PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare
Guanare, 17 de septiembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: PH05-V-2003-000367

Revisadas como han sido las actuaciones procesales contentivas del procedimiento de jurisdicción contenciosa con motivo de COLOCACIÓN FAMILIAR que fuere iniciada en beneficio de ENEYKA RAFAELA ESTEVES PIÑANGO, de dieciocho (18) años de edad, iniciado en fecha 17/03/2.003, a través de solicitud interpuesta por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en Materia de Protección del Niño, Adolescente y la Familia del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. Posteriormente el Juzgado Unipersonal N° 1 del extinto Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, decretó la Colocación Familiar de la beneficiaria mediante auto dictado en fecha 21/03/2.003, según riela a los folios 10 y 11, a ejecutarse en el hogar de la ciudadana GLORIA ELIZABETH BELTRAN SABOGAL, identificada en autos.
Ahora bien, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, verificando como ha sido que la beneficiaria ENEYKA RAFAELA ESTEVES PIÑANGO, actualmente han cumplido su mayoría de edad, tal como se evidencia de la copia simple del acta de nacimiento inserta al folio 03 del asunto, es por lo que esta Juzgadora considera inoficiosa continuar una Colocación Familiar en su beneficio. A tal efecto, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se acuerda: REVOCAR la Medida de Protección de Colocación Familiar, dictada por el Juzgado Unipersonal N° 2 del extinto Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en fecha 21/03/2.003, en beneficio de la ciudadana ENEYKA RAFAELA ESTEVES PIÑANGO, en virtud de haber alcanzado su mayoridad. En tal sentido, se acuerda el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, en virtud de no existir más actuaciones procesales que practicar.
Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, a la fecha de su publicación.

Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución


Abg. FRANCILENY ALEXANDRA BLANCO BARRIOS

El Secretario,


Abg. Alfredo José Oropeza Saavedra
FABB/ajos/M. Alej.-