Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: JORVIS ANTONIO MONTILLA DURAN y ANA DELIS RODRÍGUEZ VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 21.256.168 y 25.938.111 respectivamente, en beneficio de su hija xx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Jorvis Antonio Montilla, se comprometió a pasarle la cantidad de mil bolívares (Bs. 1.000,oo) mensuales, de manera quincenal, es decir quinientos bolívares (Bs. 500,oo) cada 15 días y con respecto a los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad serán compartidos por ambas partes, asimismo cubrirá el 50% de los gastos en el mes de diciembre de cada año;