REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN

Guanare, 20 de Mayo de 2013
Año 203º y 154°
Nº _______-13
CAUSA 1E-920-06

JUEZ DE EJECUCIÓN N° 1 Abg. Narvy Abreu Moncada
PENADO Alexander Carmona Morón
DEFENSORA PUBLICA Abg. Elsy Cadenas
FISCAL Sexto del Ministerio Público en materia de Ejecución
DELITO Robo Agravado en Grado de Cooperador Inmediato
SECRETARIA: Abg. Nina González
MOTIVO: Extinción de Responsabilidad Penal

Revisada como ha sido la presente causa instruida contra el ciudadano ALEXANDER COROMOTO CARMONA MORON, venezolano, natural Guanare Estado Portuguesa nacido en fecha 08-09-1980, mayor de edad, soltero, obrero, identificado con cédula N° V-14.996.192, residenciado en el Caserío Mesa Alta, sector I, callejón Los Peraza, casa S/Nº Parroquia San Juan de Guanaguanare, Municipio Guanare Estado Portuguesa, en la que consta que el penado fue condenado por el Juzgado de Juicio Nº 1 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 07 de Julio de 2004, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 460 en relación con articulo 83 ambos del Código Penal.

Por otra parte consta que en fecha 28 de Mayo de 2009 este Juzgado de Ejecución N° 1, otorgó el beneficio de Libertad Condicional, previo análisis de los requisitos exigidos otorgó al mencionado penado el beneficio de Libertad Condicional por haber reunido los requisitos exigidos en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la época imponiéndosele entre las condiciones presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario hasta el 20 de febrero de 2013, fecha de cumplimiento de la pena principal, la cual evidentemente ha fenecido .

Finalmente se tiene que en fecha 15-05-2013 se recibió Informe de culminación emanado de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Guanare, en el que informan que el penado CARMONA MORON ALEXANDER COROMOTO fue sometido a la supervisión y supervisión durante el tiempo señalado por este tribunal, habiendo progresado favorablemente y cumplido satisfactoriamente con las condiciones que le fueron impuestas.

Así las cosas, conforme a lo examinado, se tiene que en efecto el penado cumplió a cabalidad el régimen de prueba impuesto, según se evidencia del informe periódico conductual de culminación emanada de la hoy Unidad Técnica de Supervisión y Orientación en la que se concluye que el penado CARMONA MORON ALEXANDER COROMOTO culminó de manera favorable con las condiciones que le fueron impuestas; lo cual trae como consecuencia debe la Extinción de la responsabilidad criminal como consecuencia de la pena que le había sido puesta. Así se declara.

DISPOSITIVA

Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano ALEXANDER COROMOTO CARMONA MORON, venezolano, natural Guanare Estado Portuguesa nacido en fecha 08-09-1980, mayor de edad, soltero, obrero, identificado con cédula N° V-14.996.192, residenciado en el Caserío Mesa Alta, sector I, callejón Los Peraza, casa S/Nº Parroquia San Juan de Guanaguanare, Municipio Guanare Estado Portuguesa, de Conformidad con el Artículo 105 del Código Penal y 471.1 del Código Orgánico Procesal Penal .

Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia y archívese.


La Juez de Ejecución No. 1


Abg. Narvy del Valle Abreu Moncada


La Secretaria.


Abg. Nina González