Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Graciela Delgado Graterol y Olegario José Bastidas Escalona, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.250.417 y 13.329.596 respectivamente, por concepto de Obligación de Manutención, donde el padre del niño ciudadano José Bastidas Escalona, acordó pasarle a su hijo xx, la cantidad de seiscientos bolívares (Bs. 600,oo) mensuales, mas el doble de la cantidad en el mes de septiembre para útiles y uniformes escolares y diciembre para gastos decembrinos, y el 50% de gastos médicos en caso de enfermedad, Ahora bien, en cuanto a este año, como quiera que la madre compró lo relativo al uniforme del niño, el padre se compromete a comprar los útiles escolares una vez que la madre consigne la lista de los mismos
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