Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: MARIO ANTONIO MONTILLA MONTAÑA Y DOMINGA HIDALGO SARMIENTO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.156.090 y 13.041.491, respectivamente, en beneficio de sus hijos: xx y xx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano MARIO ANTONIO MONTILLA MONTAÑA, se comprometió a cubrir totalmente la manutención de mi hijo, Luis Marío Montilla Hidalgo, es decir, alimentación, ropa y calzado, gastos de medicamentos en caso de enfermedad y los estudios y la madre la ciudadana: DOMINGA HIDALGO SARMIENTO, cubrirá los gastos en su totalidad de la adolescente María Alejandra Montilla Hidalgo