Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: ABRAHÁN TORRES ESTRADA Y NARVICK ESTEFANÍA MILLA AZUAJE, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.100.733 y 16.645.241, respectivamente, en beneficio de sus hijos xx y xx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Abrahán Torres, se comprometió a pasarle un mercado de comida y víveres quincenalmente equivalentes a: Pañales, leche, compotas, verduras, frutas, aliños, toallitas, gelatinas, pollo, lagarto, cereal, harina, mantequilla, natilla, pastinas, más el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad, y con respecto a los gastos en el mes de diciembre lo cubriremos entre ambas partes