REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE CONTROL
Palacio de Justicia piso 1, frente a la Plaza Bolívar, Guanare, Estado Portuguesa.
Guanare, 22 de Octubre de 2013
Años 203° y 154°
N°
Solicitud: N° 1CS-9123-13.
La presente solicitud interpuesta por la Fiscalía Décima Primera del Segundo Circuito del Ministerio Público ante este Juzgado de Control, consiste en que se decrete orden de aprehensión en contra de los imputados DEIBY MAIKOL YEPEZ VILLA, titular de la cédula de identidad N° V-17.004.785, CARLOS JAVIER ÁNGULO LINAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.618.445 YESSER JOSÉ DELGADO ORTEGANO titular de la cédula de identidad N° V-14.127.083 Y DAGNESES RAFAEL MONTILLA MONTILLA, titular de la cedula de identidad N° V-15.400.482, al considerar que se encuentran incurso en uno de los delitos Contra Las Personas, específicamente el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA Y ARCÁNGEL JOSÉ CARRILLO TERÁN (OCCISOS), en razón de ello este Juzgado pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
PRIMERO
El Ministerio Público plantea la solicitud señalando:
El siguiente hecho: “...En fecha 12 de Septiembre de 2013, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, Inicia Investigación Penal, N°. MP-392784-2013 - K-13-0254-01857, bajo la dirección de esta Representación del Ministerio Público, por la comisión de uno de los delitos Contra Las Personas (HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO por haberse cometido con Alevosía), cometido en perjuicio de los ciudadanos (occisos) JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA y ARCÁNGEL JOSÉ CARRILLO TERAN, delito que después de las investigaciones pertinentes arrojaron como resultado que la responsabilidad penal recae en los ciudadanos: DEIBY MAIKOL YEPEZ VILLA, titular de la cédula de identidad N° V-17.004.785, CARLOS JAVIER ÁNGULO LINAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.618.445 YESSER JOSÉ DELGADO ORTEGANO titular de la cédula de identidad N° V-14.127.083 Y DAGNESES RAFAEL MONTILLA MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° V-15.400.482, por cuanto son señalados por el ciudadano DÍAZ GARCÍA RAFAEL RAMÓN, como las Funcionarios Policiales de Inteligencia que en misma fecha se trasladaban en un vehículo CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO EXPLORE, COLOR VINOTINTO, PLACAS AB994IE, SERIAL DE CARROCERÍA 1FMEU748470B48899, y que en lo manifestado por los testigos presenciales pertenece al vehículo que le produjo la muerte a los ciudadanos víctimas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego. El hecho punible que origino la muerte de los ciudadanos JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA y ARCÁNGEL JOSÉ CARRILLO TERAN, (HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO por haberse cometido con alevosía), es el siguiente: "...En fecha 12-09-2013, siendo aproximadamente las 03:00 horas de la tarde, cuando los ciudadanos antes mencionados se trasladaban en un taxis con las siguientes características CLASE AUTOMÓVIL, MARCA TOYOTA, MODELO COROLLA, TIPO SEDAN, COLOR AZUL, PLACAS AA353PE, USO PARTICULAR, AÑO 1997, por el Barrio Santa María, Calle Principal, Municipio Guanare Estado Portuguesa (Lugar donde ocurrieron los hechos), son abordados por un vehículo CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO EXPLORER, COLOR VINOTINTO, PLACAS AB994IE, SERIAL DE CARROCERÍA 1FMEU748470B48899, donde de dicho vehículo desciende un ciudadano quien con un arma de fuego dispara en diferentes oportunidades, logrando lesionar a los ciudadanos víctimas en diferentes partes del cuerpo, lesiones que le causaron la muerte de manera instantánea, por tales motivos es que se solicita ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de los ciudadanos plenamente identificados en las actas, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO por haberse cometido con alevosía", previsto en el articulo 406, numeral 1, del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA y ARCÁNGEL JOSÉ CARRILLO TERAN”.
Los elementos de convicción que el Ministerio Público ofrece a los fines de solicitar la privación judicial preventiva de libertad son los siguientes:
01.- CON LA TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDAD, de fecha 12-09-2013, cursante al folio 01 del expediente, suscrita por el Detective Agregado T.S.U ROBER DURAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, donde dejan constancia de la diligencia preliminares practicadas una vez en conocimiento del hecho que se investiga, donde encontrándose en labores de servicio en el despacho, recibió llamada telefónica de parte del Centralista de Guardia del 171 Oficial (PEP) Pacheco Dimair, informando que en el Barrio Santa María, de la ciudad de Guanare, se encontraban dos cuerpos sin vida de sexo masculino, presentando heridas producidas por arma de fuego, donde posteriormente fueron identificados como JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA y ARCÁNGEL JOSÉ CARRILLO TERAN.
02.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 12-09-2013, cursante a los folios 02 y 03 del expediente, suscrita por el Detective Manuel Linares, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, donde dejan constancia de llamada telefónica de parte del Centralista de Guardia del 171, informando que en la Avenida Simón Olivar,. Adyacente a los silos Ancas del Barrio Unión, de la ciudad de Guanare, se encontraba un vehículo estacionado y en su interior la presencia de los cuerpos sin vida de dos personas del sexo masculino, presentando heridas producidas por el paso de proyectiles disparados por armas de fuego en diferentes partes del cuerpo, motivando así el inicio de la Investigación Penal por uno de los delitos Contra las Personas.
03.- CON ACTA DE INSPECCIÓN TÉCNICA N° 2058, de fecha 12-09-2013, cursante al folio 04 y 05 del expediente, suscrita por los funcionarios Detective EDINSON GARMENDIA y LINARES MANUEL, ambos adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, practicada en LA AVENIDA SIMÓN BOLÍVAR, específicamente frente al barrio Unión, adyacente a los silos anca-municipio GUNARE ESTADO PORTUGUESA, de donde se deja constancia la existencia de un vehículo automotor Clase Vehículo, marca Corolla, Modelo Baby Canrry, Tipo Sedan, Color Azul, Placas AA353PE, a quien se le observa impacto producidos por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego; dos en el para brisas delantero, uno en el vidrio de la puerta delantera, un proyectil parcialmente deformado en el paral de la misma, cinco impactos en la puerta trasera, y la presencia de dos cadáveres en la parte delantera presentando múltiples heridas producidas por proyectiles disparados por arma de fuego, correspondiente a los ciudadanos JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA y ARCÁNGEL JOSÉ CARRILLO TERAN.
04.- CON ACTA DE INSPECCIÓN TÉCNICA N° 2064, de fecha 12-09-2013, cursante al folio 04 y 05 del expediente, suscrita por los funcionarios Detective MANUEL LINARES y EDINSON GARMENDIA, ambos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, practicada en UNA VÍA PÚBLICA. UBICADA EN LA CALLE INDUSTRIAL. CON CARRETERAS 07 Y 08. SECTOR II. DEL BARRIO SANTA MARÍA. GUANARE ESTADO PORTUGUESA, de donde se deja constancia de las características físicas del lugar donde ocurrieron los hechos en el presente escrito, constituyendo un sitio abierto , con clima ambiental, fresco e iluminación natural de buena intensidad, correspondiente a una zona ubicada en la dirección antes precitada.
05.- CON ACTA DE INSPECCIÓN TÉCNICA N° 2059, de fecha 12-09-2013, cursante al folio 07 y 08 del expediente, suscrita por los funcionarios Detective EDINSON GARMENDIA y LINARES MANUEL, ambos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, practicada en LA MORGUE DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DOCTOR MIGUEL ORAA. MUNICIPIO GUANARE ESTADO PORTUGUESA, de donde se deja constancia de las lesiones que presentaban los ciudadanos víctimas, que le produjeron la muerte de manera instantánea.
06.- CON LA INSPECCIÓN (FIJACIÓN FOTOGRÁFICA), de fecha 12-09-2013, cursantes del folio 09 al folio 18 del expediente, suscrita por los funcionarios Detective EDINSON GARMENDIA y LINARES MANUEL, ambos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, donde se deja constancia: la existencia del vehículo único donde se trasladaban los ciudadanos víctimas, los impactos de proyectiles disparados por arma de fuego que presentaba el referido vehículo, localización de los cadáveres en el referido vehículo y las lesiones que presentaron los ciudadanos JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA y ARCÁNGEL JOSÉ CARRILLO TERAN, en ocasión del delito de homicidio cometido en su contra.
07.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12-09-2013, cursante al folio 25 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, realizada a la ciudadana NILDA MARIBEL TERAN MADRID, titular de la cédula de identidad N° V-9.256.637, manifestando lo siguiente: "Resulta ser que el día de hoy Jueves 12/09/2013, siendo aproximadamente las 03:00 horas de la tarde, me trasladaba por una vía pública ubicada en el Barrio Santa María de esta ciudad, en un taxis ya que veníamos de la casa de donde se encontraba la hija de mi hijo, cuando de pronto paso una camioneta modelo Explore, color vinotinto y cuando vamos una esquina mas adelante se encontraba una persona desconocida quien para el momento en que lo tenemos parado enfrente saco un arma de fuego y comenzó a dispararle al chofer del taxis y luego a mi hijo antes mencionado lográndolos lesionar...
08.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12-09-2013, cursante a los folios 27 y 28 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, realizada a la ciudadana (ALFA), cuyo nombre se omite por razones de ley, manifestando lo siguiente. "...De ahí pasa una camioneta, Marca Ford, modelo Explore, color vinotinto, con papel oscuro y cruza en la esquina, me pareció muy sospechosa, luego cuando arranco el carro a cincuenta metros sale un sujeto de la esquina el cual vestía una bermuda de color amarillo y una franelilla la cual desconozco el color y las chancletas, se para frente al carro y se agacha un poco y empieza a disparar hacia el vehículo, en reiteradas oportunidades...
09.- CON LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO DE SERIALES Y REGULACIÓN REAL N° 9700-0254-EV-488, de fecha 13-09-2013, cursante al folio 43 del expediente, suscrita por el LCDO. YOVANNY ENRIQUE OLIVAR, funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, donde se deja constancia del vehículo donde se trasladaban los ciudadanos víctimas, el cual presentaba las siguientes características: CLASE AUTOMÓVIL, MARCA TOYOTA, MODELO COROLLA, TIPO SEDAN, COLOR AZUL, PLACAS AA353PE, USO PARTICULAR, AÑO 1997
10.- CON LA EXPERTICIA DE BARRIDO Y HEMATOLOGICA N° LFQB-9700-057-430, de fecha 15-09-2013, cursante a los folios 45 y 46 del expediente, suscrita por el T.S.U VALERA D. HORYSMAR, Experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, practicada a un vehículo con las siguientes características: CLASE AUTOMÓVIL, MARCA TOYOTA, MODELO COROLLA, TIPO SEDAN, COLOR AZUL, PLACAS AA353PE, USO PARTICULAR, AÑO 1997
11.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 18-09-2013, cursante al folio 49 del expediente, suscrita por el DETECTIVE MANUEL LINARES, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, donde deja constancia de las diligencias practicadas en la presente investigación.
12.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 18-09-2013, cursante al folio 51 del expediente, suscrita por el MANUEL LINAREZ, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de las diligencias practicadas en la presente investigación, logrando determinar la ubicación del vehículo Tipo Camioneta, Color Explore en el cual se trasladaban los ciudadanos victimarios para cometer el referido delito.
13.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 19-09-2013, cursante al folio 56 del expediente, suscrita por el MANUEL LINAREZ, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de la incorporación a la presente investigación de un bolso tipo Koala y de dos pasaportes, así como un carnet de identificación, evidencias de interés criminalístico.
14.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 19-09-2013, cursante a los folios 57 y 58 del expediente, suscrita por el MANUEL LINAREZ, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de la incautación del vehículo CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO EXPLORE, COLOR VINOTINTO, PLACAS AB994IE, SERIAL DE CARROCERÍA 1FMEU748470B48899, donde se trasladaban los ciudadanos victimarios al momento de cometer el referido delito.
15.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL N° 2039, de fecha 19-09-2013, cursante al folio 60 del expediente, suscrita por los funcionarios INSPECTOR JOFE JORGE MOLINA, INSPECTOR CESAR MONTILLA, DETECTIVES MANUEL LINAREZ, JEAN MARQUES Y JESÚS REYES, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, donde deja constancia de las características externas del vehículo CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO EXPLORE, COLOR VINOTINTO, PLACAS AB994IE, SERIAL DE CARROCERÍA 1FMEU748470B48899, donde se trasladaban los ciudadanos victimarios al momento de cometer el referido delito.
16.- CON LA INSPECCIÓN N° S/N (FIJACIÓN FOTOGRÁFICA), de fecha 19-09-2013, cursantes del folio 61 al folio 64 del expediente, suscrita por los funcionarios INSPECTOR JOFE JORGE MOLINA, INSPECTOR CESAR MONTILLA, DETECTIVES MANUEL LINAREZ, JEAN MARQUES Y JESÚS REYES, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, donde deja constancia de las características externas del vehículo CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO EXPLORE, COLOR VINOTINTO, PLACAS AB994IE, SERIAL DE CARROCERÍA 1FMEU748470B48899, donde se trasladaban los ciudadanos victimarios al momento de cometer el referido delito.
17.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19-09-2013, cursante a los folios 70 y 71 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, realizada al ciudadano DÍAZ GARCÍA RAFAEL RAMÓN, titular de la cédula de identidad V-13.531.006 donde deja constancia de la utilización del vehículo CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO EXPLORE, COLOR VINOTINTO, PLACAS AB994IE, SERIAL DE CARROCERÍA 1FMEU748470B48899, como vehículo de inteligencia y que para la misma fecha estaba siendo conducido por los Funcionarios ciudadanos DEIBY MAIKOL YEPEZ VILLA, CARLOS JAVIER ÁNGULO LINAREZ, YESSER JOSÉ DELGADO ORTEGANO Y DAGNESES RAFAEL MONTILLA MONTILLA.
18.- CON LA EXPERTICIA DE RECONOCMIENTO TÉCNICO N° 9700-0254-542, de fecha 19-09-2013, cursante al folio 72 del expediente, suscrita por el DETECTIVE JOSÉ REYEZ, Experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, practicado a 01.- Un bolso tipo coala con marca wilson, 02.- Una pieza comúnmente denominada como cartera, 03.- Dos (02) pasaportes emanados de la República Bolivariana de Venezuela, 04- Un documento elaborado en material sintético denominado carnet.
19.- CON EL EXAMEN MEDICO FORENSE N° 9700-160-1602, de fecha 19-09-2013, cursante al folio 74 del expediente, suscrita por le Dr. EDGAR ORLANDO CROCE COLMENARES, Experto Profesional Especialista I, adscrito a la Medicatura Forense de Guanare Estado Portuguesa, practicada a la ciudadana (ALFA), cuyo nombre se omite por razones de ley, dejando constancia» de lo siguiente: EXAMEN FÍSICO EXTERNO: Traumatismo por arma de fuego de proyectil único, que causo equimosis sin orificio de entrada, localizado en la región umbilical parte izquierda.
20.- CON LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO DE SERIALES Y REGULACIÓN REAL N° 9700-0254-EV-506, de fecha 20-09-2013, cursantes al folio 75 del expediente, suscrita por el LCDO YOVANNY ENRIQUE OLIVAR, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, dejando constancia de la existencia del vehículo CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO EXPLORE, COLOR VINOTINTO, PLACAS AB994IE, SERIAL DE CARROCERÍA 1FMEU748470B48899, donde se trasladaban los ciudadanos imputados al momento de cometer el referido delito.
21.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, de fecha 20-09-2013, cursante al folio 80 del expediente, suscrita por el Funcionario Inspector Jefe AULAR LARRY, DETECTIVE MANUEL LINARES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de las diligencias practicadas en la presente investigación.
22.- CON LA COPIA FOTOSTATICA DEL PERMISO DE ENTERRAMIENTO, cursante al folio 81 del expediente, correspondiente al ciudadano JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° 8.052.110.
23.- CON LA COPIA FOTOSTATICA DEL CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN, cursante al folio 82 del expediente, correspondiente al ciudadano JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° 8.052.110.
24.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, de fecha 20-09-2013, cursante al folio 83 del expediente, suscrita por el Funcionario Inspector Jefe AULAR LARRY, DETECTIVE MANUEL LINARES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de las diligencias practicadas en la presente investigación.
25.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 23-09-2013, cursante al folio 89 del expediente, suscrita por el Funcionario DETECTIVE MANUEL LINARES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, donde deja constancia de las diligencias practicadas en la presente investigación.
26.- CON LA DENUNCIA COMÚN, de fecha 20-05-2012, cursante al folio 90 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Lara.
27.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante a los folios 91 y 92 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano GONZÁLEZ GARCÍA WILLIANS JOSÉ, titular de la cédula de identidad N° V-15.799.938
28.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 93 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano RODRIGO ANTONIO LINAREZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.404.118
29.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante a los folios 94 y 95 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano HERRAN BENAVIDES JIMMY DAVID, titular de la cédula de identidad N° V-14.887.973
30.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 96 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano JOEL RAMÓN REYES MORILLO, titular de la cédula de identidad N° V-15.325.199
31.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 97 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano DELBIS JOSÉ RODRÍGUEZ FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.647.321
32.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante a los folios 98 y 99 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano FANNAY VALLADARES EDUARD ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° V-17.829.014.
33.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 24-09-2013, cursante a los folios 100 y 101 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, suscrito por el Detective Agregado GUILLERMO ABREU, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de entrevista realizada al ciudadano ÓSCAR GREGORIO PÉREZ SALAS, titular de la cédula de identidad N° 13.605.774.
34.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 102 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano RAFAEL FRANCO CAMACHO MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-14.068.372
35.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante a los folios 103 y 104 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano ORTIZ SOSA JOSÉ ÁNGEL JÚNIOR, titular de la cédula de identidad N° V-17.004.790.
36.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 105 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano LUIS ENRIQUE YEPEZ TORRES, titular de la cédula de identidad N° V-18.100.516
37.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 24-09-2013, cursante a los folios 106 y 107 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, suscrito por el Detective Agregado GUILLERMO ABREU, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de entrevista realizada al ciudadano ANÍBAL COROMOTO BRICEÑO FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.616.272
38.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 108 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano YOENLY HAVIER RODRÍGUEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.668.615.
39.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante a los folios 109 y 110 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano MÁRQUEZ YEPEZ HERIBETH JOSÉ, titular de la cédula de identidad N° V-17.617.286
40.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 111 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano GONZALES BASTIDAS HÉCTOR JOSÉ, titular de la cédula de identidad N° V-18.297.340.
41.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 112 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, suscrito por el Detective Agregado GUILLERMO ABREU, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de entrevista realizada al ciudadano JHONATHAN JONNIEL RODRÍGUEZ GUDIÑO, titular de la cédula de identidad N° V-19.153.673.
42.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 11 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano FRANKLIN ANTONIO VILLEGAS MEJÍAS, titular de la cédula de identidad N° V-19.670.449.
43.- CON LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-254-549, de fecha 24-09-2013, cursante al folio 114 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, practicada a Dos Proyectiles Cobrizado.
44.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, de fecha 25-09-2013, cursante al folio 115 del expediente, suscrita por el Funcionario Inspector Jefe AULAR LARRY, DETECTIVE MANUEL LINARES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de la identificaciones plenas de los ciudadanos responsable del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO por haberse cometido con alevosía", previsto en el articulo 406, numeral 1, del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA y ARCÁNGEL JOSÉ CARRILLO TERAN.
45.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25-09-2013, cursante a los folios 117 y 118 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano AGUILAR OSECHAS MARCOS TULIO, titular de la cédula de identidad N° V-6.165.274
46.- CON LA RELACIÓN DE FUNCIONARIOS Y ARMAMENTOS ASIGNADOS AL GRUPO DE DILIGENCIA, de fecha 25-09-2013, cursante a los folios 146 y 147 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Policía del Estado Portuguesa, Guanare Estado Portuguesa.
47.- CON LA COPIA CERTIFICADA DEL LIBRO DE NOVEDADES DEL GRUPO DE INTELIGENCIA Y ESTRATEGIA POLICIAL, de fecha 25-09-2013, cursante a los folios 148 y 160 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Policía del Estado Portuguesa, Guanare Estado Portuguesa.
48.- CON LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Y TRANSCRIPCIÓN. QE MENSAJES DE TEXTOS ENTRANTES, de fecha 25-09-2013, cursante del folio 171 al folio 173 del expediente, suscrito por el DETECTIVE JESÚS REYES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, practicado a un teléfono celular marca Samsung, Modelo GT-E1085L.
49.- CON LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Y TRANSCRIPCIÓN DE MENSAJES DE TEXTOS ENTRANTES, de fecha 25-09-2013, cursante del folio 174 al folio 176 del expediente, suscrito por el DETECTIVE JESÚS REYES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, practicado a un teléfono celular marca Blackberry, Modelo Curve.
50.- CON LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Y MECÁNICO, de fecha 27-09-2013, cursante del folio 177 al folio 181 del expediente, suscrito por el DETECTIVE EDWIN CASTILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, practicado cuatro armas de fuego.
51.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-09-2013, cursante a los folios 182 y 183 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano MONTILLA ESCALONA GILBETH ALEXANDER, titular de la cédula de identidad N° V-15.349.893.
52.- CON EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27-09-2013, cursante a los folios 184 y 185 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, realizada al ciudadano JOSÉ RAFAEL ARAPE RON, titular de la cédula de identidad N° V-6.931.041.
53.- CON EL FORMULARIO DE REGISTRO DE MUERTE, cursante a los folios 186 y 188 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Coordinación Nacional de Ciencias Forenses, Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, correspondiente al ciudadano VARGAS TORREALBA JOSÉ JORGE, titular de la cédula de identidad N° V-8.052.110.
54.- CON EL FORMULARIO DE REGISTRO DE MUERTE, cursante a los folios 190 y 192 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Coordinación Nacional de Ciencias Forenses, Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, correspondiente al ciudadano CARRILLO TERAN ARCÁNGEL JOSÉ, titular de la cédula de identidad N° V-17.004.536.
55.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, de fecha 28-09-2013, cursante a los folios 209 y 210 del expediente, suscrita por el Funcionario Inspector Jefe AULAR LARRY, DETECTIVE MANUEL LINARES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de las diligencias practicadas en la presente investigación.
56.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, de fecha 05-10-2013, cursante a los folios 212 y 213 del expediente, suscrita por el Funcionario Inspector VÍCTOR CASTAÑEDA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de la consignación del soporte de las actividades comunicacionales (LLAMADAS ENTRANTES, SALIENTES Y MENSAJERÍAS DE TEXTO), suministrada por la empresa Movilnet, el cual Registra el Nombre del ciudadano CARLOS ÁNGULO, titular de la cédula de identidad N° V-17.618.445.
57.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, de fecha 05-10-2013, cursante al folio 235 del expediente, suscrita por el Funcionario Inspector VÍCTOR CASTAÑEDA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de la consignación del soporte de las actividades comunicacionales (LLAMADAS ENTRANTES, SALIENTES Y MENSAJERÍAS DE TEXTO), suministrada por la empresa Movilnet, el cual Registra el Nombre del ciudadano RAFAEL ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA, titular de la cédula de identidad N° V-16.792.996.
58.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, de fecha 05-10-2013, cursante al folio 247 del expediente, suscrita por el Funcionario Inspector VÍCTOR CASTAÑEDA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de la consignación del soporte de las actividades comunicacionales (LLAMADAS ENTRANTES, SALIENTES Y MENSAJERÍAS DE TEXTO), suministrada por la empresa Digítel, el cual Registra el Nombre del ciudadano YESSER JOSÉ DELGADO ORTEGANO, titular de la cédula de identidad N° V-17.618.445.
59.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, de fecha 05-10-2013, cursante al folio 251 del expediente, suscrita por el Funcionario Inspector VÍCTOR CASTAÑEDA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa, donde deja constancia de la consignación del soporte de las actividades comunicacionales (LLAMADAS ENTRANTES, SALIENTES Y MENSAJERÍAS DE TEXTO), suministrada por la empresa Digitel, el cual Registra el Nombre del ciudadano DAGNASES MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° V-15.400.482.
60.- CON LA EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA N° 9700-058-BIC-1456, de fecha 04-10-2013, cursante del folio 257 al folio 259 del expediente, suscrita por el Funcionario Detective EDWIN CASTILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa.
61.- CON LA EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA N° 9700-058-BIC-1457, de fecha 03-10-2013, cursante del folio 260 al folio 263 del expediente, suscrita por el Funcionario Detective EDWIN CASTILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa.
62.- CON LA EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA N° 9700-058-BIC-1458, de fecha 02-10-2013, cursante del folio 264 al folio 266 del expediente, suscrita por el Funcionario Detective EDWIN CASTILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa.
63.- CON LA EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA N° 9700-058-BIC-1458, de fecha 05-10-2013, cursante del folio 267 al folio 269 del expediente, suscrita por el Funcionario Detective EDWIN CASTILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Acarigua Estado Portuguesa.
64.- CON LA EXPERTICIA DE BARRIDO, de fecha 27-09-2013, cursante a los folios 286 y 286 del expediente, suscrita por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, practicada a un vehículo CLASE CAMIONETA, MARCA FORD, MODELO EXPLORE, COLOR VINOTINTO, PLACAS AB994IE, SERIAL DE CARROCERÍA 1FMEU748470B48899.
TERCERO
Examinados los elementos de convicción presentados, en efecto se desprende de los mismos la situación fáctica relacionada en uno de los delitos Contra Las Personas, específicamente el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de JOSÉ JORGUE VARGAS TORREALBA Y ARCÁNGEL JOSÉ CARRILLO TERÁN (OCCISOS), considera el Ministerio Publico que las circunstancias de tiempo, modo y lugar como quedaron anotadas previamente, existiendo en autos suficientes elementos de convicción que comprometen la responsabilidad de los ciudadanos DEIBY MAIKOL YEPEZ VILLA, CARLOS JAVIER ÁNGULO LINAREZ, YESSER JOSÉ DELGADO ORTEGANO y DAGNESES RAFAEL MONTILLA MONTILLA, enunciadas por el Fiscal Décimo Primero del Segundo Circuito del Ministerio Público en su escrito, las mismas reposan en las actuaciones que se acompañan.
Analizados los fundamentos de la imputación explanados en el escrito de solicitud, considera el Tribunal que se encuentra satisfecho el primer requisito (fomus bonis iuris) exigido para la imposición de medida de coerción alguna y existe adecuación a las exigencias del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse perpetrado un hecho punible que merece pena Privativa de Libertad, cuya acción penal no está evidentemente prescrita y por existir fundados elementos de convicción para establecer que los ciudadanos DEIBY MAIKOL YEPEZ VILLA, titular de la cédula de identidad N° V-17.004.785, CARLOS JAVIER ÁNGULO LINAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.618.445 YESSER JOSÉ DELGADO ORTEGANO titular de la cédula de identidad N° V-14.127.083 Y DAGNESES RAFAEL MONTILLA MONTILLA, titular de la cedula de identidad N° V-15.400.482, son los autores del ilícito que le fue imputado por el Ministerio Público; elementos estos que emanan de las actas, así como de las experticias e inspecciones practicadas y que constan en autos, en razón de lo cual este Juzgado, considera que es procedente la Orden de aprehensión solicita, por encontrarse llenos los extremos del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
Pertinente en este sentido lo sostenido por el Doctrinario Claus Roxin, en su obra Derecho Procesal Penal, cito: “…Presupuesto materiales: 1.- sospecha vehemente con respecto a la comisión del hecho punible; esto es debe existir un alto grado de probabilidad (con todo detalle,…..) de que el imputado ha cometido el hecho y de que están presentes todos los presupuestos de la punibilidad y de la perseguibilidad …además de existir un motivo de detención especifico…” .
DISPOSITIVA
En virtud de la motivación que antecede, este Juzgado de PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en funcione de JUZGADO DE CONTROL Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
DECLARA CON LUGAR LA SOLICTUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN solicitada en contra los ciudadanos DEIBY MAIKOL YEPEZ VILLA, titular de la cédula de identidad N° V-17.004.785, CARLOS JAVIER ÁNGULO LINAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.618.445 YESSER JOSÉ DELGADO ORTEGANO titular de la cédula de identidad N° V-14.127.083 y DAGNESES RAFAEL MONTILLA MONTILLA, titular de la cedula de identidad N° V-15.400.482.
Líbrese la correspondiente Orden de Privación Judicial Preventiva de Libertad, la que contendrá la orden de captura para que una vez cumplida, sea puesto a la orden de la Fiscalía Décima Primera del Segundo Circuito del Ministerio Público, a fines de que sea presentado ante el Juzgado de Control de este Circuito Judicial Penal, que le corresponda el conocimiento para ser oído, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 y segundo aparte del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase los originales con su resultas a la Fiscalía Décima Primera del Segundo Circuito del Ministerio Público en su oportunidad legal.
La Juez de Control Nº 1
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
El Secretario,
Abg. Marcelo Sulbaran