REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
Yo, Ana Isabel Gavidia Cirimeli, en mi condición de Juez de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Estado Portuguesa, manifiesto previa revisión de la causa Nº 2J-813-14, incoada contra el ciudadano Gustavo Montilla, por el delito de Actos Lascivos, en perjuicio de la niña Glorimar del Carmen Olivar Pérez, por lo que considero me encuentro incursa en una causal de Inhibición motivado a la siguiente razón:
Previa revisión de la presente causa, se observa que el abogado defensor del acusado Gustavo Montilla, es el ciudadano Abg. Manuel Atahualpa Jaen, lo cual se desprende al folio cuarenta y siete (47) de la pieza Nº 03 de la presente causa, escrito suscrito por el acusado en el cual designa como su defensor al mencionado Abogado, cursante en los folios cuarenta y ocho (48) y cuarenta y nueve (49) de la pieza Nº 03 de la presente causa, Acta de Juicio Oral y Publico Reservado Apertura de fecha 28-06-2012, suscrita por la Juez de Juicio Nº 03, de este Circuito Judicial Penal Abg. Carmen Zoraida Vargas, en la cual el acusado ratifica el escrito donde designa como Defensor de Confianza al Abogado Manuel Atahualpa Jaen, quien seguidamente acepto la defensa, y siendo el defensor privado del acusado, mi cónyuge, lo cual pondría en duda la imparcialidad que debe caracterizar mis funciones como Juez, es mi deber inhibirme de conocer la presente causa, así lo hago y me inhibo de conformidad con el artículo 90 en relación con el 89 ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, y como consecuencia de ello se ordena la remisión Juzgado de Juicio que por distribución le corresponda, sustanciado la presente como incidencia en cuaderno separado al que se agregaran las copias certificadas de las actuaciones fundamentales y necesarias para que esta decisión de carácter subjetivo y la remisión a la Instancia Superior a los fines de conocimiento de Ley de conformidad con lo establecido como lo dispone el artículo 97 del Código Orgánico Procesal Penal y 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Notifíquese a las partes y ofíciese.
La Juez de Juicio Nº 2
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
La Secretaria,
Abg. Lourdes Valera.