Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: LUÍS RAMÓN MONTILLA PEÑA y DAYERLIN DEL CARMEN GÓMEZ HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 24.143.902 y 22.093.930 respectivamente, en beneficio de su hija xx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Luís Ramón Montilla, se comprometió a pasarle un mercado de comida y víveres, equivalentes a: Harinas, queso, arroz, lentejas, cereales, galletas, verduras, frutas, carne, pollo, compotas, leche, de manera quincenal, y con respecto a los gastos en el mes de septiembre, se comprometió a cubrir los uniformes y la madre los útiles escolares, asimismo se comprometo a comprar un estreno en el mes de diciembre y la madre otro, más el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad;