REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCION


Guanare, 23 de Septiembre de 2013
Años 203° y 154°

Nº ______
Causa 2E-228-08

JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 2 Abg. Carlos Antonio Colmenares García

PENADO Ferrer Sánchez Luís Eduardo
DEFENSOR PUBLICO Abg. Elsy Cadenas
FISCAL Sexto del Ministerio Público para el Régimen de Cumplimiento de Penas
DELITO Homicidio Intencional Calificado en Grado de Complicidad Correspectiva

SECRETARIA: Abg. Juan Valera
MOTIVO: Extinción de la Responsabilidad Penal


Revisada como ha sido la presente causa instruida contra el penado FERRER SANCHEZ LUIS EDUARDO, titular de la cedula de identidad N° (INDOCUMENTADO), colombiano mayor de edad, Soltero, natural de Cartagena Colombia, nacido en fecha 13-06-1974, de 39 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en el Barrio Buenos Aires, Calle Principal, casa S/N, Guanare Estado Portuguesa, en la que consta que el referido penado fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal Estado Portuguesa, en fecha 17-12-2007, a cumplir la pena de SIETE
(07) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio de YORMAN ANTONIO MORON VIGELLAS Y OVIDIO RAMON LA CRUZ (OCCISO).-

Por otra parte consta que en fecha 19 de Julio de 2011 este Juzgado otorgo el beneficio de Libertad Condicional, previo análisis de los requisitos exigidos en el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la época, imponiéndosele entre las condiciones presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario hasta el 01 de Junio de 2013, fecha de cumplimiento de la pena principal, la cual evidentemente ha fenecido.

Finalmente se tiene que en fecha 11-06-2013 se recibió Informe de Culminación emanado de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 01 de Caracas (F. 41-P.08) en el que informan que el penado de marras fue sometido a la supervisión durante el tiempo señalado por este Tribunal, habiendo progresado favorablemente y cumplido satisfactoriamente con las condiciones que le fueron impuestas; lo cual trae como consecuencia que debe prosperar la Extinción de la Responsabilidad Criminal. Y Así se declara.


DISPOSITIVA

Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano FERRER SANCHEZ LUIS EDUARDO, titular de la cedula de identidad N° (INDOCUMENTADO), colombiano, mayor de edad, Soltero, natural de Cartagena Colombia, nacido en fecha 13-06-1974, de 39 años de edad, de profesión u oficio Comerciante,

domiciliado en el Barrio Buenos Aires, Calle Principal, casa S/N, Guanare
Estado Portuguesa, de conformidad con el articulo 105 del Código Penal y 471.1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia y archívese.


El Juez de Ejecución
Abg. Carlos Antonio Colmenares García

El Secretario,
Abg. Juan Valera


Seguidamente el Secretario de este Tribunal, dio fiel cumplimiento a lo acordado. Conste.