Gregoria Troncosa? RESPONDIÒ: “Gregoria Troncosa me dijo, cuando en el instante en que llegamos que me dijo, que salió llorando y me dijo, ¿cómo fue esto?, le pregunto yo a ella, cuénteme algo de su mamá, dígame ¿tu estas con tu mamá?, entonces me dijo: “no, tu sabes que mi papá, él se la pasaba peleando con mi mamá, ve, entonces resulta que él tenia una garrafa de gasolina en la parte de atrás y ahí todo el tiempo en una contienda con ella”, entonces, él fue el que tuvo la culpa prácticamente, según lo que cuenta la muchacha”. 4.- ¿Él fue qué? RESPONDIÒ: “Él fue el culpable prácticamente, porque la muchacha cuenta que él le vació la gasolina a ella y ahí: “¡toma, aquí esta la caja de fósforos!, le zumbó el fósforo, él fue el que la prendió, dice esa muchacha, esa la que menciono: Gregoria Troncosa”. 5.- ¿Eso se lo cuenta a usted Gregoria Troncosa? RESPONDIÒ: “Gregoria Troncosa”.- 6.- ¿Antes de que Gladis muera o posterior a la muerte de Gladis? RESPONDIÒ: “Antes de que Gladis muriera, eso me lo contó antes de Gladis morir”. 7.- ¿Sabia usted cómo eran las relaciones de Gladis e Italo? RESPONDIÒ: “Prácticamente mi hermana, ella era mi hermana y él mi cuñado, entonces yo vivía en mi finca y ellos vivían en ese hogar, de visita llegaba ahí pero ya no tenía más”. 8.- ¿Llegó a saber usted si además de ese hecho, en esa asociación Ítalo Troncosa llego a maltratar a su hermana? RESPONDIÒ: “Si la maltrataba”.9.- Usted inicialmente responde, y dice que usted vive en su casa y ellos viven en la suya, ¿Cómo entonces sabe usted que él la maltrataba? RESPONDIÒ: “Porque pasa lo siguiente, la hija lo contaba y sabe que la familia por eso, por más que sea cónchale hay novedades”. 10.- ¿Qué contaba? RESPONDIÒ: “O sea contaba los casos, los sucesos de ella”.-11.- ¿Por ejemplo? RESPONDIÒ: “Que me recuerde yo, hubo un tiempo que la hizo abortar, la maltrato que la hizo abortar, que creo supuestamente que esa denuncia esta puesta por ahí en la policía, solamente las hijas sabrán”.- 12.- ¿Quién le contó a usted esa? RESPONDIÒ: “Mirlandis Josefina”.- 13.- ¿Llegó a preguntarle usted en alguna oportunidad a Gregoria si eso era cierto? RESPONDIÒ: “Si le pregunté y me dijo que si era cierto, a Gregoria Troncosa, le pregunté y me dijo que era cierto”. 14.- Cuando ese hecho ocurrió, las quemaduras de Gladys, ¿cuál era el estado de salud, sabe usted de Gladys? RESPONDIÒ: “El estado de salud era que estaba toda vendada”. 15.- No, ¿antes, antes de las quemadas? RESPONDIÒ: ¿Antes de las quemadas?, si, porque yo tenía prácticamente tenía tiempo que no la miraba, esa fue una sorpresa cuando me llamaron de inmediato, fue de emergencia prácticamente”. 16.- ¿Dónde vive actualmente Gregoria? RESPONDIÒ: “Gregoria vive ahí en Guanarito, ella vivía en Guanarito, no sé horita dónde esta ella”.17.- ¿Actualmente?, RESPONDIÒ: “Antes cuando el momento”.- 18.- ¿Ahora dónde está viviendo Gregoria Troncosa? RESPONDIÒ: “Gregoria Troncosa en estos momentos yo no sé donde esta ella”. 19.- ¿Cómo eran las relaciones entre Ítalo y los familiares de Gladys? RESPONDIÒ: “No, perfectamente, yo no tuve ningún problema con eso, los cuñados, no tuvimos problemas con él”. 20.-¿No tenían problemas a pesar de las agresiones de él con Gladys? RESPONDIÒ: “No tuvimos porque prácticamente nosotros la mayoría somos cristianos y nos dicta la Biblia que nosotros no podemos estar con contiendas, con problemas”. 21.- ¿Y usted como cristiano como ve que un hombre maltrate a una mujer? RESPONDIÒ: “En verdad que lo veo mal, porque el hombre prácticamente busca a la mujer únicamente, es una ayuda idónea dice el señor en su palabra, no la trata como esclava, o sea prácticamente, es una compañera supuestamente y hay que tenerla, tratarla de lo mejor, digo por mi esposa, porque yo la trato con amor y a mis hijos les tengo mucho cariño, que Dios me los cuide”. 22.- ¿Podría usted decir, si ese trato amoroso tenía Ítalo con Gladys? RESPONDIÒ: “Digo yo que si, en el maltrato que tuvo con ella cuando la hizo abortar, no tenia buen trato, no había cariño, no había amor prácticamente, porque cuando uno maltrata a la esposa de uno, aun impulsándolo a que salga de su vientre un hijo, una criatura, no hay amor”. La Fiscal concluye su intervención.

La parte Defensora formuló el siguiente interrogatorio: 1.- Señor Ángel, ¿la casa de habitación de su hermana Gladys hoy occisa, a la suya ¿qué distancia y tiempo hay, aproximadamente? RESPONDIÒ: “Eso se gasta le estoy diciendo en Guanarito hasta al Caserío Uverito se gasta aproximadamente hora y media”. 2.- ¿Con qué frecuencia visitaba usted a su hermana? RESPONDIÒ: “O sea, cuando voy de visita, porque yo me la paso en mi finca, me la paso en mi trabajo, siempre mensual, cuando venía a comprar que se yo algún remedio para el ganado, cuando venía a comprar algún veneno para echarle a los potreros, cuando tenía mis necesidades bajaba al pueblo, no era decirle, meterle la mentira de que no mañana, que tal día”. 3.- ¿Y podríamos decir que, eso se podría ponderar como mensual, usted llegaba mensual a Guanarito? RESPONDIÒ: “Venia, o sea en una finca hay necesidad de ocho días, catorce días, ya mensual es mucho trecho, entiende”. 4.- ¿Qué día es que le informan a usted que su hermana había sufrido unas quemaduras? RESPONDIÒ: “Si la información, lo que termino de decir, cuando me informaron que me llamaron fue inmediatamente que me vine, desesperadamente a las once y media de la noche, once de la noche vamos a ponerle”. 5.- ¿De qué día? RESPONDIÒ: “Eso fue el 24 de Julio”. 6.- ¿A las 11:30? RESPONDIÒ: “De la noche”. 7.- ¿Quién los llaman a ustedes? RESPONDIÒ: “Me llamo Mirlandis Josefina”.- 8.- ¿Qué parentesco tiene Mirlandis con usted? RESPONDIÒ: “Mirlandis Josefina, ella es hija de Gladys Josefina”. 9.- Mirlandis vive con o vivía con, al momento que lo llaman a usted del hecho, como eso fue en la casa de su hermana, ¿ella vivía con su hermana Gladys la hoy occisa? RESPONDIÒ: “Ella vivía con mi mamá, pero ella se la pasaba diariamente, o sea, como le digo, es corto el trayecto, del caserío al pueblo es corto el trayecto, porque de un momento a otro ¡chacata! le habla por teléfono va inmediatamente”.- 10.- ¿Su sobrina Mirlandis vive son su mama? RESPONDIÒ: “Si vive con mi mamá”. 11.- ¿Y qué distancia de la casa de su mama a la de la hoy occisa? RESPONDIÒ: “Es corta porque prácticamente es corta, en una moto un momentico”. 12.- No, pero díganos una distancia aproximada, según sus cálculos, ¿cuánta distancia, que tiempo hay? RESPONDIÒ: “Pongámosle un kilómetro”, 13.- ¿Un kilómetro? RESPONDIÒ: “O sea, es cerca”. 14.- Y para el momento que ella lo llama, ella le dijo que ella presenció cuando Ítalo Troncosa le tumbó la gasolina? RESPONDIÒ: “Ella presenció y la hija también estaba, vengase porque acabamos de estar con ella la sacamos para el hospital, vengase inmediatamente, le contesto y digo: “no, hija yo no me puedo ir porque a esta hora yo no consigo transporte, será mañana”. 15.- Señor Ángel, ¿y Mirlandis le dijo que había presenciado con Gregoria el hecho? RESPONDIÒ: “Ella no estaba en el hecho, pero Gregoria estaba”.- 16.- Es decir que ¿Mirlandis se informa a través de otra persona? RESPONDIÒ: “Mirlandis, o sea porque Mirlandis ella le cuenta también”. 17.- ¿Mirlandis no presenció el hecho? RESPONDIÒ: “Y Gladys le decía a ella”. 18.- ¿Mirlandis presenció o no presenció el hecho? RESPONDIÒ: “Gregoria era la que estaba”. 19.- ¿Quién le informa a usted que fue Ítalo quien le produce las heridas a su hermana hoy occisa? ¿Quién le informa a usted eso? ¿Quién le dice que fue Ítalo la persona que le ocasiona los daños esas heridas a su hermana hoy occisa? RESPONDIÒ: “Gregoria”. 20.- ¿Qué día le informa Gregoria esto? RESPONDIÒ: “Gregoria informa, o sea me informa el 24 en la noche, a las 11 de la noche, o sea, me informa según lo que le entiendo pues, ya del hecho que había ocurrido”. 21.- El Tribunal aclara al testigo la interrogante formulada por la parte Defensora: “No el doctor pregunta que Gregoria fue la que le informo a usted verdad, que usted se entera por esa circunstancia, pero ¿quién le llama a usted cuando usted se entera la noche del 24, ¿Quién le llamó? RESPONDIÒ: “O sea, ya Mirlandis estaba junto con Gregoria, entre Gregoria y Mirlandi, ya ellas estaban unidas entre todas, mi mamá, Gregoria, todas estaban reunidas ahí “. 22.- ¿Y Mirlandis le dijo que había sido ella? RESPONDIÒ: “Que había sido Ítalo”. 23.- ¿Su sobrina Mirlandis? RESPONDIÒ: “Mirlandis”. 24.- ¿Qué hace usted cuando recibe la llamada a las 11:30 aproximadamente, ¿qué hace usted ese 24 de Julio? RESPONDIÒ: “En el momento no hago nada, porque eran horas ya de la noche, era muy tarde, no se consigue transporte, yo salí fue ese otro día”.- 25.- ¿Su hermana le llegó a decir que fue Ítalo quien le produjo las heridas? RESPONDIÒ: “Ella a mi no me dijo porque como le estoy contando cuando yo llegué al Hospital ella estaba vendada todo el cuerpo completo”. 26.- ¿Usted sale del caserío donde usted vive a Guanarito o sale del caserío donde usted vive para Guanare directo? RESPONDIÒ: “Yo salgo directamente pensando que están en Guanarito”. 27.- ¿Al día siguiente? RESPONDIÒ: “Llego a Guanarito, me informan me dicen, no a la mujer la trasladaron hacia Guanare, me vengo hacia Guanare, cuando llego al Hospital de Guanare aquello me dio tristeza como lo acabo de decir, aquello estaba todo completamente vendado, toda, toda, toda, completita”. 28.- ¿Qué se entero usted, quienes habían trasladado a su hermana occisa desde Guanarito hasta Guanare? RESPONDIÒ: “Esa la trasladaron en ambulancia”. 29.- ¿Quién le informó a usted eso? RESPONDIÒ: “Porque yo pregunte en la casa de mi mamá, a mi hermana la trasladaron en ambulancia al hospital, la trasladaron”. 30.- ¿Su hermana es trasladada desde su casa hasta un centro médico hospitalario el día que suceden las heridas? RESPONDIÒ: “La llevaron al hospital en Guanarito”. 31.- ¿Quién la traslada? RESPONDIÒ: “La traslada mi mamá, Mirlandi y Gregoria y las otras hijas de ella”. 32.- ¿No tuvo actuación algún cuerpo policial en el traslado? RESPONDIÒ: “En el momento no le pregunté porque mientras tanto, ese día que sería lunes, o sea ese otro día yo no podía preguntar dónde estaba, donde estuvo, que paca que paya, no pude preguntarlo, sino que la importancia mía era mirar a mi hermana, no le pude preguntar, no supe quienes estuvo ahí con ellas”. 33.- ¿Y cómo se entera usted de que fueron sus 2 sobrinas y su mamá quienes trasladan a su hermana desde su casa hasta un centro médico hospitalario? RESPONDIÒ: “Porque mi mamá me dijo”. 34.- ¿Usted tiene la seguridad, a usted le consta de que fue Ítalo el que le produjo esas quemaduras a su hermana? RESPONDIÒ: “O sea, si digo que si fue, porque las hijas que son sus hijas, ellas cuentan y se comprometen que si fue él”. 35.- ¿Cómo le cuentan ellas que fue el hecho? RESPONDIÒ: “O sea, que él le había vaciado una gasolina, le había vaciado la gasolina y le prendió el fósforo”. 36.- Usted en su declaración espontánea dijo que había un pote de gasolina y la señora es quien agarra el pote de gasolina ¿dijo eso si o no? RESPONDIÒ: ¿Quién dijo? 37.- ¿Usted? RESPONDIÒ: “No, yo no he dicho eso, estoy hablando de Gregoria, que fue la que estaba en el hecho y Gregoria me cuenta a mi que fue Ítalo agarro la garrafa y se la vacía a ella”. 38.- ¿Le dijo Gregoria? RESPONDIÒ: “Gregoria”. 39.- Y qué hizo, ¿Mirlandi estuvo ahí? RESPONDIÒ: “Mirlandi estuvo en el caso, en el momento de que la llama la otra muchacha, presento el caso”. 39.- ¿Quiere decir que hay una única testigo presencial que es Gregoria no? RESPONDIÒ: “O sea, las hermanas, las hijas de ella”. 40.- Entonces el día del hecho ¿estaba su hermana Gladys, su esposo Ítalo su cuñado y su hija Gregoria, ellos tres nada mas, estaban ahí?, RESPONDIÒ: “Si estaban, estaba ahí”.41.- ¿Qué conocimiento tuvo usted qué otra persona?, así como usted se informó por referencia, a usted le llego otra información si hubo otra persona a parte de? RESPONDIÒ: “No pregunté por mas nadie, en ese momento no pregunté por mas nadie, porque a mí me interesaba prácticamente, la carrera que andaba echando era hacia la salud de mi hermana, yo no estuve preguntando por policía, no estuve preguntando por médico, yo en verdad la mente en blanco totalmente, imagínate que yo me fui para mi casa, para mi finca, y le dio a mi sobrina Mirlandi, le digo Mirlandi no se aflija, yo me voy para mi casa, para la finca, voy a ir a buscar ropa porque la van a trasladar para Caracas y yo le decía voy a buscar una platica, ¡aja y voy a buscar ropa porque eso no es así mamá!, así le dije, eso no es así que nos vamos a ir hoy, como que yo me vaya para la casa, no sabemos para donde vamos, así le digo, eso es todo lo que yo sé de esto, hasta aquí llego esto”. 42.- ¿La información que usted tiene es de que el día del hecho estaban tres personas su hermana Gladys, su esposo Ítalo que es su cuñado y Gregoria no? RESPONDIÒ: “Gregoria estaba ahí, pero estaba Mirlandi”. 43.- ¿Qué otra persona tuvo conocimiento si estuvo ahí? La Fiscalía formuló objeción: “ya hasta cuando, el testigo lo ha dicho infinidad de veces” y el Tribunal declara con lugar la objeción y da por terminado el interrogatorio que la Defensa ha formulado al testigo.

El Tribunal interroga acerca de los siguientes aspectos: 1.- ¿Conoce usted cuál es la actividad que cumple o trabajo, o a qué se dedica el ciudadano Ítalo Gregorio Troncosa? ¿Qué hace? RESPONDIÒ: “El era obrero, que lo iba a conocer yo en el tiempo que vivió con mi hermana lo miraba trabajando”. 2.- ¿Obrero, qué hacia? RESPONDIÒ: “Trabajaba con una motosierra”. 3.- ¿Usted sabe si él acostumbraba a consumir bebidas alcohólicas? RESPONDIÒ: “Si tomaba”. 4.- Usted mencionó a preguntas hechas por el Ministerio Publico, que además de ese hecho ocurrió a consecuencia de la muerte de su hermana, si el ciudadano Ítalo llego a maltratar a su hermana y usted dijo que sí, que incluso tuvo conocimiento de que ella había abortado ¿Cuándo ocurrió eso? Usted dijo además hubo un tiempo que la maltrató, la hizo abortar, que usted sabe que eso se denunció ante la Policía dice usted, ¿eso ocurrió cuánto tiempo antes de que el incidente del incendio ocurriera? RESPONDIÒ: “Eso es verdad que yo, así no me recuerdo de la fecha”. 5.- ¿no recuerda la fecha? RESPONDIÒ: “no recuerdo la fecha”. 6.- ¿Cuánto tiempo hacía que usted no había visto a su hermana, desde que ocurre el incidente, hacia cuántos días que usted no la había visto? RESPONDIÒ: “Tenía algo así como unos 10 días”. 7.- ¿Logró usted ver si ella estaba embarazada antes de esos 10 días que la vio, antes de que ocurriera el hecho? ¿Vio si ella estaba embarazada? RESPONDIÒ: “O sea, oí que estaba embarazada, pero yo siempre acostumbro por lo menos a mis hermanos que, siempre a veces que no, pero si oí que estaba embarazada”.-

En relación a esta testimonial el Tribunal considera válidos los considerandos que esta Instancia ha dejado sentado al evaluar la declaración del ciudadano Aurelio Ramón Castillo Camejo, ya que en esencia ambas testimoniales son contestes en afirmar la condición que presentaba la víctima en su cuerpo para el momento en que es observada por ambos ciudadanos, los cuales cada uno por separado han coincidido que su hermana hoy occisa presentaba quemaduras en la mayor parte de su cuerpo. Efectivamente el testigo, profundamente afectado, narró al Tribunal que: “Este caso sucedió el 24 de Julio, estaba yo en mi finca a las horas de las 11, 11 y algo un pelito, cuando resulta que nos llamaron y para darnos una información que había sucedido en este caso, que Italo Troncosa había intentado contra la vida de mi hermana Gladis Josefina Camejo Castillo, y entonces donde decía que le había vaciado una garrafa de gasolina, dicho por sus propias hijas Mirlandi Josefina Zabaleta y Gregoria Troncosa, en ese momento no pudimos bajar hasta ese lugar, hasta Guanarito porque ya eran horas de la noche, era tarde de la noche y para allá el transporte es muy difícil, salimos ese otro día, como a las ocho de la mañana, cuando llegamos a Guanarito, ya a la mujer la habían trasladado para Guanare, cuando llegamos al Hospital aquí en Guanare, la mujer no tenia conocimiento, ella estaba toda vendada, toda la cara absolutamente me dio tanta tristeza que no lo niego, yo lloré, las lágrimas se me salieron, cuando mire en ese caso a mi hermana”, por lo que en tal sentido tiene absoluto valor probatorio incluso en la referencia que hace acerca de la autoría del hecho, ya que afirma de manera consecuente, contundente y categórica esa circunstancia se la hizo saber tanto la ciudadana Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo como Janny Gregoria Troncosa Camejo, esta última sin lugar a dudas declaró ante el Tribunal de modo falaz, puesto que a sus familiares entiéndase: hermana, abuela y tíos sí expresó la realidad de lo ocurrido, tal como puede evidenciarse de las declaraciones de sus tíos antes nombrados. En consecuencia se valora amplia y suficientemente la prueba en examen, tanto en la comprobación de las lesiones sufridas por la víctima como de la responsabilidad penal del acusado, en este sentido aún cuando no se trata de testigo directo, su declaración constituye una presunción fundada sobre tal autoría. Así se declara.

5.- RAFAEL LUÌS BRUZUAL VILLEGAS, debidamente juramentado dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, haber nacido en Cocoyal, estado Sucre el 30 de Agosto de 1.958, casado, médico anatomopatologo adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Guanare, identificado con cédula Nº 4.186.298, con domicilio en “La Colonia”, parte alta, quien declara en relación con el FORMULARIO DE REGISTRO DE MUERTE N° 259-2011, lo siguiente:

“El 30 de Julio del 2.011 se practicó autopsia a fémina de 40 años quien presentaba múltiples quemaduras en cara, tórax, miembros superiores y región pélvica, 50% de la superficie corporal presentaba quemaduras de 1º, 2º y 3º grado, en la autopsia se aprecia nódulos a nivel de pulmón, formación de trombos en el corazón, hipertrofia de ventrículo izquierdo, y paro cardiorespiratorio que causa la muerte de la paciente la cual ingresó el 25 de Julio, se le prestó asistencia y tuvo evolución tòrpida, falleció el 29 y se practica autopsia el 30”.

El Ministerio Público interroga acerca de lo siguiente: 1.- ¿Cuál es la causa de muerte? Contestó: “Trombosis pulmonar, deshidratación severa por quemaduras de 3º grado”. 2.- ¿En qué parte del cuerpo presentaba quemaduras? Contestó: “En la región anterior del cuerpo: cara, tórax, región pélvica y miembros inferiores”. 3.- ¿Se pudo observar si había tenido parto reciente? Contestó: “No había evidencias de cuerpo amarillo en útero, en cavidad uterina había sangramiento que pudiera coincidir con menstruación, en esas condiciones no se podía determinar”.Finaliza el interrogatorio de la parte Fiscal.

La parte Defensora no interrogó.

El Tribunal examina al experto sobre lo siguiente: 1.- ¿Puede aclarar al Tribunal acerca de la presencia en cavidad uterina del cuerpo amarillo? Contestó: “Normalmente el útero es de color rosado, se torna amarillo por la presencia de los folículos, normalmente la mujer en etapa de reproducción, estos folículos son los que producen la mestruación, cuando no hay cuerpo amarillo como tal, el cuerpo amarillo es lo que mantiene el embarazo y queda dentro del ovario, desaparece a los treinta días y aparece el cuerpo blanco”.- 2.- ¿Qué ocurre con esa entidad orgánica cuando hay aborto? Contestó: “Puede o no quedar contenido, pero queda el cuerpo amarillo de que había un embarazo”. 3.-¿Observó usted la presencia de dichos signos en la cavidad pélvica de la hoy occisa”.- Contestó: “Negativo, de pronto por la acción del agente de combustión”. 4.-Usted indicó como causa de muerte Troboembolismo, ¿la víctima no fallece por efecto de las quemaduras? Contestó: “El Troboembolismo no lo originan las quemaduras como tal, sino la deshidratación: pérdida de líquido por las quemaduras lo que ocasiona que la sangre se acumule y contribuya al Troboembolismo”. 5.- Usted habló de “evolución tòrpida”, ¿cuál es la posibilidad de vida en pacientes con este tipo de traumatismos? Contestó: “No se puede prescribir, son pacientes de pronóstico reservado, a veces evolucionan bien”. 6.- ¿Se determinó con qué agente se producen las quemaduras? Contestó: “No se determinó el agente usado para la combustión ni la cantidad”. El Tribunal da por terminado el interrogatorio formulado al experto.

El Tribunal observa en relación con la declaración del experto se trata de persona calificada desde el punto de vista técnico para acreditar el tipo de lesiones sufridas por la víctima las cuales describió como: “extensas
quemaduras de II y III grado en Cara, Tórax, Abdomen y Extremidades,
Pulmones congestivos con múltiples nódulos bilaterales, predominio basal.
Corazón con trombos de ventrículo derecho”. Y como causa de la muerte: Trombo-embolismo pulmonar, por lo tanto este Juzgado establece que dicha declaración tiene carácter de certeza, y por la objetividad que caracteriza a este tipo de actuaciones se aprecia en la determinación de la causa de muerte que de modo cierto y contundente se ha establecido. Así se declara.

6.- Lenny Enrique Espinoza Briceño, previamente juramentado dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, haber nacido en Guanare el 08 de abril de 1985, soltero Agente de Investigación adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con domicilio en la carrera 4 entre Sucre y calle 21, Guanare, identificado con cédula Nº 16.644.339, sin relación con las partes quien declara en relación con la Inspección Técnica Nº 1371, lo siguiente:

“El día 30 de Julio del 2.011 en horas de la mañana me encontraba de servicio y se recibe llamada de la centralista del Hospital “Dr. Miguel Oraà” en la que informa que había fallecido en la UCI la ciudadana CASTILLO CAMEJO GLADIS JOSEFINA el día viernes en horas de la noche, me trasladé en compañía de Raúl Sánchez a practicar el levantamiento del cadáver por averiguaciones, nos entrevistamos con el funcionario de guardia quien nos indicó que estaba en la Sala de la morgue, allí observamos en una camilla metálica el cuerpo inerte de una persona de sexo femenino con quemaduras en el 80% de todo su cuerpo, se hizo el levantamiento el 30-07-2011, se entrevistó a la hija de la occisa quien nos indicó que había sido quemada por su concubino el 25 de Julio y falleció el viernes en horas de la noche, regresamos al CICPC, se levantó el acta y se tomó entrevista”.

La representante del Ministerio Público interrogó al experto acerca de lo siguiente:
¿Usted mencionó que se trasladó al levantamiento del càdaver porque había una investigación? Contestó: “Nosotros nos trasladamos por eso porque había una investigación aperturada signada con el número I.687.767, no recuerdo quien hizo la denuncia, yo fui el investigador en la Inspección. Desconozco quién llevaba la investigación con motivo de la denuncia”.- Concluye la intervención Fiscal.

La parte Defensora formuló el siguiente interrogatorio: 1.- ¿A qué hora lo llaman? Contestó: “El funcionario de guardia es quien recibe la llamada a las 3:00 de la mañana se registró la novedad siempre dejamos constancia y la salida no sé a qué hora, el funcionario llama a los funcionarios de Guardia y nos da la orden”.-2.- ¿ A cuánto tiempo después se trasladan?. Contestó: “Inmediatamente salimos”.- 3.-¿Cuándo se da cuenta que tiene relación con la denuncia?. Contestó: “Cuando llaman”. 4.- ¿Cuánto tiempo tiene como funcionario? Contestó: “Cinco años”.- 5.- Desde el punto de vista criminalìstico, ¿qué evidencias o elementos colectó? Contestó: “Ninguna, el técnico no pudo tomar muestras porque 80% del cuerpo estaba quemado”. 6.- ¿Cuál fue el medio empleado para identificar a la persona hoy occisa? Contestó: “El funcionario de policía que estaba de guardia en el hospital ya tenía conocimiento que esta persona ingresó el día lunes procedente de Guanarito y por ende se sabía que era esa persona”. 7.- ¿Cuándo se apertura la investigación? Contestó: “Se apertura con su ingreso”.- 8.- ¿La Inspección practicada es descriptiva o identifícativa? Contestó: “El Técnico es el que la describe, deja constancia de cómo está la víctima”. 9.- ¿En la Inspección se hacen consideraciones distintas a la descripción? Contestó: “Yo dejo constancia en el acta de la hora en que se hace la inspección y el técnico es el que deja constancia de la descripción y de lo que él hace”. 10.- ¿Por qué usted dice que 80% del cuerpo de la occisa estaba quemado? Contestó: “Porque lo dice el informe médico: 80% de quemaduras de 3º grado”.- 11.- ¿Qué medios utilizó para determinar eso? Contestó: “Medios propios”. 12.- ¿Usted presenció cuando el técnico realizó la inspección? Contestó: “Es correcto”. 13.- ¿Conoce usted de qué órganos de investigación se valió el técnico para realizar la inspección? Contestó: “De la observación directa del càdaver, fue lo que él me dijo que se apoyó”.- Finaliza la intervención de la parte Defensora.

El Tribunal procede a examinar al experto sobre lo siguiente: 1.- ¿Indique en qué partes del cuerpo de la occisa presentaba quemaduras? Contestó: “En cara, brazos y piernas, en los senos, tórax, concretamente a nivel del abdomen, en ambas partes del cuerpo: posterior e inferior”.- 2.- ¿Realizó usted alguna actuación como investigador? Contestó: “La entrevista que se le hizo a la hija, nos indicó que su mamá ingresó y que ya había una investigación aperturada y nos da los datos filiatorios de su madre y nos dice que había ingresado procedente de Guanarito y el autor del hecho había sido el concubino de la occisa”. 3.- ¿Cuál es el nombre de la persona que entrevistó como hija de la occisa? Contestó: “Marelis Camejo, algo así exactamente no lo recuerdo”. 4.- ¿Sabe usted si había en el centro hospitalario algún otro caso similar a ese? Contestó: “No había ningún otro caso similar”. 5.- ¿Realizó usted alguna otra actuación en la presente investigación? Contestó: “No, sólo la Inspección”. El Tribunal da por terminado el interrogatorio.

El Tribunal respecto de esta testimonial estima que la misma comprueba en primer lugar con el reconocimiento al cadáver de la hoy occisa las lesiones observadas, las cuales fueron descritas como: “quemaduras en el 80% de todo su cuerpo: cara, brazos y piernas, en los senos, tórax, concretamente a nivel del abdomen, en ambas partes del cuerpo: posterior e inferior., según la observación directa que se hiciere a dicho cadáver cuya identidad se determinó mediante la información que suministrare el funcionario policial del centro asistencial sobre el ingreso puesto que la Inspección se practicó el 30-07-2011, oportunidad en la que se entrevistó a la hija de la occisa quien les indicó que había sido quemada por su concubino el 25 de Julio y falleció el viernes en horas de la noche, estos señalamientos de la misma manera fueron presentados por los testigos que observaron así mismo a la víctima ciudadanos Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo, Aurelio Ramón Castillo Camejo y Ángel Bianey Camejo, así como la determinación de dichas lesiones y las partes afectadas según lo expresado por el médico anatomopatologo Rafael Luís Bruzual Villegas. En síntesis evaluado que el funcionario esta facultado técnica y legalmente para acreditar las circunstancias que han quedado establecidas se valora en cuanto a los aspectos antes señalados. Así se declara.

7.- Moreno García Greminia Ramona, previamente juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, haber nacido en Acarigua, 14-01-79, soltera, de profesión u oficio: Oficial de Policía del estado Portuguesa, residenciada en Guanarito, estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.738.731, no posee vinculo con ninguna de las partes, quien expuso el conocimiento que le asiste sobre los hechos de la siguiente manera:

“En ese momento estaba destacada en el Hospital de Guanarito, eso fue como a las 12:40 de la madrugada, que la ciudadana llegó, ella llegó envuelta en una sabana, ahí se le prestaron los primeros auxilios el médico de guardia mas los enfermeros se le prestaron los primeros auxilios a la señora, yo con la ciudadana no hable nada porque en ese momento ella no habló, no dijo nada”.

La Defensa parte promovente de la prueba interroga acerca de: 1.- Oficial, usted termina de decir aquí que en el momento que la señora hoy occisa se presentó donde usted presta servicio, ¿usted dice que no pudo hablar con ella? Contestó: “No”. 2.- ¿No observó si la señora hablaba o no hablaba? Contestó: “No en el momento que llegó al Hospital, lo único que se escuchaba eran unos quejidos mas nada”.-3.- Entre esos quejidos que oyó usted, ¿no oyó que ella dijera algo allí, que mencionara a alguien? Contestó: “No”.- Finaliza su intervención la parte Defensora.

El Ministerio Público interrogó acerca de lo siguiente: 1.- ¿Usted recuerda en qué fecha ocurrió ese hecho? Contestó: “Eso fue el 24-07-2011”.- 2.- ¿En qué parte se encontraba usted en ese centro asistencial cuando ella llega? Contestó: “En la emergencia”. 3.- ¿Quién traslada a esa señora? Contestó: “Lo trasladan el oficial Carlos Castillo con Prado Jackson, en una unidad patrulla 091”. 4.- ¿Iba esta ciudadana o la llevaba algún familiar que la acompañaba? Contestó: “En el momento que ella llegó yo estaba en la parte de adentro de la emergencia, yo a ella la vi cuando la pasaron de la reja hacia adentro, lo único que vi que pasaron con ella fueron los 2 compañeros de trabajo”.- 5.- ¿Se quedo usted en la sala de emergencia? Contestó: “Si”. 6.- ¿No vio a los familiares? Contestó: “En ese momento no, `porque cuando llega un paciente al hospital los familiares no pasan hacia la parte de emergencia, hacia la parte de sala de cura, ellos no pasan, ellos quedan en la parte de afuera”. 7.- ¿Cuando llega, usted estaba destacada en el Hospital en ese momento? Contestó: “Estaba destacada en el Hospital”. 8.- La función de ustedes cuando están destacados en un centro hospitalario al llegar un hecho como este, que se ve como un siniestro, que no se sabe de dónde proviene, pero que es un siniestro, ¿Qué indicaciones debe seguir el funcionario? Contestó: “El funcionario siempre entra con la persona a la sala de cura, a ver cómo llega la persona, y a tratar, a ver si la persona habla para tomarle los datos”. 9.- ¿De no ser así cuál es el otro procedimiento que debe seguir el funcionario destacado? Contestó: “Uno sale y averigua a ver si hay familiares del paciente”. 10.- ¿Esa labor la realizó usted? Contestó: “Si”.- 11.- ¿Podría indicar con qué familiar se entrevistó? Contestó: “Yo hablé con una hija de la señora que para ese tiempo tenía 14 años, no sé cómo se llama la niña, pero fue con la única que yo hable, después hablé con la mamá de la hoy fallecida”. 12.- La hoy fallecida, como usted le dice, cuando ingresa al hospital que la traen los compañeros suyos, ¿ella solo se quejaba o gritaba de dolor? Contestó: “Se quejaba”. 13.- ¿Sabe usted qué tiempo trascurrió desde que el hecho ocurrió y ella es trasladada al centro hospitalario? Contestó: “Ella fue trasladada para el hospital de Guanare como que eran las 4:15, 4:20”.- 14.- Usted mencionó que usted estaba destacada en el hospital de Guanarito, ¿del lugar del hecho donde ocurrió el hecho mismo al sitio donde usted estaba? 15.- Contestó: “Ella llegó 12:40 a 12:45”.- 16.- ¿Podría indicar que le manifestó la adolescente que usted menciona como hija de la fallecida? Contestó: “Yo le quite nada mas lo que fue la cédula, le pregunté dónde vive la señora, y ella me dijo que como cargaba la cédula me la prestó para tomarle los datos y otros datos que no aparecen en la cedula la adolescente me los dijo”.- 17.- ¿Esa adolescente recibió alguna atención especial? Contestó: “No”.
18.- ¿No le preguntó usted que le había pasado a su madre? Contestó: “Si pero ella no me dijo, no me dio exactamente lo que había sucedido”. 19.- ¿Lo que ella le dijo, podría indicarlo? Contestó: “Que ella estaba en la casa, vio cuando la mamá salió, y cuando regresó de afuera hacia adentro, agarró unos fósforos y que ella se había prendido fue lo único que me dijo la adolescente, que ella, la adolescente estaba dentro de la casa, vio cuando la mamá salió, cuando regresó otra vez, ella y que cargaba unos fósforos prendió y ella misma se había prendido, fue lo que me dijo la adolescente”.- 20.- Usted como funcionaria ahí en el Hospital ¿Qué medida tomó ante esa declaración de la adolescente? Contestó: “Eso no me compete a mí, porque yo estaba ahí en ese momento era, uno le toma nada mas los datos al paciente que llega”.- 21.- ¿Qué otra persona además de la adolescente se encontraba cuando, según la adolescente, la occisa hizo eso? Contestó: “Estaba la mamá, estaban 2 niños pequeños, después llegó el esposo”.-
22.- ¿En el lugar de los hechos? Contestó: “No, en el lugar de los hechos no sé, porque yo no estaba ahí, yo estoy hablando es del hospital”.- 23.-¿Qué le dijo la adolescente de que con quien se encontraba ella en su casa? Contestó: “Estaba la adolescente, la señora y el papá”.- 24.- Usted menciona que posteriormente llega la abuela de la adolescente? Contestó: “¡Aja!”.- 25.- ¿Le tomó usted declaración a alguno de ellos? Contestó: “No”.- 26.- ¿Sólo la cédula de la occisa? Contestó: “Si”.-

El Tribunal procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: 1.- ¿Cuándo ocurrió eso que usted acaba de narrar? Contestó: “24-07-2011, como de 12:40 a 12:45 llegó la ciudadana al hospital”.- 2.- ¿De dónde? Contestó: “Hospital de Guanarito”.- 3.-¿Logró usted ver el cuerpo de la persona que llegó a solicitar asistencia médica en ese centro? Contestó: “En el momento que ella llegó no, porque como ya había dicho, ella llegó envuelta en una sabana”. 4.- ¿Logró ver el cuerpo que usted dice? Contestó: “Si”. 5.- ¿Usted puede explicar qué lesiones presentaba esa persona? Contestó: “Quemaduras en el cuerpo, no le puedo decir qué grado porque como ve no soy médico, desconozco el grado pero si tenía todo el cuerpo quemado la señora”.- 6.- Usted acaba de decir que quienes trasladaron a esa ciudadana a ese centro hospitalario fueron 2 funcionarios de la Comandancia General de Policía, que lo hicieron en una unidad patrullera, además de usted que debió ingresara esa persona dentro de la unidad de cuidados de sala de cura o de emergencia de ese hospital con ayuda de los funcionarios, sin embargo menciona usted que posteriormente conversó con una- de una adolescente que posteriormente llegan a ese centro hospitalario la mamá de la hoy occisa, y el esposo de la occisa, ¿En qué condiciones vio usted al esposo? Contestó: “Estaba tranquilo”. 7.- ¿Tenía algún síntoma de ingesta alcohólica? Contestó: “No”. 8.- ¿No tenía? Contestó: “No, o sea, yo en ese momento no lo percibí”.9.- Usted acaba de decir además, que según le refiere la adolescente, ella estaba dentro de su residencia y que ella vio cuando su mamá salió hacia afuera de la casa, luego regresa, agarró unos fósforos y se prendió en fuego, ¿eso fue lo que la adolescente le refirió? Contestó: “Eso fue lo que ella me dijo a mí”.- 10.- Usted puede indicar, si usted como funcionaria a usted no le competía, no le compete a usted claramente iniciar una averiguación, ni notificar nada, ese día usted normalmente cuando llega personas con lesiones o cuando se presentan este tipo de situaciones en las que ingresa una persona en esas condiciones, ¿ustedes hacen alguna participación a algún Cuerpo de Investigación relacionado con el hecho en particular? Contestó: “En ese momento no hubo acusación de nada, se habló con los familiares, no, nadie acuso a nadie, no se hizo llamado al comando, ni nada de eso, ni a PTJ tampoco”.- 11.- Usted también señaló que luego la ciudadana es trasladada las 04:40 de la madrugada de ese mismo día hasta la ciudad de Guanare, ¿sabe usted quiénes realizaron ese traslado? Contestó: “Lo hizo una ambulancia de acá de Guanare, el chofer que lo desconozco, la enfermera Pérez, no me recuero horita el nombre de la enfermera”. 12.- ¿Tiene usted conocimiento desde dónde trasladaron a esa señora cuando ingresa a Guanarito? Contestó: “No”.-

El Tribunal observa en cuanto a esta prueba ofertada por la parte defensora, su conocimiento viene dado por el hecho de encontrarse de servicio como oficial de policía en el Hospital de Guanarito para el ingreso de la hoy occisa en fecha 24-07-2011, como de 12:40 a 12:45 siendo ésta trasladada por el oficial Carlos Castillo con el funcionario Prado Jackson, en una unidad patrulla 091, la cual venía envuelta en una sábana presentando: “Quemaduras en el cuerpo, no le puedo decir qué grado porque como ve no soy médico, desconozco el grado pero si tenía todo el cuerpo quemado la señora”; que, la misma fue trasladada a las 04:40 de la madrugada de ese mismo día hasta la ciudad de Guanare, en una ambulancia de acá de Guanare; que, ese mismo día le refiere la adolescente, que ella estaba dentro de su residencia y que ella vio cuando su mamá salió hacia afuera de la casa, luego regresa, agarró unos fósforos y se prendió en fuego, este último aspecto referido por la funcionario no se hizo constar por ningún medio puesto que como de la misma manera la testigo informó que en ese momento no hubo acusación de nada, nadie acuso a nadie, no se hizo llamado al comando, ni nada de eso, ni a PTJ tampoco; lo que significa sobre este último aspecto ningún valor tiene el mentado señalamiento presumiblemente presentado por la adolescente a la funcionario, quien sí es testigo directo y objetivo sobre las condiciones de ingreso de la ciudadana hoy fallecida, es decir quien presentaba quemaduras en todo su cuerpo, en tal sentido se aprecia puesto que los órganos de prueba precedentemente analizados: Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo, Aurelio Ramón Castillo Camejo y Ángel Bianey Camejo, en la determinación de dichas lesiones y las partes afectadas según lo expresado así mismo por el médico anatomopatologo Rafael Luís Bruzual Villegas, ciertamente concluyó con el respectivo dictamen y determinó la causa de muerte. Así se declara.

8.- Jackson Leonel Prado Colmenares, debidamente juramentado se identificó como ha quedado escrito, haber nacido el 29 de Agosto del año 1981, en Araure, soltero, de profesión u oficio: Oficial de Policía del estado Portuguesa, residenciado en Ospino, estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.541.883, no posee vínculo con ninguna de las partes. Sobre su actuación en el procedimiento dijo lo siguiente:

“Bueno para ese entonces yo trabajaba en Guanarito, me encontraba en labor de patrullaje y recibí una llamada de la ronda que estaba de guardia ahí en el Comando, el segundo turno de ronda o sea del jefe de los servicios ahí, del turno de ronda del Comando, me trasladé al Comando y había una señora y una ciudadana donde quería un apoyo para llevarla hasta el sitio donde vivía la hija que se había, supuestamente había tenido un accidente o algo, de ahí llegamos al sitio y estaba la ciudadana, supuestamente se había quemado, nosotros le prestamos el apoyo para trasladarla al hospital de ese Municipio de Guanarito”.

La Defensa parte promovente de la prueba interroga acerca de: 1.-Jackson, usted termina de informar que tuvo conocimiento de un accidente acontecido en Guanarito y que usted prestó la colaboración, ¿Cómo fue ese medio de información? Contestó: “Como le indiqué a la doctora, recibí una llamada del Comando, me trasladé al Comando, estaba una ciudadana allí que solicitaba de un apoyo, una hija de ella había tenido supuestamente un accidente, se había quemado, yo cumplí con trasladarla al hospital”. 2.- Oficial en ese momento, en que la señora, ¿usted tiene contacto con la señora?, ¿Qué le dice ella? ¿Qué es de la persona que había sufrido el accidente? Contestó: “La mamá y me dice que necesitaba un apoyo para trasladarse a la residencia de la hija de ella, que le habían informado que había tenido un accidente y algo así “. 3. - En el momento en que usted llega a la residencia, observa a la persona siniestrada, ¿logró hablar con ella? Contestó: “No”. 4.- ¿En cuánto tiempo el traslado de la residencia de la señora al hospital? ¿Cuánto tiempo dura eso? Contestó: “15 a 20 minutos, necesitaba llegar al centro asistencial rápido”.- 5.- ¿En ese momento acusaron a alguien de haber cometido algún hecho? O ¿acusaban a alguien de haber cometido este hecho? Contestó: “No”.- La Defensa concluye su intervención.

El Ministerio Público interroga sobre los siguientes aspectos: 1.- ¿Usted manifestó que quien se encontraba en el Comando cuando usted llega es la madre de la occisa? Contestó: “Si”. 2.- ¿Podría describir las características de la madre? Contestó: “Una señora de contextura no muy alta, pelo negro, ojos negros”. 3.- ¿Usted la conocía? Contestó: “No”. 4.- Al llegar a esa vivienda, ¿Dónde se encontraba la hoy occisa? Contestó: “Para ese momento yo era el conductor de la unidad de patrullaje”. 5.- ¿Quién dijo que era el auxiliar suyo? Contestó: “Otro funcionario de nombre Carlos Castillo”.- 6.- ¿A esa señora la trasladan en esa unidad que usted conduce? Contestó: “Si”.- 7.-¿Usted podría indicar en qué estado iba esa señora? Contestó: “Supuestamente quemadura, pero iba tapada con una sabana, decirle visualizarle, al estado no, porque estaba cubierto con sabana y yo era el conductor de la unidad”. 8.-.- ¿Y estaba cubierto todo de la cabeza a los pies? Contestó: “Encima”. 9.- ¿Logró verle el rostro? Contestó: “Si”.- 10.- ¿Podría indicar si en el apreció quemaduras?, ¿Si en el rostro de la señora usted logró ver que lo tenia quemado? Contestó: “Si tenía, no puedo decirle a tal grado pero si se le veía era quemadura”. 11.- ¿En la patrulla quién acompañó a esta ciudadana que es la quemada? Contestó: “Su mamá se trasladó con nosotros al centro asistencial y una niña también una muchacha ella que se encontraba allí en la residencia creo que una hija”. 12.- ¿Conocía usted a estas personas? Contestó: “No”.- 13.- ¿Qué tiempo llevaba usted destacado ahí en Guanarito? Contestó: “Para ese entonces tenía 8 meses”. 14.- Cuando usted la lleva ahí en la patrulla, usted podría decir que ¿esa señora iba quejándose o gritando? Contestó: “El quejido de dolor, gritando”. 15.- ¿Pero eran como un susurro o eran gritos?, es mi pregunta. Contestó: “Susurros”. 16.- ¿Podría indicar a qué hora llegaron ustedes al lugar? Contestó: “Nosotros recibimos la llamada a las 11:40 de la noche y nosotros nos trasladamos al sitio y ¿al hospital dice usted?. 17.- ¿Al lugar donde sacaron a la ciudadana, a la casa de ella?, Contestó: “A eso de la una, de 12 para una”. 18.- ¿Usted logró ver allí a un ciudadano, además de la niña, la adolescente y la madre? Contestó: “Si”. 18.- ¿Hablo usted con él? Contestó: “No”. 19.- ¿Sabe usted su nombre? Contestó: “No”.- 20.- ¿Percibió usted ingesta alcohólica en el ciudadano? Contestó: “No”.- 21.- ¿Qué hablo con él? Contestó: “No, yo no hablé nada con él, se encontraba allí, en el sitio pues”. 22.- ¿Con la señora o separado del sitio donde se encontraba la señora? Contestó: “Acuérdese que yo era el conductor de la unidad, el auxiliar mío se encontraba allá, nosotros ayudamos cuando se iba a montar la señora”. 23.- Pero, cuando se fue a montar la señora, ¿este ciudadano se encontraba en la puerta o la casa de al lado o cerca de la patrulla o usted lo vio al fondo de la casa? Contestó: “Allá en la casa”.- El Tribunal solicita al testigo aclarar: ¿En el interior de la casa? Contestó: “¡Aja!, en todo el frente de la casa”.-

El Tribunal interroga acerca de lo siguiente: 1.- ¿Indique la fecha en que esto ocurrió? Contestó: “24-07-11”. 2.- ¿Sabe el lugar de dónde trasladaron a la ciudadana, cómo se llama el sitio donde estaba la ciudadana? Contestó: “Exactamente no, porque no soy residenciado allá pero era ahí mismo en el Municipio en la jurisdicción del pueblo”. 3.- ¿En la jurisdicción del Municipio Guanarito? Contestó: “¡Aja!”. 4.- Usted señala que observó a una adolescente conjuntamente con la mamá de la hoy occisa, quienes le acompañaron en la unidad hacia el centro hospitalario, ¿usted logró conversar con alguno de estos familiares de la hoy occisa? Contestó: “No”.-

La declaración presentada por el funcionario policial ésta referida al traslado que éste hiciere de la hoy occisa desde su residencia hasta el hospital de Guanarito, el cual tuvo lugar el 24-07-2.011 entre las 12:00 y 1:00 de la madrugada, encontrándose dicha persona envuelta en una sábana y a la que pudo apreciarle quemaduras en el rostro; señaló que dicho traslado fue realizado en compañía de su auxiliar ciudadano Carlos Castillo, debido a la colaboración que solicitare al Comando Policial la madre de la hoy occisa, en tal sentido observa esta Instancia que lo declarado por el funcionario ciertamente coincide con lo expresado por la ciudadana Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo, quien a su vez dijo que ella luego de recibir la llamada de su hermana Gregoria acudió en compañía de su abuela hasta el Comando Policial para solicitar ayuda y trasladar a la agraviada hasta el Centro Asistencial, por ende al coincidir ambas versiones acerca de lo acontecido para el traslado de la persona afectada además de las lesiones que la misma presentaba se valora en ambos aspectos. Así se declara.

9.- Carlos José Castillo Silva, debidamente juramentado se identificó como ha quedado escrito, haber nacido el 19-10-83 en Guanarito, casado, de profesión u oficio: Oficial de Policía del estado Portuguesa, residenciado en Guanarito, estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.616.029, no posee vínculo con ninguna de las partes, sobre su actuación dijo lo siguiente:
“Bueno mi diligencia practicada allí, me encontraba en labor de patrullaje, en la calle principal de Guanarito, la misma recibí una llamada a mi teléfono celular del ciudadano que se encontraba en ronda y luego me informó que me acercara hasta el Comando, ahí mismo me apersoné, ahí mismo me informó que se encontraba la señora acá presente, la mamá de la difunta y ella misma me manifestó que ella se había apersonado al Comando porque le habían realizado una llamada telefónica que la hija había tenido un accidente, una lesión en la piel, bueno nos montamos en la unidad patrullera, nos trasladamos hasta el sitio, si cuando llegamos allí visualizamos a la dama con la lesión en la piel, la misma procedimos como órgano preventivo que somos y le prestamos el apoyo a levantarla hacia la unidad y trasladarla hasta el primer centro asistencial que es el hospital, a nosotros nos atienden es de Guanarito, allí luego indagamos conjuntamente con, qué, cómo había sucedido las cosas, para allí y para acá y nadie dio ninguna información”.-

La Defensa parte promovente de la prueba interroga acerca de: 1.-Cuando usted dice que le informaron, la persona que le informó en aquel momento en la Comandancia, ¿qué le informó ella, o sea, a qué iba usted? Contestó: “Bueno ella allí nos informó que había recibido una llamada telefónica que la hija había recibido una lesión en la piel”.- 2.- ¿La persona que le informó a usted en aquel momento presenció el hecho? ¿Tiene usted conocimiento si ella presenció el hecho del accidente? Contestó: “Desconozco allí, ella presencio el hecho de que nosotros le prestamos el apoyo allí a la ciudadana, a la señora en ese momento hacia el hospital”. 3.- Cuando usted llega al lugar donde está la persona que sufrió el accidente, ¿observó usted más personas allí? Contestó: “No, nada más el esposo y los niños”. 4.- ¿Cómo era el ambiente allí en ese momento oficial? ¿Había luz, o sea, como era el ambiente? Contestó: “Oscuro, doctor, como es, como le dijera yo, es un barrio la luz era muy pobre, no había luz, cercana”. 5.- O sea, ¿logró usted hablar con la persona que sufrió el accidente? Contestó: “No doctor, porque en ese momento imagínese una persona con una lesión en la piel de esa magnitud lo que le va a dar es por gritar, ella gritaba”. 6.- ¿En esos gritos que dice usted, la hoy occisa señalaba a alguien que le hubiese hecho algo? Contestó: “No, doctor”.-

El Ministerio Público interroga sobre los siguientes aspectos: 1.- Usted dijo a pregunta de la defensa que había recibido una llamada ¿verdad?, pero que había conversado con una persona que le dijo a usted o que le dijeron de una persona que había recibido, recibido una lesión en la piel, ¿usted podría indicar cuando dice que había recibido? Contestó: “Que había recibido”. 2.- ¿Una lesión en la piel?, Contestó: ¿Indicarle?¿La Magnitud? El Tribunal aclara al testigo lo siguiente:
Usted dice que a usted le informaron, que usted recibió una llamada donde le informan que se traslade hasta el Comando donde estaba la mamá de la hoy occisa y que usted conversó con esa persona y la persona le indicó que su hija había recibido una lesión en la piel, Usted puede explicar eso, o sea, ¿recibido de quien? O ¿qué fue lo que usted entendió? Contestó: “No, allí lo que yo entendí, hablándolo así criollito que fue que el compañero me llamó y me informó que me trasladara al comando, la misma hablé con la señora y ella me informó que había recibido una llamada que la hija supuestamente había sido quemada o se quemó, no tenia así, en si una corroboración, certeza, la señora”.- 3.- Cuando usted llega al sitio, ¿usted logró entrar a la vivienda? Contestó: “No, doctora, llegué hasta donde estaba la señora porque de verdad la vi desesperada y el deber mío era entrarla hasta la unidad y de ahí hasta el hospital”. 4.- La señora ¿cómo se encuentra cuando usted llega?, usted dice que llegó a la entrada, ella, ¿Qué tenía encima? ¿Podría decir como la percibió usted? ¿Cómo le pareció su hija que estaba ahí? Contestó: “Allí en la pregunta que usted me hace que cómo se encontraba, qué tenia encima, tenía una sabana, una sabana encima de ella, y ella estaba en la entrada de su puerta y desesperada pues”.- 5.- Ahí en esa vivienda usted dijo que era un barrio, ¿no hay casas cercanas? Contestó: “No, cerca, cerca no”. 6.-¿No? Contestó: “No”. 7.- Y dijo que había poca luz; ¿Dónde se encontraba?, usted dijo que habían unos niños, ¿dónde estaban los niños? ¿Estaban en el lado de afuera, estaban en el lado de adentro de la casa? Contestó: “Estaba uno del lado de adentro, los hijos de la señora”. 8.-¿El esposo de la señora dónde se encontraba? Contestó: “En su residencia, ahí se encontraba, se encontraba en un lado de la señora”. 9.- ¿Se entrevista con alguien en ese momento allí? Contestó: “Con el señor y la niña que era la más grandecita, que como había pasado pregunto yo, el señor me informaba que no sabía, no sabia y no sabia”.- 10.-¿Qué actitud tenía la adolescente? Contestó: “La observé en un estado normal doctora, si preocupada por la cuestión de su mamá, le preocupó lo que le había acontecido a la mamá pero le pregunté y me informaba que no sabia”.- 11.- Cuando usted llega, usted menciona que llega al lugar con la mamá de la occisa, ¿antes le manifestó algo a la madre de la occisa, ahí en su presencia? Contestó: “Bueno la verdad es que en mi presencia no”.- 12.- ¿A qué distancia estaba usted de la occisa, de la madre? Contestó: “Oye, doctora, cortiquito porque yo llegué como todo, yo me impacté por lo que le había acontecido a la señora verdad y llego allá a prestarle el auxilio y ella como madre, preocupada”.- 13.- Ahora mi pregunta, ¿Qué fue lo que lo impactó? Contestó: “La magnitud en la que se encontraba la…”. 14.- ¿Podría explicar? Contestó: “Bueno Doctora, la verdad así el accidente que ha acontecido, en la forma en que ella tenía su piel”.- 15.- Pero fíjese que usted dice así y se señala su brazo y ¿usted acaba de decir que ella tenía una sábana? Contestó: “Si doctora, pero ella en el momento que ella se coloca su sábana que yo la voy a sostener por medio de la sábana logré visualizarle el brazo, para llevarla hacia la unidad”.- 16.- ¿Y el rostro? ¿Cómo percibe usted ese rostro? Contestó: “Como la cuestión estaba oscura no logré percibirla bien”.-17.- ¿Entonces de qué lo impacta? Contestó: “La magnitud de cómo ella gritaba”.- El Ministerio Público concluye su intervención”.-

El Tribunal interroga acerca de lo siguiente: 1.- ¿En compañía de quién usted se traslado al sitio? Contestó: “Con mi compañero Jackson Prado”. 2.- ¿Usted recuérdala fecha y la hora? Contestó: “Si doctora, la fecha para ese momento era el 24-07-2011, 12:40 de la media noche”. 3.- ¿Y el lugar a donde se trasladaron qué barrio es ese? Contestó: “Creo que es el Barrio Campo alegre II”.-4.- La señora en el momento en que usted le toma en brazo para montarla, ¿usted la levantó y la tomó en brazos llevarla a la unidad o ella caminaba? Contestó: “No, ella caminó”.- 5.- ¿Llegó a manifestarle a usted ella algo de lo ocurrido? Contestó: “No en ningún momento, doctora”.- 6.- Usted dijo que el esposo estaba al lado de ella y que ella estaba en la entrada cubierta con una sábana, en el momento en que usted llegó, ¿Usted logró ver en qué condiciones estaba el esposo ese día? Contestó: “En si, doctora le diría yo que como todo preocupado me imagino”. 7.- Pero preocupado ¿usted lo vio? ¿De que él se preocupó más bien por la victima? Contestó: “Por la víctima claro”.- 8.- ¿Usted no se percató si el señor estaba con ingesta alcohólica, no se pudo apreciar? Contestó: “En verdad doctora no logré apreciar”.- 9.- La adolescente que estaba allí junto con usted, estaba una adolescente y unos niños también, ¿Cuántos niños eran? Contestó: “La verdad es que yo no recuerdo”.- 10.- ¿No recuerda si con la adolescente usted logró conversar con ella? Contestó: “En el hospital, si le pregunté y la misma manifestaba que no sabía, que no sabia, además hablé con la señora, ¿qué piensa usted señora?, me dijo hijo como yo soy cristiana todo se le deja al señor incluso le dije estamos a la orden por el Comando de verdad como órgano preventivo nos ponernos a la orden”. 11.- Funcionario, usted se impactó por las magnitudes de las lesiones que observó en la víctima, usted dijo que ella gritaba, ¿usted pudo apreciar si esas lesiones estaban en toda la humanidad de la víctima? Contestó: “En si en toda la humanidad no, Doctora, por la sabana”. 12.- En si usted observó, lo que pudo ver, ¿la de los brazos? Contestó: “Si”. 13.- Funcionario usted estaba ahí, dijo que no conocía a ninguna de las partes, ¿logró usted, luego de que ustedes ingresan a la ciudadana tener algún conocimiento si en su Comisaría se presentó alguna denuncia o algo?, usted dijo que en ese día nadie manifestó nada, es decir, nadie acusó, pero luego de que ustedes hacen el traslado, ustedes dejan a la ciudadana allí y se retiran del hospital, ¿no hubo otra actuación que ustedes practicaran? Contestó: “Lo que empezamos a indagar ahí entre, la niña, la adolescente que se encontraba allí y la señora”. 14.- ¿Reportaron ustedes este hecho como algún hecho por la comisión de algún delito? Contestó: “No doctora, nos llevamos los datos al Comando y le informamos al ronda, la diligencia practicada allí”. 15.- ¿Sabe usted si después de que hacen el traslado al hospital se presenta en el centro asistencial el ciudadano que usted dice que es el esposo de la señora? Contestó: “Desconozco”.-

El Tribunal considera respecto de esta testimonial que la misma evidencia el traslado que se hiciere a través del deponente en su condición de funcionario policial en actuación cumplida con su compañero Jackson Prado, el 24-07-2011, a las 12:40 de la media noche desde la residencia de la hoy occisa ubicada en Barrio Campo alegre II, en Guanarito hasta el hospital de esa localidad, motivado al auxilio solicitado por la madre de ésta por cuanto la hoy occisa había sido quemada o se quemó, por cuanto que la madre no tenía la certeza de lo que había ocurrido ocasión en la que el funcionario apreció lesiones en el brazo ya que la persona afectada estaba cubierta con una sábana; indicó también que en dicho lugar se encontraba el esposo de la ciudadana, unos niños y la adolescente, pero que no le fue informado cómo ocurrió el hecho, de tal manera que lo afirmado por el funcionario coincide con lo expuesto por el también funcionario Jackson Leonel Prado Colmenares, acerca de la oportunidad en que se efectúo el traslado al hospital de Guanarito y el estado o condición en la que se encontraba la persona quien presentaba lesiones por quemaduras, teniendo la testimonial carácter convincente y coincidencia se valora en cuanto a los aspectos indicados. Así se declara.

10.- Bartolomé Javier Salas Garrido, debidamente juramentado dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, haber nacido en Barinas, estado Barinas, el 29-01-80, soltero, de profesión u oficio: Sub-Inspector del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, lugar de residencia en el CICPC Sub-Delegación Guanare, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.550.539, no posee vínculo con ninguna de las partes y declara en relación con la Inspección Técnica 1.347 de fecha 25-07-2.011. lo siguiente:

“Efectivamente para la fecha del 23-07-11, me trasladé conjuntamente con el funcionario Agente René Iglesias y estábamos en la misma en compañía de la adolescente Janny Troncosa que es hija de la víctima en este caso íbamos a los fines de realizar diligencias relacionadas a averiguaciones por un delito contra la Ley Orgánica de la Mujer, allí nos trasladamos en la unidad P-02G, hacia la población de Guanarito, específicamente a una vivienda ubicada en el Barrio Campo alegre, sector II, calle 02, casa sin número, adyacente a la casa comunal del referido sector, allí en compañía de la adolescente la misma nos manifestó donde se suscitaron loe hechos que fue en la residencia de la víctima, allí el funcionario René Iglesia, técnico acompañante de la comisión, realizó la inspección técnica, la cual fue fijada a las 05:00 de la tarde, luego en un recorrido en la misma residencia, allí se pudo localizar, del lado izquierdo junto a la puerta principal de entrada, un galón de plástico, elaborado en material sintético, de color gris, de esos que son de capacidad para albergar 05 galones, allí se pudo apreciar que la misma tenia restos de combustible denominado gasolina, también se pudo reflejar que la referida vivienda existía un olor penetrante, fuerte a gasolina, allí esa evidencia se tomó como evidencia de interés criminalìstico la cual el mismo funcionario la colectó y embaló con la letra “A”, pues posteriormente a dicha inspección técnica, allí se trató de indagar sobre la ubicación del ciudadano Ítalo Troncosa, donde varios moradores del sector nos indicaron de que posiblemente pudiese estar en un área denominada Barrio “23 de Enero” del sector de Guanarito, allí nos trasladamos conjuntamente con el funcionario y el acompañante de la comisión, la adolescente a fines de tratar de indagar sobre el paradero del mismo varios pobladores, varias personas ahí que no quisieron identificarse nos dijeron de que por ahí posiblemente podría residir el ciudadano Ítalo Troncosa, tuvimos conversación con una ciudadana de nombre Olga de la Cruz Herrera Troncosa, una señora de Barinas, de aproximadamente 54 años de edad, ella nos manifestó ser hermana del ciudadano requerido por nuestra comisión y a su vez nos indicó que el mismo no había estado por la residencia y que no sabía de su paradero, allí procedimos a identificarla plenamente como dice en las actas y dejarle una boleta de citación a los fines de que compareciera por la sede del despacho eso es todo”.

El Ministerio Público interroga sobre los siguientes aspectos: 1.- Salas, usted en esa Inspección ¿Qué parte le correspondió: técnica o investigación? Contestó: “La parte de investigación policial, realizar las experticias y tratar la ubicación e identificar e investigar el paradero del acusado”.- 2.- ¿Usted podría indicar de esa inspección específicamente dónde se encontró el bidón plástico que dice usted? Contestó: “Ese bidón fue localizado en la residencia ubicada en el Barrio Campo alegre, sector II, calle 2, casa sin número adyacente a la casa comunal, esa misma fue localizada en el interior de la vivienda, específicamente en el área de la sala, del lado izquierdo con respecto a la puerta principal de la casa”. 3.- ¿Dentro de la vivienda? Contestó: “Dentro de la vivienda”. 4.- ¿Usted recuerda el mobiliario que había en esa vivienda? Contestó: “Esta vivienda era una vivienda de tipo rudimentario la misma elaborada en laminas de zinc, piso de suelo natural, correspondía un color en las laminas un azul oscuro, sé que estaba dividida por una pared de madera, una persiana de madera, las habitaciones con su respectiva camilla, pero no recuerdo así con exactitud”. 5.- ¿Recuerda usted u observó si había allí una hamaca o un chinchorro? Contestó: “Si había una hamaca en la parte central de la sala”. 6.- Usted en su relato menciona que necesitaba ubicar el paradero del ciudadano Ítalo Troncosa ¿Podría explicar? Contestó: “Si por cuanto en el despacho hubo conocimiento de la apertura de una averiguación por uno de los delitos contra los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, en el caso de una ciudadana Gladys Josefina Castillo, la misma presentó según las evidencias que se le apreciaron, quemaduras en el cuerpo, en gran porcentaje del cuerpo y motivado a que se tenía conocimiento de que el ciudadano pareja de la ciudadana víctima era uno de los autores del hecho por cuanto la misma se constituyó una comisión que fue al sitio que era por mi persona y el agente René Iglesias a los fines de tratar de localizarlo y hacer la diligencia la inspección ocular del sitio, recoger las evidencias que se pudieran colectar y a su vez tratar la localización e identificación de con respecto a la orden de la Fiscalía del Ministerio Publico en esa oportunidad, por eso fueron las primeras diligencias tratar la ubicación del ciudadano. 7.- En esa investigación de campo que usted realizó ¿logró entrevistarse con alguna persona? Contestó: “Varios moradores en el sector donde residía la ciudadana nos entrevistamos con varios, sucesivamente nos llevaron hacia una dirección a varios sectores y donde residía que era el Barrio “23 de Enero”, tuve yo la oportunidad de indagar con varios moradores y personas del sector nos indican que ahí hay un familiar y que posiblemente reside el ciudadano Ítalo Troncosa, tuvimos la oportunidad de conversar con la ciudadana Olga de la Cruz Herrera Troncosa, quien resultó ser hermana del ciudadano quien era requerido por nuestra omisión, ella manifestó en ese momento que no sabía de su paradero, que él llegaba en oportunidades a esa casa pero que si lo llegaba a ver no tenía ningún problema en entregarle la boleta de citación que le hicimos entrega”. 8.- En esas indagatorias como usted menciona ¿le llegaron a mencionar cómo eran las relaciones de esa pareja? Contestó: “Si varios vecinos manifestaron eso que la pareja mantenía ciertos problemas, problemas personales, de hecho en la oficina esta una denuncia puesta por la ciudadana con la fecha 07-07-2007, por un delito de violencia también, de género, en contra del ciudadano, la causa es IC- 41484, en esa oportunidad que fue interpuesta por una ciudadana”. 9.- ¿Esa denuncia por qué no fue agregada a esa investigación? Contestó: “Desconozco, doctora”.- 10.- ¿Se recuerda usted por qué se debía esa denuncia la que usted manifiesta del 07-07? Contestó: “Si la misma también es parte de una denuncia contra el ciudadano por violencia de género, también está contemplada en la ley sobre una vida libre de violencia”. 11.- ¿Cuándo fue practicada esa inspección? RESPUESTA: “La misma fue practicada 23 de Julio del año 2011, a las 06 horas de la tarde”. 12.- ¿Lograron ubicar al ciudadano Troncosa? Contestó: “No, para esa oportunidad no”.-

La Defensa interroga acerca de: 1.- Ciudadano Sub-Inspector, ¿qué tiempo tiene usted en la institución? Contestó: “8 años”. 2.- ¿Qué rango tenía usted para el momento en que hace en la inspección? Contestó: “Detective”. 3.- ¿Qué tipo de armas de investigación, inspección de qué tipo, que clase de inspección?¿Qué tipo de armas de investigación? Contestó: ¿Inspección? No entiendo la pregunta. 4.- ¿Usted hizo 2 inspecciones técnicas? Contestó: “¿2 inspecciones?, hice un acta de investigación y por ende el otro funcionario realizó la Inspección Técnica que yo corroboro, por cuanto firmo el acta de inspección, el de reconocimiento”. 5.- ¿Esa es una prueba de investigación y de una inspección técnica? Contestó: “Si”.
6.- ¿O sea que usted es su actuación las 2 cosas las trae en un papel? Contestó: “Si”. 7.- Usted es Sub-Inspector del CICPC, ¿qué sistema de búsqueda utilizó usted para llegar al sitio destinado a la investigación? ¿Cuál es la búsqueda de ustedes? Contestó: “Eso lo hace uno”. 8.- ¿Pero qué sistema de búsqueda? Contestó: “Búsqueda lineal”. 9.- Lineal, ¿solamente lineal? Contestó: “Lineal observar todo lo que esta alrededor de uno”. 10.- ¿Usted dejó constancia en el acta de inspección el sistema de búsqueda? Contestó: “No, el funcionario técnico no la dejó”. (La Defensa solicitó que se hiciere constar en Acta la pregunta y respuesta lo que así se acordó por el Tribunal). 11.-¿Con cuántos funcionarios se trasladó usted hasta el lugar? Contestó: “Me trasladé con un solo funcionario”. 12.- ¿O sea eran 2 funcionarios que andaba con usted, usted y el otro funcionario técnico? Contestó: “Mi persona y el otro funcionario técnico, conjuntamente con la hija de la victima”. 13.- Dentro de la investigación ¿usted tuvo conocimiento de que el ciudadano Ítalo Troncosa supuestamente era el responsable, a través de que medio? Contestó: “Declaraciones de los familiares que tuvieron presentes en el sitio del hecho”. 14.- ¿Que tuvieron presentes en el sitio del hecho? Contestó: “Familiares de la victima”.- 15.- ¿Qué estuvieron en el sitio del hecho? Contestó: “Que estuvieron en el sitio del hecho que llegaron al sitio del hecho”. (La parte Defensora solicitó se hiciere constar en Acta pregunta y respuesta, a lo que Tribunal solicitó al testigo aclarare: ¿Que llegaron o que estuvieron? Contestó: “Que tuvieron conocimiento del hecho”. La defensa solicita al tribunal que el testigo por si mismo estructure la respuesta porque a su parecer contesta algo y después cambia la versión, a lo cual la Juez ordena sea más concretos, precisos y claros tanto en el interrogatorio como en la respuesta a ambas partes se les exige. 16.- ¿Usted pudo observar el momento exacto en que el funcionario técnico que se trasladó junto con usted al sitio identificado en acta, pudo identificar usted el método científico utilizado para la colección de la evidencia o evidencias de interés criminalìstico? Contestó: “Si, no en ese momento no pude observar, me las explicó que había una evidencia ahí, se presentía el olor que era fuerte de gasolina, observando y búsqueda de algún elemento de interés criminalìstico, se observó por supuesto la primera evidencia que se había localizado, hice el señalamiento, me dijo bueno proceda a recolectarla correcto y de ahí salimos a indagar a ver con los vecinos si conocían el paradero, él quedó practicando la inspección técnica, ya una vez que habíamos observado la casa”. 17.- ¿Qué elementos de interés criminalìstico colectó el técnico en ese momento? Contestó: “Para esa oportunidad colectó un envase plástico, el mismo de color gris, de esos garrafones que son contentivos de 5 galones, el mismo tenía todavía presencia de gasolina y el olor también era palpable en el momento del sitio”. 18.- ¿Cuántos colectó? ¿Uno solo? Contestó: “Uno solo”. 19.- Sub-Inspector, ¿usted puede decirnos, si pudo observar qué instrumentos utilizó el técnico para la recolección? Contestó: “No, no estaba en el momento de la colección, él por supuesto hizo su fijación como todo pero me aboqué a lo que era esencialmente mi trabajo que era el de tratar de determinar y de ubicar al ciudadano investigado en esta causa, por lo que me acerqué a varios vecinos alrededor de la vivienda a fines de hacer mi trabajo”. 20.- ¿Y para asegurar la garantía dejada en el levantamiento de custodia y destino que le dio él a ese embase que usted describe, cómo se lo trajeron ustedes? Contestó: “Lo que legalmente debe ser, legalmente embalado y a su vez entregado con su respectiva cadena de custodia en la sala de evidencia y área de resguardo”.

El Tribunal interroga acerca de lo siguiente: 1.-Usted nos ha indicado que fue el investigador para esa oportunidad, el técnico del levantamiento de la inspección fue el ciudadano René Iglesias, sin embargo usted ha mencionado cosas importantes a los fines de que aclare lo siguiente, en la inspección técnica levantada por el funcionario técnico en particular usted indicó que en la vivienda logrando visualizar del lado izquierdo con respecto a la puerta principal de la vivienda una pimpina, material sintético, color gris el cual se colecta y se rotula con la letra “A”, que contiene un olor fuerte a gasolina, usted menciona dos aspectos relacionados con esto, que, a la vivienda visto del lado izquierdo con respecto a la puerta principal, a preguntas hechas por el Ministerio Publico usted señaló que se colectó, usted mencionó en el lado de la sala del lado izquierdo, usted nos precise, ¿ese embase estaba en la parte exterior de la vivienda o en el interior? Contestó: “parte interna de la vivienda, adyacente, cuando se habla de adyacente por lo menos, del lado izquierdo adyacente a la puerta principal de entrada”. 2.- O sea, ¿en el interior? Contestó: “Si”. 3.- ¿Dentro de la vivienda? Contestó: “Si”.- 4.- De igual modo señala usted que se colectó y se embaló por su compañero, el embase que según usted, ¿aun tenia contenido de gasolina? Contestó: “Si, se observaba cierta impregnación de gasolina”. 5.- Impregnación, ¿no es que estaba llena? Contestó: “No”.- 6.- ¿No tenía nada, impregnada el envase, solamente? Contestó: “No”.- 7.- Usted en su intervención dijo que en la investigación realizada por usted, también además que esta inspección que se practicó había previa una denuncia realizada con motivo de la producción de un hecho en relación a la Ley Orgánica que protege a las Mujeres a una vida libre de violencia, esa denuncia incluso usted la identificó, ¿Indique al Tribunal el número de la presente investigación y señale si tiene conocimiento? ¿Cuánto tiempo antes de esa inspección se había realizado esa denuncia?, ¿Por qué si tiene conocimiento? Contestó: “Doctora, para aquella oportunidad estuve investigando en el sistema Integrado de información Policial datos de la victima en este caso me arrojaba que un número de causa aperturado en el año 7-07-2007, con el número de matricula IC41484, también el investigador del caso era el detective Julio Pérez, en esa oportunidad”. 8.- Cuando ustedes se trasladan para la práctica de estas dos actuaciones de investigación, ¿lo hacen con motivo de otra investigación, distinta a esta que se había realizado? Contestó: “No la investigación de nosotros inicialmente se apertura por eso como muy bien lo dije era una investigación de uno de los delitos contemplados en la ley orgánica de la ley de la mujer a una vida libre de violencia, era netamente eso, posteriormente a los siete días la victima de esta causa fallece en el Hospital Miguel Ora a causa de las heridas producidas, las lesiones que tiene allí”. 9.- Es decir, ¿que esta actuación a la cual estamos en el día de hoy sustanciando, tiene que ver con, o ustedes la practican con ocasión a la denuncia que se había realizado previamente? Contestó: “No, con una que se estaba aperturando ese mismo día”. 10.- ¿Se apertura ese mismo día que ocurre la muerte de la ciudadana? Contestó: “Correcto, ese era una previa, una averiguación que anteriormente ya tenia, fue anexada a ese expediente pero por supuesto cursaba ante el mismo organismo con la misma victima y el mismo investigado”. 11.- ¿Recuerda usted cuántas dependencias tenía interiormente esa casa de habitación y cuantos accesos y si logró observar usted la parte externa de esa vivienda? Contestó: “Doctora la calle de afuera es una calle de tierra, desprovista de acera, la vivienda en la parte delantera frontales tenia muchas plantas ornamentales que tenia una puerta de ingreso, las paredes eran elaboradas en laminas de zinc, recuerdo que al ingresar a la vivienda era de suelo natural, su techo de zinc, había una hamaca, había un mosquitero, habían varios enceres, pero estaría adivinando doctora si me pongo a detallar la vivienda”. 12.- Cuando ustedes hacen la inspección a la vivienda o cuando ustedes practican sus actuaciones ¿había alguna persona en el interior de la misma? Contestó: “No doctora, no había nadie en el interior de la misma, de hecho fuimos acompañados de la adolescente hija de la victima, por cuanto teníamos conocimiento que la vivienda estaba cerrada para el momento de la visita, por eso fuimos acompañados de la adolescente y a los fines de llegar directamente a la dirección que íbamos”.- 13.- ¿Esta víctima en la labor de investigación que usted realizó llegó a notificarles de las circunstancias del cómo se produjo el incidente? Contestó: “Doctora particularmente no tuve oportunidad de conversar con la víctima, hable fue con varios familiares de la misma y de acuerdo con lo que manifestaron pues era que mantenían muchos problemas de tipo personales, eso fue lo único que dijeron”. 14.- Usted puede por favor describirme el embase que usted dijo que era de 5 litros, “bidón” lo llamó usted, que tenia fuerte olor a gasolina ¿me lo puede describir? Contestó: “Es un embase de forma rectangular, con una asa o mango por uno de los laterales y con su respectiva boca de forma cónica en la parte superior, tamaño pequeño aproximadamente 20 por 10 por 20 de alto, 10 de ancho y 20 de espesor de profundidad, embase rectangular”. 15.- ¿Era plástico? Contestó: “Era de plástico, color gris”. 16.- Ese embase como usted dice que tenia una capacidad de cinco litros ¿es fácilmente manipulable? Contestó: “Si, puede ser manipulable con una o con dos manos”. 16.- Con una o con dos manos, ¿observó si tenía la rosca, por casualidad? Contestó: “Si”. 17.- ¿Estaba tapado? Contestó: “Si”.-

En relación con a esta actuación el Tribunal considera que del mismo se comprueba estado físico y ambiental, características propias y estructura del lugar en que tuvieron lugar los hechos que se investigan en la presente causa, constituido por una vivienda ubicada en el barrio “campo alegre” sector 2, calle principal, casa sin numero, municipio guanarito estado portuguesa, inspección que fuere fijada por el funcionario René Iglesia, técnico acompañante de la comisión, lugar que es descrito como: “vivienda de tipo rudimentario la misma elaborada en laminas de zinc, piso de suelo natural, correspondía un color en las laminas un azul oscuro, sé que estaba dividida por una pared de madera, una persiana de madera, las habitaciones con su respectiva camilla, una hamaca en la parte central de la sala”, además el funcionario indicó que: “en un recorrido en la misma residencia, allí se pudo localizar, del lado izquierdo junto a la puerta principal de entrada, un galón de plástico, elaborado en material sintético, de color gris, de esos que son de capacidad para albergar 05 galones, allí se pudo apreciar que la misma tenia restos de combustible denominado gasolina, también se pudo reflejar que la referida vivienda existía un olor penetrante, fuerte a gasolina, allí esa evidencia se tomó como evidencia de interés criminalìstico la cual el mismo funcionario la colectó y embaló con la letra “A”, en síntesis evaluado que el funcionario esta facultado técnica y legalmente para acreditar las circunstancias que han quedado establecidas se valora en cuanto a los aspectos antes señalados. Así se declara.

11.- Raúl Antonio Sánchez García, debidamente juramentado dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, haber nacido en Barquisimeto estado Lara, el 05 de Agosto de 1982, soltero, de profesión u oficio: funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, residenciado en la Urbanización “Los Próceres”, vereda II, casa Nº 10, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.979.195, no posee vínculo con las partes y declara en relación con la INSPECCIÓN N° 1371, de fecha 30/07/2011, dijo lo siguiente:

“Esa es una inspección técnica realizada a un cadáver ubicado en el depósito de la Morgue del Hospital Universitario Dr. Miguel Oraà, el mismo se observó que es un sitio cerrado, presentando iluminación artificial buena y temperatura ambiental cálida, lugar donde se observó sobre una camilla metálica el cadáver de un cuerpo sin vida de una persona del sexo femenino, la cual presentaba como característica contextura robusta, una estatura de 1.75 metros de estatura, piel morena, la misma presentaba quemaduras de tercer grado en su rostro, de igual manera presentaba quemaduras de tercer grado en el 80% de su anatomía, igual manera se deja constancia en la misma que no se realizó la necrodactilia por cuanto tenía pérdida total de los pulpejos dactilares, así mismo la misma se encontraba desprovista de vestimenta”.

El Ministerio Público interroga sobre los siguientes aspectos: 1.- ¿Podría indicar el sexo del cadáver? Contestó: “Femenino”. 2.- Cuando usted habla de pérdida total de los pulpejos, ¿podría indicar a que nivel? Contestó:”Total no tenía pulpejos”, 3.- ¿En ambas manos? Contestó: “En ambas manos”. 4.- Además de esa pérdida total de los pulpejos ¿dónde observó usted mayores lesiones en ese cadáver? Contestó: “Total tenia 80% del cuerpo quemado con quemaduras de tercer grado, la mayoría del cuerpo estaba totalmente, tenia demasiada quemadura, las manos, la cara, el pecho, fue el 80% mas que todo fueron, los pies no los tenia quemados, la planta de los pies, ese es el porcentaje que falta ahí”. 5.- ¿El 20%? Contestó: “El 20%, pero la mayoría del cuerpo, el 80% de su cuerpo lo tenia quemado con quemaduras de tercer grado”. 6.- ¿Cuándo se realizó esa inspección de cadáver? Contestó: “El 30 de julio de 2011, a las 09:30 en la morgue del hospital Universitario Dr. Miguel Oraà”. 7.- ¿Sabe cuánto tiempo tenia ya ese cadáver cuando le realizaron la inspección? Contestó:¿En la morgue? No.

La Defensa interroga acerca de: 1.- ¿La inspección realizada por usted es descriptiva o es identificativa? Contestó: “Descriptiva, yo estoy describiendo qué observé en el cadáver”.- (La Defensa solicita se haga constar en Acta la pregunta y respuesta, lo que así se acordó). 3.- ¿Cómo determinó usted el grado de las quemaduras? Contestó: “Previa identificación con el médico patólogo que se encontraba ahí, eso fue a las 9:30 de la mañana, ahí se encontraba el patólogo de la morgue”.4.- ¿A las 9:30? Contestó: “Si, se le preguntó sobre qué tipo y cual era el grado de las quemaduras y él indicó que esas eran quemaduras de tercer grado”. 5.- ¿Usted dejó constancia además de la inspección el grado de las quemaduras? Contestó: “Si, dije que eran quemaduras de tercer grado”. 6.- ¿Esta dentro de la naturaleza criminalística la inspección que usted identificara las quemaduras siendo descriptivas? Contestó: “Claro que si”. La defensa concluye la intervención.

El Tribunal interroga acerca de lo siguiente: 1.- ¿Indique usted bajo que condición realizó esa inspección?, es decir, ¿usted fungió como técnico o como investigador? Contestó: “Como técnico”. 2.- ¿Cuánto tiempo tiene usted practicando este tipo de inspección? Contestó: “6 años”. 3.- ¿Usted nos puede explicar, qué especialidad tiene usted? Contestó: “Actualmente yo estoy trabajando en el área de investigaciones. Dure como 4 años trabajando en el área técnica”. 4.- ¿Cuál es su grado de instrucción, universitaria? Contestó: “Si yo soy TSU en ciencias policiales”. 5.- Dentro de su formación técnica usted nos puede explicar, desde el punto criminalistico, ¿qué metodología empleó usted para dejar constancia del estado?, usted dijo que era una inspección descriptiva, más no identificativa, sino examinar el cadáver y observar, ¿Qué metodología empleó? Contestó: “Ahí se utilizan métodos de observación mas que todo, se observa qué tipo, las características de las heridas presentadas y de las características fisonómicas se plasma lo que observa el técnico y dependiendo de los conocimientos que obtiene se describe cuáles son, lo que observo, si depende del tipo de piel, ahí se deja constancia de las características de las heridas, qué tipo de heridas son, la inspección técnica es para dejar constancia de cuál es el estado en este caso del cadáver que se esta haciendo la inspección, qué tipo de heridas presenta, cuáles son las heridas, qué parte del cuerpo las presenta, qué tamaño tienen”. 6.- ¿Cómo determina usted que se trata de una lesión por quemaduras? Contestó: “Dependiendo del color y observando las características de la herida, se observa las coloraciones de la piel”. 7.- ¿Qué coloración tenia esa piel? Contestó: “Esta señora tenía una coloración bastante blanca”. 8.- ¿Las lesiones qué color tenían? Contestó: “Blanca, eso se determina por cuanto ya había muerte vamos a decirlo así del tejido cutáneo”. 9.- ¿Usted observó si esas lesiones estaban a nivel de dermis? Contestó: “Por eso es que se determina el tipo de lesión, si es de primera, segundo o tercer grado, dependiendo de a qué nivel se encuentra la quemadura”. 10.- ¿A qué nivel estaban? Contestó: “Si es de dermis nada mas es una quemadura de primer grado, si es mas profunda ahí va aumentando el grado de la quemadura”. 11.- Cómo ustedes determinaron, si siendo esto es una inspección de carácter descriptiva, ¿Cómo determinaron la identidad?, máxime cuando usted dice que no pudo tomarse muestras dactilares en los dedos porque estaban destruidas. Contestó: “El investigador, él se traslada hacia el sitio, cuando nosotros llegamos al hospital nos dirigimos a la morgue, ahí nos recibe el funcionario que esta encargado de recibir los cuerpos y él nos indica que donde proviene el cadáver, si ya estaba ingresado en el hospital o viene de un sitio del suceso, el investigador, ese funcionario le indica la identificación de esa persona ya que esa persona anteriormente había estado ingresada en el hospital y ya había sido identificada, pero criminalisticamente no se pudo realizar la dactiloscopia porque las mismas quemaduras habían destruido los pulpejos”. 12.- La inspección como tal no se señaló la edad cronológica del cadáver, sin embargo, ¿usted puede decir si era una persona joven, adulta, madura, adolescente? Contestó: “No, era una persona adulta de mediana edad, no se deja constancia en la inspección doctora por cuanto ya estaba identificada, normalmente cuando el cadáver no esta identificado uno como técnico se esmera un poco mas en dejar características especificas para que posteriormente pueda ser identificado, se le toman fotos, así no hayan pulpejos se trata de hacer lo mas posible para hacer la determinación, hay unas experticias que se realizan para hacer eso”. 13.- Usted dijo que era el médico patólogo quien les había indicado que efectivamente eran quemaduras de tercer grado, indicó usted que en el 80 %, dijo usted que en la cara, el 80% de su cuerpo, además dijo que no habían en la planta de los pies, sino en los miembros inferiores, ¿específicamente? Contestó: “No, inferiores completamente no, más que todo eran los pies, las plantas,”. 14.- ¿En qué parte anatómica?, ¿la mayoría de esas lesiones estaban en la parte anterior del cuerpo? Contestó: “La mayoría, podría decir que un 80% de las heridas eran ahí, claro, la parte posterior también presentaba heridas, también tenían quemaduras, pero se observaron mas en la parte, decimos parte posterior colocando los laterales también, la parte frontal del cuerpo”. 15.- Es decir, habían lesiones por quemaduras en ¿cara, brazos, piernas, senos, tórax, abdomen, todas esas partes? Contestó: “Partes genitales, todas esas partes también las tenia quemadas”. 16.- ¿Todas esas partes estaban quemadas? Contestó: “Si”. 16.- ¿En compañía de quién se trasladó usted a realizar esa inspección? Contestó: “Con el agente Lenni Espinoza”. 17.- ¿Él actuó como investigador? Contestó: “Si”.-

Esta Instancia respecto de esta testimonial considera que la misma es coincidente con lo expuesto por el investigador Lenny Enrique Espinoza Briceño, quien actuó con el experto en el reconocimiento al cadáver de un cuerpo sin vida de una persona del sexo femenino, la cual presentaba como característica contextura robusta, una estatura de 1.75 metros de estatura, piel morena, y describió las lesiones observadas consistentes en: “quemaduras de tercer grado en su rostro, de igual manera presentaba quemaduras de tercer grado en el 80% de su anatomía, igual manera se deja constancia en la misma que no se realizó la necrodactilia por cuanto tenía pérdida total de los pulpejos dactilares”, actuación que se cumplió el 30 de julio de 2011, según la observación directa que se hiciere a dicho cadáver, cuya identidad se determinó según dijo: “El investigador, él se traslada hacia el sitio, cuando nosotros llegamos al hospital nos dirigimos a la morgue, ahí nos recibe el funcionario que esta encargado de recibir los cuerpos y él nos indica que donde proviene el cadáver, si ya estaba ingresado en el hospital o viene de un sitio del suceso, el investigador, ese funcionario le indica la identificación de esa persona ya que esa persona anteriormente había estado ingresada en el hospital y ya había sido identificada, pero criminalisticamente no se pudo realizar la dactiloscopia porque las mismas quemaduras habían destruido los pulpejos”. Los señalamientos relativos a las lesiones que presentaba el cuerpo de la víctima de la misma manera fueron presentados por los testigos Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo, Aurelio Ramón Castillo Camejo y Ángel Bianey Camejo, que observaron así mismo a la víctima; así como la determinación de dichas lesiones y las partes afectadas según lo expresado por el médico anatomopatologo Rafael Luís Bruzual Villegas. En consecuencia, siendo que el experto esta facultado técnica y legalmente para acreditar las circunstancias que han quedado establecidas se valora en cuanto a los aspectos antes señalados. Así se declara.

12.- Oswaldo Celestino Delgado Mendoza, debidamente juramentado se identificó como ha quedado escrito, haber nacido el 16 de Mayo de 1960, en Papelón, soltero, de profesión u oficio: Bodeguero, residenciado en Guanarito, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.052.464, tiene amistad con el acusado y con la víctima, al interrogársele sobre el conocimiento que le asiste sobre el hecho manifestó:

“No, porque ese día yo no estaba ahí, yo no me quedaba en la casa de ellos, eso se lo podría decir la hija de ellos”.

El Ministerio Público interroga de la siguiente manera: 1.- ¿Usted llegó a rendir declaración en alguna oportunidad? Contestó: “No escuché bien”. 2.-¿Qué si usted rindió declaración en alguna oportunidad? Contestó: “A mi nunca me llegó citación, jamás me ha llegado una citación”.- El Tribunal explicó al testigo el por qué se ordenó que fuera la Guardia quien lo ubicara y aclaró al testigo que a lo que la Fiscal esta refiriéndose es si usted llegó a declarar con motivo de la muerte de la ciudadana a la cual se está investigando en este caso enjuiciando el acusado, si con motivo de esa investigación usted llegó a presentar alguna declaración en el Ministerio Público, en la Fiscalia, o en el Cuerpo de Investigaciones, eso es lo que pregunta la ciudadana Fiscal, ¿usted recuerda haber ido a la Fiscalia a declarar sobre este caso? Contestó: “Me parece que si”. 3.- ¿Qué supo usted que le había pasado a la señora Gladis? Contestó: “Ese otro día fue que me llegó la noticia ahí a la casa que se había quemado y de ahí mas nada”.- 4.- Cuando ella estuvo hospitalizada ¿usted la vio? Contestó: “Si yo llegué hasta allá, yo llegué hasta donde estaba ella”. 5.- ¿A dónde: allá en Guanarito o aquí en Guanare? Contestó: “Aquí en Guanare, porque las hijas de ella me llamaron para que viniera a ver a la mamá”. 6.- ¿Usted mencionó que era amigo de la familia?, Contestó: “Si”. 7.- ¿Amigo de la familia en conjunto o amigo de la pareja? Contestó: “O sea, yo era amigo de los dos, porque yo siempre iba a la casa de ellos, todo el tiempo iba allá y le ayudaba a la señora”. 8.- Usted dice que ayudaba a la señora, ¿en qué ayudaba usted a la señora? Contestó: “A cualquier cosa que ella me decía mire, los muchachos y eso, yo la ayudaba mucho a ella”. 9.- ¿Esa señora tenía confianza con usted? Contestó: “Si porque yo siempre iba para allá, por las hijas de ella, por enamorado”. 10.- Cuando ese hecho ocurrió que la señora estaba hospitalizada ¿usted habló con ella? Contestó: “Si, yo pude hablar con ella”. 11.- ¿Ella en su convalecencia le llegó a contar algo? Contestó: “Si ella me dijo todo”.-
El Tribunal visto que el testigo emocionalmente se observó afectado le aclaró lo siguiente: “Sr. Oswaldo, nosotros sabemos que usted puede estar afectado pero nosotros necesitamos saber la verdad, si ella le dijo todo, ¿a qué todo se refiere usted? Contestó: “Me da miedo contarlo”. El Tribunal nuevamente interviene e interroga ¿Por qué?, ¿Por qué le da miedo decirlo?, a su vez le hace saber lo siguiente: “Señor Oswaldo míreme un momento, ¿usted ha sido amenazado?, le voy a explicar lo siguiente para tratar de calmarlo, señor Oswaldo, si cualquier amenaza usted ha sido objeto por parte de cualquier persona por decir la verdad, nosotros ordenamos que a usted se le acuerde una protección, los seres humanos estamos llamados muchas veces a colaborar para que la justicia reine, es decir, para que en base a lo que las personas conocen y saben podamos quienes estamos encargados de administrar justicia conocer la verdad, si usted conoce la verdad, usted me ha jurado por Dios que la dirá en esta Sala, usted dice que le da miedo decir la verdad, si usted necesita protección porque usted se siente amenazado, el Tribunal puede ordenar que a usted las Fuerzas Armadas le presten protección, legalmente hay una ley que ampara a los testigos para este tipo de acto, por eso le invito y tómese su tiempo, porque el Tribunal tampoco quiere que le pase nada, ni ninguna de las partes queremos que le pase nada, entonces, pero si necesitamos que usted nos haga saber la verdad, si usted siente miedo”. El testigo dijo: “Si, ella me dijo la verdad, que había sido él, que había sido él”. El Tribunal le interpela: ¿Que había sido él?, ¿Dónde se encontraba ella cuando le manifestó eso señor Oswaldo? Contestó: “Estaba en el hospital, y ella me dijo también que a cada rato iba para allá la PTJ no sé, que ella le había dicho la verdad a ellos”.-El Ministerio Público continua su intervención: 12.- ¿Llegó usted a saber en alguna oportunidad si ellos tenían problemas?. Contestó: “Si ella me contaba todo a mi, ellos peleaban mucho, ella me contaba todo”. 13.- ¿A qué distancia de la casa de ella vive usted señor Oswaldo? Contestó: “Como 5 cuadras”.14.- ¿Cómo? Contestó: “Como 5 cuadras mas o menos”. 15.- ¿Y quién le avisó? Contestó: “Ese otro día me avisaron la familia: La mamá, que se había quemado, me avisaron las hijas de ella”. 16.- ¿Usted podría indicar, si recuerda, si vio las quemadas de esta señora, si la vio o estaba tapada? Contestó: “Yo la vi en el hospital y estaba demasiado hinchada, como esa puerta grandota, eso se puso demasiado ancha”. 17.- Cuando usted habló con ella o ella habló con usted ¿Cuántos días tenía ella ahí en el hospital? Contestó: “Tenía como tres días ya”. 18.- ¿Perdón? Contestó: “Unos tres días por ahí”. 19.- ¿Cuánto tiempo tenía usted conociendo a esa familia? Contestó: “Como tres o cuatro años conociéndolos a ellos”. 20.- ¿Sabe usted a qué se dedicaba o se dedica el señor Troncosa? Contestó: “Èl se dedicaba a lo de motosierra”. 21.- ¿Y usted con el señor Troncosa mantenía buenas relaciones? Contestó: “Si, todo el tiempo nos la llevamos bien, así como con la esposa”.- 22.- ¿Tiene usted algún vinculo o alguna relación con alguna de las hijas de la señora fallecida? Contestó: “Si, todavía”, 23.- ¿Podría indicar el nombre de la chica? Contestó: “Se llama Elianny”. 24.- ¿Elianny vivía en la casa de la señora? Contestó: “No”. 25.- ¿Usted podría indicar qué fue lo que le dijo ella exactamente a usted? Contestó: “Ella me dijo, que no me fuera a meter en problemas”. El Tribunal interpela en relación con la respuesta dada por el testigo:¿Qué no se fuera a meter en problemas? Contestó: “Si, porque el esposo me podía matar”. La Fiscal continúa el interrogatorio: 25.- ¿Ella le mencionó si eso había sido algo accidental? Contestó: “Ella me dijo que había sido el esposo que la había quemado”.- 26. ¿Cuál es el nombre del esposo? Contestó: “el señor Ítalo Troncosa”.- 27.- ¿Usted recuerda en qué fecha ocurrió ese hecho? Contestó: “Eso fue como de un año ya”. Concluye la intervención Fiscal.

La Defensa interroga acerca de: 1.- Señor Oswaldo, cuando las hijas de la señora hoy occisa le dijeron a usted lo que había ocurrido, ¿Qué les informaron ellas a usted? Contestó: “Que la mamá se había quemado, eso fue al otro día”. 2.- ¿Qué la mamá se había quemado? Contestó: “Que la mamá se había quemado”. 3.- Usted le dijo al Tribunal que había visitado a la señora se encontraba convaleciente, o sea cuando estaba en el hospital, y yo no oí bien ¿cuánto tiempo es que dijo que ella tenía en el Hospital cuando usted fue a visitarla? Contestó: “Como tres días”. 4.- ¿Cómo cuánto? Contestó: “Tres días”.- 5.- ¿Y ella logró sentarse para hablar con usted? Contestó: “Si, ella se sentaba, ella se sentaba muy tranquila en la cama”.-

El Tribunal no interrogó al testigo, en cuanto a su declaración considera lo siguiente: El mismo visiblemente afectado expuso haber visto a la víctima durante su hospitalización en el Nosocomio de esta ciudad, al tercer día de su ingreso, oportunidad en la que la observó según dijo: “Yo la vi en el hospital y estaba demasiado hinchada, como esa puerta grandota, eso se puso demasiado ancha”, señaló que se enteró de lo que le había ocurrido por información de la familia de ésta, indicó: “Ese otro día me avisaron la familia: La mamá, que se había quemado, me avisaron las hijas de ella”.; sin embargo, a pesar del miedo, por temor a su integridad, reveló con lágrimas en sus ojos que había hablado con la hoy occisa: “Si, ella me dijo la verdad, que había sido él, que había sido él”. “Ella me dijo que había sido el esposo que la había quemado”; al interrogársele sobre la identidad de la pareja de la víctima Contestó: “el señor Ítalo Troncosa”; que, “Eso fue como de un año ya”. Importante es destacar que si bien se trata de un testigo referencial, esa referencia acerca de la autoría del hecho la obtuvo el testigo de la persona afectada directamente por la acción criminal, lo que hace que se valore, visto que el testigo ha sido espontáneo, auténtico, convincente y sincero en toda su exposición, además que su testimonio resulta concordante con lo declarado por la ciudadana Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo, quien desde un primer momento luego de conocido lo ocurrido estuvo al lado de su mamá tanto en su traslado al centro asistencial como durante su hospitalización. En consecuencia se considera válido su testimonio tanto en cuanto al hecho en sí como respeto de la responsabilidad del acusado en ilícito por el se procede. Así se declara.

II.- PRUEBAS DOCUMENTALES:
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 339 ordinal 2o del Código Orgánico Procesal Penal, el Ministerio Público ofrece lo siguiente:
La incorporación por su lectura del Acta de Defunción, de la ciudadana Castillo Camejo Gladis Josefina, donde deja constancia que a causa de Paro Cardiorespiratorio, quemaduras de II y III 50%, según certificado de defunción N° 1850333, expedido el día 29/07/2011, firmado por el Dr. Rafael Bruzual, en el Hospital Dr. Miguel Oraà Guanare estado Portuguesa.

• La incorporación por su lectura del FORMULARIO DE REGISTRO DE MUERTE N° 259-2011, practicado por el DR. RAFAEL BRUZUAL, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, el 30 de Julio del 2011, riela a los folio 28, 29 y 30 de la presente causa, Pieza I del expediente,

En relación a estas documentales este Juzgado ha evaluado en el acápite anterior cada uno de los órganos de prueba que han emitido dichas pruebas por lo que se dan por reproducidas en este acápite los considerandos en cuanto a su valoración. Referente al certificado de Defunción constituye prueba fehaciente de la causa de muerte puesto que el mismo contiene la certificación emitida por Dr. RAFAEL BRUZUAL, medico Anatomopatòlogo Forense adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, de cuya declaración expuesta en el debate se demostró fehacientemente que la víctima presentaba: “múltiples quemaduras en cara, tórax, miembros superiores y región pélvica, 50% de la superficie corporal presentaba quemaduras de 1º, 2º y 3º grado, en la autopsia se aprecia nódulos a nivel de pulmón, formación de trombos en el corazón, hipertrofia de ventrículo izquierdo, y paro cardiorespiratorio que causa la muerte de la paciente por tanto dicha documental al ser emitida por persona facultada tiene pleno valor probatorio. Así se declara.

De las pruebas que han sido expuestas se evidencia que la muerte de la ciudadana Castillo Camejo Gladis Josefina, ocurre en fecha 29/07/2011, a consecuencia de múltiples quemaduras en cara, tórax, miembros superiores y región pélvica, 50% de la superficie corporal presentaba quemaduras de 1º, 2º y 3º grado, en la autopsia se aprecia nódulos a nivel de pulmón, formación de trombos en el corazón, hipertrofia de ventrículo izquierdo, y paro cardiorespiratorio que causa la muerte de la paciente la cual ingresó el 25 de Julio, se le prestó asistencia y tuvo evolución tòrpida, falleció el 29 y se practica autopsia el 30”, tal y como lo certificare el médico anatomopatòlogo Rafael Luís Bruzual Villegas, lesiones causadas por el ciudadano YTALO GREGORIO TRONCOSA, quien se encontraba el 24-07-2.011 en horas de la noche en la residencia que servía de hogar común con la ciudadana Castillo Camejo Gladis Josefina, hoy occisa, vivienda ésta ubicada en el barrio “campo alegre” sector 2, calle principal, casa sin numero, municipio guanarito estado portuguesa, lugar cuya existencia fuere certificada mediante Inspección Técnica practicada por los expertos Salas Bartolomé y René Iglesias, acudiendo al debate el primero nombrado quien hizo saber entre otros aspectos que la referida vivienda es: “tipo rudimentario la misma elaborada en laminas de zinc, piso de suelo natural, correspondía un color en las laminas un azul oscuro, sé que estaba dividida por una pared de madera, una persiana de madera, las habitaciones con su respectiva camilla, una hamaca en la parte central de la sala”, además el funcionario indicó que: “en un recorrido en la misma residencia, allí se pudo localizar, del lado izquierdo junto a la puerta principal de entrada, un galón de plástico, elaborado en material sintético, de color gris, de esos que son de capacidad para albergar 05 galones, allí se pudo apreciar que la misma tenia restos de combustible denominado gasolina, también se pudo reflejar que la referida vivienda existía un olor penetrante, fuerte a gasolina, allí esa evidencia se tomó como evidencia de interés criminalìstico la cual el mismo funcionario la colectó y embaló con la letra “A. El hecho en particular tiene lugar luego que la pareja sostuvieren discusión según lo que le manifiesta la adolescente Janny Gregoria Troncosa Camejo (hija de la occisa y del acusado) a su hermana Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo, y a los hermanos de la víctima: Castillo Camejo Aurelio Ramón y Ángel Bianey Camejo, así como lo expuesto por la propia víctima al ciudadano Oswaldo Celestino Delgado Mendoza, acerca que fue “él el que le había tirado la pimpina de gasolina”, siendo auxiliada por los funcionarios policiales Prado Colmenárez Jackson Leonel y Castillo Silva Carlos José, funcionarios adscritos al Comando Policial con sede en Guanarito a requerimiento de la madre e hija de la víctima, los cuales la trasladan hasta el Centro hospitalario de ese Municipio, todos contestes en cuanto a sus actuaciones.

De las declaraciones de los testigos antes mencionados que en lo fundamental fueron contestes y veraces por lo que así se aprecian en la comprobación del ilícito por el que se procede cuya calificación jurídica propuesta por el Ministerio Público de Homicidio Intencional Calificado (cometido por medio de incendio) previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, se declara procedente por este Juzgado puesto que de las pruebas presentadas en el debate, todos las testimoniales dan cuenta que YTALO GREGORIO TRONCOSA, quien se encontraba en la vivienda que servía de hogar el cual compartía con la hoy occisa Castillo Camejo Gladis Josefina, quien agrede a la víctima utilizando para ello combustible (gasolina) el cual lanza sobre la humanidad de ésta y suministrándole los fósforos con los que se activa la combustión incendiándose produciéndose las quemaduras en la casi totalidad de su cuerpo sobreviniendo la muerte posteriormente. Así se declara.

IV.- DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL ACUSADO

Recepcionadas las pruebas ofrecidas por la representación fiscal expuestas y analizadas por este Juzgado en el título precedente, se observa que de tales medios probatorios se desprenden suficientes y concordantes, tanto por su coherencia como por su veracidad, elementos que comprometen de manera determinante la responsabilidad penal del acusado en la comisión del delito antes calificado, ya que quedó evidenciado que el acusado según los señalamientos presentados por los testigos Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo, Ángel Bianey Camejo y Oswaldo Celestino Delgado Mendoza, la primera, quien auxilió a la lesionada el mismo día de la ocurrencia del suceso y los otros testigos quienes obtuvieron la información de modo indirecto: el uno a través de la información de la primera testigo así como de la adolescente Janny Gregoria Troncosa Camejo (testigo presencial) y el otro de lo informado por la propia víctima al tercer día de su hospitalización. Efectivamente en el orden nombrado estos testigos expusieron lo siguiente: 1.- Mirlandi Josefina Zabaleta Castillo: “yo hablé con mi hermana Janny y ella me dijo que había sido él el que le había tirado la pimpina de gasolina, y entonces en el CICPC yo declaré eso, que ella me había dicho eso, porque eso fue lo que ella me dijo, luego, entonces mi madre estuvo hospitalizada duro cinco días y estaba sumamente hinchada, quemada, ahí tengo una foto, si quiere se la muestro como estaba mi madre, ahí mi madre duró cinco días, no podía hablar, habló fue el jueves, entonces ella me dijo, yo le pregunté y ella me dijo que si había sido él quien la había quemado, pero me dijo que no me fuera a meter, que no dijera nada, me dijo ella, porque ese señor es muy, bueno mi madre si le tenia mucho temor al señor, porque siempre estaba acostumbrado a maltratarla, tuvo un aborto, por ella, porque ella siempre lo denunciaba y bueno nunca pasó nada y también tengo pruebas de eso como ella lo denunciaba porque como él la maltrataba le provocó el aborto, luego, mi madre me dijo que si, que si había sido él quien la había quemado y eso fue el 28 que ella pudo hablar en la tarde, luego yo me fui porque ya tenia muchos días ahí con ella, entonces yo me fui para Guanarito y el 29 a las 07:00 de la noche ella falleció, y no solamente a mi me dijo, ella también le dijo a un señor, aja pero el señor él fue a declarar a la Fiscalia, pero ahora él tiene temor de venir porque fueron a la casa de él y lo amenazaron, que si se presentaba a declarar en el Tribunal le puede suceder algo”.-
2.- Ángel Bianey Camejo, dijo: ¿Supo usted cómo se hizo esas quemaduras? RESPONDIÒ: “Supe por boca de las muchachas que me dijeron que ella antes de morir le contó a mi mamá y le contó a las hijas ve, porque ella la recogieron a su casa de ella, fueron y le recogieron, entonces estaba desnudita, pelada, quemada, entonces le preguntaron que todavía tenia acción de hablar, entonces ella le echó el cuento a la mamá, a mi mamá y a su hija, una de las hijas, como había sido y por medio de esas es que yo sé, que yo le pregunté a mi madre y a la muchacha, ¿y cómo fue que se quemó mi hermana?, no, que fue el esposo que le echó la gasolina así es”. 4.- ¿Cómo se llama el esposo? RESPONDIÒ: “Italo Gregorio Troncosa”.- 5.- Usted dice que su hermana antes de morir le contó a su madre y a su hermana, ¿Cómo se llama su hermana a la que ella le contó? RESPONDIÒ: “Ella le contó fue a la sobrina, a mi mamá y a la hija de ella”. 6.- ¿Cómo se llama esa hija? RESPONDIÒ: “Se llama Mirlandi Josefina”. 7.- ¿Supo usted por alguno de ellos, quiénes se encontraban presente cuando eso ocurrió? RESPONDIÒ: “No, no me dijo, no me dijo nada”. 8.- ¿No le dijeron? RESPONDIÒ: “No, no me dijo”. 9,.-¿Sabe usted cuándo ocurrió ese hecho? RESPONDIÒ: “El 24 de Julio, a las 10:00 de la noche”. 10.- ¿De qué año? RESPONDIÒ: “Del año 2011, estamos en el 2012”.-
3.- Oswaldo Celestino Delgado Mendoza, señaló: “Si, ella me dijo la verdad, que había sido él, que había sido él”. “Ella me dijo que había sido el esposo que la había quemado”; al interrogársele sobre la identidad de la pareja de la víctima Contestó: “el señor Ítalo Troncosa”.

Estas testimoniales son coherentes en cuanto que la acción criminal fue ejecutada por el acusado, puesto que resulta inadmisible la tesis planteada por la Defensa y que pretende sostener con la declaración de la testigo Janny Gregoria Troncosa Camejo quien en esta Sala sostuvo que fue la propia víctima quien se rociare el combustible sobre su cuerpo y luego se incendiare, habida cuenta que como lo expusiere la adolescente, el recipiente contentivo del combustible (gasolina) estaba lleno, por consiguiente pesaba, y su mamá estaba convaleciente por el aborto sufrido días antes, además ésta señala que su papá estaba de espaldas a su mamá, acostado en una hamaca en la sala, espacio éste en el que la víctima se encontraba y donde ésta resulta lesionada, es por demás inconcebible que éste ante un hecho tan traumático y alarmante como éste mantuviere la actitud pasiva que la adolescente manifiesta, aún incluso después del hecho.

En efecto, nótese como la testigo sostuvo en principio ante sus familiares que su padre lanza la gasolina a su madre y luego los fósforos, produciéndose de inmediato el incendio en su cuerpo, hecho éste que ocultó a las autoridades específicamente a los funcionarios policiales que prestan el auxilio al trasladarla al centro asistencial, como así lo hiciere saber específicamente el funcionario Castillo Silva Carlos José al indicar que: “allí luego indagamos conjuntamente con, qué, cómo había sucedido las cosas, para allí y para acá y nadie dio ninguna información”; ¿No recuerda si con la adolescente usted logró conversar con ella? Contestó: “En el hospital, si le pregunté y la misma manifestaba que no sabía, que no sabia, además hablé con la señora, ¿qué piensa usted señora?, me dijo hijo como yo soy cristiana todo se le deja al señor incluso le dije estamos a la orden por el Comando de verdad como órgano preventivo nos ponernos a la orden”, esta circunstancia hace desmerecer credibilidad a la declaración de la adolescente dado la dualidad en sostener dos versiones absolutamente contrarias, opuestas a la lógica y a las máximas de experiencia que le asisten a este Tribunal sobre el estado de salud en que se encontraba la víctima, no es confiable este órgano de prueba y por ende carece de valor alguno como elemento exculpatorio como lo pretende la Defensa según lo expuesto en sus conclusiones, a saber:

“Quiero comenzar con la intervención en lo que se refiere a mis actos conclusivos absolutorios en lo que se refiere a la acusación que fue intentada contra nuestro patrocinado Italo Troncosa, con unas consideraciones en relación a lo que significo que esta pequeña intervención de la ciudadana Fiscal, es que si vemos los hechos que fueron narrados formalmente en el escrito acusatorio, el desarrollo de este Juicio, con lo que implico la recepción de los órganos de prueba, tanto de testigos como de expertos y funcionarios actuantes vale la pena destacar que en esta conclusión que desde luego es la expresión de los defensores Miguel Morillo y de quien expone, de rechazar contundentemente este petitorio, cuando sabemos que la Fiscalía como parte de la buena fe, como garante de la correcta aplicación de la Constitución y las Leyes incluso de los Tratados Internacionales debe someterse en estricto apego al respeto hacia el principio de presunción de inocencia y de desvirtuar ese principio con el balance o sopesar la recepción que fue hecha en el desarrollo o transcurso de este Juicio, ese inventario si se puede decir, de pro actividad probatoria o régimen de pro actividad probatoria de esos medios recepcionados fue de un balance deficiente en el sentido de que si analizamos el delito atribuido a nuestro patrocinado que no es otro como lo mencionó en su intervención la ciudadana fiscal el previsto en el Código Penal articulo 406 numeral primero, calificado no solamente por el medio de ejecución, según ese supuesto de hecho contenido en la norma, sino también de lo que es el animus o la intención que se atribuye en ese supuesto como es la institución del dolo, el maestro Argentino José Caferata hace mención de unos componentes sustanciales del delito en cuanto a lo que es el elemento objetivo abarcado como cuerpo del delito y el elemento subjetivo que es buscar o demostrar esa relación de causalidad entre el sujeto llevado al proceso con el hecho que se le atribuye, en este caso y reitero que no es debatirles, es la expresión de la defensa técnica conformada por el colega Morillo y quien expone, no es debatirles el hecho de la muerte de la ciudadana, muerte lamentable de la ciudadana, no es debatirles el hecho de lo expuesto por los expertos que fueron ofrecidos y recepcionados, porque si a ver vamos y analizamos nos encontramos con el elemento objetivo, hubo una muerte, de una persona, por acá pasaron en la Sala de Juicio los expertos, valga la redundancia que practicaron las correspondientes y pertinentes experticias, sin embargo cuando escuchamos los actos conclusivos de la representante de la vindicta publica, no oímos nada en relación al elemento subjetivo que es la culpabilidad, es decir, la Fiscalia no hizo mención de los medios ofrecidos por esa Institución Fiscal que recepcionados que pudieron haber demostrado o probado en relación a una conducta típica, antijurídica y culpable de parte del ciudadano Italo Troncosa, todo ese elenco de expertos y funcionarios actuantes ciudadana Jueza de Juicio, demuestran un hecho objetivo que es la muerte de una persona, sin embargo, cuando analizamos la otra parte de esa conducta típica, antijurídica y culpable desde el punto de vista de la teoría de cada uno de esos elementos constitutivos y positivos del delito nos encontramos que indefectiblemente la ciudadana fiscal debió haber solicitado una sentencia absolutoria en virtud de que, solamente hubo una persona, hubo un testigo o una testigo en tal caso, que es la ciudadana Janny Gregoria Troncosa hija del hoy acusado y procesado Italo Troncosa, que es la única persona que podía, por el hecho histórico reconstruir lo que se trato de reconstruir con este Juicio Oral y Publico y que pudo en su declaración en la oportunidad procesal que le correspondió de manera voluntaria, libre de premio y presión expresar claramente y sin ninguna duda que el ciudadano Italo Troncosa no quemó, no incineró a la ciudadana hoy occisa, ni la indujo tampoco a que se incinerara, fueron dos situaciones que fueron claras y precisas y en las notas de la ciudadana Jueza deben constar esas expresiones claras y precisas de la ciudadana Janny Gregoria Troncosa, cuando a preguntas hechas respondió claramente que su papá ni la quemó, ni la indujo a que se quemara, fue clara al decir, que era únicamente ella quien se encontraba junto con sus padres, es decir, su madre hoy occisa y su padre procesado Italo Troncosa cuando esta ciudadana por razones que solamente ella conocía tomó la determinación lamentable de incinerarse, fue clara al decir, cuando la ciudadana corre de manera intempestiva, se va a rociar con la gasolina que encontró y quien posteriormente hace el intento de incinerarse inicialmente uno de los fósforos no le enciende, pero el segundo si le enciende y es cuando le abarca ese 80% que describe la experticia y que trajo a colación a ciudadana Fiscal, pero en ningún momento, la única testigo presencial manifestó, en ningún momento, no es cierto lo que manifestó la ciudadana Fiscal de que el ciudadano haya tenido o manifestado alguna acción reprochable, algún dolo, alguna premeditación para incinerar a esta ciudadana, no hubo la intención, ni materializo la acción de incinerarla, ni tampoco la indujo o le dijo ¡quémate!, eso quedó claramente con la única testigo, porque repito los demás fueron expertos y los otros testigos que trajeron testigos referenciales, a ninguno les consta como fue, como sucedió el hechos y así quedó claro en el desarrollo del Juicio y en la recepción de los mismos, se trato de manera que para mi es de mala fe, vincular un hecho o un antecedente de problemas nucleicos de pareja, con el hecho de la muerte de esta ciudadana desde la fecha en que ella se rocía esa gasolina y se incinera, los días posteriores cuando muere y se trató de mala fe vincular ese hecho con una intención dolosa que no quedó demostrada porque no existió, la razón por la cual no puede proceder es porque no existió tal conducta típica y reprochable desde el punto de vista del Derecho Penal como control social. De tal manera ciudadana Jueza que aquí nos encontramos con una ciudadana que ella misma se profirió esa quemadura que le alcanzo el 80% de su cuerpo, tuvo días de agonía, posteriormente muere, vinieron los expertos hubo una explicación muy exacta, muy científica desde el punto de vista del método científico empleado por cada uno, pero eso demuestra es el hecho objetivo de la muerte de la ciudadana, la Fiscalía no trajo con sus medios algún elemento probatorio que condujera a aprobar dentro de este régimen de la actividad probatoria la culpa del delito por el cual se le acusò al ciudadano Italo Troncosa, la defensa en el ejercicio técnico de la misma solicita en estos actos conclusivos absolutorios que se considere lo expuesto por la defensa en cuanto a que quedó claro y que no es debatible el elemento objetivo de la muerte pero que esa calificación que viene dada por una conducta dolosa, así como por el medio empleado no quedó demostrado, ciudadana Jueza de Juicio, lo que conduce por esta deficiencia, porque no podemos ni siquiera decir que en este Juicio surgen dudas, ni siquiera existen dudas para hablar de un beneficio de la duda, porque no, inexistencia de medios, solamente una declaración de una ciudadana que fue la testigo, la única testigo fue clara y precisa en su exposición y en sus respuestas en decir que este ciudadano en ningún momento quemó a la ciudadana hoy occisa, ni tampoco le dijo, mencionó alguna palabra que se tradujera como una inducción para que ella se suicidara, por lo que estas razones ciudadana Jueza, por no existir una razón de causalidad, una conducta de Italo Troncosa con el hecho punible que se le atribuye, por la inexistencia de medios que probara la culpabilidad en el referido delito previsto en el articulo 406 numeral 1º del Código Penal Venezolano vigente, es por lo que solicitamos una sentencia absolutoria para el ciudadano Italo Troncosa”.-

A criterio del Tribunal el petitorio presentado por la parte Defensora es improcedente al fundamentarse en un medio de prueba contradictorio, no convincente, inconsistente y no confiable, cuyo contenido resulta inverosímil no ajustado a lo que la misma hiciere saber a su propia familia sobre la conducta de su padre; prueba testimonial que desde el punto de vista jurídico carece de valor alguno, puesto que la versión en cuestión es desvirtuada por las testimoniales de los ciudadanos antes nombrados, cuya coherencia, congruencia, logicidad y contesticidad evidencian el dolo en la comisión del delito atribuible al acusado por el Ministerio Público, quien de manera acertada concluyó su intervención del modo siguiente:

“Efectivamente gracias a Dios hemos llegado ya a la culminación del Juicio que se iniciara el 18-10-2012, en donde el Ministerio Publico acusó, al ciudadano Ítalo Gregorio Troncosa Troncosa, por el homicidio de la ciudadana Castillo Camejo Gladys Josefina, de conformidad con el articulo 406 numeral 1º del Código Penal, específicamente ya que en, con incendio en ese término o por esa modalidad ya que este ciudadano para cometer este hecho utilizó como medio la gasolina, Homicidio o hecho que ocurrió el 25 de Julio de los cuales el Ministerio Publico logró demostrar en el contradictorio a lo que, tanto a la parte defensora como al Ministerio Publico tuvo la oportunidad, demostrándose a través del ingreso de esta ciudadana a la fecha de cuando ella ingresa al Hospital con el 50%, perdón con el 80% de quemaduras en todo su cuerpo, confirmado no solamente por el médico forense el Dr. Rafael Bruzual, sino también además por el funcionario que hizo el reconocimiento técnico del cadáver, en donde expresó que lo único que en realidad no se le veía muy quemado a este cuerpo de esta ciudadana eran la planta de sus pies, también acá se supo de las características del lugar donde ocurrió este hecho en donde el Ministerio Publico logró demostrarlo a través del funcionario que realizó la inspección en el lugar, determinándose el espacio y el lugar donde este ciudadano además por declaraciones también de su hija en donde mencionaba que el tenia bidones de gasolina ya que él llegó a su casa buscándola porque se iban para Barinas, a horas nocturnas en donde la chica dice que su madre esta molesta porque esas no son horas de salir, este ciudadano, verdad, iba a echarle gasolina a la motocicleta, bueno la existencia del bidón, fue demostrada a través de los expertos de que si estaba, este ciudadano se encontraba en esta casa, dicho incluso por su hija, por los funcionarios policiales que fueron en este contradictorio en el día, la hora, como ocurrió el hecho y de cuando ellos llegaron incluso uno de los funcionarios utilizó una palabra donde dijo que le llamo muchísimo la atención y sobre todo se sintió muy afectado por la condición física que tenía la ciudadana, ellos llegaron a auxiliar o a ver que ocurría producto de una llamada o auxilio que había ido a solicitar la madre de la víctima, de la ciudadana Josefina, junto con una hija quienes llegaron posterior al hecho y son informados por parte de la chica, de la hija menor, quien era, perdón, una de sus menores hijas porque no era la hija menor, estaban dos niños más en ese sitio, según lo dicho por esta Janny, la chica que vino y que declaro, Janny, bueno, el hecho cierto ciudadana Juez, es que en esas declaraciones donde se demuestra e incluso este ciudadano Italo Troncosa Troncosa se encontraba en el sitio y llama mucho la atención que sea la chica la que manifestó en su propia declaración que ella no encontraba que hacer cuando su mamá se estaba prendiendo en candela y ella lo que hizo fue que corrió y agarró un tobo y le lanzó agua a ella, qué hacía el señor Italo Troncosa ahí que no hizo nada, si el Ministerio Publico se pregunta: ¿cómo una persona de ver que otra se esta quemando o va a morir y es su pareja se mantiene incólume, tranquilo, va y se acuesta en una hamaca a esperar que alguien llegue? y ese alguien fueron los funcionarios policiales que confirman que fue efectivamente, confirmado por declaraciones de su hija al igual que las declaraciones de su hermano que la relación de estas dos personas no era lo mas afectivo a pesar de ser pareja, en donde incluso se le preguntó al hermano como podría él como hermano de ella y que le decía catalogar ese tipo de relación, y él manifestó que eso no era como debía de tratarse una pareja que vive bajo el mismo techo o una pareja matrimonial, es decir, además de esto tenemos también la declaración del ciudadano Delgado Mendoza Camejo quien se presento acá a la Sala de Juicio y fue sometido también al contradictorio un ciudadano nervioso, asustado, pero que sin embargo y frecuentaba la vivienda de esta pareja y declaró que efectivamente existía no una muy buena relación entre ambos, lo demuestra incluso la actitud que él tomó al momento que su esposa por llamarlo de alguna manera esta prendida en candela o a lo mejor la chica le hecha el agua, pero igual una simple quemada y eso lo dice la practica, lo dice las experiencias que uno de una u otra manera ha tenido en la vida cotidiana produce un gran dolor y es una pequeña quemada, que dejara que esa ciudadana dicho por el funcionario, dicho por el médico el Dr. Bruzual, por el funcionario Raúl Sánchez, incluso Lenny Espinoza, quienes vieron el cadáver, un cadáver con el 80% de quemaduras, grandes y profundas quemaduras que fue lo que produjo la consecuencia de esas graves quemaduras, es lo que produce según lo que determina el medico anatomopatologo extremidades, pulmón congestivo con múltiples nódulos bilaterales, predominio basal, corazón con trombo de ventrículo derecho y trombo embolismo pulmonar, el cual el Doctor estando acá explicó perfectamente cual había sido la consecuencia de estas quemaduras. Por todo esto además de las declaraciones del ciudadano Ubaldo Celestino Mendoza, quien manifestó que efectivamente él acudió al centro hospitalario donde atendían a la ciudadana Josefina Gladys y con lágrimas en los ojos, bien sentido de recordar ese momento, expresó que esta ciudadana le manifestó antes de morir, él no dijo que ella se estaba muriendo, ella estaba muy quemada y él logro hablar con ella y ella le manifestó que era su esposo el que la había prendido en candela, a preguntas de la fiscal por aquello de aquellas costumbres que usualmente existen en esta zona de que una es la esposa, la otra es la amiga, bueno el Ministerio Público le preguntó el nombre que según el era el esposo de esta ciudadana o quien le había dicho esta señora y con voz clara expresó que efectivamente se trataba de Italo Troncosa, ese ciudadano declaró sin ningún tipo de violencia por parte de este Tribunal ni de nadie en particular, manifestó haber venido por su propia cuenta, no fue traído acá por la fuerza pública, libre de toda coacción, es decir ciudadana Juez que el Ministerio Público si logró demostrar la participación o la responsabilidad del ciudadano Ítalo Gregorio Troncosa Troncosa en la comisión del Homicidio de la persona de Gladys Josefina Castillo Camejo, es por lo que el Ministerio Público solicita se tome una decisión de conformidad con el articulo 22 de la Ley Orgánica Procesal penal, con las máximas experiencias, la sana critica, solicitando una condenatoria para el señor Ítalo Gregorio Troncosa Troncosa”.-
Con fundamento en las consideraciones expuestas, decretada la Culpabilidad del acusado, corresponde a esta Instancia determinar la penalidad aplicable, al efecto se tiene que para el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Castillo Camejo Gladis Josefina (occisa) se establece pena de quince (15) a veinte (20) años de prisión por lo que este Juzgado por aplicación de los artículos 37 en concordancia con el articulo 74. 4 del Código Penal, al considerar que no existe política penitenciaria que permita la resocialización ni reinserción de los privados de libertad, lo CONDENA a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN y a las penas accesorias de Ley. Así se decide.-

DISPOSITIVA

Con base a las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Juicio Nº 3, actuando en forma Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CULPABLE al ciudadano YTALO GREGORIO TRONCOZA, venezolano, mayor de edad, oficio operador de maquina, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.041.912; y residenciado en el Barrio Campo Alegre II, calle principal, casas s/n Guanarito, estado Portuguesa, al quedar demostrada su responsabilidad en la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana CASTILLO CAMEJO GLADIS JOSEFINA (occisa) y le CONDENA a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN por aplicación con el articulo 74. 4 del Código Penal, así como las penas accesorias de Ley. Se exime del pago de costas procesales, Se mantiene la medida judicial de privación de libertad del Acusado anteriormente identificado, hasta tanto el Tribunal de Ejecución determine la forma de cumplimiento de la pena. El dispositivo de la presente sentencia que hoy se publica ha sido leído en audiencia oral y pública celebrada en este Circuito Judicial Penal el Trece (13) de Febrero de Dos Mil Trece,. Publíquese el texto íntegro de la sentencia y entréguese copia a las partes que lo requieran. Certifíquese copias por Secretaría a los fines de agregar a las actuaciones. Por cuanto que la publicación se hace fuera del lapso previsto en el artículo 347 del Código Adjetivo, motivado a la celebración de juicios en las causas Nº 3U-667-12, 3M-596-12, 3U-565-11, 3U-327-09, 3J-692-12, 3U-184-07, 3M-387-10, 3U-689-12, 3U-637-12, 3U-504-11, 3U-321-09/3J-618-12, 3J-674-12, 3U-697-12, 3J-711-12, 3U-645-12, 3U-387/592-12, se ordena la notificación a las partes.

Dada, firmada, refrendada y sellada en la Sala de audiencias de este Juzgado en Función de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en forma Unipersonal, a los nueve (9) días del mes de Mayo de 2013. Años 202° de la Independencia y 153º de la Federación.

La Juez de Juicio N° 3

Abg. Carmen Zoraida Vargas López


La Secretaria

Abg. Deimar Márquez


Seguidamente se publicó siendo las 3: 00 p.m., Conste,

3J-689-12- CZVL/dm/carmen