REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, 15 de Abril de 2014
203º y 155º
NUMERO DE EXPEDIENTE: PP21-L-2014-000089
PARTE ACTORA: LEIVIS JOSE BOLIVAR LOBATON, NELSON ANTONIO CASTRO ESCALONA, DENNY JOSÉ BOLIVAR LOBATON, GILBERTO JOSE ARIZA SIMANCA titulares de la cédula de identidad números 18.843.664, 17.600.876, 23.579.277 y 18.843.757.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: XIOMARA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número 9.562.423 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 95.895.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA GERÓNIMO PÉREZ, en la persona de su Propietario, ciudadano JOSE GERÓNIMO PÉREZ, titular de la cedula de identidad Nº 11.079.685, y a los ciudadanos: EDUARDO ERNESTO SILVESTRINI, titular de la cédula de identidad N° 8.832.576 y LUCIA ABIUSO DE SILVESTRINI.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE CODEMANDADA CONSTRUCTORA GERÓNIMO PÉREZ: Abogado PEDRO JOSÉ SALAZAR FALCON, titular de la cédula de identidad número 10.137.891 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 218.357.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE CODEMANDADA EDUARDO ERNESTO SILVESTRINI y LUCIA ABIUSO DE SILVESTRINI: Abogados ALBERTO JOSÉ MOSQUERA VEGAS y MILAGRO SARMIENTOCHIRINO, inscrito en el Inpreabogado bajo los números 176.203 y 78.947.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCESO POR INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE

En el día hábil de hoy, 15 de abril de 2014, siendo las 10.30 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar, el alguacil de este Circuito Judicial FREDDY RAMIREZ anuncia el acto, y se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadanos LEIVIS JOSE BOLIVAR LOBATON, NELSON ANTONIO CASTRO ESCALONA, DENNY JOSÉ BOLIVAR LOBATON, GILBERTO JOSE ARIZA SIMANCA, por sí o por medio de apoderados judiciales alguno, puesto que solo atendieron al llamado, las codemandadas CONSTRUCTORA GERÓNIMO PÉREZ y los ciudadanos: EDUARDO ERNESTO SILVESTRINI y LUCIA ABIUSO DE SILVESTRINI, por medio de sus apoderados judiciales abogados PEDRO JOSÉ SALAZAR FALCON, de la primera codemandada, cualidad que consta en las actas procesales y los abogados ALBERTO JOSÉ MOSQUERA VEGAS y MILAGRO SARMIENTOCHIRINO, quienes representan a los últimos codemandados, con la cualidad que consta en el poder que presentan en original y copia, el primero a efecto vivendi. Ahora bien, vista la incomparecencia de la parte demandante este Tribunal procede aplicar las consecuencias legales previstas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por tanto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: Desistido el proceso por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, intentada por los ciudadanos LEIVIS JOSE BOLIVAR LOBATON, NELSON ANTONIO CASTRO ESCALONA, DENNY JOSÉ BOLIVAR LOBATON, GILBERTO JOSE ARIZA SIMANCA contra CONSTRUCTORA GERÓNIMO PÉREZ y los ciudadanos: EDUARDO ERNESTO SILVESTRINI y LUCIA ABIUSO DE SILVESTRINI.
Se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez quede firme la presente sentencia.
LA JUEZ, LA SECRETARIA.


ABG. LISBEYS ROJAS MOLINA, ABG. NAYDALI JAIMES QUERO,


EL ALGUACIL.


POR LA CONSTRUCTORA GERÓNIMO PÉREZ


POR LOS CODEMANDADOS EDUARDO ERNESTO SILVESTRINI y LUCIA ABIUSO DE SILVESTRINI