REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE CONTROL

Palacio de Justicia piso 1, frente a la Plaza Bolívar, Guanare, Estado Portuguesa.

Guanare, 16 de Octubre de 2013
Años 203° y 154°



Solicitud: N° 1CS-9113-13.

La presente solicitud interpuesta por la Fiscalía Primera del Ministerio Público ante este Juzgado de Control, consiste en que se decrete orden de aprehensión en contra de los imputados RENE ANTONIO ROJAS LÓPEZ, venezolano, natural de Biscucuy estado Portuguesa, 23 años de edad, fecha de nacimiento 02-06-1990, soltero, obrero, residenciado en el Caserío La Vega, de Santa Rosa, titular de la cédula de Identidad numero V-19.670.345, SÁNCHEZ ARIAS YOALDO ALFREDO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 15-03-1984, soltero, obrero, hijo de Oswaldo Sánchez y Ramona Arias, titular de la cédula de Identidad numero V-24.505.386, JIMÉNEZ GIL SALOMÓN ANTONIO, titular de la cédula de identidad V-7.987.023, de 44 años de edad, fecha de nacimiento 13-03-1967, estado civil soltero, profesión u oficio caficultor, JIMÉNEZ PÉREZ EDILIO ANTONIO, venezolano, natural de Chabasquen estado Portuguesa, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 31-5-1992, soltero, obrero, quien reside en ese domicilio, titular de la cédula de Identidad numero V-19.982.934, y CARLOS ENRIQUE RIVERO CANTILLO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 03-06-1991, soltero, obrero, quien reside en la ciudad de Barquisimeto, pero desconoce su domicilio o residencia, titular de la cédula de Identidad numero V-23.576.607, hijo de Medila Cantillo y Carlos Rivero, al considerar que se encuentran incurso en uno de los delitos Contra Las Personas, específicamente el delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS INNOBLES EN GRADO DE AUTORIA, previsto en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal, en concordancia con el articulo 84 numeral 1 de nuestro Código Sustantivo, en perjuicio de MARIO ANTONIO ORELLANA, en razón de ello este Juzgado pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

PRIMERO

El Ministerio Público plantea la solicitud señalando:

El siguiente hecho: “...TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDAD, de fecha 24/06/2.013, suscrita por el Jefe de Guardia Sub-Inspector Detective Robert Duran, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: el inicio de una averiguación a la cual se le asigno el N° K-13-0254-01334, por un delito contra las personas, se tiene conocimiento que el ciudadano MARIO ANTONIO ORELLANA, de nacionalidad Venezolana, natural de Chabasquen estado Portuguesa, de 49 años de edad, fecha de nacimiento 22-07-1963, de estado civil soltero, profesión u oficio Comerciante, residenciado en el Sector La Batea Municipio Unda, Chabasquen estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-9.652.958, había salido de su residencia, en horas de la mañana del día 24-06-13 a bordo de un vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, Color Azul, Placas EAJ-979, hacia el Caserío Helechal del Municipio Unda, a fin de realizar actividades propias de su profesión como comerciante , venta de catalinas y chimo, siendo localizado su vehículo el día 25-6-13, el cual se encontraba abandonado en el Sector el Caño del mencionado Caserío, dejando al propietario como Persona Solicitada por ante el Sistema de Investigación de Información Policial (SIIPOL) C.I.C.P.C.”.

Los elementos de convicción que el Ministerio Público ofrece a los fines de solicitar la privación judicial preventiva de libertad son los siguientes:

Folio 1: TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDAD, de fecha 24/06/2.013, suscrita por el Jefe de Guardia Sub-Inspector Detective Robert Duran, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: el inicio de una averiguación a la cual se le asigno el N° K-13-0254-01334, por un delito contra las personas, se tiene conocimiento que el ciudadano MARIO ANTONIO ORELLANA, de nacionalidad Venezolana, natural de Chabasquen estado Portuguesa, de 49 años de edad, fecha de nacimiento 22-07-1963, de estado civil soltero, profesión u oficio Comerciante, residenciado en el Sector La Batea Municipio Unda, Chabasquen estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-9.652.958, había salido de su residencia, en horas de la mañana del día 24-06-13 a bordo de un vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, Color Azul, Placas EAJ-979, hacia el Caserío Helechal del Municipio Unda, a fin de realizar actividades propias de su profesión como comerciante , venta de catalinas y chimo, siendo localizado su vehículo el día 25-6-13, el cual se encontraba abandonado en el Sector el Caño del mencionado Caserío, dejando al propietario como Persona Solicitada por ante el Sistema de Investigación de Información Policial (SIIPOL) C.I.C.P.C.

Folio 2 v Vto: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 24/06/2.013, suscrita por los Funcionario Inspector Miguel Coronado, adscrito a la brigada contra la Extorsión y Secuestro del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: de haber recibido una llamada telefónica de parte del oficial (PEP) Yuli Andrade, adscrita la Comisaría de Unda del Municipio Unda estado Portuguesa, informando que en el Caserío Elechal, localizaron un vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, Color Azul, Placas EAJ-979, abandonado, correspondiendo con las características del vehículo conducido por el ciudadano reportado como desaparecido, el funcionario se traslada en compañía del Inspector Porfirio Moreno, Detective Wílfredo Roa, Detective Garmendia Edixon, una vez en el sector se entrevistan con el ciudadano Orellana Pérez Mario Daniel, venezolano, natural de Chabasquen, de 22 años, fecha de nacimiento 17-8-1990, estado civil soltero, de profesión estudiante, residenciado en el Barrio las Bateas, Sector Francisco de Miranda casa s/n, titular de la cédula de identidad V-19.981.986, quien manifestó ser el hijo del propietario del vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, Color Azul, Placas AE-130 TM, año 83, color azul, Serial de Carrocería FJ40937889, quien manifestó que su progenitor, había salido el día domingo 23-06-13, a eso de las 06:00 de la mañana, hacia el caserío de Anzoátegui estado Lara, a vender Catalinas y Chimo, y a la presente fecha (24-junio 2013 no ha regresado.

Folio 3 y vto.: ACTA DE INSPECCIÓN N° 1476, de fecha 24/06/2.013, suscrita por los funcionarios Inspector MIGUEL CORONADO y EDISON GARMENDIA, quienes dejan constancia entre otras de lo siguiente: realizada en UNA VIA PUBLICA, UBICADA EN LA CALLE PRINCIPAL DEL CASERÍO EL HELECHAL, MUNICIPIO UNDA ESTADO PORTUGUESA, lugar donde presuntamente ocurrió el hecho, y lo describen como un sitio de suceso abierto.....Es todo.

Folio 12: ACTA DE EXPERTICIA RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-057-EV-329 de fecha 26/06/2013, suscrita por el funcionario Lcdo. YOVANNY ENRIQUE OLIVAR., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Guanare, realizada a: "01.- UN (01) VEHÍCULO AUTOMOTOR, CLASE RUSTICO, MARCA TOYOTA, TIPO TECHO DURO, MODELO LAND CRUISER, PLACAS AC5A59M, COLOR AZUL Y BLANCO, PLACAS AE130TM, USO PARTICULAR, ANÑO 1983, SERIAL DE CARROCERÍA FJ40-93V889, SERIAL DE MOTOR 2F-704610.

Folios 15 y 16: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 28/06/2.013, suscrita por el Funcionario Detective Agregado Robert Javier Duran Delgado, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: de haber recibido una llamada telefónica procedente de la Comisaría Monseñor "José Vicente de Unda, Población de Chabasquen, estado Portuguesa, informando sobre la localización de un cadáver, de quien en vida respondiera al nombre de MARIO ANTONIO ORELLANA, quien figura como victima en la causa K-13-0254-01334, por lo que se traslada en compañía del funcionario Técnico Edixon Garmendia, hasta la estación Policial antes mencionada, al llegar son atendidos por la funcionaría Oficial (PEP) Yuly Andrade, quien los oriento hacia el lugar del hallazgo del cadáver, en el lugar se encontraba la persona que encontró y localizo e identifico el cadáver quien menciono ser su hermano y se identifico como ORELLANA JOSÉ GREGORIO, venezolano, natural de Chabasquen Municipio Unda estado Portuguesa , de 42 años de edad, fecha de nacimiento 01-05-1971, soltero, caficultor, reside en la Población de Chabasquen, Sector La Recta, calle principal, casa sin numero, Municipio Unda estado Portuguesa, quien manifestó que con el apoyo de la Policía del Municipio y personas de la comunidad, lograron encontrar el cuerpo sin vida de su hermano, MARIO ANTONIO ORELLANA, venezolano, natural de Chabasquen estado Portuguesa, de 49 años de edad, fecha de nacimiento 22-07-1965, soltero, comerciante, quien residía en el Barrio Las Bateas, Sector Francisco de Miranda, casa s/n, cerca de la Escuela Petra de Orellana, al lado de la Bodega de la Sra. Vilma, Chabasquen Municipio Unda estado Portuguesa, cédula de identidad V-9.652.958.

Folio 17 y vto.: ACTA DE INSPECCIÓN N° 1510, de fecha 29/06/2.013, suscrita por los funcionarios Detective Agregado ROBERT JAVIER DURAN y Detective EDISON GARMENDIA, quienes dejan constancia entre otras de lo siguiente: realizada en EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE GUANARE ESTADO PORTUGUESA, EN DONDE YACE EN POSICIÓN DORSAL SOBRE UNA BANDEJA METÁLICA, EL CUERPO SIN VIDA DE UNA PERSONA DE SEXO MASCULINO, EN ESTADO DE DESCOMPOSICIÓN..... Es todo.

Folio 20 y vto.: ACTA DE INSPECCIÓN N° 1511, de fecha 29/06/2.013, suscrita por los funcionarios Detective Agregado ROBERT JAVIER DURAN y Detective EDISON GARMENDIA, quienes dejan constancia entre otras de lo siguiente: realizada en UNA VIA PUBLICA, UBICADA EN LA CALLE PRINCIPAL DEL CASERÍO EL HELECHAL, MUNICIPIO UNDA ESTADO PORTUGUESA, lugar donde presuntamente ocurrió el hecho, y lo describen como un sitio de suceso abierto.....Es todo.

Folio 34 y 35: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 12/07/2.013, suscrita por el Funcionario Detective LINARES MANUEL, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: siguiendo con las investigaciones de la causa signada con el numero K-13-0254-01334, deja constancia que en compañía de los funcionarios Inspector Jefe Porfirio Moreno, Inspector Luis Torres, Detective Agregado Robert Duran, Orangel Colmenares, Jean Márquez, Juan Guedez y Nowis Alvarado, quienes constituidos en comisión, se trasladaron al Municipio Unda, con el objeto de Practicar Visita Domiciliaria en donde reside el ciudadano YOVANY LÓPEZ, apodado "EL MECHUDO", al llegar a la vivienda, fueron atendidos por el ciudadano ALEXIS ANTONIO CARRASCO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad V-ll.581.351, de 48 años de edad, fecha de nacimiento29-08-1966, estado civil soltero, profesión u oficio Caficultor, quien manifestó ser la persona con el apodo de "EL MECHUDO", procedieron los funcionarios a practicar la revisión del inmueble, encontrando debajo del colchón de la cama del primer cuarto, UN ARMA DE FUEGO TIPO ESCOPETA, proceden a la aprehensión en flagrancia, procedieron a verificar los datos del ciudadano por ante el Sistema de Información Policial (SIIPOL), DONDE SE CONSTATO QUE EL MISMO PRESENTA UN Registro Policial del año 1987, por el delito de Droga, por ante la Subdelegación de Guanare estado Portuguesa.

Folio 38 y vto.: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 12/07/2.013, suscrita por el Funcionario Detective Agregado ROBERT DURAN DELGADO, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: siguiendo con las investigaciones de la causa signada con el numero K-13-0254-01334, deja constancia que en compañía de los funcionarios Inspector Jefe Porfirio Moreno, Inspector Luis Torres, Detective Agregado Robert Duran, Orangel Colmenares, Jean Márquez, Juan Guedez y Manuel Linares, quienes constituidos en comisión, se trasladaron al Municipio Unda, con el objeto de Practicar Visita Domiciliaria en una vivienda sin numero, ubicada en el Sector La Cascada, Carretera Principal, detrás de la casa del señor Maximiano, fueron atendidos por el ciudadano ARIAS GODOY RAMONA DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad V-9.982.916, de 47 años de edad, fecha de nacimiento 16-03-1966, estado civil soltera, profesión u oficio del hogar, quien manifestó ser la propietaria de la vivienda, procedieron los funcionarios a practicar revisión del inmueble, no encontrando objetos de interés criminalísticos para la investigación, esta ciudadana manifestó ser la progenitura del ciudadano mencionado como YOALDO SÁNCHEZ, QUIEN ADEMAS TENIA DOS SEMANAS EN LA CIUDAD DE Barquisimeto, y desconocía su ubicación exacta, aporto a la comisión los datos filiatorios de su hijo de la siguiente manera: SÁNCHEZ ARIAS YOALDO ALFREDO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 15-03-1984, soltero, obrero, hijo de Oswaldo Sánchez y Ramona Arias, titular de la cédula de Identidad numero V-24.505.386, dejándole a la progenitura una boleta de Citación para el que el hijo se presente por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa

Folio 42 y vto: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 12/07/2.013, suscrita por el Funcionario Detective Agregado ROBERT DURAN DELGADO, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: siguiendo con las investigaciones de la causa signada con el numero K-13-0254-01334, deja constancia que en compañía de los funcionarios Inspector Jefe Porfirio Moreno, Inspector Luis Torres, Detective Agregado Robert Duran, Orangel Colmenares, Jean Márquez, Juan Guedez y Manuel Linares, quienes constituidos en comisión, se trasladaron al Municipio Unda, con el objeto de Practicar Visita Domiciliaria en una vivienda sin numero, ubicada en el Sector La Cascada, Carretera Principal, la vivienda se encontraba deshabitada, procedieron los funcionarios a practicar revisión del inmueble, no encontrando objetos de interés criminalísticos para la investigación, en la vivienda se encontraba un documento de compra venta de un vehículo, con los datos filiatorios del ciudadano mencionado en la causa como RENE ANTONIO ROJAS LÓPEZ, venezolano, titular de la cédula de Identidad numero V-19.670.345.

Folio 47 y vto: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 12/07/2.013, suscrita por el Funcionario Detective Agregado ROBERT DURAN DELGADO, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: siguiendo con las investigaciones de la causa signada con el numero K-13-0254-01334, deja constancia que en compañía de los funcionarios Inspector Jefe Porfirio Moreno, Inspector Luis Torres, Detective Agregado Robert Duran, Orangel Colmenares, Jean Márquez, Juan Guedez y Manuel Linares, quienes constituidos en comisión, se trasladaron al Municipio Unda, con el objeto de Practicar Visita Domiciliaria en una vivienda sin numero, ubicada en el Sector La Cascada, fueron atendidos por el ciudadano JIMÉNEZ GIL SALOMÓN ANTONIO, titular de la cédula de identidad V-7.987.023, de 44 años de edad, fecha de nacimiento 13-03-1967, estado civil soltero, profesión u oficio caficultor, quien manifestó ser el propietario de la vivienda, procedieron los funcionarios a practicar revisión del inmueble, no encontrando objetos de interés criminalísticos para la investigación.

Folio 51 y vto: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 12/07/2.013, suscrita por el Funcionario Detective Agregado ROBERT DURAN DELGADO, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: siguiendo con las investigaciones de la causa signada con el numero K-13-0254-01334, deja constancia que en compañía de los funcionarios Inspector Jefe Porfirio Moreno, Inspector Luis Torres, Detective Agregado Robert Duran, Orangel Colmenares, Jean Márquez, Juan Guedez y Manuel Linares, quienes constituidos en comisión, se trasladaron al Municipio Unda, con el objeto de Practicar Visita Domiciliaria en una vivienda sin numero, ubicada en el Sector La Cascada, Carretera Principal, detrás de la casa del señor Maximiano, fueron atendidos por la ciudadana CANELÓN ALDANA HILDA ROSA, titular de la cédula de identidad V-14.223.028, de 41 años de edad, fecha de nacimiento 13-11-1971, estado civil soltera, profesión u oficio del hogar, quien manifestó ser la propietaria de la vivienda, procedieron los funcionarios a practicar revisión del inmueble, no encontrando objetos de interés criminalísticos para la investigación, esta ciudadana manifestó ser la prima del ciudadano mencionado en actas como LUIS ALBERTO SÁNCHEZ Apodado El Borrego, quien para el momento no se encontraba, aporto a la comisión los datos filiatorios de su primo de la siguiente manera: LUIS ALBERTO SÁNCHEZ, venezolano, natural de Biscucuy estado Portuguesa, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 1-12-1985, soltero, obrero, hijo de Francisca Sánchez y Francisco Pérez, titular de la cédula de Identidad numero V-20.130.191, dejándole a la prima una boleta de Citación para que el ciudadano LUIS ALBERTO SÁNCHEZ se presente por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, Estado Portuguesa

Folio 55 y vto.: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 12/07/2.013, suscrita por el Funcionario Detective Agregado ROBERT DURAN DELGADO, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: siguiendo con las investigaciones de la causa signada con el numero K-13-0254-01334, deja constancia que en compañía de los funcionarios Inspector Jefe Porfirio Moreno, Inspector Luis Torres, Detective Agregado Robert Duran, Orangel Colmenares, Jean Márquez, Juan Guedez y Manuel Linares, quienes constituidos en comisión, se trasladaron al Municipio Unda, con el objeto de Practicar Visita Domiciliaria en una vivienda sin numero, ubicada en el Sector La Cascada, Carretera Principal del Municipio Unda estado Portuguesa, fueron atendidos por la ciudadana BERTHA DEL CARMEN PÉREZ, titular de la cédula de identidad V-10.959.220, de 55 años de edad, fecha de nacimiento 13-12-1954, estado civil soltera, profesión u oficio del hogar, quien manifestó ser la propietaria de la vivienda, procedieron los funcionarios a practicar revisión del inmueble, no encontrando objetos de interés criminalísticos para la investigación, posteriormente identificaron a un ciudadano que se encontraba en el inmueble, quien dijo ser y llamarse de la siguiente manera: JIMÉNEZ PÉREZ EDILIO ANTONIO, venezolano, natural de Chabasquen estado Portuguesa, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 31-5-1992, soltero, obrero, quien reside en ese domicilio, titular de la cédula de Identidad numero V-19.982.934, a quien se le informo que estaba requerido por la comisión policial y debía acompañarlos ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, Estado Portuguesa

Folio 55 y vto.: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 12/07/2.013, suscrita por el Funcionario Detective Agregado ROBERT DURAN DELGADO, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: siguiendo con las investigaciones de la causa signada con el numero K-13-0254-01334, deja constancia que en compañía de los funcionarios Inspector Jefe Porfirio Moreno, Inspector Luis Torres, Detective Agregado Robert Duran, Orangel Colmenares, Jean Márquez, Juan Guedez y Manuel Linares, quienes constituidos en comisión, se trasladaron al Municipio Unda, con el objeto de Practicar Visita Domiciliaria en una vivienda sin numero, ubicada en el Sector La Cascada, Carretera Principal del Municipio Unda estado Portuguesa, fueron atendidos por la ciudadana BERTHA DEL CARMEN PÉREZ, titular de la cédula de identidad V-10.959.220, de 55 años de edad, fecha de nacimiento 13-12-1954, estado civil soltera, profesión u oficio del hogar, quien manifestó ser la propietaria de la vivienda, procedieron los funcionarios a practicar revisión del inmueble, no encontrando objetos de interés criminalísticos para la investigación, posteriormente identificaron a un ciudadano que se encontraba en el inmueble, quien dijo ser y llamarse de la siguiente manera: JIMÉNEZ PÉREZ EDILIO ANTONIO, venezolano, natural de Chabasquen estado Portuguesa, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 31-5-1992, soltero, obrero, quien reside en ese domicilio, titular de la cédula de Identidad numero V-19.982.934, a quien se le informo que estaba requerido por la comisión policial y debía acompañarlos ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa

Folio 58 y 59: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 12/07/2.013, suscrita por el Funcionario Detective Agregado ROBERT DURAN DELGADO, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: siguiendo con las investigaciones de la causa signada con el numero K-13-0254-01334, deja constancia que en compañía de los funcionarios Inspector Jefe Porfirio Moreno, Inspector Luis Torres, Detective Agregado Robert Duran, Orangel Colmenares, Jean Márquez, Juan Guedez y Manuel Linares, quienes constituidos en comisión, se trasladaron al Municipio Unda, con el objeto de Practicar Visita Domiciliaria en una vivienda sin numero, ubicada en el Sector La Cascada, Carretera Principal del Municipio Unda estado Portuguesa, fueron atendidos por el ciudadano JUAN CARLOS PAIRA CANELÓN, titular de la cédula de identidad V-23.756.952, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 12-12-1994, estado civil soltera, estudiante, quien manifestó que residía allí en la vivienda, procedieron los funcionarios a practicar revisión del inmueble, no encontrando objetos de interés criminalísticos para la investigación, posteriormente manifestó a la comisión que el no era el mencionado en actas como "EL CALITO", que ese se había abandonado el Caserío después del deceso del ciudadano Orellana Mario Antonio y condujo a la comisión policial hasta el sitio donde reside el mencionado en actas como EL CALITO, al llegar al lugar son atendidos por un ciudadano que se identifico como: CARLOS EDUARDO RIVERO PÉREZ, venezolano, natural de Biscucuy estado Portuguesa, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 20-08-1980, soltero, funcionario policial del estado Portuguesa, adscrito a la comisaría Sucre, Titular de la cédula de Identidad V- 15.425.544, quien manifestó ser hermano del ciudadano requerido por la comisión policial, y que este se había marchado hacia la ciudad de Barquisimeto después de ocurrido el hecho de la investigación, es decir el deceso del ciudadano Mario Antonio Orellana, y procedió a dar los datos filiatorios de su hermano de la siguiente manera: CARLOS ENRIQUE RIVERO CANTILLO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 03-06-1991, soltero, obrero, quien reside en la ciudad de Barquisimeto, pero desconoce su domicilio o residencia, titular de la cédula de Identidad numero V-23.576.607, hijo de Medila Cantillo y Carlos Rivero, de igual forma se le libro una boleta y se le Informo que debía presentarse por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, Estado Portuguesa

Folio 62 y 63: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12/07/2.013, tomada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub -Delegación Guanare, Estado Portuguesa, donde se omite la identidad de conformidad con lo establecido en la Ley de Protección a Victimas Testigos y demás sujetos procesales expone: este ciudadano manifestó que en el Caserío donde vive, que había desaparecido un ciudadano que fue encontrado muerto en el caserío La Trinidad, después que lo encontraron, comenzaron a decir decían que quien lo había matado eran los ciudadanos RENE, SALO, EDUAR Y CALITO, DICIENDO QUE LO HABÍAN MATADO A PALAZOS.

Folio 65, 66 y 67: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/07/2.013, tomada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Guanare, Estado Portuguesa, CARLOS EDUARDO RIVERO PÉREZ, venezolano, natural de Biscucuy estado Portuguesa, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 20-08-1980, soltero, funcionario policial del estado Portuguesa, adscrito a la comisaría Sucre, Titular de la cédula de Identidad V- 15.425.544, quien expone: este ciudadano manifestó que en el Caserío donde vive, comenzaron rumores que el ciudadano Mario Orellana, se encontraba extraviado, luego en horas en horas de ese mismo día, encontraron el vehículo del señor Mario, abandonado en el Caserío el Elechal Municipio Unda estado Portuguesa, el señor todavía se encontraba desaparecido y comenzaron a decir que las personas involucradas en el hecho eran a decir decían que quien lo había matado eran los ciudadanos EDUAR LÓPEZ Alias "EL CATIRE", RENE ROJAS, SALOMÓN JIMÉNEZ Alias "SALOMONCITO", YOALDO SÁNCHEZ, ANÍBAL SÁNCHEZ Y mi Hermano CARLOS RIVERO Alias "EL CALITO", en horas de la noche de ese mismo día me llegaron dos mensajes de texto a mi teléfono celular donde decían " LALO MALDITO SAPO, YA SE QUE ESTABAS HECHANDO PAJAEN LA POLICÍA DE CHABASQUEN" " PERO TRISTE POR TI Y POR NORKI A ELLA ES LA QUE VAMOS A MATAR, así como en otro de los mensajes decía "ENTREGA A CARLOS QUE NOSOTROS ANDÁBAMOS PERO EL FUE EL QUE LO MATO", el día sábado 29-6-2013, menciona el entrevistado que se encontraba en casa de su progenitora y comentaban sobre el hecho lamentable ocurrido al ciudadano Mario Antonio Orellana, en ese momento interviene su hermana v le dice que el día domingo 23-06-2013, siendo como las 11:30 horas de la noche, ella se encontraba en su vivienda cuando de repente se presento su hermano Carlos Rivero, en el vehículo Toyota del señor Mario, en compañía de cuatro o cinco personas mas, a quienes no logro distinguir porgue no se bajaron del vehículo, este le pidió permiso para dejar allí el vehículo v ella le respondió que no, gue no podía apoyar sinverguenzuras, y el día miércoles 03-07-13, llevo a su hermana a declarar y le llego otro mensaje de texto a su teléfono donde le decían " MALDITO SAPO TE VAMOS A MATAR A TI Y A TU ESPOSA NORKI.

Folio 69 y vto.: ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/07/2.013, tomada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, Estado Portuguesa, donde se omite la identidad de conformidad con lo establecido en la Ley de Protección a Victimas Testigos y demás sujetos procesales expone: siendo como I3s 11:30 horas de la noche, ella se encontraba en su vivienda cuando de repente se presento su hermano apodado Calito, cuatro o cinco personas mas, a quienes no logro distinguir porque no se bajaron del vehículo, este le pidió permiso para dejar allí el vehículo v ella le respondió que no.

Folio 70 y vto: ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha 25/07/2.013, suscrita por el Funcionario Detective Agregado ROBERT DURAN DELGADO, adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare, Estado Portuguesa, en la cual deja constancia entre otras de lo siguiente: siguiendo con las investigaciones de la causa signada con el numero K-13-0254-01334, deja constancia que encontrándose de servicio, previa boleta de citación se presentaron los ciudadanos: RENE ANTONIO ROJAS LÓPEZ, venezolano, natural de Biscucuy estado Portuguesa, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 02-06-1990, soltero, obrero, reside en el Caserío La Vega de Santa Rosa de Lima, calle principal, casa sin numero, Municipio Unda estado Portuguesa, hijo de Aidé López y Ángel Rojas titular de la cédula de Identidad numero V-19.670.345, SÁNCHEZ ARIAS YOALDO ALFREDO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 15-03-1984, soltero, obrero, hijo de Oswaldo Sánchez y Ramona Arias, titular de la cédula de Identidad numero V-24.505.386, JIMÉNEZ PÉREZ EDILIO ANTONIO, venezolano, natural de Chabasquen estado Portuguesa, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 31-5-1992, soltero, obrero, quien reside en ese domicilio, titular de la cédula de Identidad numero V-19.982.934, CARLOS ENRIQUE RIVERO CANTILLO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 03-06-1991, soltero, obrero, quien reside en la ciudad de Barquisimeto, pero desconoce su domicilio o residencia, titular de la cédula de Identidad numero V-23.576.607, hijo de Medila Cantillo y Carlos Rivero.

Folio 115,116 y 117 vtos: RESULTADO DE LA AUTOPSIA signada 196-2013, de fecha 29/06/2013, suscrita por el Dr. ZULEIMA ARAMBULE, realizada al cadáver de quien en vida respondiese al nombre de ORELLANA MARIO ANTONIO, en el cual se certificó A.- FRACTURA TRAUMÁTICAS EN ARCOS COSTALES ANTERIORES. B.- DESMEMBRAMIENTO DE ÓRGANOS INTRATORAXICOS (PULMÓN IZQUIERDO CONGESTIVOS Y HEMORRAGICO.

Folio 121, 122 y 123 vtos: ACTA DE EXPERTICIA de RECONOCIMIENTO TÉCNICO y VACIADO DE CONTENIDO CON TRANSCRIPCIÓN DE MENSAJES DE TEXTO DE CELULAR N° 9700-254-445 de fecha 26/06/2013, suscrita por el funcionario Detective LEONARDO VELIZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Guanare, realizada a: Un teléfono celular marca ALCATEL, elaborado en material sintético color negro, serial B36206871EA, signado con el numero 0424-599-58-04, línea MoviStar, contenido de los mensajes entrantes "ENTREGA A CALO, NO SEAN APOYADORES, TU SABES DONDE ESTA Y ERES CÓMPLICE TU O TU FAMILIA".

TERCERO

Examinados los elementos de convicción presentados, en efecto se desprende de los mismos la situación fáctica relacionada en uno de los delitos Contra Las Personas, específicamente el delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS INNOBLES EN GRADO DE AUTORIA, previsto en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal, en concordancia con el articulo 84 numeral 1 de nuestro Código Sustantivo, en perjuicio de MARIO ANTONIO ORELLANA, Considera el Ministerio Publico que las circunstancias de tiempo, modo y lugar como quedaron anotadas previamente, existiendo en autos suficientes elementos de convicción que comprometen la responsabilidad de los ciudadanos SÁNCHEZ ARIAS YOALDO ALFREDO, RENE ANTONIO ROJAS LÓPEZ, JIMÉNEZ GIL SALOMÓN ANTONIO, JIMÉNEZ PÉREZ EDILIO ANTONIO Y CARLOS ENRIQUE RIVERO CANTILLO, enunciadas por la Fiscal Primera del Ministerio Público en su escrito, las mismas reposan en las actuaciones que se acompañan.

Analizados los fundamentos de la imputación explanados en el escrito de solicitud, considera el Tribunal que se encuentra satisfecho el primer requisito (fomus bonis iuris) exigido para la imposición de medida de coerción alguna y existe adecuación a las exigencias del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse perpetrado un hecho punible que merece pena Privativa de Libertad, cuya acción penal no está evidentemente prescrita y por existir fundados elementos de convicción para establecer que los ciudadanos RENE ANTONIO ROJAS LÓPEZ, venezolano, natural de Biscucuy estado Portuguesa, 23 años de edad, fecha de nacimiento 02-06-1990, soltero, obrero, residenciado en el Caserío La Vega, de Santa Rosa, titular de la cédula de Identidad numero V-19.670.345, SÁNCHEZ ARIAS YOALDO ALFREDO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 15-03-1984, soltero, obrero, hijo de Oswaldo Sánchez y Ramona Arias, titular de la cédula de Identidad numero V-24.505.386, JIMÉNEZ GIL SALOMÓN ANTONIO, titular de la cédula de identidad V-7.987.023, de 44 años de edad, fecha de nacimiento 13-03-1967, estado civil soltero, profesión u oficio caficultor JIMÉNEZ PÉREZ EDILIO ANTONIO, venezolano, natural de Chabasquen estado Portuguesa, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 31-5-1992, soltero, obrero, quien reside en ese domicilio, titular de la cédula de Identidad numero V-19.982.934, CARLOS ENRIQUE RIVERO CANTILLO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 03-06-1991, soltero, obrero, quien reside en la ciudad de Barquisimeto, pero desconoce su domicilio o residencia, titular de la cédula de Identidad numero V-23.576.607, hijo de Medila Cantillo y Carlos Rivero, son los autores del ilícito que le fue imputado por el Ministerio Público; elementos estos que emanan de las actas, así como de las experticias e inspecciones practicadas y que constan en autos, en razón de lo cual este Juzgado, considera que es procedente la Orden de aprehensión solicita, por encontrarse llenos los extremos del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.

Pertinente en este sentido lo sostenido por el Doctrinario Claus Roxin, en su obra Derecho Procesal Penal, cito: “…Presupuesto materiales: 1.- sospecha vehemente con respecto a la comisión del hecho punible; esto es debe existir un alto grado de probabilidad (con todo detalle,…..) de que el imputado ha cometido el hecho y de que están presentes todos los presupuestos de la punibilidad y de la perseguibilidad …además de existir un motivo de detención especifico…” .

DISPOSITIVA

En virtud de la motivación que antecede, este Juzgado de PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:

DECLARA CON LUGAR LA SOLICTUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN solicitada en contra los ciudadanos RENE ANTONIO ROJAS LÓPEZ, venezolano, natural de Biscucuy estado Portuguesa, 23 años de edad, fecha de nacimiento 02-06-1990, soltero, obrero, residenciado en el Caserío La Vega, de Santa Rosa, titular de la cédula de Identidad numero V-19.670.345, SÁNCHEZ ARIAS YOALDO ALFREDO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 15-03-1984, soltero, obrero, hijo de Oswaldo Sánchez y Ramona Arias, titular de la cédula de Identidad numero V-24.505.386, JIMÉNEZ GIL SALOMÓN ANTONIO, titular de la cédula de identidad V-7.987.023, de 44 años de edad, fecha de nacimiento 13-03-1967, estado civil soltero, profesión u oficio caficultor JIMÉNEZ PÉREZ EDILIO ANTONIO, venezolano, natural de Chabasquen estado Portuguesa, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 31-5-1992, soltero, obrero, quien reside en ese domicilio, titular de la cédula de Identidad numero V-19.982.934, CARLOS ENRIQUE RIVERO CANTILLO, venezolano, natural de Barquisimeto estado Lara, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 03-06-1991, soltero, obrero, quien reside en la ciudad de Barquisimeto, pero desconoce su domicilio o residencia, titular de la cédula de Identidad numero V-23.576.607, hijo de Medila Cantillo y Carlos Rivero.

Líbrese la correspondiente Orden de Privación Judicial Preventiva de Libertad, la que contendrá la orden de captura para que una vez cumplida, sea puesto a la orden de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, a fines de que sea presentado ante el Juzgado de Control de este Circuito Judicial Penal, que le corresponda el conocimiento para ser oído, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 y segundo aparte del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase los originales con su resultas a la Fiscalía Primera del Ministerio Público en su oportunidad legal.



La Juez de Control Nº 1


Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli

El Secretario,


Abg. Marcelo Sulbaran