PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 3 de octubre de 2013
203º y 154º



ASUNTO: PP01-V-2012-000344

PARTE DEMANDANTE: NELLY DEL CARMEN LEE COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.906.931.
PARTE DEMANDADA: RODOLFO JOSE AGUIN ESCORCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.514.217.
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION.

SENTENCIA: HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO. (AUDIENCIA PRELIMINAR DE LA FASE DE SUSTANCIACIÓN).

Vista el acta que antecede mediante el cual este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación en Funciones de Ejecución del Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, celebró el inicio de la Audiencia Preliminar de la Fase de Sustanciación, de conformidad con lo establecido en el artículo 476 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación a la demanda con motivo de OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de once (11) años y seis (06) años de edad respectivamente. Seguidamente, estando presentes en el acto las partes interesadas: Ciudadanos: NELLY DEL CARMEN LEE COLMENAREZ y RODOLFO JOSE AGUIN ESCORCHA, identificados en autos, procede la ciudadana Jueza a exhortar a las partes a conciliar sus posiciones en relación al presente procedimiento, dejándose constancia de los acuerdos llegados por las partes, previa aplicación de las técnicas propias de la negociación, quedando establecido de la siguiente manera:
PRIMERO: El ciudadano RODOLFO AGUIN, aportará la cantidad mensual de seiscientos bolívares (Bs. 600,00) por cada hijo para un total de BOLÍVARES UN MIL DOSCIENTOS (Bs. 1.200,00) MENSUALES, la ciudadana Nelly Lee acepta dicho ofrecimiento. SEGUNDO: En el mes de agosto el padre aportará uniformes, calzados y útiles escolares para el niño y la madre uniformes, calzados y útiles escolares para la adolescente. TERCERO: En el mes de diciembre el padre aportará vestido, calzados y presente navideño para el niño y la madre aportará vestido, calzado y presente navideño para la adolescente, con ocasión de la celebración de las festividades decembrinas. CUARTO: Ambos padres cubrirán el cincuenta por ciento (50%) de los gastos que sean requeridos por concepto de medicinas, consultas médicas, hospitalización, odontológicas, exámenes médicos y otros que requieran sus hijos.
Ahora bien, por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños Identificación Omitida por Disposición de la Ley , sino que contribuye al cumplimiento del principio del interés superior del niño, niña y adolescente previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA Y DECLARA CONCLUIDA LA FASE DE SUSTANCIACIÓN Y FINALIZADO EL PROCESO, por haber llegado las partes a un ACUERDO TOTAL, de conformidad con lo establecido en el literal “e” del artículo 450 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en atención a lo dispuesto en el literal “d”, Parágrafo Primero del artículo 177 de la ley in comento. Se acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas de la presente homologación a partes interesadas una vez conste en autos los emolumentos necesarios para su reproducción.

Jueza del Tribunal Primero de Primera de Mediación, Sustanciación en Funciones de Ejecución


Abg. PASTORA PEÑA GARCÍAS


La Secretaria Temporal,


Abg. Juleidith Virginia Pacheco de Ramos
PPG/jvpdr/M. Alej.-