Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: YAMILETH DEL VALLE BERRIOS BETANCOURT Y JOSÉ IGLER RIVERO VARGAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.072.506 y 18.669.003, respectivamente, por concepto de Obligación de Manutención, donde el padre de la niña, ciudadano José Igler Rivero Vargas, acordó pasarle a su hija xx, la cantidad de seiscientos bolívares (Bs. 600,oo) mensuales y cubrir los gastos de útiles escolares y uniformes en el mes de septiembre, así como también cubrirá los gastos decembrinos en el mes de diciembre, de igual manera se comprometo a sufragar los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad, dichas cantidades de dinero las depositará los 15 de cada mes