Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: LUIS EDUARDO QUEVEDO BARRIOS Y YUCELYS DEL CARMEN GONZÁLEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.236.237 y 18.071.325, respectivamente, en beneficio de su hija xx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Luís Eduardo Quevedo, se comprometió a pasarle la cantidad de doscientos bolívares (Bs. 200,oo) mensuales y con respecto a los útiles escolares y uniformes el 50% para cada uno, así como las consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad, y la ropa en el mes de diciembre la cubrirá el padre