REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA SEDE ACARIGUA

ACTA DE DESISTIMIENTO DE LA ACCION

En el día de hoy 12 de noviembre de 2013, siendo las 09:30 a.m., hora y oportunidad fijada para celebrar la audiencia oral y pública, en la causa, signada con el Nº PP21-L-2010-000193 seguida por los ciudadanos ARGENIS JOSE GOMEZ MORENO, ENGER RUMALDO BLANCO PARRA, JERONIMO JOSE BLANCO PARRA, NELSON RAMON ADJUNTA, CESAR FUENTES, ALIS RAFAEL DEVIDES BLANCO, CIXTO MARIA LINAREZ, ELIOCIX JOSE ESCALONA VARGAS, EUSTAQUIO ANTONIO COLMENAREZ, FELIPE GONZALEZ, NATAEL ROJAS, JORGE DIAZ, NOEL ESCALONA y JESUS ESCALONA contra, DESARROLLO DONATELLO C.A, CARTON DE VENEZUELA S.A, AGRO VALCE, C.A, AGROSERVICIOS COLCHON C.A y PROYECTOS AGRICOLAS 2020, C.A por motivo cobro de prestaciones sociales. El acto fue anunciado por el alguacil, a la puerta de la sala de audiencia. Seguidamente se declaró constituido el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, con la presencia de la ciudadana Jueza abogada GABRIELA BRICEÑO VOIRIN, con la asistencia de la Secretaria abogada YRBERT ALVARADO y del Alguacil JAVIER TORREALBA, por lo cual se dio inicio a la audiencia. Se dejó constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevaría a cabo por el Técnico Audiovisual JEAN FRANCO ESPINOZA. La Secretaria certifico la incomparecencia de los ciudadanos ARGENIS JOSE GOMEZ MORENO, ENGER RUMALDO BLANCO PARRA, JERONIMO JOSE BLANCO PARRA, NELSON RAMON ADJUNTA, CESAR FUENTES, ALIS RAFAEL DEVIDES BLANCO, CIXTO MARIA LINAREZ, ELIOCIX JOSE ESCALONA VARGAS, EUSTAQUIO ANTONIO COLMENAREZ, FELIPE GONZALEZ, NATAEL ROJAS, JORGE DIAZ, NOEL ESCALONA y JESUS ESCALONA, quienes no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Por otro lado, se dejó constancia de la comparecencia de la empresa CARTON DE VENEZUELA S.A, su apoderado judicial abogado JESUS LOPEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 16.270, Por la empresa DESARROLLOS DONATELLO su apoderada judicial abogada CAROLINA ALEJANDRA RIVERO CORTEZ inscrita en el Inpreabogado Nº 130.293, tercero llamado a la causa AGRO VALCE su apoderado judicial abogado LUIS LEÓN., identificado con matricula de Inpreabogado Nº 135.383, por la empresa AGROSERVICIOS COLCHON C.A su apoderada judicial abogada SYLVIA ABANO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 45.738, por la empresa PROYECTOS AGRICOLAS 2020, C.A, su apoderado judicial abogado CARL SILVA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 84.771

Acto seguido, vista la incomparecencia de la parte accionante, éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA CON SEDE EN ACARIGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley procede aplicar las consecuencias contenidas en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declarando DESISTIDA LA ACCIÓN en ocasión a la incomparecencia de la parte actora a la presente audiencia de juicio. Es todo, concluye el acto y conforme firman los presentes.
La Jueza


Abg. Gabriela Briceño Voirin

La Secretaria,

Abg. Yrbert Alvarado


Apoderados judiciales de las demandadas,




El Técnico Audiovisual,


Alguacil