PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 14 de octubre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: PP01-V-2011-000296
Revisadas como han sido las actuaciones procesales contentivas del procedimiento de jurisdicción contenciosa con motivo de COLOCACIÓN FAMILIAR iniciado en fecha 12/07/2.011, a través de solicitud emanada de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y la Familia del Primer Circuito del estado Portuguesa, en beneficio de Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de 16 y 18 años de edad, respectivamente, se verifica que el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa mediante auto decisorio dictado en fecha 29/02/2.012 declaró Con lugar la demanda con motivo de Colocación Familiar, a ejecutarse en el hogar de la Ciudadana Lesbia Lourdes Alvarado, titular de la cédula de identidad Nº V-9.251.214, en su carácter de tía materna de los beneficiarios, en la siguiente dirección: Urbanización La Gracianera, Avenida 2, calle 18, casa Nº 77, de esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa, conforme a lo dispuesto en el artículo 126, literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 08/10/2.013, comparecen por ante este Tribunal los ciudadanos Lesbia Lourdes Alvarado y Identificación Omitida por Disposición de la Ley , en compañía de adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de 16 años de edad, mediante el cual informan que el adolescente antes identificado aún vive con la ciudadana en mención quien es su tía materna, procediendo esta juzgadora a ratificar mediante la misma acta de comparecencia la medida de colocación familiar dictada.
Ahora bien, en revisión de ejemplar del acta de nacimiento del ciudadano SADDIELL IGNACIO SALAZAR ALVARADO, inserta al folio 05 del expediente, se demuestra que el mismo cuenta actualmente con su mayoría de edad, es por lo que esta Juzgadora considera inoficiosa continuar una Colocación Familiar en su beneficio; en consecuencia Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Acuerda: REVOCAR la Medida de Protección de Colocación Familiar, dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en fecha 29/02/2.012, en beneficio del ciudadano SADDIELL IGNACIO SALAZAR ALVARADO, en virtud de haber alcanzado su mayoridad.
Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, a la fecha de su publicación.
Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
Abg. PASTORA PEÑA GARCÍAS
La Secretaria Temporal,
Abg. Juleidith Virginia Pacheco de Ramos
PPG/jvpdr/M. Alej.-
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